Acuerdo No. CREE-088 — Ajuste a la estructura tarifaria de la ENEE para facturación a partir de octubre de 2020
- Decreto: CREE-088
- Publicación: 30 de septiembre de 2020
- Gaceta: 35,387
- Categoria: Administrativo
Considerandos
Que mediante Decreto No. 404-2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el veinte (20) de mayo del 2014, fue aprobada la Ley General de la Industria Eléctrica. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica y su reforma mediante Decreto No. 61- 2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el cinco de (5) de junio de 2020, se creó la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica con independencia funcional, presupuestaria y facultades administrativas suficientes para el cumplimiento de sus objetivos. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica, el Estado supervisará la operación del Subsector Eléctrico a través de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica. Que la Ley General de la Industria Eléctrica establece que las tarifas reflejarán los costos de generación, transmisión, distribución y demás costos de proveer el servicio eléctrico aprobado por la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE). Que la Ley General de la Industria Eléctrica establece que el Costo Base de Generación que deberá calcular el Operador del Sistema para ser trasladado a las tarifas deberá incluir los costos de los contratos de compra de potencia y energía suscritos por la distribuidora. Que de conformidad con la Ley General de la Industria Eléc- trica y a fin de reflejar los costos reales de generación a lo largo del tiempo, la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica ajustará los costos base de generación trimestralmente. Que de conformidad con la Ley General de la Industria Eléc- trica, los valores del pliego tarifario aprobado y publicado por la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE), serán valores máximos, por lo que la empresa distribuidora podrá cobrar valores inferiores, a condición de dar el mismo tratamiento a todos los usuarios de una misma clase. Que de conformidad con la Ley General de la Industria Eléc- trica, la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica adopta sus resoluciones por mayoría de sus miembros, los que desempe- ñarán sus funciones con absoluta independencia de criterio y bajo su exclusiva responsabilidad. Que el Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica también reconoce la potestad del Directorio de Comisionados para la toma de decisiones regulatorias, ad- ministrativas, técnicas, operativas, económicas, financieras y de cualquier otro tipo que sea necesario en el diario accionar de la Comisión. Que en la Reunión Extraordinaria CREE-Ex-088-2020 del 30 de septiembre de 2020, el Directorio de Comisionados acordó emitir el presente Acuerdo.
Articulos
Aprobar el ajuste a la estructura tarifaria que debe aplicar la ENEE para la facturación a partir del mes de octubre de 2020, de conformidad con la siguiente tabla:
Instruir a la Secretaría General de la CREE que comunique y remita a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica el presente Acuerdo a efecto de que la misma aplique tales disposiciones en el cálculo de tarifas que hace a sus usuarios.
Instruir a la Secretaría General para que de conformidad con el artículo 3 Literal F romano XII de la Ley General de la Industria Eléctrica, proceda a publicar en la página web de la Comisión el presente acto administrativo.
Instruir a la Secretaría General y a las unidades administrativas de la CREE para que procedan a publicar el presente acto administrativo en el Diario Oficial “La Gaceta”.
Publíquese y comuníquese. JOSÉ ANTONIO MORÁN MARADIAGA GERARDO ANTONIO SALGADO OCHOA
Leyes relacionadas
- Acuerdo No. CREE-060 — Aprobación de términos de referencia modificados para estudios del Valor Agregado de Distribución y cálculo de tarifas (Decreto CREE-060, 2020)
- ODQ4MTU2(1) (Decreto 126-2020, 2020)
- Acuerdo Ministerial 010-2025 mediante el cual se reforma el numeral segundo del Acuerdo Ministerial No. 003-2025 — Este decreto autoriza a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) a contraer nuevo endeudamiento de hasta 700 millones de dólares durante 2025 para pagar deudas de contratos de energía y financiar proyectos de infraestructura eléctrica. Beneficia a los consumidores al mejorar la calidad y continuidad del servicio eléctrico nacional.
- Decreto Legislativo No. 126-2020 — Decreto No. 126-2020 (Decreto 126-2020, 2020)
- Decreto Legislativo No. 75-1911 — Decreto de 1911 sobre tasas y servicios notariales — Esta ley de 1911, reformada varias veces, establece cómo recaudan y usan sus ingresos las instituciones públicas hondureñas. Permite que cada entidad estatal (ministerios, agencias, institutos) guarde entre el 20% y 100% de lo que cobra por servicios, licencias, multas y tasas, para financiar su funcionamiento. Busca que las instituciones sean más independientes y eficientes al reinvertir sus propios ingresos. (Decreto 75-1911, 2023)