Resolución — Aprobación de Estatutos de la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de La Concepción, San Matías
Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Gobernación y Descentralización
- Publicación: 13 de febrero de 2018
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Gobernación y Descentralización
Considerandos
La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA CONCEPCIÓN, MUNICIPIO DE SAN MATÍAS, DEPARTAMENTO DE EL PARAÍSO, se acoge a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Gobernación, Descentralización y demás entes cautionados del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen sobre iniciativas y lineamientos a los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y líneas para la cual fue autorizada.
La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA CONCEPCIÓN, MUNICIPIO DE SAN MATÍAS, DEPARTAMENTO DE EL PARAÍSO, se hará de conformidad a sus estatutos vigentes en el país, de la que previamente canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que tenga objetivos similares u otra beneficiada. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo Artículo.
Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario
Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser archiados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes, sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de aprobación.
La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad.
Instruir a la Secretaría General para que el Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (R.S.A.C) para que emita la correspondiente inscripción.
Dó oficio proclasea a emitir la certificación de la presente resolución, a través de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA CONCEPCIÓN, MUNICIPIO DE SAN MATÍAS, DEPARTAMENTO DE EL PARAÍSO. al cual opta aplicada en el Diario Oficial "La Gaceta", cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionados en forma gratuita, duante cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento NOTIFIQUESE CLARISA EVELIN MORALES REYES SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACION Y DESCENTRALIZACIÓN, RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL". Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, del Distrito Central a los veintitrés días del mes de septiembre de dos mil dieciocho. RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA SECRETARIO GENERAL 13 F 2018. CERTIFICACIÓN
Texto completo
los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a partir de la misma enajenada. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se ajustarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos.
CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA CONCEPCIÓN, MUNICIPIO DE SAN MATÍAS, DEPARTAMENTO DE EL PARAÍSO, se acoge a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Gobernación, Descentralización y demás entes cautionados del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen sobre iniciativas y lineamientos a los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y líneas para la cual fue autorizada.
QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA CONCEPCIÓN, MUNICIPIO DE SAN MATÍAS, DEPARTAMENTO DE EL PARAÍSO, se hará de conformidad a sus estatutos vigentes en el país, de la que previamente canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que tenga objetivos similares u otra beneficiada. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efectos de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo Artículo.
SEXTO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario
SÉPTIMO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser archiados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes, sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de aprobación.
OCTAVO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad.
NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que el Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (R.S.A.C) para que emita la correspondiente inscripción.
DECIMO: Dó oficio proclasea a emitir la certificación de la presente resolución, a través de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LA CONCEPCIÓN, MUNICIPIO DE SAN MATÍAS, DEPARTAMENTO DE EL PARAÍSO. al cual opta aplicada en el Diario Oficial "La Gaceta", cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionados en forma gratuita, duante cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento NOTIFIQUESE CLARISA EVELIN MORALES REYES SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACION Y DESCENTRALIZACIÓN, RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL".
Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, del Distrito Central a los veintitrés días del mes de septiembre de dos mil dieciocho.
RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA SECRETARIO GENERAL 13 F 2018.
CERTIFICACIÓN