8 de octubre de 2025Vigente
Acuerdo — Normas relativas a la pesca comercial en PNMIB - Zona de Protección Especial
- Publicación: 8 de octubre de 2025
- Gaceta: 36,961
Texto completo
7. Normas relativas a la pesca comercial 7.1. No se permite utilizar las siguientes artes de pesca: Pesca con arpón, trampas de peces, nasas, palangre, trasmallo, chinchorro, químicos, explosivos y choques eléctricos. Se exceptúa el arpon hawaiano para la extracción del pez león (Pterois volitans y Pterois miles). 7.2. No se permite realizar la pesca de organismos herbívoros de arrecife, la extracción de langosta, caracol y la pesca en sitios de agregación reproductiva de meros y pargos. 7.3. Queda prohibida la pesca mediante el buceo libre, con tanque, a pulmón o con manguera (hookah fishing). 7.4. Queda prohibida la pesca industrial en todas sus modalidades.