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16 de julio de 2021Vigente Descargar PDF original

Acuerdo No. 170-2021 — Declaración como prioridad del Proyecto Empastado de Tomos a Nivel Nacional

Poder Judicial

  • Decreto: 170-2021
  • Publicación: 16 de julio de 2021
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Categoria: Notarial y Registral

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este acuerdo declara como prioridad nacional la organización y empastado de los tomos de registros de propiedad en todas las oficinas del país. Establece procedimientos detallados para revisar, ordenar y verificar que los documentos registrales estén completos y correctos antes de ser encuadernados, mejorando la seguridad jurídica y protegiendo la información de la propiedad inmueble.

Considerandos

Que la eficacia y seguridad de todo Registro depende de la precisión alcanzada en cuanto al contenido de la registración. Por tal razón, dicho contenido no debe ser confuso, contradictorio o incompleto. Por ende, para concretar la efectividad de cada uno de los asientos y anotaciones registrales, se requiere que los mismos sean precisos y confiables.

Que, para mejorar la seguridad jurídica; garantizar la identificación inequívoca del derecho de propiedad y reducir los conflictos en la tenencia del mismo, se señala la importancia de la conservación y custodia de la información contenida en los asientos y tomos (compuestos generalmente por los libros A y B) los cuales, son formados en la actividad del día a día en los Registros de la Propiedad Inmueble, a nivel nacional. Siendo así, en fecha, 22 de diciembre de 2020, el Consejo Directivo del Instituto de la Propiedad, mediante punto de acta número 7, de la sesión CD-IP-010-2020, aprobó el proyecto de “Empastado de Tomos a Nivel Nacional”, asignando al proyecto, el presupuesto requerido y priorizando su ejecución para el presente año.

Que el proyecto: “Empastado de Tomos a Nivel Nacional”, se divide en dos grandes actividades: indexado y empastado de tomos. Actividades que precisan efectuar la revisión de los tomos con el objetivo de constatar que están formados correctamente, ya que los asientos registrales se encuentren completos con sus hojas de notas, hojas separadoras y hojas complementarias. Igualmente, conlleva la realización del empastado fino, reempaste fino y colocación de cartapacio de los libros formados en cada oficina registral.

Que previo al empaste de los tomos es preciso realizar el indexado bajo los siguientes criterios: A. La Hoja Separadora, debe de ser enumerada en el margen superior derecho con el número de asiento que corresponda, utilizando del número 1 al número 50 en el Libro A y del número 51 al 100, en el Libro B. En caso de que algún documento no tenga la hoja separadora, tiene que agregarse la misma al principio del documento y enumerarla. Para aquellos casos en que se encuentre la hoja, pero no tenga el número correspondiente, se debe anotar el número y reportar en el “Control de incidencias de libros para indexado”. B. Verificar el Asiento (documento registral). Si no se encuentra ningún documento, es decir, sólo está la hoja separadora enumerada, se debe reportar su falta. No obstante, si se encuentra el asiento, es preciso retirar los objetos extraños, tales como: grapas, clips, post-it, etc. que dificulten manipular con libertad el documento al momento de empastar. En el mismo orden de ideas se debe de corroborar: Que el texto de cada documento vaya ordenado, con una secuencia de redacción identificando si se encuentra completo o incompleto; En caso de encontrarse en un leitz, este debe de ser ordenado; Confirmar que, en la última página de cada Asiento, se encuentre el sello de inscripción lleno de forma adecuada, la revisión implica cotejar que los números que contiene el sello pertenecen al asiento y tomo en revisión y firma del Registrador. Este extremo no se puede corregir. C. Comprobar que al final del documento se encuentren incorporadas la (s) Hoja (s) de Notas. En caso de que algún documento no tenga la (s) Hoja (s) de Notas, no se podrá anexar la misma, se debe de reportar en las observaciones y/o en el “Control de Incidencias de Libros para Indexado”, continuándose con la hoja separadora del siguiente asiento. D. Cerciorarse que cada libro contenga después del último documento (Libro A-asiento 50, LibroB-asiento100), las 10 hojas complementarias, debidamente enumeradas del 1 al 10. Si no se encuentran se deben anexar y reportar en el “Control de Incidencias de Libros para Indexado”. E. Entregar al Registrador Titular, todos los libros revisados conforme a la asignación diaria y mediante el mecanismo de control interno de trabajo establecido, acompañándolos de su reporte de incidencias, por cada uno de ellos. Cabe señalar que se consideran INCIDENCIAS: Las faltas o irregularidades antes mencionadas, mismas que deben ser reportadas en el “Control de Incidencias de Libros para Indexado”, invariablemente si estas pueden ser completadas o subsanadas.

Texto completo

ACUERDO No. DGR-170-2021 INSTITUTO DE LA PROPIEDAD. DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTROS. Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, al primer (01) día de junio del año dos mil veinte y uno (2021). CONSIDERANDO: Que la eficacia y seguridad de todo Registro depende de la precisión alcanzada en cuanto al contenido de la registración. Por tal razón, dicho contenido no debe ser confuso, contradictorio o incompleto. Por ende, para concretar la efectividad de cada uno de los asientos y anotaciones registrales, se requiere que los mismos sean precisos y confiables. CONSIDERANDO: Que, para mejorar la seguridad jurídica; garantizar la identificación inequívoca del derecho de propiedad y reducir los conflictos en la tenencia del mismo, se señala la importancia de la conservación y custodia de la información contenida en los asientos y tomos (compuestos generalmente por los libros A y B) los cuales, son formados en la actividad del día a día en los Registros de la Propiedad Inmueble, a nivel nacional. Siendo así, en fecha, 22 de diciembre de 2020, el Consejo Directivo del Instituto de la Propiedad, mediante punto de acta número 7, de la sesión CD-IP-010-2020, aprobó el proyecto de “Empastado de Tomos a Nivel Nacional”, asignando al proyecto, el presupuesto requerido y priorizando su ejecución para el presente año. CONSIDERANDO: Que el proyecto: “Empastado de Tomos a Nivel Nacional”, se divide en dos grandes actividades: indexado y empastado de tomos. Actividades que precisan efectuar la revisión de los tomos con el objetivo de constatar que están formados correctamente, ya que los asientos registrales se encuentren completos con sus hojas de notas, hojas separadoras y hojas complementarias. Igualmente, conlleva la realización del empastado fino, reempaste fino y colocación de cartapacio de los libros formados en cada oficina registral. CONSIDERANDO: Que previo al empaste de los tomos es preciso realizar el indexado bajo los siguientes criterios: A. La Hoja Separadora, debe de ser enumerada en el margen superior derecho con el número de asiento que corresponda, utilizando del número 1 al número 50 en el Libro A y del número 51 al 100, en el Libro B. En caso de que algún documento no tenga la hoja separadora, tiene que agregarse la misma al principio del documento y enumerarla. Para aquellos casos en que se encuentre la hoja, pero no tenga el número correspondiente, se debe anotar el número y reportar en el “Control de incidencias de libros para indexado”. B. Verificar el Asiento (documento registral). Si no se encuentra ningún documento, es decir, sólo está la hoja separadora enumerada, se debe reportar su falta. No obstante, si se encuentra el asiento, es preciso retirar los objetos extraños, tales como: grapas, clips, post-it, etc. que dificulten manipular con libertad el documento al momento de empastar. En el mismo orden de ideas se debe de corroborar: Que el texto de cada documento vaya ordenado, con una secuencia de redacción identificando si se encuentra completo o incompleto; En caso de encontrarse en un leitz, este debe de ser ordenado; Confirmar que, en la última página

de cada Asiento, se encuentre el sello de inscripción lleno de forma adecuada, la revisión implica cotejar que los números que contiene el sello pertenecen al asiento y tomo en revisión y firma del Registrador. Este extremo no se puede corregir. C. Comprobar que al final del documento se encuentren incorporadas la (s) Hoja (s) de Notas. En caso de que algún documento no tenga la (s) Hoja (s) de Notas, no se podrá anexar la misma, se debe de reportar en las observaciones y/o en el “Control de Incidencias de Libros para Indexado”, continuándose con la hoja separadora del siguiente asiento. D. Cerciorarse que cada libro contenga después del último documento (Libro A-asiento 50, LibroB-asiento100), las 10 hojas complementarias, debidamente enumeradas del 1 al 10. Si no se encuentran se deben anexar y reportar en el “Control de Incidencias de Libros para Indexado”. E. Entregar al Registrador Titular, todos los libros revisados conforme a la asignación diaria y mediante el mecanismo de control interno de trabajo establecido, acompañándolos de su reporte de incidencias, por cada uno de ellos. Cabe señalar que se consideran INCIDENCIAS: Las faltas o irregularidades antes mencionadas, mismas que deben ser reportadas en el “Control de Incidencias de Libros para Indexado”, invariablemente si estas pueden ser completadas o subsanadas. POR TANTO: En uso de sus atribuciones y con base a lo dispuesto en los Artículos 1, 103, 321 y 323 de la Constitución de la República; Artículos 5, 6 y 43, 116, 118 de la Ley General de la Administración Pública; Artículos 5 numerales 2, 3, 4, 5 y 8; 8, 10 numerales 3, 4 y 10; 11 numerales 1 y 5; 14 numerales 1, 2 y 4; 30 de la Ley de Propiedad; Artículo 80 del Reglamento de la Ley de Propiedad; Punto de acta número 7, de la sesión de Consejo Directivo No. CD-IP-010-2020 de fecha 22 de diciembre de 2020. ACUERDA: PRIMERO: Declarar por medio de la Dirección General de Registros, como prioridad del Instituto de la Propiedad, la ejecución del Proyecto: “Empastado de Tomos a Nivel Nacional”, con los objetivos de: mejorar su conservación y custodia, resguardar los asientos registrales y garantizar la seguridad jurídica registral. SEGUNDO: Implementar los siguientes criterios de indexado: A. La Hoja Separadora, debe de ser enumerada en el margen superior derecho con el número de asiento que corresponda, utilizando del número 1 al número 50 en el Libro A y del número 51 al 100, en el Libro B. En caso de que algún documento no tenga la hoja separadora, tiene que agregarse la misma al principio del documento y enumerarla. Para aquellos casos en que se encuentre la hoja, pero no tenga el número correspondiente, se debe anotar el número y reportar en el “Control de incidencias de libros para indexado”. B. Verificar el Asiento (documento registral). Si no se encuentra ningún documento, es decir, sólo está la hoja separadora enumerada, se debe reportar su falta. No obstante, si se encuentra el asiento, es preciso retirar los objetos extraños, tales como: grapas, clips, post-it, etc. que dificulten manipular con libertad el documento

al momento de empastar. En el mismo orden de ideas se debe de corroborar: Que el texto de cada documento vaya ordenado, con una secuencia de redacción identificando si se encuentra completo o incompleto; En caso de encontrarse en un leitz, este debe de ser ordenado; Confirmar que, en la última página de cada Asiento, se encuentre el sello de inscripción lleno de forma adecuada, la revisión implica cotejar que los números que contiene el sello pertenecen al asiento y tomo en revisión y firma del Registrador. Este extremo no se puede corregir. C. Comprobar que al final del documento se encuentren incorporadas la (s) Hoja (s) de Notas. En caso de que algún documento no tenga la (s) Hoja (s) de Notas, no se podrá anexar la misma, se debe de reportar en las observaciones y/o en el “Control de Incidencias de Libros para Indexado”, continuándose con la hoja separadora del siguiente asiento. D. Cerciorarse que cada libro contenga después del último documento (Libro A-asiento 50, LibroB-asiento100), las 10 hojas complementarias, debidamente enumeradas del 1 al 10. Si no se encuentran se deben anexar y reportar en el “Control de Incidencias de Libros para Indexado”. E. Entregar al Registrador Titular, todos los libros revisados conforme a la asignación diaria y mediante el mecanismo de control interno de trabajo establecido, acompañándolos de su reporte de incidencias, por cada uno de ellos. Cabe señalar que se consideran INCIDENCIAS: Las faltas o irregularidades antes mencionadas, mismas que deben ser reportadas en el “Control de Incidencias de Libros para Indexado”, invariablemente si estas pueden ser completadas o subsanadas. TERCERO: Es de carácter imperativo implementar los criterios antes instruidos, por ser mecanismos de control y aseguranza, que permiten subsanar dentro del margen legal y a priori, la conformación de los libros previo a su proceso de empaste, ya que implican la realización de una revisión puntual brindando la posibilidad de realizar las enmiendas que sean necesarias, sin adulterar su contenido, reportando las incidencias en ellos encontradas y resguardando la seguridad jurídica registral. CUARTO: El presente acuerdo es efectivo a partir del primero (01) de junio de 2021 y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Comuníquese. JORGE LUIS MEJÍA DIRECTOR GENERAL DE REGISTROS DENISSE ROSALES SECRETARIA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REGISTROS

(E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. 1) DECRETA: CRÉASE LA ADUANA TERRESTRE “PICHIGUAL”, ubicada en el sitio conocido como Las Flores, Colomoncagua, departamento de Intibucá, frontera con la República de El Salvador. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN:

La G aceta

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