VigenteCategoria: Ambiental
20 de abril de 2018

Reglamento — Reglamento Especial para la Protección y Mantenimiento de Obras contra Inundaciones

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Resumen

Este reglamento establece normas obligatorias para proteger y mantener obras contra inundaciones (bordos, alcantarillas, gaviones y canales) en el Valle de Sula. Obliga a municipios, comunidades y autoridades a inspeccionar regularmente estas estructuras, prohibir su uso indebido, prevenir vandalismos y aplicar sanciones a quienes las dañen, garantizando así la protección de vidas, bienes y el medio ambiente de la región.

Considerandos

  1. 1.Que Hopduras es unrE§tado Miembro del Sister¡a de Integración áentrou,reri'.cana, treado por el Protocolo de Tegucigatpa del,l3 de diciembre de 1991. asÍ como el Tratado General de Integración Económica Centroanrericana <Iel l3 de diciemblc dc 1960 y refbrmado por cl Protocolo dc Guatemala del 23 de octubre de I 993;
  2. 2.Que de acuerdo al Artículo l5 de Protocolo al Tratado Ceneral de Integración Econéurica (Protocolo de Guatemala), los Estados Parte tiene: e I complomiso de constituir una f.lnión Aduánera entre sus territorios. la qr"re sc alcanzará<7e manera gradual y progrcsiva. sobre la base de programas que se establezcan al ef'ecto, aprtrbados por conscnso;
  3. 3.Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 38. 39 1, 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala). nlodillcado por la Errnrienda del 2'7 cie f-ol,rrero de2002, el Conse.jo de Ministros de lntegración Económica (COMIECO). tiene bajo su conlpetencia los asuntos de la Integración Económica Centroamcricana y', como tal. le corresponde aprcbar los actos administrativos del Subsistema Económioo; ' ,,
  4. 4.Que en Resolución de t'echa 20 de octubre de 1995. la Colte Centroamericana de Justicia rnani[.iesta que: "la publicación no es requisitr.r esencial ¡rara la r"alidez dc los aclos normati\/os obligatolios del Sistema de Integración Econónr ica Centroamericana"; que la publicidad se debe realizar pala galantizar la el'ectiva observancia ¡' cjecucitin tlc los propósi¡p5 -v plincipios;
  5. 5.Que el Conse.jo de Ministros de Integración Económica (COMIECIO), está f'acultado para reunirse de r.nanera vi¡1ual, en cuyo caso. le correspondc a la Secretaría de Intcgración Económica Centro¿imelicana (SIlrCA) recopilar la frrma de cada uno de los Minislros o Viceministros" cn su respeclivo país. según colresponda:
  6. 6.Que el Clonseio de Ministros de Integración iiconómica (COMIECO): t'n l'eunión realizada de rnanela viftual el día 27 de octubre2020, adoptó la Resolución No. 426-2020 (COMTECO-XCII), que RESUELVE l. Aprobar el Procedirriento de Control e Inspección de lrnvíos. Mercancías c Insumos Agropccuarios en los Puestos de Control Cuarentenario. cn la tbrma que aparece cn cl Anexo de la presente llesolución ¡'qr-rc I'ornra pañe integrante de la nrisma.2. [.a presenle Rcsoluoión entrará en vi*eol cl 27 de octubre de 202 I y será pLrblicada por los Estados Parte. CONSIDERANDO: Quc el Conse.jo de Ministros dc Integración Iiconómica(COMIECO): en rcunión rcalizada dc rnanera viftual el día 27 de octubrc 2020. adoptó la Resolución No. 427-2020 (COMIECO-XCI¡). que RESUELVE. l. Aprobar ltrs irperturas araucelarias 1'rnodificacirin dc los Dcrechos Arancclalios a la lmportación (DAI) de Ios ine isrrs arancelarios del Arancel Centroamerioano dc lnrportacitin. Anexo "A" del (lonvenio sobre el Réginren r\rancelario ¡ Aduanero Centroanrericano. i9.20: 3920.49: 3920.49.3: i920.49.3 I .00: 3920.49.31 ; 3920.49.3 l.l : i920.49.31 .l I I -- 9 of 9 --

Articulos

Articulo 2

EI presente Reglarnento sc lulldallenta en lls estipuiaciones que la Constitüció; de la Répública establece. en la l-ey Cenet'al del Ambiente. en la l.ey del Sistema Nacional de Ciestión de Riesgos (SINACI:R) Decreto l5l- 2009 de f'echaveilltiséis (26) de cliciembre de dos mil nueve (2009) y la Ley Genet'al de Aguas, para dictar noruras con el rrEpt TBLICA DE It()\l)L lt.\s -'f EGt,('lc,\t.P.\. II. ACUERDA: DE Ii\ElLO DLL202l r--o.35 ob.ieto de normar la prescrvación del nlcdio anrbicnte, para protcger la vida. Ia salud ¡'cl patrimonio de las personas. por tanto se declara dc utilidad ,i' necesidad pública la Protecci(in y' ñlantenimiento de las Obras para la rnirigación ¡'protección de Inundaciones en el Valle de Sula, con la participación responsablc de todas las instancias de gobiclno ccntral y local v sociedad cir il.

Articulo 3

Para los lines del presente Reglamento, los términos que a continuación se exprcsan tendrán el siguiente sign ificatio: Medidas Estructurales: Son los Proyectos que e.iecuta la CCIVS en la rcgión del \blle de Sula, como bordos, canales. alcantarillas, ca.las puente. estructLu'a cle guvitrnes, que lácilitan los servicios socialcs. desarrt¡llo productivo cle la ztlna \ prcser'\ acitin de vidas. Medidas No Estructurales: I'lanificación 1' ejecución de procesos cie intervención. dirigiclas a rerJucir o disminuir el ricsgo gcnerado pol un f'enórneno natural. socio-natural o de autoría lrumana. La Mitigación cs cl resultado dc la accptación de que no cs posible controlar el riesgo totalmente pero quc puede atenuarlo 1, reducir su impacto por la vía dcl fbnrento 1, seguinriento de práctic:rs culturales específi cas. Nledidas de Mitigación: Son ac¡uellas estrategias. obras. ¿rcciones preventivas, c¡ue se reatizarr a fir.r dc atcnuar el impactrt negatir,'o que ticne una activiclad especílica cle utra obra, actividad o 1'cnómcno natural pala ncutralizar cl impacto ¡, cl cquilihrio ecoló_eico prctendido; permitiendo que los el'ectos cstén dcntro dc las normas arnbientales del país. Proteccién: Son las accioncs estruclurales 1, no estructurales. con el fin de aur¡entar la efic:iencia de las obras de infi'aestructura )' soslener de tal manera su capacidad dc respLlcsta ante los eventos a que sc ve sometida. -- 1 of 9 -- II.E lll.l(1,\ l)lL I lO\ Dt, ltAS -'l EG t i(ll(;,\t.PA N,r. D. C., 2s DIt ENURO DEt- 202 No. J5,'197 Mantenimiento: Son las tareas de restitución que se eféctúan para asegurar que las inliaestructuras presel'\/en su vida útil con aptitud |elativzr ¡, puedan de lal nranera cumplir con el 0n para el que f-ueron construidos. Bordos: Es una estructura de tierra. establecida longitudi- nalncnte en las nrá'genes de un cauce natur¿tl o ar1ificiq.l, de fbnra geomélrica trapezoidal v condiciones mecánicas de suclo cspccí1icas. que le pernritan con¡ener )' conducir caudales excedentes del cauce natural o artiñciál (según §u diseño), del cual se le consideta un cauce aüxiliar., Alcantárillas de Bordo: Es unaestiuctulapara laevacuación de agua aCumü{ada en el lado externo clel bordo, cje un cauce secundario,,.por ef,ecto de los niveles del cauce mayor; la evacuación del acumulado se realiza al cambiar el dif'erencial de nii,eles por la vía de la acción mecánica de una compuerta metálica que separa los cauces. ,, : ':' Gaviones: Consiste en el Ilenado con piedras .rp..iaÉs d" depósitos de alambre de malla e.s.pecial, en tbrma d-e colchón. cilindro o lectangular con los cuafes so forman est¡ucturas destinadas a nrodificar los ejes dq. los flujos de agua 1.' a la preservación de la: rnárgenes de los cauces. Cauces: Es un canal longitudinal natural o artificial, por donde corre un caudal líquilo, se desplaza con pendiente ncgutir o. Corona: Es la parte superior de la fbrm4 trapezoidal del bordo, delinido por una línea couvcxa a iuy'os ext¡'emos con\ crgcn las líneas de los taludcs. en sus resfectivos lados. :: lbrmando el cuerpo.dél bor-do. Taludes:: Sonllas¡endientes que tiénen los costados izquielda y derechade los diques o bordos \ que unen los extremos clc la corona con,ef-pie del talud húmedo y seco, donde la inicia la berma que pl'otege este último. 1'erraplén: Una sobrcelcvación que se levanta con un fln determinado,v elaluado cler acuerdo a su perfil y longitud en unidades cúbicas. Erosión Hídrica: Es el proceso'de amastre de masa del suelo superfic.ial" llevacio a carbo pol un lluio c()nstante o abrupto cle aBua que circula desde los planos superiores a los inf-eriores que circularr sobre cl mísmo. Autoriclad Competente del Municipio o Gobierno Local: Se refiere a la Corporacirin Municipal la cual es beneficiada por una o varias obras cjecutadas por Ia Comisión para el Control de Inundaciones dcl Valle de Sula (CCIVS), con la cual asumen corresponsabilidad en su preseruación pol la r,ía de la protección. mantenimiento o construcción. I-a autoridad cornpctcntc dcl murricipio deberú nomhrar al responsablc que la leprescnte operativamente. ya que legalmente se sabe que es el Alcalde Municipal. Gramínea: Para los lines ,.1ue nos ocupan" consiste cn zacate tipo césped o de tallo alto. siempre que fbrme una masa rádical entretcjida ¡' profunda. que una vez anclada cubra ), prote.ia el bordo dc la erosión y Ia meteorización etilica y solar. Vetiver: Es una granrinea que tienc múltiples aplicacioncs a tbvor del ambiente 1, contlola la "-rosión. un Iiltlo biológico permite recuperar zonas degradadas, protección de inll'aestluctura 1' oblas de mitigaci<in.

Articulo 4

Para Ios ef'ectos de este Reglantento. Ias siguientes siglas debcn entenderse así: CCIVS: Comisiórr para el Control de Inundacioncs dcl Valle de Sula. INSEP: Secretaría de Infiaestructura v Servicios Públicos. CODEM: Comitó de Bmergencia Municipal. Secc¡ón A Acuerdosy Leyes -- 2 of 9 -- CODELES: Comité de Emergencia Locales. COPECO: Cornisión Permanente de Contingencias. SINAGER: Sisten.ra Nacional de Gestión de Riesgos. FUSINA: Fuerza de Seguridad Intelinstitucional Nacional. " . ICF: Instituto de Conservación Forestal. :" tNHGEOMIN: Instituto Hoádureño ¿s 6¿s¡6g14')' Minás. . : ::r' G PS: Smé$ade Posiciiihártliónto: Georreferrenciado. WCP: Sistema de Gcorreferenciado Mundial. -= FMEA: (siglas en inglés): Sistema de Seguimiento de Mantenimiento Preventivo. ,\I,P,\ NI. D. C 25 t) E\LRO DEL202l \o. reacla rec¡uiet'e de medidas estl'ucturales (constructivas) ¡' no estlucturalcs o preventivas (custodia. mantenimiento y rnonitoreo). partl presel'\/¿Ir los mismos berleficios tlrre otorga; tal gcstión es prioritar:ia para el gobierno central y local ¡ sociedad cir il cn generirl. todos en una ctrnvcrgcncia de acciones debidamente rlistribuidas y coordinadas. con aplicaciones opoflunas. proactivas y sinergéticas'

Articulo 8

tsn relaci(¡n al grado de prevención debe existir una vigilancia adecuada soble la obra eiecutada (Bordos, Álcantarillas y Compucltas. Gaviones. Cauces 1' Canales. etc.), mediante una inspección proglamada pol parte de la Autoridad Cornpetente del Municipio. según se determine la rrccesidad que se establezca para ello y en tunciÓn del nivcl del riesgo de su proxirridad y acceso. CAPÍTULO III . MANTENII\,lIENTO Y PROTECCIÓN DE OBRAS SECCIÓN I BORDOS

Articulo 9

L,a preservación ¡'protección de las obras de bordos. debe consistir en la constante inspección de la Autolidad Competente del Municipio. para que sc evite la invasión de pobladores de la zona v que realicen actividades de cultivos o cualquier autividad que desmejore ¡' deteriore Iísicam"nLe las mismlts.

Articulo 10

Ds necesaria la inspección constante de los bordos. pllra c(lllocer su condiciiin lisica ¡-' detcctar' oportunamcnte cualquier lálla para su restauraoión. Artículo ll.- En las inspccciones que se realicen sc deben registrar en prtlltlcolo las anomalías f isic:as clasillcadas coltlo críticas que se oliginan por los siguientes et'ectos: a) Desborde por encima de la corona del bordo; b) Ronrpimicnto del bordo; c) Socavación al pic dc talud del bordo; d) Pérdida de la cobertura vegetal: c) Pérdida del material del terraplén por erosión hídrica; I') Deterioro de los gar,'iones; ,v. g) Colapso REP DI- HO\Dt ll.\s -'lECti CAPÍTULO II CLASIFICACIÓN DE ACTIVTDADES DE. MANTEN IM IEN-I'O DE PRESERVAéIÓN

Articulo 5

,-Ias activtd,,4de§:do mantenimi.qnto de las obras se clasifican pritnero en lunción de r¡edidus prevetttivas de atenCión,y segúndo en |a acción restitutiva que se tome para la misma; es'decir pre y post evento de crecida que no provoca colapso.

Articulo 6

Atendiendo las actividades restitutivas. éstas §e clasifican: a) Cr'ítica. f-alla severa y peligro tle continuidad en cl darlo: b) Pobre. requiere reparación pero no sc cspcra quc se anrplíe la lalla; c) Monitoreo' no requiere reparacibnes inmediatas pero si frecuentes inspeccione§pal:a asegurar que no se transfon¡e la,fal.la en crÍiica; -v, d) Ruena, significa ópti ma§-:;ohdi ci ones dfu peraci ón. para L'ventos de magn itud determinada- - 'r :::

Articulo 7

'El agua es un recurso esencial para la vida. el <Jesarrollo social y económico, no obstante en tblma de -- 3 of 9 -- IBI,I ]A DE HONDI.'ITAS -'I'ECT'C¡C.{.LP-\ \I. D. ('. 25 DE UNEI{O DEl.202l No.35 de cabezales ¡, Ilgas por las alcantarillas. h) Filtraciones !' vandalismo. k) LJso prohibido. Solicitar la emisión de Dictámenes Técnicos por pafle de la Comisión Pemanente de Contingencias (COPECO), con los que tipificluen las alteraciones de las estnrcturas para el control de inundaciones. Estos Dictámenes deberán conteneJ como mínimo, ubicación exacta de la obra de contención dañada. la cantidad de población en riesgo por la l'alla 1, los criterios que consideren opofiulros. ,

Articulo 12

Ias inspecciones pol parle de las Autoridades Compétentes áel Municipio: son delital .importancia pala la protección dg..laoUra. e § por etlo que tornando en clrenta las anomalía§ iisicrls clasificadas c<¡mo criticas ¡ mcncionadas en elAúículo:antcrior de este reglamento. estas inspecciones deben enfocarse en los detalles siguientes: a) Ancho de corona según diseño y condición de la misma: l-abrada por: Ia escorrentía. por el paso de peatones, r,ehículos y pastoréo de semovientes. o puede por asentamientos mostrando grietas en cualquier sentido; b) Integridad de.los taludes: Estos pueden estar erosionados, den'umbados o'lallados. agu-jeros de roedores; mostr:ar asentamientos y hasta puedcn haber sido motivo dc vandalismos 1, el ¡;¡raterial saqueado; c) La gramínea de recúbi.inricnto dehe mantenerse con una densidad mayor del nove:nta por ciento (90%) 1 "pcgado"; d) Crccimiento de vegetación arhustiva no deseada: e) Rotura o robo dc los gaviones: t) En los sitios de descar-ea de alcantarillas inspcccicmal por lillracioncs o crosioncs ¡' cn lo posible el conlrol dc cscurrirrriento de aguas negras en zonas Peri Urbanas.

Articulo 13

No se debe permitir ni autorizar de partc de las Autoridades Cornpetentcs del municipio..ningún tipo de edilicación térnporal o pérmanente pare viviertda de ¡rersonas. sobre la co,rona o los taludes ¡' bermas de I bordo. )'a que esto pro\ioca que la estructura se debilite. Scgún la Lcy tic Aguas se deben respetar l50 metros dc rctiro a ambas ntárgenes del cauoe. prohibidas para instalaciones {i.ias. Solicitar a las auloridacles n.runicipalcs la idcntihcación de asentamientos hunranos ubicados a una distancia menor de 150 nletros de las estructuras de control de inundaciones. a fin clc quc la Sccrct.u'ir tl.' f nfl acsttuclula ¡ Scn icios Públicos 0NSEP) priorice metodológicamente acciones de prevención para dichos asentamientos. a través de un pfograma específiüo y especial. :. i: :

Articulo 14

Se prohíbe el pastoreo de cualquier tipo de ganado, sobre la estructura del bordo, ya que esto causa erosiones constantes. provocando asÍ un debilitamiento en Ia misma.

Articulo 15

Se debc crear un progl'anla para cngramar la parte de los taludes. ba.io las nolmas y cuidados establecidos. y con ello se proteja en fbnna directa la estructura del bordo. E.ste prograrra debe a su vez incluir'como mantenintiento Ia limpieza de la maleza que crezca" con cofies periódicos según la necesidad. no perrritienclo a su vez la quema de la misma en los bordos. Se recomienda Pasto Llstrella (Cy'nodon Plectostachium) Gramínea perenne y resistente que produce tallos con entl'enudos largos v abundantes estolones: Vetiver (Chrysopogon Zizarnoides) gramínea de múltiples aplicaciones a fávor del anrbicute y control de elositln. filtrt-r biológico pernrite recuperar zonas dcgradadas. protecoión dc infiaestructura 1' obras de m itisación. Sistcrna ttadicular rnasivo ¡' protundo hasta cinco (5) metros.

Articulo 16

No sc clcbe pennitir ba.io ninguna circunstancia el cultivo o sicrnbra de productos agrícolas" árboles fi'utales. maderables en la corona. taludcs ni dentro del árca de los andenes del horclo" debiéndose mantener para conservar los espacios operativos de restitución dc obras dañadas. Se debe aplicar de manera ef'ectiva un progranra de engramillado con los cultivos recomendados en el artÍculo l5 párrafb se_sundo de este Reglamento. como medidas de -- 4 of 9 -- R,IiPIiBI,I(]A H0\DTIRAS - TIiCI.i(]IG,\I,I'A, }I. D. ( 25 DL !.\liRo DEI- 2021 \o. pl'otección garantizando la estabilidad dc las estructuras de los taludes y andenes de Ias obras.

Articulo 17

Debe existir constante vigilancia de parte de la Autoridad Competente del Mr,rnicipio, para que el área que comprende los andenes de los bordos no sean utilizados. como centro de basut'eros públicos. Arf ículo I8.- Que se eviten pellirracioncs e i¡lstalauiones de cualquier tipo sobre o dentl'o de1 parámetro,establecidode la obra, para que no se o.casionen daños que dobiliten §u fuerza lrticuto 19.-:NÚ se debe utilizar la corona del bordo como camino de,,a-ceso público o privado, ya sea por maquinaria o vehículos de gran peso. los cuales provocan erosiotres. agrietamientos que causan delbrmidad en toda la estructura de la obra. salvo que el bordo fuese diseñado pala los d-os usos. SECCIóN lI ' .t .,. ALCANTARILLASYCOMPUERTAS . " i: Arículo i0.- i,as Alcantarillas:11 Compuefias. son estructuras qr. O.Ué. ser-inspecciónádas cofi tnay'ot' fiecuerrcia, pues son succptibles a ser liecuentelncnte dañadas por divel'stls motivos. :

Articulo 21

Estas inspecciones deben consistir en observancia de los elementos de los siguientes aspoctos: a) Condición del cabezal el cual. puede presentar asentamientos. aglietamientos o desplazamicntos; b) Condición cle la compuerta: puede presentár óbstrucciones. desprendimientos; su pir-ote debe estar libre'y'en buetl estado; c) E,l tubo de lá e.structu¡a debc estar lret'mético cn sus .junta§ :v -srn agnetamientos; d) Las condiciones de la entlada y salida de las Alcantalillas deben estar libres. sin objetos que puédán obstruirla; 1'. e) Erosiones en la descarga que pongan en peligro la estabilidad del bordo.

Articulo 22

l,a iuspección de este tipo de estructuras debido a su susceptibilidad, debc dársele ma¡'or impofiancia dc parte de laAutoridad Competente dcl Municipio. así como la panicipación de los Comités de Enrergencia como ser: cl COI)EM Y ('ODF.LFIS a quien estar'án suhordinados los conrités locales. escolares.r, cerltl:os laborales de la rcspectir a circunscripción territorial: cuando surjan situacit)ncs que sc qbserven el deterioro o daño de la estructura. hasta posibie actos de vandalismo o robo cfectuados a la misma.

Articulo 23

Cuandt¡ se lnarrifiesten las circutistlurcias n.rencionadas cn el Artículo l8 dc este Reglanrento" deberán hacersc la con'espondiente comunicación a la Autoridad Competente del Municipio. para quc sca cluien se encalgue de agilizar lo más pronto posihle la respecliva solución y de csta fbrma retjucit'cl riesgo que en un ilturo pueda agt'avarse. ocasionado. por la onrisión o inobservancia del caso.

Articulo 24

l.aAutoridad Competentc dcl municipio. dcbe también tomar las medidas necesarias. en los casos que esta estructura sea utilizada conlo zona para botar basura. aplicando las sanciones o multas corespondientes a quienes comclan estas acciones. SECCIÓN III CAVIONES Y COLCHONETAS

Articulo 25

Itn las estructulas de Cai iones existcn tles (3) tipos: las oonstruiclas en el sistema de Dlenair'tlc- Ca.ión. saco ¡ cle Colchoneta. Amhas presentan lrs nrisrnas defir:iencirs ante su detcrioro por las condicioncs cxtremas de velocidad en las avenidas ¡'también tanto la malla conto la tuisrna pieclra pueden ser saqueadas.

Articulo 26

Debe crearse por parte de la Autoridad Coulpetentc del MLrnicipio. un programa periódico para la inspección de estas obras. así como una concientizacitin a tlariés de los líderes dc la cor¡unidad de la importancia dc esta obra 1' evitar de esta lorma el vandalismo o t'obo a quc sc encLlentra expLtesta. -- 5 of 9 -- REP DE HONDtiR:\S -'tl.G t rCIGAt.P.\ 25 DE ENERO DEl.202l ¡!o.35.{97 época de lluvia. para poder conocer el ltnómeno de crecida y correlacionar esta escorrentía con el réginten pluvial que Io origina )' tener inlbrmación básica para el diseño de nuevas obras o rne.jorarniento cle las cristentcs. I.,as u-rediciones hidro[ógicas elementales se realizan tres veces al día como mÍnimo en invierno. observando cl nivel del agua en una escala a la orilla del cauce o canal en sitios estratégicos dondc se debe disponer de equipo telemétrico. En los nronrentos de oculrencia de eventos puntuales <ie crecidas estos rcgistros debcn rcalizarse con una fiecucncia ma¡,or, hasta cada quince (15) minutos. para poder obtener un limnigrama de clecida en cada evento y así una base de infbrrrración de suliciente calidad para optinrizar tratra.ios de discño dcl Jrcnaic llur iul. Las ar"rtoliclades nrunicipales a la vez debcn inrplernentar un monitoreo sobre la Conser-vacirin fisica y funcionamiento de las obras e infbrmar oportunamenle a la CCllVS.

Articulo 29

Ln el caso de vandalismos o robo a este t¡po de obra, deben ser reporlados por palte de los encargados de realizar las respcclivas inspecciones. comunicándolas de fbrrna inmcdiata a la ¡\utoridad Corrpetcnte del Municipio, para que ésta aplique de rnanera diligente las rnedidas o correctivos necesarios que de confbrmidad a Le1' corrcspr)ndan. Si se hacen denuncias por parte de particularr's de estos incidentes. estas debcn ser atcndidas de fbrma pronta ), ágil ¡,se lleve a cabo las inspccciones dc campo e investigaciones necesarias para clue se constaten los hcchos denunciados. Así mismo se deben giral las conrunicacioncs ante la respectir,a Autolidacl Corll petente. para q ue se in ici e cl proceso apl icable que de contbmridad de dcrecho correspondc. SECCIÓN Iv CAUCES Y CANT\LL'S

Articulo 27

,- Las inspecciones adernás de evitar el vandalismo o robo y el monitoreo del funcionamiento del sistema. se debe obsen¡ar los siguientes aspectos en los Gaviones: a) Integridad de la malla; que no haya sido robada. se encuentre rota o incompleta; b) La piedra dentro de la malla se encuentra completa; c) Al existir deibrraciones de la estructura de Cavión. tal que ¡'a no cumpla la funciÓn de diseño; d) No permitir el crecimiento de arbustos y árboles en su estluctura: e) No sea utilizado por los habitantes de la zonapara el uso de lavado de ropa u otrós; i" 0No pelmitir la colocación de carga adicioial de ningún tipo sobra'1a' estructura de la obra..-- , ' [.as aütoridadés muilicipales deben irnplenrentar un monitoles sobrc la consérvación lisica ¡ tuncionanriento dc las obras e informar'oportunamente a la CCIVS.

Articulo 28

Se deben hacer mediciones a este tipo dc obra. con el propósito de conocer el comportamiento y me.iorarlo, en un luturo. Los tipos de mediciones principales sor las T'opográficas ,v las Hidráulicas. ." - En el caso de la.mcdicionéi Topográficas.,es. niccsario rnedir anualmente las secciones transvcrsales de los cauccs 1, canalés para conocer §u azolvamiento o degradaciÓn y así mantenér bases para el diseño de meioras al sisterna de Corrsiderancio la variaciórr -[bpográfic:a cn los márgencs ocun'en eventos extremos de rara fl'ecuencia. en cl cual se consiclera suficiente levanlar la seccirin clel canal () cauce principal clc la corriente" en su mayor parte batimétlicá para la soluciún dcl crcnto. Las nlcdiciones de las secciones trans\ ürsales son rei'eiidas al estacionaraiento del bordo'y de preferencia ¿eorref-erenciadas con GPS-en sistema WGS: t.n el caso de''las mcdiciones limnimétricas. es ncccsario sisl.ematizar un régimen dc medición. como urínilro en importancia que pelióiJ icamcntc l Canalcs. para clue ntanl.enqatl

Articulo 30

Es de mucha se inspeccionen los Cauces -- 6 of 9 -- RE P[;BLICA DF, HOND¡.I ru\S -'I'EG I.I('ICAI,PA Nt. D. C, 25 DE ENIittO Dr,L202t No. un buen funciorramiento, por lo que se debe considerar los siguientes aspectos: a) Mantenimiento del ancho de la sección según el diseñol b) l.,as orillas debcn mostrar regularidad y cualquier den'umbe. obstrucción o azolvamiento debe ser identiñcat-lo oportunamente: ,v. c) No se debe haber material vegetal ni de otra índole dentro de los cauces: exceso de lirios acuáticos, troncos o ramas de árboles. árboles ni arbustos vivos y basura. '

Articulo 31

No se dgbe pelrnitir que lós Caucés y, Canales sean utilizados comci ie¡tro de botarlo ¿e,basria, débido a la obst.ucción a'la obra- asi comorel daño queésto provoca a la salud de,las personas y el rnedio ambiente.

Articulo 32

Se deben aplicar las sanciones pertinentes cuando se lleven a cabo actividades de tala de árboles en los cauces de los ríos, sin la debida autorización o pc'r'miso y bajo los lineamientos legales.

Articulo 33

No se debe rpermitir en los cauces del río, árboles. ramas,, arbusfo§ ni basüta, ya que todo estCr bbstlul,r' el correcto tra) ecto hidráuliCo. Artículo ::34.- Mántenel inspccci()ncs peri(rdicas del cumplimientó pór autorizaciones otorgadas para la explotación del cauce en cl r'ío, por parle de la Autoridad Competente del municipio,v de esta rranera evitar se causen graves daños a la corriente hidráulica del mismo.

Articulo 35

Explotaciones- de agregados,--aulorizados legalmente. deben cumplir con las directrices ae CCIVS. CAPITUTO.IV .:: :.. ENTREGA DE OBRAS

Articulo 36

Úa Cóm "ión para el Control de lnundacioncs del Valle de Sula (CCIVS), una vez frnalizada la obra. se hará entrega de Ia misma ante la Autolidad Compctentc dcl Municipio. el CODEM. I,lL CODEI-ES" COPECO. lCF, lNI'ICiEOMIN, patronatos o luerzas vivas de la comunidad. otolgado e n el rcspcctivrr Rcglamcnto.

Articulo 37

Es responsabiliclad de cada uno de los participantes, Ia obsenancia .r' ct'rlabor¡citin parc que se lleven a cabo l¿rs normas de plotección y rnantcnimiento de la obl'a, rnisrna quc cs [)ala cl Lrene licio gcne lal ,v--. de carácte r público tanto para la vida. nrcdio ambiente ¡, bienes dc los Iiabitantes de la z-ona. por lo que es dc mucha intportancia la socialización v la concienciación de la conrunidad. CAPITULO V SANCIONES

Articulo 38

Debido a Ia importancia de este Reglamento. el cual consiste en la protección de la vida. la conservación del medio arnbicnte. la protección de los bienes ). zonas productivas del sector privado y público de la ILegión. además siendo una obrl del Estado de Honduras pala tales fines. debe ser de carácter cr¡ercitivo y de obligatorio cumplimiento de parre de los habitantes de la zona, así como de los patronatos, CODEM, CODtjLES. Instjtuciones Gubcmanrentales v Autoridades Compelentes de I rr.runicipio. brindando cl apoyo ),denunciando en slt n)omcnto ante quien corlesponda cualcluier acción que sea en contr¿l de las normas estipuladas en el mismo.

Articulo 39

El incumplimiento a las disposiciones establecidas en el presente Reglamento dará lugar a la Comisión pala cl Control de Inundaciones del Valle de Sula. a tra\¡és de su Dirección F,iecutiva. a que sc requiera por. la vÍa Administrativa o l.egal su cuntplin.riento cfécri\o e inmcdiato; en c¿lso dc incumplimienkr por cr"ralquiera de los llanlados a estar involucrados según lo menciona el Artículo 36 del -- 7 of 9 -- R-EPIIBLICA DE TIONDTIIiJ\S -'I EGI.JCIGALP,\, \I. D. C,, 25 DE ENERO I) \o. J5.J97 presentc Reglamento: solicitando a su vez de ser neuesurio el apoyo de las Autoridades Policiales. Militares o en su caso las acciones. iulisdiccionales correspondientes.

Articulo 40

Toda denuncia interpuesta ante la Autoridad Competente del Municipio o la Procuradur'ía Ceneral de la República, debe de dársele el trámite a la nrayot'brevedad posiblc; para cvitar que se incrementen los daños 1"a causados a las obras 1' sean quienes se encarguen de aplicar las multas o sanciones correspondiente de confbrmidad a Le¡.' a Ios quc dirigen o parlicipan en tales accioncs. ' :

Articulo 4

l .- De requerirse necesario interponer las derru nc ius respectirras anle la Fuer2a tlé SegurirJad Intcrinstitucional Nacionrl lFUSINA); para qr¡c Ilu're a caho las rcspcctiras diligenciasiien cont¡a de las acciorres de quienes cstén provocando el''detrimento en las obras que realiza el Estado de l-londuras, CAPÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES

Articulo 42

L.cs Autoridades Municipales contarán con sus Reglamentos inteirnos referentc's al control, protección y mantenimiéntÓ de las obras queclio ten§ah contempladas a eiecutarre.n su:tzona, en armonía con-el presente Reglamento.

Articulo 43

;-,ComÉete a las Autoridades Municipales, la aplicación de las rnultas y sanciones de confbrmidad a lo establecido en sus Leyes y Reglanrentos" cuando se incurnpla cualquiera de las nonnas que se detallan en este Reglamento el no hacerlo ocasiona responsabilidad directa a las r¡edidas legales que correspondan.

Articulo 44

Las AutoridadésrMunicipale§, debedRresentar un Infbrme acompañado.: oon el debido soporte técnico y tbmgráfic.o a' la CCIVS, cle las inspecciones realizadas a Ias «Jistintas obras ejécutadas:en su .iurisdiccitin. en un perio<1o trimestral; galvo que por causas ajc'nas se presente alguna situación Querlequiela de pronta acción. la cual debe ser comunicada en lot'ma oportuna a la Institución.

Articulo 45

LaCorn isión para el Control de Inundaciones del Valle dc Sula (CCIVS). nrantendrá supen,isiones peliódicas en las oblas que ejecute en las dif'erentes zonas de la Región. sin con ello limitar o ilisminuir las responsabilidades a las Autoridades Municipales mcncionadas c-n este Reglamcnto. Así mismo girará las comunicaciones oportunas cuando sc presenten cualquiera cle las circunstancias qure afecten o vayán en <ietrimento de las oblas; para que se l leven a cabo las acciones correctivas que competen y evitar tales situaciones.

Articulo 46

El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación cn el Diario Olicial La Gaceta. Dado en ciuclad de 'legucigalpa. municipio del Distrito Central. a los seis (0ó) días del mes de enero del año dos mil r einte t2020). PUBLIQU ESE Y COMTJNIQU ESE. N,IARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SIJBSECRETARIA DE ES'mDO COOR DINA DOIL\ GEN EII.AI- DI] GOBIEI{NO Por Delegación del Presidente dc la República Acuerdo de Delegación 023-20 I tl. publicado en el Diario Oficial ''l,a (iaceta" dc t'ocha 20 de abril de 2018 EBAL JAIR D|AZ LUPIAN SEC]RETARIO I)E ESIADO DI]SPAC]HO D[,, L,\ PI{ESIDF,NCIA -- 8 of 9 -- REPÚBI,ICA DE HONDI.IRAS - I'ECI.]CIGALPA, }I. D. C., 25 DIj ENERO DEL?O2I No. 35,.197 Secretaría de Desarrollo Económico ACll t-rRDO M INISTERIAL No. 043-2021 LA SECRETAniT on ESTADo EN EL DESpACHo DE DESARROLLo pcoNóMtco, , i' CONSIDERANDO: Que Hopduras es unrE§tado Miembro del Sister¡a de Integración áentrou,reri'.cana, treado por el Protocolo de Tegucigatpa del,l3 de diciembre de 1991. asÍ como el Tratado General de Integración Económica Centroanrericana <Iel l3 de diciemblc dc 1960 y refbrmado por cl Protocolo dc Guatemala del 23 de octubre de I 993; CONSIDERANDO: Que de acuerdo al Artículo l5 de Protocolo al Tratado Ceneral de Integración Econéurica (Protocolo de Guatemala), los Estados Parte tiene: e I complomiso de constituir una f.lnión Aduánera entre sus territorios. la qr"re sc alcanzará<7e manera gradual y progrcsiva. sobre la base de programas que se establezcan al ef'ecto, aprtrbados por conscnso; CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo establecido en los Artículos 38. 39 1, 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala). nlodillcado por la Errnrienda del 2'7 cie f-ol,rrero de2002, el Conse.jo de Ministros de lntegración Económica (COMIECO). tiene bajo su conlpetencia los asuntos de la Integración Económica Centroamcricana y', como tal. le corresponde aprcbar los actos administrativos del Subsistema Económioo; ' ,, CONSIDERANDO: Que en Resolución de t'echa 20 de octubre de 1995. la Colte Centroamericana de Justicia rnani[.iesta que: "la publicación no es requisitr.r esencial ¡rara la r"alidez dc los aclos normati\/os obligatolios del Sistema de Integración Econónr ica Centroamericana"; que la publicidad se debe realizar pala galantizar la el'ectiva observancia ¡' cjecucitin tlc los propósi¡p5 -v plincipios; CONSIDERANDO: Que el Conse.jo de Ministros de Integración Económica (COMIECIO), está f'acultado para reunirse de r.nanera vi¡1ual, en cuyo caso. le correspondc a la Secretaría de Intcgración Económica Centro¿imelicana (SIlrCA) recopilar la frrma de cada uno de los Minislros o Viceministros" cn su respeclivo país. según colresponda: CONSIDERANDO: Que el Clonseio de Ministros de Integración iiconómica (COMIECO): t'n l'eunión realizada de rnanela viftual el día 27 de octubre2020, adoptó la Resolución No. 426-2020 (COMTECO-XCII), que RESUELVE l. Aprobar el Procedirriento de Control e Inspección de lrnvíos. Mercancías c Insumos Agropccuarios en los Puestos de Control Cuarentenario. cn la tbrma que aparece cn cl Anexo de la presente llesolución ¡'qr-rc I'ornra pañe integrante de la nrisma.2. [.a presenle Rcsoluoión entrará en vi*eol cl 27 de octubre de 202 I y será pLrblicada por los Estados Parte. CONSIDERANDO: Quc el Conse.jo de Ministros dc Integración Iiconómica(COMIECO): en rcunión rcalizada dc rnanera viftual el día 27 de octubrc 2020. adoptó la Resolución No. 427-2020 (COMIECO-XCI¡). que RESUELVE. l. Aprobar ltrs irperturas araucelarias 1'rnodificacirin dc los Dcrechos Arancclalios a la lmportación (DAI) de Ios ine isrrs arancelarios del Arancel Centroamerioano dc lnrportacitin. Anexo "A" del (lonvenio sobre el Réginren r\rancelario ¡ Aduanero Centroanrericano. i9.20: 3920.49: 3920.49.3: i920.49.3 I .00: 3920.49.31 ; 3920.49.3 l.l : i920.49.31 .l I I -- 9 of 9 --

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