VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 29-2015 | 24 de octubre de 2015 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 33,865

Acuerdo Ejecutivo No. 29-2015 — Nombramiento de Carlos Noé Ramírez Araque como Presidente Ejecutivo de BANADESA

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Resumen

El Presidente de Honduras nombra a Carlos Noé Ramírez Araque como Presidente Ejecutivo de BANADESA (Banco Nacional de Desarrollo Agrícola). El nombrado debe prestar juramento, entregar una declaración de bienes y su permanencia dependerá de evaluación por resultados del Presidente.

Considerandos

  1. 1.Que la Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población, mediante Resolución No. 1589-2011 de de fecha 10 de mayo de 2011, aprobó las Reformas a los Estatutos, a favor de la FUNDACIÓN PARA LA INVERSIÓN Y DESARROLLO DE EXPORTACIONES (FIDE), en la que de oficio se le realizaron enmiendas sugeridas por la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado en el Dictamen 1740-2011, entre ellas al artículo cuatro del capítulo III el cual cita: “Que todas las actividades que realice la Fundación para cumplir sus objetivos deberán ser gratuitas”.
  2. 2.Que la Unidad de Servicios Legales emitió Dictamen No. USL.1740-2011, Favorable, haciendo la recomendación que se realicen de oficio enmiendas sugeridas por la Unidad de Servicios Legales a los Estatutos.
  3. 3.Que en fecha 29 de diciembre de 2011 la Abogada Carmen Patricia Corrales, Interpuso Recurso de Reposición contra la Resolución No.1589-2011 de fecha 10 de mayo de 2011, argumentando que en el artículo cinco de los Estatutos se establece que la Fundación es sin fines de lucro y que desarrolla actividades para obtener ingresos y poder seguir desarrollando las actividades por las que fue creada.
  4. 4.Que la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado, emitió Dictamen No.USL.1381- 2012 el 05 de junio de dos mil doce, FAVORABLE DECLARANDO CON LUGAR, El Recurso de Reposición presentado por la Apoderada Legal, por consiguiente es procedente modificar la Resolución Impugnada, ya que la enmienda realizada de oficio es contraria a lo dispuesto por la Asamblea General, por ser este el Órgano facultado para realizar modificaciones a los Estatutos de la misma, mientras no sean contrarias a Derecho.
  5. 5.Que el señor Secretario de Estado en los Despachos del Interior y Población, mediante Acuerdo Ministerial No. 4049-2011 de fecha 15 de noviembre de 2011, delegó en la ciudadana, CARMEN ESPERANZA RIVERA PAGOAGA, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Población y Participación Ciudadana, la facultad de firmar resoluciones de Extranjería, trámites varios, Personalidad Jurídica y de Naturalización y Acuerdos Dispensando la publicación de Edictos para contraer matrimonio civil.

Articulos

Articulo 4

de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a MARCAS MUNDIALES DE HONDURAS, S.A. DE C.V., como DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO de la Empresa Concedente VALLE REDONDO, S. A. DE C.V., de nacionalidad mexicana; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO NACIONAL; otorgada mediante Resolución Número 775-2015 de fecha 07 de septiembre del 2015, mediante carta de fecha 05 de noviembre de 2014; Fecha de Vencimiento, hasta el 05 de noviembre del 2019; ALDEN RIVERA MONTES, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico. ALEX JAVIER BORJAS LAÍNEZ, Encargado de la Secretaría General Acuerdo No.094- 2015. Para los fines que al interesado convenga se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, uno de octubre del año dos mil quince. ALEX JAVIER BORJAS LAÍNEZ ENCARGADO DE LA SECRETARIAGENERAL ACUERDO No. 094-2015 24 O. 2015 SEGUNDO: El nombrado tomará posesión de su cargo inmediatamente después que preste la promesa de ley, el juramento que establece el Artículo 33 párrafo segundo del Código de Conducta Ética del Servidor Público y presente su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. La permanencia en el cargo está sujeta a evaluación por resultados en los términos establecidos por la Presidencia de la República. TERCERO: El presente Acuerdo Ejecutivo es efectivo a partir del día de su notificación y debe publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiséis (26) días del mes de junio del año dos mil quince (2015). JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN _______ LA EMPRESA NACIONAL DE No es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 2 of 40 -- UDI -DEGT-UNAH JUZGADO DE LETRAS DE LO FISCAL ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo en aplicación al Artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiséis (26) de septiembre del dos mil catorce 2014, compareció a este Juzgado el señor Francisco José Bueso Andino, quien confirió poder al Abogado Henry Mauricio Cárdenas Ardón, interponiendo demanda en materia Ordinaria a la cual se le asignó la orden de ingreso número 0801-2014-00410, contra el Estado de Honduras, a través del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), para que mediante sentencia firme se declare la nulidad de unos actos administrativos por no encontrarse emitidos de conformidad a derecho.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y consecuentemente se adopten medidas para su pleno restablecimiento.- Devolución de cotizaciones cobradas en exceso y pago de intereses.- Se impugnan los actos administrativos contenidos en las resoluciones dictadas por el Instituto Hondureño de Seguridad Social, Nos. 141- 2014-DE-IHSS de la Dirección Ejecutiva Interina de fecha 26 de febrero del 2014 y CI IHSS No 98/15-05-2014 del 15 de mayo del mismo año de la Comisión Interventora. LIC. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 24 O. 2015 _______ JUZGADO DE LETRAS DE LO FISCAL ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha 04 de agosto de 2014, los señores Carlos Antonio Zapata Rodríguez y Julio Guillermo Escoto Córdova, representados en juicio por los Abogados Cristian Gerardo Medina Sevilla y Aída Carolina Sierra Torres, interpusieron demanda ante este Juzgado con orden de ingreso No. 309-14, contra el Estado de Honduras a través de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), pidiendo la nulidad de un acto administrativo emitido por la Dirección Ejecutiva de Ingresos por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico por exceso y desviación de poder .- Declarar la ilegalidad del mismo.- Que se Reconozca la Situación Jurídica Individualizada por la cancelación ilegal e injustificada de que fuimos objeto.- Y como medida para el restablecimiento de nuestros derechos que se nos reintegre a nuestro antiguo puesto de trabajo más el pago de los salarios dejados de percibir con todos los aumentos y demás colaterales, desde la fecha de nuestra cancelación hasta la fecha de ejecución de la sentencia.- Se alega notificación defectuosa.- Se acompañan documentos.- Costas del juicio. Poder.- En relación con los Acuerdos DEI No. 156/2014 y No. 152/2014, alegando que dichos actos no son conforme a derecho. MARGARITA ALVARADO GÁLVEZ SECRETARIA ADJUNTA 24 O. 2015 _______ SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN El infrascrito, Encargado de la Secretaría General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor No Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DISTRIBUIDOR. E l Infrascrito Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a DROGUERÍA MÉDICA INTERNACIONAL, S.A. (DROMEINTER), c o m o D I S T R I B U I D O R N O EXCLUSIVO de la Empresa Concedente MED PHARMA, SOCIEDAD ANÓNIMA, de nacionalidad guatemalteca; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO NACIONAL. Otorgada mediante Resolución Número 408-2015 de fecha 14 de abril del 2015, en vista que la Contrato de Distribución de Fecha 09 de mayo del 2014; Fecha de Vencimiento: hasta el 08 de mayo del año 2016; ALDEN RIVERA MONTES, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico. SANDRA PATRICIA FLORES LÓPEZ, Encargada de la Secretaría General Acuerdo No.044-2015. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintidós días del mes de septiembre del año dos mil quince. ALEX JAVIER BORJAS LAÍNEZ ENCARGADO DE LA SECRETARÍA GENERAL Acuerdo No. 094-2015 24 O. 2015 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 3 of 40 -- UDI -DEGT-UNAH (E.N.A.G.) PBX: 2230-3026. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-6767, 2230-1120, 2291-0357 y 2291-0359 Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Suplementos ¡Pronto tendremos! A) Suplemento Corte Suprema de Justicia. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: LA CEIBA SAN PEDRO SULA CHOLUTECA La Ceiba, Atlántida, Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial Choluteca, Choluteca, barrio Solares Nuevos, Ave. Colón, “Los Castaños”. barrio La Esperanza, calle edificio Pina, 2a. planta, Aptos. Teléfono: 25519910. principal, costado Oeste A-8 y A-9 del Campo AGACH Tel.: 443-4484 Tel.: 782-0881 Nombre: Dirección: Teléfono: Empresa: Dirección Oficina: Teléfono Oficina: Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 Suscripciones: La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: 1. Suscripción por seis meses Lps. 1,000.00 2. Suscripción por 1 año Lps. 2,000.00 3. Servicio de consulta en línea. 1) Acuerda: Cancelar por invalidez a la ciudadana CESIBEL PADILLA CHÁVEZ, en el cargo de Asistente Ejecutivo. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 4 of 40 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales Sección “B” Aviso de Licitación Pública República de Honduras Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) Licitación Pública Nacional Regularización de licencias y adquisición de plataforma tecnológica Oracle para el Centro de Datos del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) LPN N°. 027/2015 El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. 027/2015, a presentar ofertas selladas para la Regularización de licencias y adquisición de plataforma tecnológica Oracle para el Centro de Datos del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS). El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos propios del IHSS. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados deberán obtener los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Subgerencia de Suministros, Materiales y Compras, ubicada en el sexto piso del Edificio Administrativo del Instituto Hondureño de Seguridad Social, Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C., de 8:00 A.M., a 4:00 P.M., a partir del día martes 18 de agosto de 2015. Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn), al igual que en el Portal de Transparencia del IHSS. Las ofertas deberán ser presentadas en la siguiente dirección: Auditorio del IHSS, 11 piso del edificio Administrativo, Barrio Abajo, Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar a las 10:00 A.M., del día 08 de septiembre de 2015 y ese mismo día a las 10:15 A.M., se celebrará en audiencia pública para la apertura de ofertas en presencia de los oferentes o de sus representantes legales o de la persona autorizada por el oferente que acredite su condición mediante carta, firmada por el representante legal de la sociedad mercantil, igualmente en presencia de la comisión evaluadora nombrada al efecto. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Manteinimiento de la oferta por un porcentaje equivalente al dos por ciento (2%) del monto total de la oferta. Tegucigalpa, M.D.C., 18 de agosto de 2015. DR. RICHARD ZABLAH ASFURA DIRECTOR EJECUTIVO INTERINO INSTITUTO HONDUREÑO DE SEGURIDAD SOCIAL 24 O. 2015 INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE AVISO DE REDEFINICIÓN DE LÍMITES DEL PARQUE NACIONAL MONTAÑA DE CELAQUE, UBICADO EN LOS MUNICIPIOS DE LAS FLORES, GRACIAS Y SAN MANUEL DE COLOHETE EN EL DEPARTAMENTO DE LEMPIRA, BELÉN GUALCHO EN EL DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE Y CORQUÍN EN EL DEPARTAMENTO DE COPÁN. El Estado hondureño, representado por el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), avisa al público en general que a través de Acuerdo 015-2015, se emite la determinación de redefinir los límites actuales del Parque Nacional Montaña de Celaque, con el objetivo de integrar en la zona núcleo áreas de importancia para la conservación que responden a límites naturales y excluir de la misma el área en la que se encuentran establecidas 13 comunidades; misma que ha sido delimitada en el proceso de regularización de tierras enmarcado en la Ley Forestal Áreas Protegidas y Vida Silvestre y que pasa a formar parte de la Zona de Amortiguamiento bajo lineamientos especiales de manejo. El Parque Nacional Montaña de Celaque, se encuentra ubicado entre los municipios de Las Flores, Gracias y San Manuel de Colohete en el departamento de Lempira; el municipio de Belén Gualcho en el departamento de Ocotepeque y Corquín, en el departamento de Copán, siendo parte integrante del Sistema Nacional de Áreas Protegidas de Honduras (SINAPH), por sus características únicas para la producción de agua, aunada a su belleza escénica y gran biodiversidad. La superficie total del Parque Nacional Montaña de Celaque será de 26,378.42 hectáreas, de las cuales la Zona Núcleo tiene un área total de 14,521.42 Has y la Zona de Amortiguamiento tiene un área total de 11,857.00 Has, siendo sus Coordenadas en datum y elipsoide WGS 84 Central, proyección UTM zona 16 Norte las siguientes: Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 5 of 40 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales Punto Coord. X Coord. Y Punto Coord. X Coord. Y Punto Coord. X Coord. Y 1 322793.46 1611524.53 48 314126.07 1603015.12 95 311517.01 1612405.38 2 323294.45 1609584.21 49 314112.82 1603086.41 96 311710.02 1612384.85 3 323618.87 1608904.58 50 314189.01 1603167.11 97 311999.46 1611894.50 4 323417.65 1607999.10 51 314177.63 1603267.54 98 312341.49 1611957.27 5 323557.27 1606615.21 52 314142.14 1603329.46 99 312486.14 1612070.70 6 323300.61 1606056.72 53 314240.44 1603415.56 100 312483.89 1612229.50 7 322405.39 1605432.53 54 314242.54 1603484.38 101 312426.60 1612370.47 8 322050.18 1604576.33 55 314233.24 1603571.97 102 312373.22 1612606.60 9 321859.23 1603939.82 56 314254.19 1603672.80 103 312483.38 1612724.69 10 321471.16 1603356.70 57 314334.31 1603752.16 104 312281.21 1612905.36 11 320179.67 1602911.14 58 314429.43 1603858.42 105 312073.44 1613247.21 12 320144.76 1602590.84 59 314418.73 1604000.68 106 311976.94 1613388.89 13 320331.61 1602473.80 60 314470.00 1605447.00 107 311810.63 1613828.28 14 320356.25 1602167.87 61 314590.80 1606045.88 108 311849.64 1614366.23 15 320169.40 1601773.64 62 314601.63 1606385.75 109 312104.59 1615051.43 16 319695.10 1601744.90 63 314178.00 1606702.00 110 312642.19 1615479.09 17 318861.48 1601880.41 64 314402.89 1607086.96 111 313184.25 1615756.28 18 317643.90 1600933.86 65 314779.66 1607211.84 112 313504.40 1615867.83 19 316104.33 1600947.43 66 314825.00 1607465.00 113 314139.01 1615799.40 20 315103.54 1600755.85 67 315545.30 1607594.90 114 315605.03 1616741.84 21 314498.32 1600671.05 68 315703.97 1608726.78 115 316354.47 1616575.53 22 314118.47 1600309.68 69 315702.00 1608784.00 116 317802.01 1616396.89 23 313697.56 1600034.54 70 315290.86 1609186.90 117 318654.11 1616000.62 24 313427.00 1600111.07 71 314904.00 1609566.00 118 319495.94 1615854.84 25 313131.44 1600746.51 72 314607.03 1610278.76 119 320631.39 1615869.21 26 313105.73 1600835.31 73 314435.00 1610430.00 120 322117.94 1615076.65 27 313171.26 1600913.46 74 313817.63 1610471.20 121 322713.39 1614481.21 28 313162.14 1600999.56 75 313735.80 1610406.53 122 322976.20 1614138.32 29 313384.77 1601294.01 76 313123.87 1611051.98 123 323070.65 1613920.67 30 313477.66 1601502.79 77 313002.16 1611386.18 124 323000.84 1613756.41 31 313524.20 1601676.20 78 312595.00 1611335.00 125 322943.35 1613713.29 32 313613.80 1601560.50 79 312158.03 1611266.44 126 322912.55 1613637.32 33 313662.42 1601561.14 80 312042.93 1610728.94 127 322850.95 1613565.46 34 313729.92 1601781.61 81 312060.83 1610336.23 128 322844.79 1613518.24 Zona Núcleo: Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 6 of 40 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales Todos aquellos poseedores y propietarios de inmuebles que se encuentren dentro de los límites del Parque Nacional Montaña de Celaque, seguirán conservando sus derechos, no obstante quedarán sometidos a las disposiciones que el Plan de Manejo del área protegida y la Ley Forestal Áreas Protegidas y Vida Silvestre establezcan. Asimismo, toda persona que se considere perjudicada por la presente decisión del Estado, podrá presentar por escrito su reclamo u oposición de conformidad con la Ley ante el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), acompañando la documentación corres- Zona de Amortiguamiento: Punto Coord. X Coord. Y Punto Coord. X Coord. Y 1 324605.06 1611608.76 8 306356.00 1607302.76 2 325040.06 1606673.75 9 305614.00 1609556.76 3 323716.05 1604774.74 10 310486.02 1613958.77 4 322988.05 1602819.74 11 315518.03 1617623.78 5 320391.04 1599374.73 12 318788.04 1616481.78 6 308759.01 1597991.73 13 321775.05 1616045.77 7 309585.01 1604981.75 14 323750.06 1614591.77 pondiente, las razones, hechos y fundamentos de derecho en que funda su reclamo, lo que deberá realizar dentro de los sesenta (60) días hábiles después de la fecha de la publicación del último aviso en el Diario Oficial “La Gaceta”. De no haber reclamos, el ICF procederá a someter el presente Acuerdo para su aprobación ante el Honorable Congreso Nacional de la República. Comayagüela, M.D.C., 14 de septiembre 2015. MISAEL LEÓN CARVAJAL DIRECTOR EJECUTIVO 24 O. 2015 35 313716.70 1601962.01 82 312370.15 1609968.54 129 322896.40 1613485.80 36 313649.80 1602052.79 83 312613.00 1609746.00 130 322976.20 1613444.32 37 313703.18 1602142.51 84 312282.00 1609374.00 131 322991.00 1613377.49 38 313732.08 1602264.44 85 311037.00 1608397.00 132 322941.30 1613290.32 39 313840.28 1602260.21 86 309202.00 1608959.00 133 322831.41 1613257.02 40 313923.76 1602338.09 87 307932.31 1608403.98 134 322723.65 1613136.33 41 314006.01 1602499.67 88 307744.77 1608860.60 135 322961.83 1612764.69 42 314060.72 1602617.20 89 307621.71 1609333.92 136 322924.87 1612590.17 43 314157.76 1602684.88 90 308113.96 1610583.48 137 322822.21 1612380.73 44 314238.76 1602808.14 91 309283.07 1611748.34 138 322768.82 1612181.57 45 314164.47 1602837.94 92 310036.62 1612637.40 139 322852.05 1611855.76 46 314112.67 1602881.98 93 311286.07 1612824.23 47 314076.93 1602940.91 94 311344.54 1612649.72 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 7 of 40 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de la ciudad de La Entrada, Nueva Arcadia, departamento de Copán, al público en general. HACE SABER: Que con fecha treinta de abril del año dos mil quince, el señor HÉCTOR ANTONIO IRIARTE DERAS, a través de su Apoderado Legal la Licenciada JISELA MARÍA PERAZA RAMÍREZ, presentó ante este Despacho solicitud de TÍTULO SUPLETORIO DE DOMINIO, sobre un lote de terreno que se describe de la forma siguiente: Un lote de terreno, ubicado en el lugar denominado El Carrizalito Uno, Copán Ruinas, Copán, consistente en TRES MANZANAS MAS O MENOS de extensión superficial, el cual tiene las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con MANUEL ALMAZAN, callejón de por medio; AL SUR, colinda con MOISÉS MONROY; AL ESTE, colinda con HÉCTOR IRIARTE, quebrada de por medio; y, AL OESTE, colinda con RODOLFO MELENDEZ, callejón de por medio, el cual hubo por compra que hiciera al señor RIGOBERTO GUERRA ESCOBAR y que posee en forma quieta, pacífica e ininterrumpidamente por más de diecisiete años, según información testifical. La Entrada, Copán, 12 de mayo del año 2015 TELMA YOLANDA CHINCHILLA SECRETARIA 24 S., 24 O. y 24 N. 2015 _______ JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo en aplicación al Artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho de septiembre del dos mil quince, se interpuso demanda en el Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con orden de ingreso número 0801-2015-00314, promovida por la señora Patricia Janeth Ponce Andino, contra el Estado de Honduras, a través de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (D.E.I), para que se decrete la nulidad de un acto administrativo.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento.- Pago de prestaciones e indemnizaciones laborales.- Salarios dejados de percibir desde la fecha del acto ilegal, hasta la fecha en que se ejecute la sentencia, a título de daños y perjuicios.- Condena en costas. LIC. WALTER ALEXANDER CARÍAS GOZAINE SECRETARIO ADJUNTO 24 O. 2015 JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN AVISO DE CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULO VALOR El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras Civil del departamento de Francisco Morazán, al público en general y para los efectos de Ley: HACE SABER: Que en el expediente registrado bajo el número 0801-2015-07154-CV, ante este Despacho de Justicia, compareció las señoras AÍDA ESPERANZA ALVARADO JUÁREZ y ARACELI MAGDALENA OBANDO SIBAJA, solicitando la cancelación y reposición del siguiente Título Valor: Certificado de Depósito a Plazo Fijo No. 31-101-011524-7, por un monto de ciento cincuenta mil Lempiras (L.150,000.00), con fecha de apertura diecinueve de abril de dos mil once (2011), el cual vence el veintidós de octubre de dos mil quince (2015), lo que se pone en conocimiento del público para los efectos de Ley correspondiente. Tegucigalpa, M.D.C., 05 de octubre de 2015 CARLOS MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 24 O. 2015 _______ SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Industria y Comercio. CERTIFICA: La Licencia de Distribuidor Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DE DISTRIBUIDOR. El infrascrito, Secretario de Estado en los Despachos de Industria y Comercio, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Agentes y Distribuidores de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a SEIJIRO YAZAWA IWAI HONDURAS, S.A., como DISTRIBUIDOR EXCLUSIVO de la Empresa Concedente ENRAF NONIUS B.V., de nacionalidad holandesa, con jurisdicción EN TODO EL TERRITORIO NACIONAL, otorgada mediante Resolución Número 425- 2013, de fecha 28 de mayo del 2013, carta de fecha 28 de febrero 2013; Fecha de Vencimiento: POR TIEMPO INDEFINIDO; JOSÉ ADONIS LAVAIRES FUENTES, Secretario de Estado en los Despachos de Industria y Comercio. LUISA AMANDA MENDIETA, Secretaria General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinte días del mes de junio del año dos mil trece. LUISA AMANDA MENDIETA SECRETARIA GENERAL 24 O. 2015 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 8 of 40 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales JUZGADO SEGUNDO DE LETRAS SECCIONAL DE SANTA ROSA DE COPÁN REPÚBLICA DE HONDURAS AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado Segundo de Letras Seccional del departamento de Copán. HACE SABER. Que en la solicitud de Título Supletorio, promovida por el señor CARLOS MANUELLÓPEZ MARTÍNEZ, mayor de edad, casado, agricultor, hondureño, con número de Identidad 0405-1966-00032, vecino y residente Corquín, Copán, es dueño de tres lotes de terreno constante de LOTE NÚMERO UNO: con un área de CERO PUNTO CINCUENTA Y CINCO CENTÉSIMAS DE MANZANAS (0.55 Mz.), con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con MANUEL ANTONIO GÓMEZ; AL SUR, colinda con CARLOS MANUEL LÓPEZ MARTÍNEZ, calle de por medio; AL ESTE, colinda con DILIA CADALZO; AL OESTE, colinda con JACOBO VILLEDA. LOTE DOS, con un área de DOS MANZANAS PUNTO NOVENTA Y SIETE CENTÉSIMAS DE MANZANAS (2.97 Mz.), con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con CARLOS MANUEL LÓPEZ MARTÍNEZ Y DILIA CADALZO, calle de por medio; AL SUR, colinda con HERMINIO PERDOMO ROMERO; AL ESTE, CARLOS MANUEL LÓPEZ MARTÍNEZ, calle de por medio; AL OESTE, colinda con JACOBO VILLEDA. LOTE TRES, con un área UNO PUNTO TREINTA Y SEIS CENTÉSIMAS DE MANZANA (1.36 Mz.), con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con MARÍA DEL CARMEN MARTÍNEZ GOMEZ; AL SUR, colinda con HERMINIO PERDOMO ROMERO, calle de por medio; AL ESTE, colinda con SANTOS SUYAPA MARTÍNEZ GOMEZ; AL OESTE, colinda con CARLOS MANUEL LÓPEZ MARTÍNEZ, calle de por medio. Representa Abog. PEDRO ALVARADO. Santa Rosa de Copán, 12 de agosto del 2015. EMMA DELFINA RAMOS SECRETARIA 24 S., 24 O. y 24 N. 2015 _______ AVISO DE LICITACIÓN LICITACIÓN PÚBLICA No. 24/2015 El Banco Central de Honduras, invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país a presentar ofertas para la Licitación Pública No. 24/2015, “Contratación de una póliza de seguro colectivo de vida y gastos médico- hospitalarios para los dependientes de los miembros del Plan de Asistencia Social (PAS) y de los empleados especiales, debidamente inscritos en los registros del Departamento de Previsión Social del Banco Central de Honduras, con vigencia de un (1) año comprendido del 1 de febrero de 2016 a las doce meridiano (12:00 M.) al 1 de febrero de 2017 a las doce meridiano (12:00 M.)”. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. El pliego de condiciones de la precitada licitación está disponible a partir de esta fecha en la página web www.honducompras.gob.hn, del Sistema Nacional de Compras y Contrataciones (HONDUCOMPRAS); asimismo, pueden presentarse con una nota de autorización de su empresa a retirarlo gratuitamente al Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, tercer piso, edificio principal del Banco Central de Honduras en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C. Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán indicar por escrito y al correo electrónico adquisiciones@bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en el pliego de condiciones. Los sobres que contengan las ofertas se recibirán en el Salón de Usos Múltiples, ubicado en el segundo piso del Edificio Principal del BCH en Tegucigalpa, M.D.C., el viernes 4 de diciembre de 2015, a las 10:30 A.M. hora local, en presencia del Comité de Compras del Banco Central de Honduras y los oferentes participantes. GERMAN DONALD DUBÓN TRÓCHEZ GERENCIA 24 O. 2015 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 9 of 40 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población. CERTIFICA. La Resolución que literalmente dice: “RESOLUCION No.883- 2012, S E C R E TA R I A D E E S TA D O E N L O S DESPACHOS DEL INTERIOR Y POBLACIÓN, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, veinte de agosto de dos mil doce. VISTO: Para resolver el Recurso de Reposición presentado ante esta Secretaría de Estado, en fecha 29 de diciembre de dos mil once, contra la Resolución No.1589-2011 de fecha 10 de mayo de 2011, misma que corre a expediente E-15052009-1502, contentiva de Solicitud de Reforma de Estatutos a favor de la Organización Civil “FUNDACIÓN PARA L A I N V E R S I Ó N Y D E S A R R O L L O D E EXPORTACIONES” (FIDE), presentada por la Abogada CARMEN PATRICIA CORRALES, actuando en su condición de Apoderada Legal de la “FUNDACIÓN PARA LAINVERSIÓN Y DESARROLLO DE EXPORTACIONES” (FIDE), con domicilio la colonia La Estancia, final de boulevard Morazán, cien metros al Sur frente a Plaza Marte, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, contraída a Interponer Recurso de Reposición contra la Resolución No.1589-2011 de fecha 10 de mayo de 2011, en vista de no estar conforme con lo agregado de oficio al artículo cuatro del capítulo III el cual cita: “Que todas las actividades que realice la Fundación para cumplir sus objetivos deberán ser gratuitas”. CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población, mediante Resolución No. 1589-2011 de de fecha 10 de mayo de 2011, aprobó las Reformas a los Estatutos, a favor de la FUNDACIÓN PARA LA INVERSIÓN Y DESARROLLO DE EXPORTACIONES (FIDE), en la que de oficio se le realizaron enmiendas sugeridas por la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado en el Dictamen 1740-2011, entre ellas al artículo cuatro del capítulo III el cual cita: “Que todas las actividades que realice la Fundación para cumplir sus objetivos deberán ser gratuitas”. CONSIDERANDO: Que la Unidad de Servicios Legales emitió Dictamen No. USL.1740-2011, Favorable, haciendo la recomendación que se realicen de oficio enmiendas sugeridas por la Unidad de Servicios Legales a los Estatutos. CONSIDERANDO: Que en fecha 29 de diciembre de 2011 la Abogada Carmen Patricia Corrales, Interpuso Recurso de Reposición contra la Resolución No.1589-2011 de fecha 10 de mayo de 2011, argumentando que en el artículo cinco de los Estatutos se establece que la Fundación es sin fines de lucro y que desarrolla actividades para obtener ingresos y poder seguir desarrollando las actividades por las que fue creada. CONSIDERANDO: Que la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado, emitió Dictamen No.USL.1381- 2012 el 05 de junio de dos mil doce, FAVORABLE DECLARANDO CON LUGAR, El Recurso de Reposición presentado por la Apoderada Legal, por consiguiente es procedente modificar la Resolución Impugnada, ya que la enmienda realizada de oficio es contraria a lo dispuesto por la Asamblea General, por ser este el Órgano facultado para realizar modificaciones a los Estatutos de la misma, mientras no sean contrarias a Derecho. CONSIDERANDO: Que el señor Secretario de Estado en los Despachos del Interior y Población, mediante Acuerdo Ministerial No. 4049-2011 de fecha 15 de noviembre de 2011, delegó en la ciudadana, CARMEN ESPERANZA RIVERA PAGOAGA, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Población y Participación Ciudadana, la facultad de firmar resoluciones de Extranjería, trámites varios, Personalidad Jurídica y de Naturalización y Acuerdos Dispensando la publicación de Edictos para contraer matrimonio civil. POR TANTO: El Secretario de Estado en los Despachos del Interior y Población, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en el artículo 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 29 reformado, 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública; 3 del Decreto 177- 2010; 44 numeral 13 y 46 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo reformado mediante PCM 060-2011 de fecha 13 de septiembre de 2011; 56 y 58 del Código Civil; 19, 24, 25, 83, 129, 130, 135 y 137 de la Ley de Procedimiento Administrativo. R E S U E L V E: PRIMERO: DECLARAR CON LUGAR, el Recurso de Reposición interpuesto por la Abogada CARMEN PATRICIA CORRALES, en contra de la Resolución No. 1589-2011 de fecha 10 de mayo de 2011, emitida por esta Secretaría de Estado, en la cual se aprobó las Reformas a los Estatutos, a favor de la FUNDACIÓN PARA LA INVERSIÓN Y DESARROLLO DE EXPORTACIONES (FIDE). SEGUNDO: Modificar la Resolución número 1589-2011 de fecha 10 de mayo de 2011, el artículo cuatro (4) el que se leerá de la siguiente manera: “Artículo 4. Para la consecución de este objetivo, la Fundación realizará todas las actividades lícitas que considere pertinentes, incluidas las siguientes: a) Desarrollar cursos, seminarios y programas de capacitación y formación a nivel gerencial, técnico y habilidades de oficio. b) Proporcionar servicios profesionales o de asistencia técnica a los empresarios Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 10 of 40 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales nacionales o a las instituciones del sector privado que los requieran. c) Contribuir al fortalecimiento y expansión de las instituciones y las unidades productivas del sector privado nacional. d) Colaborar con las asociaciones empresariales en el desarrollo de sus objetivos en beneficio del sector privado nacional. e) Establecer y administrar programas específicos de desarrollo institucional, capacitación empresarial, asistencia técnica y financiera de apoyo al sector privado. f) Fomentar el desarrollo de condiciones propicias para estimular la inversión privada tanto nacional como extranjera. g) Identificar y promover nuevas fuentes de financiamiento e inversión en el país y el extranjero para los empresarios nacionales y extranjeros. h) Propiciar el establecimiento y fortalecimiento de relaciones de negocios entre empresarios nacionales y extranjeros. i) Proporcionar servicios para la comercialización de la producción nacional, tanto a nivel interno como de exportación. j) Facilitar las relaciones entre los empresarios nacionales y/o extranjeros y las instituciones o autoridades de los entes públicos gubernamentales nacionales y extranjeros. k) Recopilar, diseminar y producir información sobre temas y tópicos de interés para los empresarios e inversionistas nacionales y extranjeros. 1) Servir de enlace entre empresarios nacionales y extranjeros. m) Servir de enlace entre los empresarios nacionales y extranjeros y las autoridades competentes del sector público de Honduras y de otros países”. TERCERO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que se registren las presentes reformas. CUARTO: Para los efectos legales consiguientes y previo a extender certificación de la presente resolución, el peticionario, deberá cancelar al Estado de Honduras, la cantidad de doscientos Lempiras (Lps.200.00) de conformidad con lo establecido en la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público, creada mediante Decreto Legislativo No.17-2010 de fecha 21 de abril de 2010.- NOTIFIQUESE. (F) CARMEN ESPERANZA RIVERA PAGOAGA, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE POBLACIÓN Y PARTICI- PACIÓN CIUDADANA. (F) PASTOR AGUILAR MALDONADO, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintinueve días del mes de octubre de dos mil doce. PASTOR AGUILAR MALDONADO SECRETARIO GENERAL 24 O. 2015 CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA. La Resolución que literalmente dice: “RESOLUCIÓN No. 1209-2015. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, once de agosto del dos mil quince. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, en fecha veintitrés de enero del dos mil quince, mismo que consta en el expediente No. PJ-23012015-20, por el Abogado JESÚS ADIEL ERAZO VILLEDA, quien actúa en su condición de Apoderado Legal de la ORGANIZACIÓN NO GUB

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