Resolución No. 376-11/2020 — Reducción de la Tasa de Política Monetaria (TPM) en setenta y cinco puntos básicos
Directorio del Banco Central de Honduras
- Decreto: 376-11/2020
- Publicación: 3 de diciembre de 2020
- Órgano emisor: Directorio del Banco Central de Honduras
- Gaceta: 35,448
Considerandos
Que de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República, el Estado, por medio del Banco Central de Honduras (BCH), tendrá a su cargo la formulación y desarrollo de la política monetaria, crediticia y cambiaria del país, debidamente coordinada con la política económica planificada.
Que según lo establecido en la Ley del Banco Central de Honduras, la política monetaria, crediticia y cambiaria del Estado será determinada y dirigida por el Directorio del BCH.
Que el BCH utiliza la Tasa de Política Monetaria (TPM) como instrumento de señalización de su política monetaria.
Que el BCH, desde diciembre de 2019 ha flexibilizado su postura de política monetaria, orientada en generar un impulso monetario importante, con el propósito de apoyar el dinamismo de la economía bajo una coyuntura económica de menores riesgos inflacionarios, asociada a la fuerte contracción de la actividad económica registrada durante los dos últimos trimestres como resultado de los choques externos e internos derivados de los efectos de la pandemia del Coronavirus (Covid-19).
Que los pronósticos macroeconómicos de la revisión del Programa Monetario de finales de julio del presente año contemplan una contracción en la economía nacional para 2020, causada por la combinación de los choques de oferta y demanda producto de la pandemia provocada por el Covid-19, a los cuales se agregan los efectos generados por las tormentas tropicales ETA e IOTA, tanto en la producción como en la capacidad productiva del país, ocasionando una brecha más negativa respecto al Producto Interno Bruto potencial. Es así que la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en Sesión Ordinaria No.181, realizada el 12 y 20 de noviembre de 2020, decidió recomendar a este Directorio disminuir el nivel de la TPM en setenta y cinco puntos básicos (75 pb), con el propósito de continuar flexibilizando las condiciones financieras, lo que estaría ayudando a reducir las tasas de interés del mercado y estimular la demanda de crédito.
Texto completo
RESOLUCIÓN No.376-11/2020.- Sesión No.3866 (Extraordinaria) del 23 de noviembre de 2020.- EL DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República, el Estado, por medio del Banco Central de Honduras (BCH), tendrá a su cargo la formulación y desarrollo de la política monetaria, crediticia y cambiaria del país, debidamente coordinada con la política económica planificada. CONSIDERANDO: Que según lo establecido en la Ley del Banco Central de Honduras, la política monetaria, crediticia y cambiaria del Estado será determinada y dirigida por el Directorio del BCH. CONSIDERANDO: Que el BCH utiliza la Tasa de Política Monetaria (TPM) como instrumento de señalización de su política monetaria. CONSIDERANDO: Que el BCH, desde diciembre de 2019 ha flexibilizado su postura de política monetaria, orientada en generar un impulso monetario importante, con el propósito de apoyar el dinamismo de la economía bajo una coyuntura económica de menores riesgos inflacionarios, asociada a la fuerte contracción de la actividad económica registrada durante los dos últimos trimestres como resultado de los choques externos e internos derivados de los efectos de la pandemia del Coronavirus (Covid-19). CONSIDERANDO: Que los pronósticos macroeconómicos de la revisión del Programa Monetario de finales de julio del presente año contemplan una contracción en la economía nacional para 2020, causada por la combinación de los choques de oferta y demanda producto de la pandemia provocada por el Covid-19, a los cuales se agregan los efectos generados por las tormentas tropicales ETA e IOTA, tanto en la producción como en la capacidad productiva del país, ocasionando una brecha más negativa respecto al Producto Interno Bruto potencial. Es así que la Comisión de Operaciones de Mercado Abierto (COMA), en Sesión Ordinaria No.181, realizada el 12 y 20 de noviembre de 2020, decidió recomendar a este Directorio disminuir el nivel de la TPM en setenta y cinco puntos básicos (75 pb), con el propósito de continuar flexibilizando las condiciones financieras, lo que estaría ayudando a reducir las tasas de interés del mercado y estimular la demanda de crédito. POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342 de la Constitución de la República; 2, 6, 16, literales f) y m), 23 y 43 de la Ley del Banco Central de Honduras; 43 de la Ley del Sistema Financiero y en el Reglamento de Negociación de Valores Gubernamentales, contenido en el Acuerdo No.12/2013 del 17 de octubre de 2013, RESUELVE:
- 1)
Reducir en setenta y cinco puntos básicos (75 pb) la Tasa de Política Monetaria (TPM) y como
REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 7 DE DICIEMBRE DE 2020 No. 35,452 consecuencia de ello establecer su nivel en tres por ciento (3.00%) anual, cuya aplicación será efectiva a partir del 27 de noviembre de 2020.
- 2)
Derogar la Resolución No.236-7/2020, emitida por el Directorio del Banco Central de Honduras el 30 de julio de 2020.
- 3)
Comunicar esta resolución a las instituciones del sistema financiero nacional, a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros y a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas para los fines pertinentes.
- 4)
La presente resolución es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. HUGO DANIEL HERRERA CARDONA Secretario 7 D. 2020.