VigenteCategoria: Tributario
Decreto No. 561-2015 | 8 de diciembre de 2015 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 33,910

Acuerdo Ejecutivo No. 561-2015 — Ampliación de espacio presupuestario a instituciones de administración central

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este acuerdo redistribuye 411.9 millones de lempiras entre instituciones públicas del gobierno central, trasladando presupuesto de áreas que no usarán todos sus recursos a otras que lo necesitan. Busca aprovechar mejor el dinero sin aumentar la deuda externa aprobada por el Congreso, permitiendo que diversos programas y proyectos ejecuten sus planes.

Considerandos

  1. 1.Que es atribución del Presidente de la República, conforme manda el Artículo 245 de la Constitución de la República administrar la Hacienda Pública, dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera cuando así lo requiera el interés nacional, dirigir la Política Económica y Financiera del Estado, crear y mantener los servicios públicos y tomar las medidas necesarias para el buen funcionamiento de los mismos.
  2. 2.Que el Presidente de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado y la suprema Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 6 of 80 -- UDI -DEGT-UNAH dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada pudiendo en el ejercicio de sus funciones actuar por si o en Consejo de Secretarios de Estado.
  3. 3.Que mediante circular SECM No.01- 2015 de fecha 11 de noviembre emitida por la Secretaría Ejecutiva del Consejo de Ministros y Acuerdo de delegación 031-2015, expresa que a partir de esa fecha todos los acuerdos ejecutivos, tramites y demás documentos para firma del Señor Presidente, serán resueltos y tramitados por la Secretaría de Coordinación General de Gobierno.
  4. 4.Que varias instituciones requieren utilizar recursos provenientes de préstamos adicionales al Presupuesto Aprobado para el Ejercicio Fiscal 2015 y que de acuerdo a las Disposiciones Generales de Presupuesto 2015, en su Artículo 33 párrafo segundo literalmente expresa: “que en el caso de los recursos de préstamos (Fuente 21) deberán contar previamente con el Dictamen Favorable del Comité definido por la Secretaría de Finanzas”, mismo que ha procedido a analizar y dictaminar favorablemente las solicitudes propuestas por las instituciones, identificando los recursos de esta fuente en otras instituciones que no utilizarán la totalidad de los mismos y que servirán para financiar lo solicitado. Según Memorando No.11 y Nota Técnica No.11.
  5. 5.Que con el propósito de eficientar el uso de los recursos y no incrementar innecesariamente el Presupuesto de Crédito Externo Aprobado por el Congreso Nacional y tomando en cuenta lo establecido en las Normas Técnicas del Subsistema de Presupuesto, se efectuaran traslados entre estructuras presupuestarias de la Administración Central por L 411,913,568.00 (CUATROCIENTOS ONCE MILLONES NOVECIENTOS TRECE MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO LEMPIRAS EXACTOS), para ser ejecutados por diferentes programas y proyectos.

Articulos

Articulo 1

Ampliar el espacio presupuestario por la suma de L 411,913,568.00 a las Instituciones de la Administración Central siguientes: Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 7 of 80 -- UDI -DEGT-UNAH

Articulo 2

Las estructuras mencionadas en el Artículo 1, serán financiadas de la disminución del espacio presupuestario de las estructuras presupuestarias siguientes: Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 8 of 80 -- UDI -DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 9 of 80 -- UDI -DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 10 of 80 -- UDI -DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 11 of 80 -- UDI -DEGT-UNAH

Articulo 3

El presente decreto es de ejecución inmediata se extiende el presente a los 09 días del mes de Diciembre de 2015, en la ciudad de Tegucigalpa Municipio del Distrito Central. COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. JORGE RAMÓN HERNANDEZ ALCERRO Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno Acuerdo de Delegación 031-2015 WILFREDO RAFAEL CERRATO RODRIGUEZ Secretaria de Estado en el Despacho de Finanzas Secretaría de Finanzas

Leyes relacionadas

La Gaceta Diario Oficial de la República de Honduras (No.33910)
Este documento es el Diario Oficial de Honduras del 16 de diciembre de 2015, que publica varios acuerdos administrativos. Destacan: nombramientos de funcionarios en la Dirección Nacional de Bienes del Estado, autorización de reformas presupuestarias por 411 millones de lempiras, modificación de reglas para participar en licitaciones públicas, y reconocimiento de personalidad jurídica a iglesias y organizaciones civiles.
Decreto 274-2010 | 2016
La Gaceta Diario Oficial de la República de Honduras (No.33878)
Honduras aprueba el Convenio sobre Trabajo Marítimo 2006 de la Organización Internacional del Trabajo. Esta ley garantiza que los marineros hondureños tengan derecho a condiciones de trabajo justas, seguras, dignas, con protección de salud y atención médica a bordo de buques. Beneficia a aproximadamente 15,000 marineros hondureños que trabajan en el comercio marítimo internacional.
Decreto 95-2015 | 2015
Resolución No. 1780-2014 — Concesión de Personalidad Jurídica y Aprobación de Estatutos de Junta Administradora de Agua y Saneamiento de la Colonia Bethel
Esta resolución otorga personalidad jurídica a la Junta Administradora de Agua y Saneamiento de la Colonia Bethel, permitiéndole funcionar como organización oficial sin fines de lucro. La junta puede ahora administrar, operar y mantener el sistema de agua potable de la comunidad, cobrar tarifas, gestionar fondos y realizar labores de educación sanitaria entre los habitantes.
Decreto 1780-2014 | 2016
La Gaceta Diario Oficial de la República de Honduras (No.33636)
Este decreto autoriza la personalidad jurídica y aprueba los estatutos de organizaciones civiles sin fines de lucro en Honduras. Permite que comunidades y grupos religiosos se registren legalmente ante el Estado para administrar servicios (como agua potable) o desarrollar actividades sociales y religiosas, siempre que cumplan con leyes nacionales y rindan informes financieros anuales.
Decreto 177-2010 | 2015
ARTÍCULO 1- Reformar el Artículo 237 del Decreto No.62-2026, contentivo del PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA Y SUS DISPOSICIONES GENERALES, REFORMULADO, EJERCICIO FISCAL 2026. Decreto 68-2026 con fecha de publicación 30 de abril 2026 fecha de emisión 30 de abril 2026 y Edición 37.130 PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA Y SUS DISPOSICIONES GENERALES, REFORMULADO, EJERCICIO FISCAL 2026 Decreto 62-2026 con fecha de publicación 23 de abril 2026 fecha de emisión 21 abril 2025 y Edición 37.124 Con base al cumplimiento al Decreto Legislativo 60-2022 con fecha 2 de julio 2022
Decreto 68-2026 | 2026