Acuerdo Ejecutivo No. 097-2019 — Delegación de funciones de Secretario General a Subsecretaria de Derechos Humanos
Poder Ejecutivo
- Decreto: 097-2019
- Publicación: 11 de octubre de 2019
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Gaceta: 35,071
- Categoria: Administrativo
Considerandos
Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo, les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretarios Generales y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas.
Que con el objeto de agilizar la Administración Pública, los Secretarios de Estado podrán delegar en los funcionarios, el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos mediante la firma de ciertos actos administrativos.
Que la Ley General de la Administración Pública establece que los Subsecretarios de Estados por un acto de delegación del Secretario(a) de Estado del ramo podrán conocer y resolver asuntos determinados o específicos.
Que la Secretarías Generales son los órganos de Comunicación de la Secretarías de Estados; sus titulares tienen funciones de fedatarios, teniendo a su cargo entre otras 1. Asistir al Secretario de Estado y Grupo Nivel: 00-00; Puesto: Secretario General; No. del Puesto: 960, cuyo salario mensual es de SESENTA Y UN MIL CIEN LEMPIRAS (L. 61,100.00). SEGUNDO: Hacer efectivo el pago de sus Derechos Laborales Adquiridos conforme a la Ley, quien deberá proceder a rendir su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiséis (26) días del mes de agosto del año dos mil diecinueve (2019). RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ MINISTRO SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS a los Subsecretarios de Estado; 2. Recibir las solicitudes y peticiones que se presenten al Despacho y llevar el registro correspondiente para el control y custodia de los expedientes; 3. Velar porque los asuntos en trámite se despachen dentro de los plazos establecidos; 4. Llevar el registro de los Decretos y Acuerdos que se dicten sobre asuntos del Ramo; 5. Autorizar la firma del Secretario o de los Subsecretarios de Estado en las providencias, acuerdos o resoluciones que dicten; 6 Resolver en los asuntos que le delegue el Secretario de Estado.
Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.02-2018 de fecha dieciocho (18) de enero del año dos mil dieciocho (2018), se nombró a la ciudadana JACKELINE ARELY ANCHECTA CASTRO, en el cargo Subsecretaria de Estado en el Despacho de Promoción de Derechos Humanos.
Texto completo
LA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS CONSIDERANDO: Que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley; asimismo, les corresponde el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretarios Generales y Directores Generales, el ejercicio de atribuciones específicas. CONSIDERANDO: Que con el objeto de agilizar la Administración Pública, los Secretarios de Estado podrán delegar en los funcionarios, el ejercicio de la potestad de decidir en determinadas materias o en casos concretos mediante la firma de ciertos actos administrativos. CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública establece que los Subsecretarios de Estados por un acto de delegación del Secretario(a) de Estado del ramo podrán conocer y resolver asuntos determinados o específicos. CONSIDERANDO: Que la Secretarías Generales son los órganos de Comunicación de la Secretarías de Estados; sus titulares tienen funciones de fedatarios, teniendo a su cargo entre otras 1. Asistir al Secretario de Estado y Grupo Nivel: 00-00; Puesto: Secretario General; No. del Puesto: 960, cuyo salario mensual es de SESENTA Y UN MIL CIEN LEMPIRAS (L. 61,100.00). SEGUNDO: Hacer efectivo el pago de sus Derechos Laborales Adquiridos conforme a la Ley, quien deberá proceder a rendir su Declaración Jurada de Bienes ante el Tribunal Superior de Cuentas. TERCERO: Hacer las transcripciones de Ley. COMUNÍQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiséis (26) días del mes de agosto del año dos mil diecinueve (2019). RICARDO LEONEL CARDONA LÓPEZ MINISTRO SECRETARIO PRIVADO Y JEFE DE GABINETE PRESIDENCIAL KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS
a los Subsecretarios de Estado; 2. Recibir las solicitudes y peticiones que se presenten al Despacho y llevar el registro correspondiente para el control y custodia de los expedientes; 3. Velar porque los asuntos en trámite se despachen dentro de los plazos establecidos; 4. Llevar el registro de los Decretos y Acuerdos que se dicten sobre asuntos del Ramo; 5. Autorizar la firma del Secretario o de los Subsecretarios de Estado en las providencias, acuerdos o resoluciones que dicten; 6 Resolver en los asuntos que le delegue el Secretario de Estado. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.02-2018 de fecha dieciocho (18) de enero del año dos mil dieciocho (2018), se nombró a la ciudadana JACKELINE ARELY ANCHECTA CASTRO, en el cargo Subsecretaria de Estado en el Despacho de Promoción de Derechos Humanos. POR TANTO En uso de sus atribuciones y en aplicaciones de los Artículos 36, numeral 8 y 19, 116 y 118 de la Ley General de la Administración Pública; 1 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 24 y 26 del Decreto Ejecutivo PCM- 008-97 que contiene el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo. ACUERDA PRIMERO: Delegar en la Abogada JACKELINE ARELY ANCHECTA CASTRO, actual Subsecretaria de Estado en el Despacho de Promoción de Derechos Humanos de la Secretaría de Estado en el Despacho de Derechos Humanos, además de sus funciones, todas aquellas atribuidas al cargo de Secretario General de esta Secretaría de Estado, quedando facultado para firmar las resoluciones, acuerdos y demás trámites administrativos cuyo conocimiento corresponde a dicho cargo. SEGUNDO: El presente Acuerdo es efectivo del día primero (01) de septiembre hasta que sea nombrado un nuevo Secretario General en la Secretaría de Estado en el Despacho de Derechos Humanos. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintiseis (26) días del mes de agosto del año dos mil diecinueve (2019). KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO MARCO VINICIO MONTES TAVARONE SECRETARIO GENERAL
Secretaría de Estado en el Despacho de Cultura ACUERDO No. 339
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