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8 de febrero de 2020Vigente

Reglamento — Artículo 211 - Funciones del Tesorero de la UNAG

Universidad Nacional de Agricultura

  • Publicación: 8 de febrero de 2020
  • Órgano emisor: Universidad Nacional de Agricultura

Articulos

Articulo 211.-

) Son funciones del Tesorero de la UNAG:

  • a)

    Recaudar y custodiar los fondos institucionales;

  • b)

    Efectuar los pagos contemplados en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de La Universidad, que llenen los requisitos legales correspondientes;

  • c)

    Registrar las cuentas en los libros autorizados para tal efecto;

  • d)

    Depositar diariamente en un banco local, preferentemente del Estado, las recaudaciones que reciba La Universidad;

  • e)

    Capacitarse y hacer uso adecuado del sistema ERP u otro que se estableciera en el futuro,

  • f)

    Informar mensualmente a la Gerencia Administrativo- Financiera del movimiento de los ingresos y egresos de La Universidad y permanentemente a la Jefatura del Departamento de Gestión Financiera;

  • g)

    Informar en cualquier tiempo a las autoridades superiores, las irregularidades que dañaren los intereses del patrimonio institucional;

  • h)

    Llevar en archivo electrónico los movimientos de tesorería;

  • i)

    Conocer el manejo del Sistema SIAFI y otros sistemas de la Administración Central j) Conocer los diferentes servicios financieros que se ofrecen en la banca nacional; k) Contribuir a la sistematización de las operaciones financieras de la Universidad en el Sistema ERP (plataforma tecnológica institucional) l) Establecer medidas que faciliten el ingreso de fondos a la institución por gestión de la cobranza. m) Las demás propias de su cargo que aseguren el manejo transparente de los fondos.