Acuerdo Ejecutivo — Acuerdo de Duelo por fallecimiento de Daniel Brunella Patillo
- Publicación: 16 de diciembre de 2015
- Gaceta: 33,910
- Categoria: Administrativo
Resumen
Este acuerdo oficial reconoce y honra la memoria de Daniel Brunella Patillo, fallecido el 25 de noviembre de 2015, por su dedicación a obras sociales en Honduras. Principalmente, impulsó la organización Honduras Outreach Inc., que construyó escuelas y centros médicos para poblaciones vulnerables. El Estado Honduras declara luto por su valiosa contribución a la sociedad.
Considerandos
Que en fecha 25 de noviembre de 2015 en la ciudad de Atlanta, GA., Estados Unidos de América, entregó su alma al Divino Redentor el Distinguido señor Daniel Brunella Patillo, incondicional colaborador de diversas obras sociales en la República de Honduras.
Que el señor Patillo, fue el principal impulsador de la organización “Honduras Outreach Inc.”, desde donde contribuyó generosamente en el desarrollo de proyectos de construcción de escuelas y centros de atención médica en distintas zonas del interior del país, para la atención de los grupos más vulnerables.
Que es un deber reconocer la valiosa vida de servicio prestada a la sociedad hondureña por el extinto señor Daniel Brunella Patillo.
Texto completo
ACUERDO DE DUELO CONSIDERANDO: Que en fecha 25 de noviembre de 2015 en la ciudad de Atlanta, GA., Estados Unidos de América, entregó su alma al Divino Redentor el Distinguido señor Daniel Brunella Patillo, incondicional colaborador de diversas obras sociales en la República de Honduras. CONSIDERANDO: Que el señor Patillo, fue el principal impulsador de la organización “Honduras Outreach Inc.”, desde donde contribuyó generosamente en el desarrollo de proyectos de construcción de escuelas y centros de atención médica en distintas zonas del interior del país, para la atención de los grupos más vulnerables. CONSIDERANDO: Que es un deber reconocer la valiosa vida de servicio prestada a la sociedad hondureña por el extinto señor Daniel Brunella Patillo. POR TANTO, LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS A C U E R D A: TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNIQUESE. WILFREDO RAFAEL CERRATO SECRETARIO DE ESTADO CÉSAR VIRGILIO ALCERRO GÚNERA SECRETARIO GENERAL.” _______
Secretaría de Estado en el Despacho de Salud