Acuerdo No. FGR-001-2025 — Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Bases de Datos de ADN
Fiscalía General de la República
- Decreto: FGR-001-2025
- Publicación: 5 de enero de 2025
- Órgano emisor: Fiscalía General de la República
- Gaceta: 36,754
Considerandos
El Ministerio Público es una institución que integra el Sistema de Seguridad y Justicia del Estado, en la cual sus servidores y funcionarios desarrollan tareas investigativas directa e indirectamente vinculadas con aspectos específicos de seguridad nacional; en tal sentido y siendo que conforme a los artículos 232 y 233 de la Constitución de la República el Ministerio Público es un organismo profesional especializado, responsable de la representación, defensa y protección de los intereses generales de la sociedad, le corresponde el ejercicio oficioso de la acción penal pública, teniendo la coordinación técnica y jurídica de la investigación criminal y forense; gozando de autonomía administrativa y su titularidad le corresponde al Fiscal General de la República.
Que la Ley del Ministerio Público, enmarcan en el artículo 52 las actuaciones de la Dirección de Medicina Forense como parte integrante del Ministerio Público para realizar a través de sus peritos la práctica de autopsias, EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL exámenes físicos, clínicos, fisiológicos, psicológicos, psiquiátricos o de otra naturaleza en personas vivas, análisis físico, químico, biológico e inspección de indicios, dentro del campo forense que requieran los diferentes despachos fiscales del Ministerio Público, órganos jurisdiccionales y demás entes competentes involucrados en la investigación criminal. Teniendo la Dirección de Medicina Forense dentro de su estructura organizacional el Laboratorio de Serología y Genética el cual tiene como objetivo la realización de los análisis físicos, químicos, microscópicos, serológicos incluyendo entre otros el análisis de muestras genéticas y la identificación de individuos por medio de información genética y mantener los registros de los perfiles de ADN.
Texto completo
JOHEL ANTONIO ZELAYA ALVAREZ, Fiscal General de la República, en ejercicio de las facultades que el Honorable Congreso Nacional le confirió mediante Decreto N°. 21-2024; con fundamento en los artículos 5, 15, 18, 40 No. 1, 59, 60, 61, 62, 63, 69, 70, 80, 82, 84, 86, 90, 92, 98, 115, 182, 232, 233, 320, 321, 323, 324, 325, 326, 327, 329 y demás aplicables de la Constitución de la República; 1, 3, 4, 5, 6, 8, 16, 17, 18, 24, 28, 52 y demás aplicables de la Ley del Ministerio Público; 1, 2, 8, 25, 27, 28, 30 y demás aplicables de la Ley del Sistema Nacional de Bases de Datos de ADN; 1, 3, 10, 15, 17, 44, 72, 125, 129 y demás aplicables del Reglamento Especial de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Medicina Forense; artículo 118 de la Ley General de Administración Pública. CONSIDERANDO: PRIMERO: El Ministerio Público es una institución que integra el Sistema de Seguridad y Justicia del Estado, en la cual sus servidores y funcionarios desarrollan tareas investigativas directa e indirectamente vinculadas con aspectos específicos de seguridad nacional; en tal sentido y siendo que conforme a los artículos 232 y 233 de la Constitución de la República el Ministerio Público es un organismo profesional especializado, responsable de la representación, defensa y protección de los intereses generales de la sociedad, le corresponde el ejercicio oficioso de la acción penal pública, teniendo la coordinación técnica y jurídica de la investigación criminal y forense; gozando de autonomía administrativa y su titularidad le corresponde al Fiscal General de la República. SEGUNDO: Que la Ley del Ministerio Público, enmarcan en el artículo 52 las actuaciones de la Dirección de Medicina Forense como parte integrante del Ministerio Público para realizar a través de sus peritos la práctica de autopsias, exámenes físicos, clínicos, fisiológicos, psicológicos, psiquiátricos o de otra naturaleza en personas vivas, análisis físico, químico, biológico e inspección de indicios, dentro del campo forense que requieran los diferentes despachos fiscales del Ministerio Público, órganos jurisdiccionales y demás entes competentes involucrados en la investigación criminal. Teniendo la Dirección de Medicina Forense dentro de su estructura organizacional el Laboratorio de Serología y Genética el cual tiene como objetivo la realización de los análisis físicos, químicos, microscópicos, serológicos incluyendo entre otros el análisis de muestras genéticas y la identificación de individuos por medio de información genética y mantener los registros de los perfiles de ADN. TERCERO: