Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
12 de junio de 2026Vigente

Reglamento — Normas Técnicas del Subsistema de Tesorería - Artículo 47: Pagos Electrónicos

Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas

  • Publicación: 12 de junio de 2026
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas
  • Gaceta: 37,166

Articulos

Articulo 47.-

PAGOS ELECTRÓNICOS: En virtud de lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley Orgánica del Presupuesto y sus reformas, la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a través de la Tesorería General de la República (TGR), está facultada para suscribir convenios con el Sistema Financiero Nacional para realizar y promover pagos fiscales electrónicos. Dichos convenios deberán contener como mínimo, cláusulas que incluyan entre otros:

  • 1)

    Compromiso de la entidad bancaria de prestar el servicio a través de un proceso de archivos encriptados que garanticen la seguridad y confidencialidad de la información;

  • 2)

    Obligación de la entidad financiera de validar que los datos contenidos en cada transferencia bancaria estén correctos y de registrar el crédito en las cuentas bancarias de los beneficiarios;

  • 3)

    Compromiso de la entidad bancaria de marcar el resultado del proceso en el archivo correspondiente, indicando si es confirmado o con error, e informando el tipo de error;

  • 4)

    Obligación de la entidad bancaria de enviar el archivo con el resultado al Banco Central de Honduras (BCH), marcando en el mismo archivo aquellos pagos que no pudieron realizarse y los efectuados;

  • 5)

    Garantías a que hubiere lugar para evitar riesgos y/o deterioro de los recursos del Estado;

  • 6)

    Exigir la confidencialidad de la información de tal forma que no se permita revelar ningún dato relacionado con los servicios, operaciones o actividades sin el consentimiento previo del contratante;

  • 7)

    Definición clara de las sanciones a aplicar por incumplimiento de las obligaciones asumidas por los agentes pagadores en sus respectivos convenios.