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29 de diciembre de 2018Vigente

Ordenanza — Ordenanza Municipal para la Declaratoria de French Cay como Zona de Recuperación Pesquera

Corporaciones Municipales de Roatán y Santos Guardiola, Islas de la Bahía

  • Publicación: 29 de diciembre de 2018
  • Órgano emisor: Corporaciones Municipales de Roatán y Santos Guardiola, Islas de la Bahía
  • Gaceta: 34,832

Considerandos

Que el Estado de Honduras es signatario de compromisos internacionales como ser la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1982), la Declaración de Río de Janeiro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992), la Declaración de Tulum (1997); el Código de Conducta de Pesca Responsable de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), adoptado por la vigésimo octava (28ava) sesión de conferencia en Octubre 1995; orientados a la protección y uso sostenible de los recursos naturales que permita el desarrollo de las presentes y futuras generaciones, con la participación de la ciudadanía en el nivel que le corresponda.

Que el Estado de Honduras ratificó en 1995 el Convenio de Diversidad Biológica, cuyo principal objetivo es la conservación de la diversidad biológica, el cual se pretende lograr mediante el “Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011 – 2020 y las Metas de Aichi” que su meta número once establece que para el año 2020 “…el 10 por ciento de las zonas marinas y costeras, especialmente aquellas de particular importancia para la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas, se conservan por medio de sistemas de áreas protegidas administrados de manera eficaz y equitativa, ecológicamente representativos y bien conectado para lo cual ha propuesto una serie de metas…”.

Que el Decreto 104-93 de la Ley General del Ambiente y el Decreto Legislativo No.75-2010 que contiene la Ley Especial de las Áreas Protegidas de las Islas de la Bahía, declaran la protección, conservación, restauración y manejo sostenible del ambiente y de los recursos naturales de utilidad pública y de interés social y establecen la promoción de la conservación, recuperación y protección de la diversidad biológica a todos los sectores de la sociedad, respectivamente. A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 MUNICIPALIDA DE ROATAN 28 DICIEMBRE 2018 PLAN DE ARBITRIOS 2019

Que mediante Decreto Legislativo 75-2010 se aprueba la Ley Especial de las Áreas Protegidas de las Islas de la Bahía, dentro del cual se establece que el Parque Nacional Marinos de Islas de la Bahía (PNMIB) debe estar sujeto al Decreto Legislativo antes mencionado; siendo la isla de Roatán parte de dicha área protegida y en cuya jurisdicción se encuentra una amplia diversidad de recursos marinos naturales, encontrándose entre los más destacados: pastos marinos, arrecifes coralinos, manglares, estuarios y lagunas costeras ecosistemas importantes para la reproducción y etapa de adultos para muchas de las especies comerciales de la pesca artesanal y la sostenibilidad de los stocks de las poblaciones marinas.

Que según los “Principios biofísicos para el diseño de zonas de recuperación en el Sistema Arrecifal Mesoamericano (SAM)” establecidos en el 2017 a través de una iniciativa regional del SAM, conformada por varias organizaciones técnicas-científicas mesoamericanas e internacionales de Honduras, Belice, Honduras y México dedicadas a la gestión y conservación de los recursos marino costeros; definen una Zona de Recuperación Pesquera como aquellas “áreas del océano que están protegidas contra todas las actividades extractivas y destructivas y pueden ser una herramienta eficaz para hacer frente a las amenazas locales y globales, mejorar el rendimiento pesquero, proteger la biodiversidad, mejorar la resiliencia de las poblaciones y ecosistemas marinos, y a la vez ayudar en la adaptación ante los cambios del clima y la química de los océanos”.

Que las Zonas de Recuperación Pesquera son una herramienta de manejo que permite aumentar los rendimientos pesqueros por el efecto desborde de adultos, juveniles y larvas, hacia otras áreas pesqueras adyacentes. Las ZRP también contribuyen a la protección de la biodiversidad (especies en peligro de extinción y de importancia ecológica, y hábitats críticos y únicos) y mejora la resiliencia de las poblaciones y los ecosistemas marinos frente al cambio climático.

Que los vecinos de la comunidad de French Cay en Roatán, durante años han demostrado su interés por la protección y conservación de los recursos naturales de la isla; para lo cual han conformado grupos voluntarios de vigilancia de los recursos marinos y el 14 febrero del 2017 solicitaron a las autoridades centrales del Congreso Nacional, la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) y el Instituto Nacional de Conservación Forestal (ICF), apoyo para aumentar la protección de los recursos marino costeros de su comunidad. A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 MUNICIPALIDA DE ROATAN 28 DICIEMBRE 2018 PLAN DE ARBITRIOS 2019

Que los miembros del Comité Técnico Local del Parque Nacional Marino Islas de la Bahía (CTPNMIB), ha estado apoyado técnicamente en la gestión y realización de actividades de colecta de información biológica y socioeconómica para respaldar la propuesta de declaratoria de la zona de French Cay como Zona de Recuperación Pesquera, iniciativa de la cual Coral Reef Alliance, elaboró el primer documento técnico respectivo.

Que el área propuesta por la comunidad de French Cay, cumple con los requisitos biofísicos como un área factible para una ZRP, tal como lo demuestra el “Informe de Línea Base Biológica para el Área de Recuperación Pesquera French Cay, Roatán, Islas de la Bahía" elaborado por el Centro de Estudios Marinos (CEM) en el 2017 y que en el Reporte del Arrecife Mesoamericano de 2018 realizado por la Iniciativa de Arrecifes Saludables, hace constar que las Zonas de Recuperación Pesquera están repoblando áreas de pesca en el Sistema Arrecifal Mesoamericano.

Que el Comité Técnico Local del PNMIB de la Isla de Roatán, está conformado por: El Instituto Nacional de Conservación Forestal (ICF), la Municipalidad de Roatán, la Municipalidad de Santos Guardiola a través de sus Unidades Municipales de Ambiente (UMA), Ley de la Zona Libre Turística del Departamento de Islas de la Bahía Decreto N° 181-2006 (ZOLITUR), la Asociación para la Conservación Ecológica de Islas de la Bahía capítulo de Roatán (BICA Roatán), la Asociación Amigos del Parque Marino de Roatán (RMP) y Centro de Estudios Marinos (CEM). Siendo la investigación científica un eje importante dentro de las funciones operativas de dicho Subcomité y que, en el ámbito de la presente ordenanza, éstas instituciones brindarán la asistencia y acompañamiento técnico-científico en cuanto a los lineamientos de manejo de la ZRP, en coordinación con los vecinos de la comunidad de French Cay.

Que las municipalidades de Roatán y Santos Guardiola, poseen un manifiesto compromiso por la protección y sostenibilidad ambiental de los recursos marinos de la isla en pro de salvaguardar los medios de vida vinculados a las pesca sostenible, rentable y segura de sus habitantes y que ambas municipalidades están facultadas por Ley para celebrar alianzas conjuntas; estableciendo normativas en común que protejan y regulen el uso adecuado de estos recursos y ecosistemas marino costeros en ambos municipios, procurando un beneficio para sus habitantes. A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 MUNICIPALIDA DE ROATAN 28 DICIEMBRE 2018 PLAN DE ARBITRIOS 2019 CONSIDERANDO: El interés local manifestado en gestionar de manera eficiente los recursos naturales por parte de los usuarios de la pesca de la zona de French Cay, como representantes de la comunidad y contando con el apoyo de las organizaciones que conforman el Subcomité Técnico Local de la isla de Roatán y el interés de las municipalidades de Roatán y Santos Guardiola, para crear una normativa local en conjunto.

Texto completo

ORDENANZA MUNICIPAL PARA LA DECLARATORIA DE FRENCH CAY COMO ZONA DE RECUPERACIÓN PESQUERA EN EL MUNICIPIO DE ROATÁN Y MUNICIPIO DE SANTOS GUARDIOLA, ROATÁN, ISLAS DE LA BAHÍA. ACTA No.___ DE FECHA ___ DE ______ DEL 2018 Las Honorables Corporaciones Municipales de Roatán y de Santos Guardiola, en uso de las atribuciones y facultades que les confiere la Ley de Municipalidades y la Constitución de la República, emiten la siguiente Ordenanza: CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras es signatario de compromisos internacionales como ser la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (1982), la Declaración de Río de Janeiro sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992), la Declaración de Tulum (1997); el Código de Conducta de Pesca Responsable de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), adoptado por la vigésimo octava (28ava) sesión de conferencia en Octubre 1995; orientados a la protección y uso sostenible de los recursos naturales que permita el desarrollo de las presentes y futuras generaciones, con la participación de la ciudadanía en el nivel que le corresponda. CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras ratificó en 1995 el Convenio de Diversidad Biológica, cuyo principal objetivo es la conservación de la diversidad biológica, el cual se pretende lograr mediante el “Plan Estratégico para la Diversidad Biológica 2011 – 2020 y las Metas de Aichi” que su meta número once establece que para el año 2020 “…el 10 por ciento de las zonas marinas y costeras, especialmente aquellas de particular importancia para la diversidad biológica y los servicios de los ecosistemas, se conservan por medio de sistemas de áreas protegidas administrados de manera eficaz y equitativa, ecológicamente representativos y bien conectado para lo cual ha propuesto una serie de metas…”. CONSIDERANDO: Que el Decreto 104-93 de la Ley General del Ambiente y el Decreto Legislativo No.75-2010 que contiene la Ley Especial de las Áreas Protegidas de las Islas de la Bahía, declaran la protección, conservación, restauración y manejo sostenible del ambiente y de los recursos naturales de utilidad pública y de interés social y establecen la promoción de la conservación, recuperación y protección de la diversidad biológica a todos los sectores de la sociedad, respectivamente.

MUNICIPALIDA DE ROATAN 28 DICIEMBRE 2018

PLAN DE ARBITRIOS 2019 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo 75-2010 se aprueba la Ley Especial de las Áreas Protegidas de las Islas de la Bahía, dentro del cual se establece que el Parque Nacional Marinos de Islas de la Bahía (PNMIB) debe estar sujeto al Decreto Legislativo antes mencionado; siendo la isla de Roatán parte de dicha área protegida y en cuya jurisdicción se encuentra una amplia diversidad de recursos marinos naturales, encontrándose entre los más destacados: pastos marinos, arrecifes coralinos, manglares, estuarios y lagunas costeras ecosistemas importantes para la reproducción y etapa de adultos para muchas de las especies comerciales de la pesca artesanal y la sostenibilidad de los stocks de las poblaciones marinas. CONSIDERANDO: Que según los “Principios biofísicos para el diseño de zonas de recuperación en el Sistema Arrecifal Mesoamericano (SAM)” establecidos en el 2017 a través de una iniciativa regional del SAM, conformada por varias organizaciones técnicas-científicas mesoamericanas e internacionales de Honduras, Belice, Honduras y México dedicadas a la gestión y conservación de los recursos marino costeros; definen una Zona de Recuperación Pesquera como aquellas “áreas del océano que están protegidas contra todas las actividades extractivas y destructivas y pueden ser una herramienta eficaz para hacer frente a las amenazas locales y globales, mejorar el rendimiento pesquero, proteger la biodiversidad, mejorar la resiliencia de las poblaciones y ecosistemas marinos, y a la vez ayudar en la adaptación ante los cambios del clima y la química de los océanos”. CONSIDERANDO: Que las Zonas de Recuperación Pesquera son una herramienta de manejo que permite aumentar los rendimientos pesqueros por el efecto desborde de adultos, juveniles y larvas, hacia otras áreas pesqueras adyacentes. Las ZRP también contribuyen a la protección de la biodiversidad (especies en peligro de extinción y de importancia ecológica, y hábitats críticos y únicos) y mejora la resiliencia de las poblaciones y los ecosistemas marinos frente al cambio climático. CONSIDERANDO: Que los vecinos de la comunidad de French Cay en Roatán, durante años han demostrado su interés por la protección y conservación de los recursos naturales de la isla; para lo cual han conformado grupos voluntarios de vigilancia de los recursos marinos y el 14 febrero del 2017 solicitaron a las autoridades centrales del Congreso Nacional, la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG) y el Instituto Nacional de Conservación Forestal (ICF), apoyo para aumentar la protección de los recursos marino costeros de su comunidad.

MUNICIPALIDA DE ROATAN 28 DICIEMBRE 2018

PLAN DE ARBITRIOS 2019 CONSIDERANDO: Que los miembros del Comité Técnico Local del Parque Nacional Marino Islas de la Bahía (CTPNMIB), ha estado apoyado técnicamente en la gestión y realización de actividades de colecta de información biológica y socioeconómica para respaldar la propuesta de declaratoria de la zona de French Cay como Zona de Recuperación Pesquera, iniciativa de la cual Coral Reef Alliance, elaboró el primer documento técnico respectivo. CONSIDERANDO: Que el área propuesta por la comunidad de French Cay, cumple con los requisitos biofísicos como un área factible para una ZRP, tal como lo demuestra el “Informe de Línea Base Biológica para el Área de Recuperación Pesquera French Cay, Roatán, Islas de la Bahía" elaborado por el Centro de Estudios Marinos (CEM) en el 2017 y que en el Reporte del Arrecife Mesoamericano de 2018 realizado por la Iniciativa de Arrecifes Saludables, hace constar que las Zonas de Recuperación Pesquera están repoblando áreas de pesca en el Sistema Arrecifal Mesoamericano. CONSIDERANDO: Que el Comité Técnico Local del PNMIB de la Isla de Roatán, está conformado por: El Instituto Nacional de Conservación Forestal (ICF), la Municipalidad de Roatán, la Municipalidad de Santos Guardiola a través de sus Unidades Municipales de Ambiente (UMA), Ley de la Zona Libre Turística del Departamento de Islas de la Bahía Decreto N° 181-2006 (ZOLITUR), la Asociación para la Conservación Ecológica de Islas de la Bahía capítulo de Roatán (BICA Roatán), la Asociación Amigos del Parque Marino de Roatán (RMP) y Centro de Estudios Marinos (CEM). Siendo la investigación científica un eje importante dentro de las funciones operativas de dicho Subcomité y que, en el ámbito de la presente ordenanza, éstas instituciones brindarán la asistencia y acompañamiento técnico-científico en cuanto a los lineamientos de manejo de la ZRP, en coordinación con los vecinos de la comunidad de French Cay. CONSIDERANDO: Que las municipalidades de Roatán y Santos Guardiola, poseen un manifiesto compromiso por la protección y sostenibilidad ambiental de los recursos marinos de la isla en pro de salvaguardar los medios de vida vinculados a las pesca sostenible, rentable y segura de sus habitantes y que ambas municipalidades están facultadas por Ley para celebrar alianzas conjuntas; estableciendo normativas en común que protejan y regulen el uso adecuado de estos recursos y ecosistemas marino costeros en ambos municipios, procurando un beneficio para sus habitantes.

MUNICIPALIDA DE ROATAN 28 DICIEMBRE 2018

PLAN DE ARBITRIOS 2019 CONSIDERANDO: El interés local manifestado en gestionar de manera eficiente los recursos naturales por parte de los usuarios de la pesca de la zona de French Cay, como representantes de la comunidad y contando con el apoyo de las organizaciones que conforman el Subcomité Técnico Local de la isla de Roatán y el interés de las municipalidades de Roatán y Santos Guardiola, para crear una normativa local en conjunto. POR TANTO En el uso de las facultades que la Ley le confiere en los artículos 11, 107 y 340 de la Constitución de la República; 55, 56, 57 y 66 de la Ley General del Ambiente; 1,2,3,4, 5, 17, 22, de la Ley de Pesca y Acuicultura; 13, 14 de la Ley de Municipalidades; 91, 92, 98, 100, 101, 107, 118 y 119 de la Ley Orgánica de la Marina Mercante; el artículo 27 de la Ley de Ordenamiento Territorial; 3, 7, 8, y 9 del Reglamento para el Manejo Integral de los Residuos Sólidos; y el artículo 56 de la Convención de la Naciones Unidad sobre el Derecho del Mar, ORDENA PRIMERO: Crear y declarar la Zona de Recuperación Pesquera de French Cay en el Municipio de Roatán y Santos Guardiola, Islas de la Bahía. SEGUNDO: Declarar al área de French Cay como zona de recuperación pesquera (ZRP) por tiempo indefinido, donde no se permitirán ninguna actividad extractiva ni actividades de pesca de ninguna modalidad, especie, talla, cantidad, usuario o arte de pesca. TERCERO: El objetivo general de la Zona de Recuperación Pesquera de French Cay, es proteger los hábitats críticos de reproducción y refugio de las especies marinas de esta área a través del establecimiento de una Zona de Recuperación Pesquera. Los objetivos específicos de esta zona son: a) Proteger los pastos marinos, zonas arrecifales y manglares como sitios de reproducción, hábitat y refugios de la fauna marina. b) Promover la buena conducta de pesca responsable, reconociendo las zonas de recuperación pesquera, como sitios de reproducción y refugio de las especies marinas y comerciales del área de French Cay en la isla de Roatán y c) Promover un sistema de gobernanza local de los recursos marinos, orientado a la toma de decisiones de protección por parte de los usuarios directos. CUARTO: La Zona de Recuperación Pesquera de French Cay, contiene hábitats representativos críticos para la reproducción, crianza y refugio de especies marinas y comerciales importantes en el

MUNICIPALIDA DE ROATAN 28 DICIEMBRE 2018

PLAN DE ARBITRIOS 2019 ecosistema: pastos marinos, manglares y arenas con algas/rocas y las especies que comparten estos ecosistemas: pepino de mar (H.mexicana), langosta (P. argus) y caracol (L. gigas). Asimismo, constituye habitas importantes para familia de peces Cirujanos (Acanthuridae) y familias de peces herbívoros indicadores de la salud arrecifal tales como Peces Loro (familia Scaridae) los cuales ayudan a compensar la pérdida de coral al reducir los afloramientos de algas. QUINTO: Para el conocimiento de toda persona natural o jurídica tendiente al aprovechamiento de los recursos marinos costeros, población local y visitantes, pescadores, buzos, operadores de turismo, embarcaciones de todo calaje y otros. Se presenta el siguiente cuadro y mapas de delimitación de los polígonos de la Zona de Recuperación Pesquera French Cay, los cuales contaran con un sistema de boyas para su clara identificación. La ZRP de French Cay posee un área de 341.36 Hectáreas (3.41 Km²). La Zona de Recuperación Pesquera de French Cay, se ubica al Suroeste de la Isla de Roatan a partir del Este del canal de French Harbour hasta el Sector de Parrot Tree Resort, ubicados en los municipios de Roatan y Santos Guardiola respectivamente. La poligonal se encuentra dentro del Parque Nacional Marino de Islas de la Bahía, específicamente dentro de la Zona de Uso Múltiple de French Harbour y de la Zona Restringida a la Pesca Coco View – Caribbean Point. Colinda al Oeste con la Zona de Desarrollo Económico y la Zona de Uso Múltiple de French Harbour y al Este con la Zona Restringida a la Pesca: Coco View – Caribbean Point, que se describen en la Ley Especial de las Áreas Protegidas de las Islas de la Bahía Decreto N°75-2010. La poligonal comprende los siguientes límites: comenzando en el extremo Noroeste sobre la línea de marea alta (LMA) en el Punto A, siguiendo hacia al Sureste hasta conectar con el punto B, continuado hacia el Noreste siguiendo el trazo de la cota de 60 m de profundidad y conectando con el punto E, que conecta al Noroeste con el punto F, siguiendo la LMA hacia el Noroeste hasta conectar con el punto A cerrando el polígono. (Figura 1 y 2)

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PLAN DE ARBITRIOS 2019 La ZRP de French Cay posee las siguientes coordenadas (UTM WGS 84/UTM zone 16 N): Zona de Recuperación Pesquera: French Cay (Este del Canal de French Harbour – Parrot Tree) Municipios de Roatan y Santos Guardiola Área: 341.36 Ha. (3.41 Km 2 ) Coordenadas Geográficas UTM 16 N, DATUM WGS 84 ID X_WGS84 Y_WGS84 LAT_O LONG_N A 558736.46 1808167.34 16.35395 -86.450046 B 559113.46 1807397.41 16.346981 -86.446536 C 563229.69 1808747.2 16.359077 -86.407962 D 563034.85 1809485.16 16.365753 -86.409766 Figura 1. Ubicación de la Zona de Recuperación Pesquera de French Cay entre los municipios de Roatán y Santos Guardiola, Islas de la Bahía y las otras zonificaciones del PNMIB

MUNICIPALIDA DE ROATAN 28 DICIEMBRE 2018

PLAN DE ARBITRIOS 2019 Figura 2: Área total de la Zona de Recuperación Pesquera de French Cay, Roatan, Islas de la Bahía El área correspondiente al municipio de Roatán es de 259.24 Ha (2.59 km2) y va desde el Este de canal de French Harbor hasta el límite municipal ubicado en la punta Oeste de Parrot Tree en la Comunidad de First Bight. El área correspondiente al municipio de Santos Guardiola es de 82.11 Ha (0.82 Km2) va desde el límite municipal ubicado en la punta Oeste de Parrot Tree en la Comunidad de First Bight hasta la Comunidad de Rose Hall. (Figura 3).

MUNICIPALIDA DE ROATAN 28 DICIEMBRE 2018

PLAN DE ARBITRIOS 2019 Figura 3: Área de la Zona de Recuperación Pesquera de French Cay por municipio (2.59 Km2 al Municipio de Roatan y 0.82 Km2 al Municipio de Santos Guardiola) para un total de 3.41 Km2