VigenteCategoria: Financiero y Tributario

Decreto Legislativo — Exención de deducciones, impuestos y derechos sobre pagos del Préstamo

Articulos

Articulo 2

Los pagos bajo el Préstamo, incluyendo, entre otros, los realizados en concepto de capital, intereses, montos adicionales, comisiones y gastos estarán exentos de toda clase de deducciones, impuestos, derechos, tasas, contribuciones, recargos, arbitrios, aportes, honorarios, contribución pública, gubernamental o municipal y otros cargos hondureños.

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