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29 de diciembre de 2018Vigente

Ordenanza — Ordenanza Municipal sobre Regulación de Parqueo en Zona de Monte Placentero

Corporación Municipal de Roatán, Islas de la Bahía

  • Publicación: 29 de diciembre de 2018
  • Órgano emisor: Corporación Municipal de Roatán, Islas de la Bahía
  • Gaceta: 34,832

Considerandos

Que le corresponde a la Municipalidad coordinar e implementar acciones y ORDENANZA A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M. D. C., 29 DE DICIEM BRE D E L 2018 N o . 34,832 MUNICIPALIDA DE ROATAN 28 DICIEMBRE 2018 PLAN DE ARBITRIOS 2019 medidas tendientes a asegurar , preservar e impulsar la seguridad personal de toda la población residente en este Municipio, en forma mancomunada con las demás autoridades dedicadas a la prevención, persecución y erradicación de hechos constitutivos de delito, creando para ello el testamento legal para el logro de tal fin.-

Que la Municipalidad dentro de sus facultades está la de crear, reformar y derogar los instrumentos normativos locales.-

Que mediante constantes peticiones, solicitudes a la Corporación Municipal ,visitas a Justicia Municipal así como al Alcalde Municipal se ha peticionado que se regule la situación del parqueo en algunas partes de la comunidad de Monte Placentero.- CONSIDERANDO; Que las Ordenanzas, constituyen instrumentos jurídicos Municipales cuyas disposiciones son de carácter obligatorio y general en todo los asuntos de exclusiva competencia Municipal

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OREDENANZA EN LA ZONA CONOCIDA COMO MONTE PLACENTERO: CONSIDERANDO : Que le corresponde a la Municipalidad coordinar e implementar acciones y ORDENANZA

MUNICIPALIDA DE ROATAN 28 DICIEMBRE 2018

PLAN DE ARBITRIOS 2019 medidas tendientes a asegurar , preservar e impulsar la seguridad personal de toda la población residente en este Municipio, en forma mancomunada con las demás autoridades dedicadas a la prevención, persecución y erradicación de hechos constitutivos de delito, creando para ello el testamento legal para el logro de tal fin.- CONSIDERANDO: Que la Municipalidad dentro de sus facultades está la de crear, reformar y derogar los instrumentos normativos locales.- CONSIDERANDO: Que mediante constantes peticiones, solicitudes a la Corporación Municipal ,visitas a Justicia Municipal así como al Alcalde Municipal se ha peticionado que se regule la situación del parqueo en algunas partes de la comunidad de Monte Placentero.- CONSIDERANDO; Que las Ordenanzas, constituyen instrumentos jurídicos Municipales cuyas disposiciones son de carácter obligatorio y general en todo los asuntos de exclusiva competencia Municipal POR TANTO: Fundamentos legales: En el ejercicio de las atribuciones que la Ley le confiere , y en aplicación de los artículos 1, 25 numeral 1) 47 numeral 3) de la Ley de Municipalidades Vigente.- ORDENA: Primero : Toda persona mayor de edad, sea nacional o extranjera que pertenece o vive en el Municipio de Roatán, departamento de Islas de la Bahía, en la zona conocida como Monte Placentero , y es dueño de vehículos o es parte del transporte que entra en esta zona , deberá obligatoriamente respetar la zona de No parqueo que más adelante se nombrara los sectores para lo mismo . SEGUNDO: La Policía Municipal de transito ejercerá un estricto control para evitar que se estaciona en el lugar conocido como Monte Placentero en las zonas. A) En la calle principal que va desde el Hotel Rincón Placentero hasta el edificio de Molineros Multa de QUINIENTOS LEMPIRAS (500.00) b) En las inmediaciones del Centro de Salud.- C) Se incluirá todo los lados que pidieron el patronato.- TERCERO: En las zonas antes mencionadas no se podrá estacionar ningún tipo de vehículo en los días hábiles e inhábiles (días de la semana y días de fines de semana) para los vehículos que transportan mercancías o productos y que necesiten estacionarse en los lugares antes mencionados, se les concederá un espacio de tiempo máximo de una hora (1 hora) para bajar sus respectivos productos que transportan, todo esto en aras de mantener las calles, acceso y zonas más descongestionadas, limpia y segura.- CUARTO: La Supervisión, observancia y aplicación de esta disposición estará a cargo de miembros , de la Policía Municipal, Policía Nacional Preventiva, y demás autoridades.- QUINTO : El Plazo de esta Ordenanza, es por tiempo indefinido y efectivo a partir de la publicación de la misma aplicando el termino establecido por la Ley .- Dado en la ciudad de Roatán, Departamento de Islas de la Bahía, a los treinta y un días del mes de Agosto del año dos mil dieciocho: La Honorable Corporación Municipal por Unanimidad de Votos dio por Aprobada y Ratificada la Ordenanza para la zona de Monte Placentero.- Punto Diez (10) Cierre de sesión. Sello y Firma. - Abogada. Myril Yannell Brooks. - Secretaria Municipal.

MUNICIPALIDA DE ROATAN 28 DICIEMBRE 2018

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