Ordenanza — Ordenanza Municipal sobre Medidas de Seguridad
Corporación Municipal de Roatán, Islas de la Bahía
- Publicación: 29 de diciembre de 2018
- Órgano emisor: Corporación Municipal de Roatán, Islas de la Bahía
- Gaceta: 34,832
Considerandos
Que le corresponde a la Municipalidad coordinar, e implementar acciones y medidas tendientes a asegurar, preservar e impulsar la Seguridad personal de toda la población residente en este Municipio, en forma mancomunada con las demás autoridades dedicadas a la prevención, persecución y erradicación de hechos constitutivos de delito, creando para ello el estamento legal para el logro de tal fin.
Que la Municipalidad dentro de sus facultades está la de crear, reformar y derogar los instrumentos normativos locales.
Que mediante reunión celebrada en fecha 15 de agosto del 2018, en la que participaron los diferentes sectores involucrados en el tema de seguridad, estando presente los señores Dino G. Silvestri, actual Gobernador Departamental, Jerry Dave Hynds, Alcalde Municipal de Roatán, Miguel Martínez Madrid, Jefe de la Policía, Jefatura N° 11 y Víctor B Curley, Agregado Diplomático U.S. Department of Homeland Security Embajada americana¸ suscribiéndose y verificación de ingresos y salidas, firmándose una Carta de Intenciones, para el Control Migratorio de personas que a diario ingresan vía aérea y marítima a este municipio, con diferentes fines, por lo que se vuelve necesario y obligatorio desarrollar medidas de carácter urgentes y de obligatorio cumplimiento ORDENANZA SOBRE MEDIDAS DE SEGURIDAD:
Que las Ordenanzas, constituyen instrumentos Jurídicos Municipales cuyas disposiciones son de carácter obligatorio y general en todo los asuntos de exclusiva competencia municipal
Texto completo
ORDENANZA : Medidas de Seguridad: PROYECTO ORDENANZA MUNICIPAL La Honorable Corporación Municipal de Roatán, Islas de la Bahía, en uso de las atribuciones y facultades que la Ley le confiere , a la ciudadanía del Municipio de Roatán, departamento de Islas de la Bahía en general, HACE SABER: CONSIDERANDO: Que le corresponde a la Municipalidad coordinar, e implementar acciones y medidas tendientes a asegurar, preservar e impulsar la Seguridad personal de toda la población residente en este Municipio, en forma mancomunada con las demás autoridades dedicadas a la prevención, persecución y erradicación de hechos constitutivos de delito, creando para ello el estamento legal para el logro de tal fin. CONSIDERANDO: Que la Municipalidad dentro de sus facultades está la de crear, reformar y derogar los instrumentos normativos locales. CONSIDERANDO: Que mediante reunión celebrada en fecha 15 de agosto del 2018, en la que participaron los diferentes sectores involucrados en el tema de seguridad, estando presente los señores Dino G. Silvestri, actual Gobernador Departamental, Jerry Dave Hynds, Alcalde Municipal de Roatán, Miguel Martínez Madrid, Jefe de la Policía, Jefatura N° 11 y Víctor B Curley, Agregado Diplomático U.S. Department of Homeland Security Embajada americana¸ suscribiéndose y verificación de ingresos y salidas, firmándose una Carta de Intenciones, para el Control Migratorio de personas que a diario ingresan vía aérea y marítima a este municipio, con diferentes fines, por lo que se vuelve necesario y obligatorio desarrollar medidas de carácter urgentes y de obligatorio cumplimiento ORDENANZA SOBRE MEDIDAS DE SEGURIDAD: CONSIDERANDO: Que las Ordenanzas, constituyen instrumentos Jurídicos Municipales cuyas disposiciones son de carácter obligatorio y general en todo los asuntos de exclusiva competencia municipal POR TANTO: FUNDAMENTO LEGAL: En el ejercicio de las atribuciones que la Ley le confiere; y, en aplicación de los artículos 1, 13 numeral 3) y 16), articulo 14 numeral 6), articulo 26 de la Ley de Municipalidades Vigente. ORDENA: PRIMERO: Toda persona mayor de edad, sea nacional o extranjera que ingrese a este Municipio de Roatán, deberá obligatoriamente presentar ante las autoridades correspondientes, su tarjeta de Identidad para el caso de los hondureños y Pasaporte Vigente, para los extranjeros. SEGUNDO: Las embarcaciones de menor calado que ingresan de otros municipios o ciudades, a este Municipio de Roatán, deberán atracar única y exclusivamente en el muelle que está ubicado en las Instalaciones de la Policía Nacional, en el Barrio Monte Placentero, todo con el objeto de llevar un mejor control y sean supervisado el ingreso de personas y mercadería por los miembros de la Policía Nacional, quedando este tipo de embarcaciones desautorizadas para atracar en otro muelle que no sea el anteriormente establecido. TERCERO: La supervisión, observancia y aplicación de esta disposición estará a cargo de miembros la Policial Municipal, Policía Nacional Preventiva y demás autoridades involucradas en el CUARTO: El plazo de esta ordenanza es por tiempo indefinido y efectivo a partir de la publicación de la misma aplicando el termino por la Ley: Dado en la ciudad de Roatán, Islas de la Bahía, a los treinta y un días del mes de agosto del año 2018. La Honorable Corporación Municipal por Unanimidad de Votos dio por Aprobada y Ratificada la Ordenanza, Medidas de Seguridad. - Punto Diez (10) Cierre de sesión. Sello y Firma. - Abog. Myril Yannell Brooks. - Secretaria Municipal.