VigenteCategoria: Constitucional
QUEDAN RESTRINGIDAS A NIVEL NACIONAL, POR UN PLAZO DE 7 DíAS A PARTIR DE LA APROBACIÓN Y PUBLICACIÓN DE ESTE DECRETO EJECUTIVO LAS GARANTíAS CONSTITUCIONALES ESTABLECIDAS EN LOS ARTíCULOS 69, 71, 72, 78, 81, 84, 93, 99, Y 103 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA, DEBIENDO REMITIRSE A LA SECRETARIA DEL CONGRESO NACIONAL PARA LOS EFECTOS DE LEY.
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