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8 de septiembre de 2026Vigente

Contrato — Contrato de Obra - Condiciones Especiales del Contrato (CEC) y Obligaciones del Contratista

Alcaldía Municipal del Distrito Central

  • Publicación: 8 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Alcaldía Municipal del Distrito Central
  • Gaceta: 37,241
  • Categoria: Mercantil

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este contrato de obra establece las condiciones especiales para que un contratista ejecute trabajos de construcción en el Distrito Central. Define las obligaciones del contratista (presentar programas de trabajo, mantener equipos, reportar errores), los pagos y ajustes de precios según inflación y cambios salariales, las multas por retrasos (0.36% diario hasta 15%), los seguros requeridos y el procedimiento para recepcionar la obra terminada. Afecta al contratista y a la Alcaldía Municipal, buscando garantizar calidad y cumplimiento de plazos.

Texto completo

ambos muros se construirán simultáneamente. El disipador consiste en un emplantillado de esta quebrada con concreto sobre un lecho preparado de acuerdo a las especificaciones y con las alineaciones, declives y dimensiones que muestran los planos, con una longitud de 20 m. Se utilizará una piedra que sea tipo riolita o basalto con una densidad de 2,300 kg/m³ como mínimo. Se hará el desvió del cauce de la quebrada contemplando una excavación con una longitud de 60.00 m, ancho de 1.00 m y una profundidad de 0.60 m, donde se hará protección con sacos en todo el desvió del cauce y también en muros existente. Todas estas actividades se harán de forma manual ya que debido a la estrechez de la quebrada es imposible trabajar con equipo mecánico. CEC 2.2 Las secciones de las Obras con fechas de terminación distintas a las de la totalidad de las Obras son: No aplica C O N D ICIONES ESPECIALES DEL CONTRATO A menos que se indique lo contrario, el Contratante deberá completar todas las CEC antes de emitir los documentos de licitación. Se deberán adjuntar los programas e informes que el Contratante deberá proporcionar. A. Disposiciones Generales CEC 1.1 (a) En el presente Contrato no se prevé Conciliador. CEC 1.1 (q) El Contratante es La Alcaldía Municipal del Distrito Central El representante Legal es el señor: Jorge Alejandro Aldana Bardales CEC 1.1 (t) La Fecha Prevista de Terminación de la totalidad de las Obras es de Ciento

- 214 - CEC 2.3 (i) Los siguientes documentos también forman parte integral del Contrato: Documento Base y su(s) adenda(s) Orden de Inicio Fichas de Precios Unitarios, desglose de Insumos de Materiales, mano de obra y equipo. Actas de Recepciones Parciales y Definitivas CEC 8.1 Lista de Otros Contratistas: no corresponde CEC 9.1 Personal Clave: No. Cargo Nombre Funciones 1 Gerente de Obra Alexa Orquídea Flores García Encargado de la planificación general, organización de personal y control de calidad de la obra. 2 Ingeniero Civil o Arquitecto Residente * Daniel Enrique Rodríguez Mejía Encargado de la planificación, ejecución de la obra y de las actividades de control, tales como calidad, organización del personal, actas, mediciones, valuaciones y demás actos administrativos similares 3 Ingeniero para Seguridad Vial* Marco Antonio Rueda Vasquez Encargado del dimensionamiento y diseño de la infraestructura para lograr un flujo de tráfico eficiente y de la evaluación de los sistemas de tráfico para optimizar el uso de esa infraestructura vial. Así como de la seguridad vial de la obra. Con el fin de lograr una operación segura y eficiente en la infraestructura vial. *El personal propuesto será exclusivo y no se deberá incluir en otros procesos de licitación de la AMDC. a exención del Gerente de Proyecto. CEC 13.1 Las coberturas mínimas de seguros y los deducibles serán: (a) para pérdida o daño de las Obras, Planta y Materiales: 5% del valor del contrato.

- 215 - (b) para pérdida o daño de equipo: 5% del valor del contrato (c) para pérdida o daño a la propiedad (excepto a las Obras, Planta, Materiales y Equipos) en conexión con el Contrato 5% del valor del contrato (d) para lesiones personales o muerte: (i) de los empleados del Contratante: El monto en este seguro no deberá ser menor al equivalente a cinco (5) salarios mínimos en la rama de la construcción vigente a la fecha de suscribir el contrato por cada empleado que trabajará en el proyecto, por lo cual el contratista deberá presentar el listado de los asegurados proporcionada por la compañía de Seguros, que deberá ser la misma con el personal contratado para la ejecución de la obra, y verificada mediante certificación de la supervisión. Al efectuar cambios en el personal, el Contratista notificará de inmediato a la compañía de seguros para que se inscriba las nuevas personas, así como también a la supervisión para el registro de los mismos, en un término no menor de tres días a partir de la contratación. (ii) de terceros, que sean afectados directamente por actividades de la obra: 5% del valor del contrato. Los seguros deberán permanecer vigentes treinta días adicionales después del período de ejecución del proyecto, en caso de ampliación de tiempo del contrato, estas deberán prorrogar su vigencia hasta la recepción final de la Obra. CEC 14.1 Los Informes de Investigación del Sitio de las Obras son: No aplica CEC 21.1 La(s) fecha(s) de Toma de Posesión del Sitio de las Obras será(n) a más tardar diez (10) días después de la orden de inicio. CEC 26.1 - Contra la resolución del Contratante procederá la vía judicial ante los tribunales de lo Contencioso Administrativo. B. Control de Plazos CEC 27.1 El Contratista presentará un Programa para la aprobación del Supervisor de Obras dentro de quince (15) días a partir de la fecha de la Notificación de la Resolución de Adjudicación.

- 216 - CEC 27.3 Los plazos entre cada actualización del Programa serán de sesenta (60) días. El monto que será retenido por la presentación retrasada del Programa actualizado será de L.1,000.00 por día. C. Control de la Calidad CEC 32.1 El Período de Responsabilidad por Defectos es: doce (12) meses calendario días. D. Control de Costos CEC 46.1 La moneda del País del Contratante es: Lempiras. Para el caso de pagos cotizados en moneda diferente al Lempira, los pagos se efectuarán en dichas monedas . CEC 47.1 En caso de que los pagos en moneda extranjeras representen menos del cincuenta y un por ciento (51%) del monto total del contrato, los montos autorizados en cada estimación de obra, se deberán ajustar aplicando el siguiente mecanismo: A) El Ajuste de Precios se realizará individualmente, ítem por ítem, conforme a las cantidades o volúmenes efectivos de obra que se hayan ejecutado en el período que comprende el ajuste. El reconocimiento se hará sobre la porción de los Costos Directos exclusivamente. Si un determinado concepto o ítem de obra no figurara en la Lista del Cuadro de Incidencias Porcentuales anexo y que forma parte integral de esta metodología, éste se asimilará al ítem más afín de que se disponga, cualquiera que fuere la naturaleza de la obra, pero tomando en cuenta el procedimiento constructivo u otras características conexas al Ítem; de no poderse implementar esta asimilación, se empleará la respectiva Ficha de Costos presentada por el Contratista en la Licitación o entrega de Oferta, pero ajustándose en todo caso a los aspectos conceptuales estipulados en el presente documento. Los componentes fundamentales del costo directo a los que se aplicará el nuevo procedimiento son: Mano de obra (calificada y no calificada), Equipos y Maquinaria (incluyendo por separado los combustibles y lubricantes en el caso de proyectos viales) y los Materiales, desglosados y tratados en la forma que se describe más adelante.

- 217 - El reconocimiento total en una determinada Estimación de Obra a través del presente procedimiento, será la suma de los reconocimientos individuales que se calculen ítem por ítem, conforme al volumen o cantidad efectiva de la obra realizada en un determinado período, de acuerdo a la siguiente expresión general: RT = Reconocimiento total en una determinada estimación de obra, igual a la sumatoria de los RI. RI = Reconocimientos Individuales en cada ítem, según los rubros sujetos a ajuste. RI = Monto ejecutado del ítem x ( FAMnc + FAMc + FAE + FACL + FAMT ) , siendo FAMnc, FAMc, FAE, FACL y FAMT los Factores de Ajuste correspondientes al ítem bajo ajuste, cuya forma de cálculo se describe a continuación:

  • I)

    MANO DE OBRA EN GENERAL El ajuste en este rubro se realizará en el mismo mes que el Gobierno emita un Decreto o Acuerdo estipulando una variación en el Salario Mínimo, independientemente del plazo que haya transcurrido desde la presentación de Oferta y la emisión del Acuerdo respectivo. Si el Acuerdo o Decreto establece retroactividad en su aplicación, esta condición se aplicará igualmente en los cálculos atinentes a este procedimiento. El primer ajuste se efectuará en el mismo mes que se decrete la primera variación del Salario Mínimo posterior a la fecha de licitación o presentación de la Oferta. El ajuste se hará tantas veces como variaciones se decreten en el Salario Mínimo, dentro del plazo contractual establecido, hasta su finalización. Con el propósito de simplificar la aplicación del procedimiento, se han unificado en un solo rubro los dos tipos de mano de obra normalmente empleados en la ejecución de proyectos (No Calificada y Calificada), que se ajustarán mediante un Índice común ponderado, compuesto por el Salario Mínimo y el IPC. Su incremento se reconocerá mediante la aplicación de la siguiente fórmula:

    - 218 - FAM = IPM ( ( ( 0.70 ( S / So ) + 0.30 ( IPC / IPCo ) ) - 1 ) donde: FAM = Factor de Ajuste de la Mano de Obra en general a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado, en una estimación. IPM = Incidencia Porcentual de la mano de obra en general en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo). S = Salario Mínimo decretado por el Gobierno, vigente para la zona del proyecto, correspondiente al período de ejecución de la estimación de obra bajo ajuste. So = Salario Mínimo decretado por el Gobierno, vigente para la zona del proyecto, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución. IPC = Índice de Precios al Consumidor según datos del Banco Central de Honduras, correspondiente al mes cuando se emite el Decreto que estipule una variación del Salario Mínimo, con posterioridad a la licitación o presentación de la Oferta. El valor del IPC permanecerá invariable durante todo el período entre una variación y otra del Salario Mínimo correspondiente. IPCo = Índice de Precios al Consumidor según datos del Banco Central de Honduras, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución.

  • II)

    EQUIPOS Y MAQUINARIA Su incremento se reconocerá dependiendo de la presencia parcial o ausencia total de divisas en el Contrato, según las fórmulas siguientes:

    • a)

      CONTRATOS CON OTORGAMIENTO PARCIAL DE DIVISAS (MÁXIMO 51 % DE DIVISAS).

      - 219 - Fórmula de Reconocimiento: FAE = IPE ( ( R / Ro ) – 1 ) donde, FAE = Factor de Ajuste de los Equipos y Maquinaria, en un ítem dado a multiplicar por el monto ejecutado en un Ítem determinado, en una estimación. IPE = Incidencia Porcentual del Equipo y Maquinaria en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo) R = Índice general de precios de los repuestos y partes tomado del US Department of Labor, Bureau of Labor Statistics para el renglón de Maquinaria de Construcción y Equipo (Construction Machinery and Equipment), del documento llamado Índices de los Precios de los Productos, vigente para el período de la estimación de obra bajo ajuste. Ro = Índice general del precio de los repuestos y partes tomado de US Department of Labor, Bureau of Labor Statistics, para el renglón de Maquinaria de Construcción y Equipo (Construction Machinery and Equipment), del documento llamado Índices de los Precios de los Productos, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución. En el caso que no se disponga oportunamente de este Índice generado en el exterior, se empleará el Índice más actualizado de que se tenga información y posteriormente se podrán efectuar los ajustes pertinentes. Las cantidades correspondientes a la Cláusula Escalatoria o Ajuste de Precios no formarán parte del monto de los contratos para efectos de otorgamiento de divisas; es decir que el Ajuste de Precios se pagará en todo caso en moneda nacional (Lempiras).

    • b)

      CONTRATOS SIN OTORGAMIENTO DE DIVISAS Fórmula de Reconocimiento FAE = IPE ( ( DV / DVo ) – 1 ) donde,

      - 220 - FAE, IPE son los mismos conceptos descritos en el inciso a) precedente. * DV = Valor de la divisa, o tasa cambiaria de compra, Lempira: US $ emitida por el Banco Central de Honduras, correspondiente al período de la estimación de obra bajo ajuste. * DVo = Valor de la divisa, o tasa cambiaria de compra, Lempira : US $ emitida por el Banco Central de Honduras, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución. * Una vez que la ONCAE realice las validaciones del caso, la Divisa como Indicador de Alza podrá sustituirse íntegramente por el Índice de Repuestos (IR) que en un futuro se emita en el Boletín de la CHICO o mediante las respectivas Certificaciones de Precios, como un valor más representativo de las variaciones que en el mercado local experimentan los Repuestos, llantas, partes y otros conceptos afines al Equipo y Maquinaria, empleada en la ejecución de las obras.

  • III)

    COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES El ajuste de este rubro se aplicará exclusivamente a los proyectos de obras viales y afines (carreteras, puentes y urbanizaciones), donde es intensivo el uso de equipos y maquinaria pesada. Su incremento se reconocerá mediante la aplicación de la siguiente fórmula: FACL = IPCL ( ( D / Do ) - 1 ) donde: FACL = Factor de Ajuste de los Combustibles y Lubricantes, a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado, en una estimación. IPCL = Incidencia Porcentual de los Combustibles y Lubricantes en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo). D = Precio Oficial del Diesel en Bomba para la zona del

    - 221 - Proyecto, decretado por el Gobierno, correspondiente al período de ejecución de la estimación de obra bajo ajuste. Do = Precio Oficial del Diesel en Bomba para la zona del Proyecto, decretado por el Gobierno, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución.

  • IV)

    MATERIALES Fórmula de Reconocimiento: FAMT = IPMT ( ( MAT / MATo ) – 1 ) donde, FAMT = Factor de ajuste de los Materiales, a multiplicar por el monto ejecutado en un ítem determinado, en una estimación. IPMT = Incidencia Porcentual de los Materiales en un ítem dado (tomada del cuadro de Incidencias Porcentuales anexo) MAT = Precio del Material o Canasta de Materiales (suma ponderada de sus precios individuales) más representativos o afines al Ítem, vigente para el período de la estimación de obra bajo ajuste o al precio al que se haya adquirido con el anticipo o bajo la modalidad de material almacenado o en bodega. MATo = Precio del Material o Canasta de Materiales (suma ponderada de sus precios individuales) más representativos o afines al Ítem, correspondiente a la fecha de 15 días antes de la respectiva licitación o recepción de oferta o el correspondiente a la fecha de la negociación de un nuevo Ítem durante la ejecución. Para establecer los precios de los materiales sujetos a reconocimiento, la cotización o valor a utilizar será siempre en las mismas condiciones, en la misma zona geográfica más cercana a la obra y con idénticas características durante toda la vigencia del contrato, a fin de evitar distorsiones y mantener la consistencia en los cálculos. En el caso de productos asfálticos, la confrontación de precios se hará “en puerto de entrada al país o en refinería”, según corresponda. Cuando fuere posible, dichos precios deberán provenir de

    - 222 - fuentes oficiales del mismo Gobierno, pudiendo además emplearse al efecto el rango de precios promedio o Tendencia Media que contiene el Boletín o las Certificaciones de Precios que periódicamente emite la Cámara Hondureña de la Industria de la Construcción (CHICO). Si se produjeren variaciones en los impuestos, estos se reconocerán por separado, previa investigación y análisis especial que efectuará el Gobierno. Los materiales objeto de reconocimiento por incremento de costos y que pueden seleccionarse para integrar la “canasta representativa de un ítem” en proyectos viales se limitarán específicamente a los siguientes: cemento tipo Portland, cal, acero, productos asfálticos (cementos asfálticos, asfaltos rebajados o asfaltos especiales), alambre de púas, explosivos, gaviones, neopreno, elementos prefabricados de concreto, tuberías de cualquier tipo, pintura y señales viales. Solamente en los contratos de construcción de puentes, cajas u otras estructuras mayores de drenaje, se efectuará el ajuste de precios incluyendo además la Madera, arena y grava como Indicador de Alza, bajo el mismo procedimiento descrito anteriormente. Cualquier otro material no comprendido en el listado anterior, no será sujeto de reconocimientos o ajustes en las obras viales y sus alcances deberán ser considerados por los Licitantes en sus distintos precios unitarios de oferta. Ver cuadro Anexo con consumo predeterminado de materiales clave en los proyectos viales. Dada la sensibilidad y repercusiones en el ajuste, para el caso especial de los diferentes productos asfálticos, cemento o la cal utilizados en proyectos de pavimentos, estabilizaciones u otros trabajos similares, o en el caso del cemento tipo Portland empleado en estructuras de gran magnitud, su consumo por unidad de medida (rendimiento) para encontrar su peso o influencia en la composición porcentual del ítem ( Incidencia Porcentual IP ) y su ajuste por unidad de medida, se determinará únicamente en función de la fórmula de trabajo específica que se derive del respectivo diseño de proporciones de mezcla que certifique el Supervisor encargado para ese proyecto. Los precios de estos u otros materiales deberán ser obtenidos directamente de fuentes confiables y objetivas. Los materiales objeto de reconocimiento por incremento de costos y que pueden seleccionarse para integrar la “canasta representativa de un ítem o proyecto” en proyectos de Edificaciones y obras afines, serán listadas predeterminadamente en cada ítem pero su distribución, peso o incidencia en este rubro será obtenida de la respectiva Ficha de Costos presentada por el

    - 223 - Contratista con su oferta, a objeto de buscar la mayor exactitud y similitud posible con el trabajo a desarrollar. Esta distribución se hará sumando los costos de cada uno de los materiales previamente listados, con lo cual se obtendrá el 100% de los materiales clave seleccionados; luego el costo de cada material se dividirá entre este total sumado, para obtener el correspondiente peso relativo o participación porcentual, la cual finalmente se reducirá o referirá al Porcentaje global o Incidencia Porcentual que el Cuadro general señale en forma fija para ese Ítem, en el renglón de Materiales. Tales materiales clave incluyen entre otros: cemento, acero, láminas de distinto tipo, canaletas, accesorios eléctricos y sanitarios, madera, agregados pétreos, ventanería, material selecto, pisos varios, cerámica, ladrillo, bloques, luminarias, pinturas, tuberías, ductos, accesorios tipo, etc. Cuando en un mismo ítem de obra se presenten varios elementos del mismo tipo (p.e. varios tipos de varilla de acero en un mismo concepto), se elegirá uno o hasta tres elementos que sean los más representativos o con mayor peso o influencia en el ítem, a objeto de simplificar los cálculos y la consecuente aplicación del procedimiento. Cuando el Contratista utilice elementos estructurales prefabricados de alta complejidad (vigas pre – esforzadas, columnas, y otros productos similares ), que por razones especiales el Contratista no fabrique en sus planteles o en el sitio de la Obra, tal como lo ofertó y lo reflejó en sus fichas de costos, si no que ya en el desarrollo del proyecto le compre a un proveedor determinado, previa autorización escrita del Supervisor y el Contratante, los cálculos para su ajuste de precios en función de las cantidades consumidas en obra y usando los precios finales del proveedor, se harán tomando en cuenta la relación resultante de dividir el diferencial de precios finales del proveedor, entre el Factor de Sobrecosto FS o de Indirectos que el propio Contratista haya considerado en las Fichas de Costos de su Oferta, para el Ítem en cuestión, así: Precio utilizado para Ajuste: (Precio actual - Precio oferta) / FS Ajuste = Precio de Ajuste x Cantidad de Obra consumida en el período Lo anterior en virtud que no se efectúa ningún ajuste en la porción de los gastos indirectos. A estos propósitos, el Gobierno efectuará las revisiones e investigaciones que considere necesarias y el Contratista deviene obligado a brindar todas las facilidades del caso

    - 224 - Cuando se utilice Concreto Premezclado en cualquier tipo de elemento o estructura, independientemente de su complejidad o magnitud, (soleras, zapatas, muros, columnas, vigas, etc.), la llamada “Canasta de Materiales” fijada para denotar los Ajustes en el renglón de los Materiales, se sustituirá directamente por el Precio del Concreto Premezclado que figure en el Boletín de la CHICO, como Índice para ajustar dicho renglón. El ajuste en Equipos o aditamentos especiales que se incorporen a la obra, tales como ascensores, aires acondicionados, equipos de seguridad, aparatos electrónicos o de telecomunicaciones, luminarias no convencionales, artículos suntuarios, pintura vial, señales viales y otros bienes especializados similares, los cuales no puedan ser certificados la variación de precio por la CHICO entonces se hará por medio de la variación en la Divisa (tasa cambiaria de compra Lempira : US$), entre la fecha del compra del bien y el valor ofertado originalmente, agregándole un dos por ciento (2 %) anual aplicado proporcionalmente si fuere el caso, para cubrir la propia inflación en el país de origen, siempre y cuando haya transcurrido al menos noventa días calendario entre la presentación de la Oferta y la compra del bien. Los valores de los Índices de ajuste y los precios de los Materiales representativos para un proyecto en particular, de la naturaleza que fuere, deben ser obtenidos de una misma fuente confiable y con iguales características, a fin de mantener la homogeneidad y consistencia del procedimiento, a lo largo del desarrollo de la obra. Los Materiales que sean adquiridos para ser almacenados o colocados en Bodega se ajustaran o escalaran únicamente en el período comprendido entre la fecha de presentación de la Oferta y la fecha de adquisición del bien. Se exceptúan de reconocimiento o ajuste de precios aquellos materiales que de alguna manera hubieren sido obtenidos en calidad de Donación, o que sean suministrados directamente por el Contratante. B) Si en el mismo período que abarque una determinada estimación de obra se suscitan dos o más valores de los Índices de Ajuste (Índice de Precios al Consumidor, Salario Mínimo, precio del Diesel, valor del Índice de Equipos y Maquinaria del US Department of Labor, valor de la Divisa, Materiales representativos, etc. ) se deberá efectuar una ponderación de dichos valores, de acuerdo a su respectiva duración en el período de la estimación de obra bajo ajuste, a fin de obtener un único valor que sirva en el Índice respectivo.

    - 225 - C) Los cálculos en las fórmulas de ajuste se realizarán con un máximo de cuatro (4) cifras significativas a la derecha del punto decimal (diezmilésima), haciendo las aproximaciones del caso. Para obtener el valor final del ajuste en Lempiras, se aproximarán los cálculos resultantes a la segunda cifra decimal (centésima). D) Cuando se ejecute obra más allá del plazo contractual establecido, bajo el régimen de Multa o Penalización de acuerdo al contrato, los valores de los Índices de Ajuste y de los precios de los materiales y servicios a utilizar hasta la completación del contrato, serán los vigentes a la fecha de vencer el último plazo que haya estado protegido contractualmente con la aplicación de la Cláusula Escalatoria o Ajuste de Precios, conforme lo indicado en la Ley de Contratación del Estado. En el caso que se negocien precios unitarios para nuevos ítems que deban ser incorporados a la Lista de Cantidades (Presupuesto de la obra) por no figurar en los cuadros de la Oferta original, los valores base o de origen para los Índices de Ajuste aplicables a estos nuevos ítems, serán los prevalecientes a la fecha o mes en que se haya producido dicha negociación. En caso de que los pagos en moneda extranjeras representen 51% o más del monto total del contrato, se aplicará el siguiente mecanismo de ajuste de precios: No Aplica Los montos autorizados en cada estimación de obra, antes de las deducciones por concepto de anticipo, se deberán ajustar aplicando el respectivo factor de ajuste de precios a los montos que deban pagarse en cada moneda. Para cada moneda del Contrato se aplicará por separado una fórmula similar a la siguiente: Pc = Ac + Bc (Imc/Ioc) en la cual: Pc es el factor de ajuste correspondiente a la porción del Precio del

    - 226 - Contrato que debe pagarse en una moneda específica, "c"; Ac y Bc son coeficientes1 estipulados en las CEC que representan, respectivamente, las porciones no ajustables y ajustables del Precio del Contrato que deben pagarse en esa moneda específica "c", e Imc es el índice vigente al final del mes que se factura, e Ioc es el índice correspondiente a los insumos pagaderos, vigente 28 días antes de la apertura de las Ofertas; ambos índices se refieren a la moneda “c” Los coeficientes para el ajuste de precios son: (a) El procedimiento para reconocimiento de mayores costos o ajuste de precios se hará mediante la fórmula que se describe en el acuerdo Presidencial No. A-003-2010, publicado en el No. 32,118 del Diario Oficial La Gaceta de fecha 20 de enero del 2010. La supervisión verificará y revisará los ajustes conforme al listado promedio mensual de certificados extendidos por la Cámara de la Construcción (CHICO), del período comprendido de la respectiva estimación y quince días antes de la presentación de la oferta. 1 La suma de los dos coeficientes, Ac y Bc, debe ser igual a l (uno) en la fórmula correspondiente a cada moneda. Normalmente, los dos coeficientes serán los mismos en todas las fórmulas correspondientes a las diferentes monedas, puesto que el coeficiente A, relativo a la porción no ajustable de los pagos, por lo general representa una estimación aproximada (usualmente 0,15) que toma en cuenta los elementos fijos del costo u otros componentes no ajustables. La suma de los ajustes para cada moneda se agrega al Precio del Contrato.

    - 227 - CEC 48.1 El monto de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las Obras: la multa diaria aplicable se fija en cero punto treinta y seis por ciento (0.36%), en relación con el monto total del saldo del contrato por el incumplimiento del saldo, tal como lo estipulado en el Art. N° 113.- Disposiciones Generales del Presupuesto para el año 2024 por día. El monto máximo de la indemnización por daños y perjuicios para la totalidad de las Obras es del quince (15%). Se establecen las siguientes sanciones, notificándole al contratista, de conformidad al procedimiento correspondiente, y se descontará de la estimación mensual más próxima, así: Por no portar la imagen corporativa del Contratante (cascos, vallas, rótulos y por no colocar y/o mantener las vallas de identificación de proyectos, señalización de peligro, tales como cintas de seguridad a ambos lados de las excavaciones y/o rotulación, o por utilizar propaganda en la maquinaria que utiliza sin la autorización del contratante L 1,000.00 lempiras diarios, hasta que estas hayan sido solventadas. CEC 50.1 El pago (los pagos) por anticipo será(n) de: quince por ciento (15%) del monto del contrato y se pagará(n) al Contratista a más tardar en quince días de la fecha de presentación de la garantía de anticipo y cumplimiento de contrato. La vigencia de la garantía de anticipo es de un mes adicional al plazo de ejecución. La garantía presentada deberá ser acompañada de una Declaración expresa de Responsabilidad, extendida por el Representante Legal de la institución garante que las emita, cuya firma deberá ser autenticada por Notario, dicho representante deberá expresar en la misma que quienes suscribieron la garantía poseen firma autorizada para emitir tales documentos de acuerdo al Artículo 242 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, asimismo, en dicha declaración se hará constar que su representada no se encuentra comprendida en alguna de las situaciones señaladas en los literales a), b), c) y d) del Artículo 241 del mismo Reglamento, en el caso de que la garantía sea un cheque certificado, el literal d) de este Artículo no se exigirá. CEC 50.2 El Contratista debe de presentar Garantía de Calidad, en los términos dispuestos en la Cláusula 50.2 de las CGC.

    - 228 - En caso de que se exija Garantía de Calidad, agregar: “La Garantía de Calidad deberá estar vigente por un plazo de doce (12) meses contados a partir de la fecha del Acta de Recepción Definitiva de la Obra. La garantía presentada deberá ser acompañada de una Declaración expresa de Responsabilidad, extendida por el Representante Legal de la institución garante que las emita, cuya firma deberá ser autenticada por Notario, dicho representante deberá expresar en la misma que quienes suscribieron la garantía poseen firma autorizada para emitir tales documentos de acuerdo al Artículo 242 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, asimismo, en dicha declaración se hará constar que su representada no se encuentra comprendida en alguna de las situaciones señaladas en los literales a), b), c) y d) del Artículo 241 del mismo Reglamento, en el caso de que la garantía sea un cheque certificado, el literal d) de este Artículo no se exigirá. CEC 51.1 El monto de la Garantía y/o Fianzas de Cumplimiento es del 15% por ciento Con una vigencia de tres meses adicionales al plazo de ejecución. La garantía presentada deberá ser acompañada de una Declaración expresa de Responsabilidad, extendida por el Representante Legal de la institución garante que las emita, cuya firma deberá ser autenticada por Notario, dicho representante deberá expresar en la misma que quienes suscribieron la garantía poseen firma autorizada para emitir tales documentos de acuerdo al Artículo 242 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, asimismo, en dicha declaración se hará constar que su representada no se encuentra comprendida en alguna de las situaciones señaladas en los literales a), b), c) y d) del Artículo 241 del mismo Reglamento, en el caso de que la garantía sea un cheque certificado, el literal d) de este Artículo no se exigirá. E. Finalización del Contrato CEC 55.1 (a) El plazo máximo para que el Contratista proporcione al Supervisor de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que considere que se le adeuda en virtud del contrato será de quince (15) días después de la emisión de la Certificación mencionada en la Cláusula 54.3. (b) El plazo máximo para que el Supervisor de Obras se pronuncie sobre la aceptación o

    - 229 - rechazo del estado de cuenta detallado será de veinticinco (25) días a partir del día siguiente a la fecha de recepción del mismo. (c) El plazo máximo para emitir el certificado de pago será de quince (15) días después de la notificación de aceptación del estado de cuenta; (d) El plazo máximo para intentar la conciliación del balance final y otros detalles del estado de cuenta será de quince (15) días a partir del día siguiente de la fecha de notificación de rechazo del estado de cuenta. (e) Si la conciliación no fuese exitosa el plazo máximo para que el Supervisor de Obras emita el certificado de pago será de quince (15) días a partir del día siguiente a la fecha de conclusión del periodo de conciliación CEC 56.1 Los Manuales de operación y mantenimiento deberán presentarse a más tardar quince (15) días después de finalizadas las obras y serán responsabilidad del Contratista. Los planos actualizados finales deberán presentarse a más tardar quince (15) días después de finalizadas las obras y serán responsabilidad del Contratista. Por no cumplir con la presentación de los planos actualizados finales y/o los manuales de operación y mantenimiento en la fecha establecida en las CEC 56.1 retendrá el acta de recepción final. CEC 57.2 (11) El número máximo de días es de cuarenta y dos (42); consistente con la Sub cláusula 48.1 sobre liquidación por daños y perjuicios. APENDICE "A" OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA I. PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR EL PROGRAMA DE TRABAJO En consistencia con la Cláusula CEC 27, el Programa de trabajo que elabore el Contratista, debe contener por lo menos los aspectos siguientes:

    APENDICE “A” OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

    • I)

      P R O C E D I M I E N TO PA R A E L A B O R A R E L PROGRAMA DE TRABAJO En consistencia con la Cláusula CEC 27, el Programa de trabajo que elabore el Contratista, debe contener por lo menos los aspectos siguientes:

      • 1)

        El sistema de programación debe estar basado en el método CPM (Critical Path Method), con indicación de ruta crítica, utilizando para ello el Ms Project o similar.

      • 2)

        Adjuntar la Metodología de Construcción. Como organizará los frentes de trabajo (dar información como: Cuantos frentes, ubicación de estos, funciones, equipo, personal y materiales para cada frente, etc.). Que supuestos ha considerado en el análisis de la programación de la obra. Estrategia a seguir cuando se dañe el equipo disponible.

      • 3)

        Análisis climatológico que determine la lluvia y el viento que puedan provocar atrasos en la ejecución del proyecto. El efecto del resultado de este análisis debe ser considerado en la determinación de la producción diaria para las actividades de obra que correspondan.

      • 4)

        Análisis de afectaciones prediales.

      • 5)

        Detallar en el programa de trabajo todas las actividades de obra de la Lista de Cantidades y Precios Unitarios de la Oferta manteniendo el mismo orden de dicha Lista. Asimismo, detallar cuando corresponda las sub- actividades o procesos para llegar a obtener la actividad principal.

      • 6)

        Asignar el calendario de trabajo del proyecto con las inhabilitaciones que correspondan (feriados, vacaciones, días libres, etc.).

      • 7)

        Relacionar las actividades asignándole los predecesores en el orden lógico y definir la ruta crítica. Se debe de minimizar el uso de delimitaciones o fechas fijas para las tareas y cuando se utilicen deberá acompañarse una explicación del porqué se ha considerado la delimitación.

      • 8)

        Fijar los hitos o productos entregables en fechas intermedias del plazo contractual. Cada hito debe ser el producto de un proceso y debe estar relacionado con las tareas que le preceden. Por tratarse de puntos de control del avance de las obras, se deberá indicar en el programa de trabajo, de manera clara las fechas en que estarán finalizados al 100% los hitos o metas.

      • 9)

        Acompañar una memoria de cálculo que muestre que las duraciones de las tareas han sido obtenidas a partir de los rendimientos de los recursos considerados. En la memoria se debe incluir una tabla de rendimientos de equipo y mano de obra para las actividades o conceptos de obra de mayor incidencia en costo y tiempo.

      • 10)

        Asignar costos en Lempiras a cada una de las actividades obra de la Lista de Cantidades y precios y en base a ello obtener el flujo de desembolso.

      • 11)

        El programa deberá ser impreso en tamaño carta o legal y estará compuesto por los siguientes documentos:

        • a)

          Diagrama de Gantt que muestre las duraciones, fechas de inicio y fin y predecesores.

        • b)

          Flujo de Caja por mes calendario de todo el plazo de ejecución.

      • 12)

        Una vez revisado el Programa de Trabajo y hechos los ajustes requeridos por el Supervisor y el Contratante (Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC), a los cuales está obligado el Contratista, deberá grabarse la línea base y ser oficializado mediante las firmas del Supervisor y el Contratista y enviarle una copia al Contratante en forma impresa y digital modificable.

    • II)

      PROCEDIMIENTO PARA LA ACTUALIZACIÓN DEL PROGRAMA DE TRABAJO En consistencia con la Cláusula CEC 27.1, el procedimiento para actualizar el Programa de Trabajo y darle seguimiento, será como sigue:

      • 1)

        El Contratista deberá analizar junto con el Supervisor y la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC las razones de los desfases si los hubiere y dará las soluciones para recuperarlos. Tales razones deben ser registradas en el Programa de Trabajo, haciendo uso de la herramienta “notas” del Ms Project en cada una de las actividades de obra que hayan sido afectadas.

      • 2)

        Si las razones de los desfases no son imputables al Contratista se deberá hacer una reprogramación, analizando cada ítem afectado haciéndole los cambios de programación que procedan y determinar si se afecta o no la ruta crítica.

      • 3)

        En el caso de tener que reprogramarse la obra por razones imputables al Contratista, se procederá como sigue:

        • a)

          Mantener la duración total de la obra dentro del plazo contractual.

        • b)

          Las actividades ejecutadas se mantendrán con las fechas de inicio y fin reales de ejecución.

        • c)

          A las actividades pendientes de ejecutar se les harán las modificaciones, dándoles las duraciones de tal manera de no afectar la ruta crítica, por lo que de ser necesario para mejorar el rendimiento deberán aumentarse los recursos. En todo lo que aplique se deberá cumplir con el mismo procedimiento indicado en el numeral II de este Apéndice.

      • 4)

        La fecha de presentación del programa actualizado (en forma impresa y digital modificable) será el indicado en la Cláusula CEC 27.3 del Contrato. La forma digital puede ser remitida por correo electrónico al Supervisor y al Contratante (Dirección de Control y Seguimiento).

    • III)

      PROCEDIMIENTO PARA LA PRÓRROGA DEL PLAZO PREVISTO DE TERMINACIÓN En consistencia con la Cláusula CEC 28, el procedimiento para aprobar una Prórroga del plazo previsto de terminación, será como sigue:

      • 1)

        El Contratista presentará una carta de solicitud al Supervisor con copia a la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC, acompañando las evidencias que justifiquen el tiempo solicitado y una reprogramación que muestre como ha sido afectada la ruta crítica, para lo cual debe justificar por cada actividad de obra, el cambio en la duración con respecto al Programa de Trabajo oficialmente aprobado; así mismo, debe dar las justificaciones en caso de hacer cambios en las actividades predecesoras y en las fechas de inicio de cada actividad. El supervisor deberá realizar el análisis correspondiente y elaborar un dictamen de dicha solicitud en un plazo no mayor de 10 días posteriores al recibo de la solicitud.

      • 2)

        La Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC, previo dictamen del Supervisor deberá analizar la solicitud y emitir una opinión dentro del plazo establecido en las CEC 28.2 del contrato a partir del recibo de la copia de dicha solicitud. La Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC deberá remitir este dictamen a la Gerencia de Licitaciones y Adquisiciones de la AMDC con copia al Contratista. La prolongación del plazo de ejecución de las obras establecido en el contrato de construcción se hará de acuerdo a un estudio del Programa de Trabajo del Proyecto y la ampliación en plazo estará en función del tiempo en que resulte afectada la Ruta Crítica.

      • 3)

        La Gerencia de Licitaciones y Adquisiciones de la AMDC procesará, y procederá a elaborar suscribir la Modificación de contrato para formalizar la ampliación de plazo.

      • 4)

        El programa de trabajo actualizado con la ampliación de plazo aprobada, será formalizado con las firmas de los representantes del Contratista, el Supervisor y la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC.

    • IV)

      DESGLOSE DE PRECIOS UNITARIOS En consistencia con la Cláusula CEC 38, se requiere que el análisis de precios unitarios cumpla con lo siguiente:

      • 1)

        El costo directo del análisis de precios unitarios debe estar clasificado en tres componentes, cada uno por separado: (

        • 1)

          los materiales con el detalle del impuesto por separado, (

        • 2)

          la mano de obra; y, (

        • 3)

          el equipo y herramientas.

      • 2)

        Materiales.- Debe detallarse todos los materiales involucrados en la actividad, los rendimientos y el precio por unidad de cada material. El precio por unidad debe ser puesto en obra y debe estar soportado por la respectiva cotización. Se debe acompañar un desglose separado del precio por unidad del material, cuando éste no sea igual al reflejado en la cotización.

      • 3)

        Mano de Obra.- Debe detallarse toda la mano de obra por categoría, los rendimientos en horas-hombre y el precio por cada hora-hombre incluyendo todas las cargas sociales que correspondan.

      • 4)

        Equipo.- Debe detallarse los diferentes tipos de equipo a ser utilizados en la actividad, los rendimientos en horas y

        el precio por cada hora. La tarifa horaria de cada equipo considerado, debe estar respaldada por el respectivo desglose.

      • 5)

        Los rendimientos deben indicar cuantas horas-hombre de mano de obra, horas-máquina y cantidad de material, se requieren para construir una unidad de la actividad a que corresponda el análisis de precios. El rendimiento debe ser expresado en cantidades, no en porcentaje.

      • 6)

        Costos Indirectos. Se debe presentar una memoria de cálculo detallada de donde se obtuvo el factor de sobrecosto (gastos generales y utilidad).

      • 7)

        Se debe desglosar por separado el valor correspondiente a todos los impuestos que manda la ley hondureña.

      • 8)

        El orden de presentación de las fichas de costos debe ser igual al orden de los conceptos de obra detallados en la Lista de Cantidades. Estos análisis servirán de base para cualquier ajuste, ponderación o cálculo que se requiera realizar durante la ejecución del proyecto, por lo cual la información suministrada deberá ser cuidadosamente analizada por el Contratista y apegada a las condiciones reales del trabajo requerido. Así mismo serán utilizados para formular los costos de los trabajos por obra no prevista. Si las fichas de costos no son presentadas en la forma aquí estipulada, el Contratante se reserva el derecho de hacer la interpretación que a su juicio sea la más adecuada para ser utilizada en cualquier análisis que se requiera durante la ejecución del proyecto. V. RECEPCIÓN DE LAS OBRAS Y EMISIÓN DEL CERTIFICADO DE TERMINACIÓN DE LAS OBRAS. En consistencia con la Cláusula CEC 54 y 55, cuando las obras estén listas para ser recepcionadas el Supervisor preparará un informe donde conste la fecha de terminación de los trabajos y la siguiente información: a. Los resultados de la inspección física de las obras ejecutadas. b. Los resultados de las pruebas requeridas, si las hay, previo a la recepción de las obras. c. Los resultados de la constatación de posibles imperfecciones o defectos de construcción. d. Los resultados de la constatación del retiro de las instalaciones del lugar de trabajo y de la reposición de los terrenos y lugares a su estado normal. e. Los resultados de la constatación relacionada con la terminación de los trabajos que estuvieran incompletos. f. Visto bueno de las empresas de servicios públicos correspondiente, en el caso de obras de Redes. g. o de las cantidades de obra finales ejecutadas con el respectivo monto final.

        Este informe debe ser presentado a la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC, a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles después de finalizada las actividades pendientes, si las hay o, si no las hay, después de recibida la notificación del Contratista de haber finalizado los trabajos. Después de recibido el informe del Supervisor, la AMDC nombrará una Comisión de Recepción para que haga la verificación de los trabajos y del informe del Supervisor. Cuando la Comisión apruebe el informe, será suscrito el Certificado de Terminación de las Obras por los representantes del Contratista, el Supervisor, la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC y por los Miembros de la Comisión de Recepción. VI. EQUIPO El Contratista está obligado a mantener el equipo esencial para la ejecución de los trabajos de acuerdo al Programa de trabajo, en la misma o mejor condición o estado que la ofrecida, debiendo requerir de la autorización del Supervisor y la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC para retirarlo del proyecto. En caso de que el equipo del Contratista no estuviese en buenas condiciones, con la simple instrucción del Supervisor deberá retirarlo del proyecto y sustituirlo por otro en buen estado de funcionamiento en un término no mayor del requerido para que la actividad en ejecución no se desfase. VII. USO DE BITÁCORA En consistencia con la Cláusula CEC 23, el uso frecuente de la bitácora es obligatorio tanto por el Contratista como por el Supervisor y el representante de la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC. La custodia de la bitácora corresponde al Supervisor y siempre debe estar disponible para las partes involucradas en el Proyecto. Le corresponde al Supervisor hacer el cierre de la Bitácora cuando finalice el Proyecto. VIII. O B L I G A C I Ó N D E L C O N T R AT I S TA D E COMUNICAR SOBRE CUALQUIER ERROR EN LOS DOCUMENTOS CONTRACTUALES El Contratista está obligado a informar al Supervisor y a la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC de cualquier error que encuentre en los documentos, planos o especificaciones o cualquier hecho o circunstancia que pueda afectar la calidad, tiempo o costo de los trabajos a ser ejecutados bajo el contrato, con el propósito de tomar oportunamente las medidas correctivas que correspondan. La comunicación debe hacerla a más tardar dentro de los cinco (5) días hábiles a partir de la fecha en que haga el descubrimiento. El incumplimiento de esta obligación por parte del Contratista lo hará responsable de los perjuicios que se generen en su contra o en contra del Contratante.

        IX ÓRDENES DE CAMBIO (VARIACIONES) En consistencia con las Cláusulas CEC 39 del Contrato, los documentos requeridos para conformar una Orden de Cambio son los siguientes:

        • a)

          Generales del Proyecto: Se deben indicar todos los datos relevantes correspondientes al contrato de ejecución de la obra

        • b)

          Resumen Orden de Cambio (resumen de actividades propuestas y costos)

        • c)

          El Proyecto (Descripción del Proyecto)

        • d)

          Justificación y Obra Propuesta para la Orden de Cambio

        • e)

          Cuadro de la Orden de Cambio

        • f)

          Memoria de Cálculo de Cantidades de Obra

        • g)

          Fichas de Costo Unitario (correspondientes a las actividades nuevas)

        • h)

          Especificaciones Técnicas (correspondientes a las actividades nuevas)

        • i)

          Planos

        • j)

          Fotografías

        • k)

          Copias de Bitácora

        • l)

          Nota de aprobación de la supervisión X. PROCEDIMIENTO PARA MODIFICACIÓN DE CONTRATO POR ORDEN DE CAMBIO En el marco de la Cláusula CEC 39, del Contrato, el procedimiento para formalizar una Modificación de Contrato será el siguiente: 1. El supervisor revisará y analizará las Órdenes de Cambio y emitirá un informe conteniendo el dictamen de aprobación y lo enviará a la Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC, acompañando las evidencias que justifiquen el cambio de cada una de las actividades y de ser necesario una reprogramación en caso que sea afectada la ruta crítica. El Informe del supervisor incluirá lo siguiente:

          • 1)

            Antecedentes

          • 2)

            Cambios

          • 3)

            Justificación de los cambios

          • 4)

            Dictamen técnico, financiero y legal sobre la procedencia de la orden de cambio

          • 5)

            Anexos: 5.1 Fotografías 5.2 Cuadro de lista de cantidades, donde se reflejen de Xn1 a Xnx las órdenes de cambio y/o modificaciones en columnas separadas, incluir en este cuadro una columna con el avance porcentual financiero y físico de cada una de las actividades al momento de hacer la solicitud de orden de cambio en aquellas actividades que se consideran más relevantes. 5.3 Cronograma actualizado (con análisis de afectación de ruta crítica). 5.4 Para actividades nuevas, un análisis de precios. 5.5 Especificaciones y planos (si aplica) de las actividades nuevas, además de la memoria de cálculo.

            2. La Dirección de Control y Seguimiento de la AMDC, deberá analizar la Orden de Cambio y el dictamen e informe del supervisor y emitir una aprobación para luego remitir la solicitud de Modificación de Contrato a la Gerencia de Licitaciones y Adquisiciones de la AMDC. En caso de requerirse una ampliación en el plazo previsto para la terminación de las obras como resultado de la aprobación de la Orden de cambio deberá acompañarse de los documentos establecidos en el Apartado III de este ÁPENDICE. La Dirección de Control y Seguimiento remitirá la solicitud de Modificación acompañada de la orden de cambio y el informe del supervisor. 3. La Gerencia de Licitaciones y Adquisiciones de la AMDC procesará y suscribirá la Modificación de contrato para formalizar la Orden de Cambio. XI. REQUISITOS EMPRESA CONSTRUCTORA PARA PAGO DE ANTICIPO En el marco de la Cláusula CEC 50, los contratistas deben respetar el orden y los requisitos de todos documentos enumerados a continuación, su forma de presentación debe ser encuadernada con su ORIGINAL junto con un juego de COPIA ADICIONAL:

            • 1)

              Solicitud para trámite de anticipo, indicando nombre del proyecto, N°. de contrato, código y monto. Dirigido al Director de Control y Seguimiento.

            • 2)

              Documentación Requerida: a. Recibo de cobro normal en hoja membretada del contratista, el recibo debe presentarse por el monto neto a recibir. (Firmado y sellado).

            • 3)

              Información contractual y fianzas bancarias: a. Fotocopia del contrato. b. Fotocopia de Fianza de Anticipo. c. Fotocopia de Fianza de Cumplimiento.

            • 4)

              Información general: A. Copia del Documento Nacional de Identificación del representante legal. B. Copia de Solvencia Municipal del representante legal. C. RTN Numérico del representante legal. D. RTN numérico de la empresa. E. Constancia de Pagos a cuenta de la SAR. F. Permiso de operación de la empresa. G. Constancia de Volumen de ventas o copia del recibo de pago del banco (deberá estar al día). H. Constancia de inscripción de proyecto en la cámara Hondureña de la Industria y de la Construcción. (CHICO). ORIGINAL primer pago o anticipo y en las subsiguientes estimaciones se adjuntará copia. XII REQUISITOS EMPRESA CONSTRUCTORA ESTIMACIONES En el marco de la Cláusula CEC 42, los contratistas deben respetar el orden y los requisitos de todos documentos

              enumerados a continuación, su forma de presentación debe ser encuadernada con su ORIGINAL junto con un juego de COPIA ADICIONAL: 1. Solicitud para trámite de estimación, indicando nombre del proyecto, N°. de contrato, código, periodo y monto. Dirigido al Director de Control y Seguimiento. 2. Documentación Requerida: a. Recibo original de cobro (boleta de venta o factura) de acuerdo al nuevo régimen de facturación SAR, de estimación indicando periodo, nombre, número y código del proyecto (en caso de haber solicitado anticipo, detallarlo) el recibo debe presentarse por el monto neto a recibir. (Firmado y sellado). b. Recibo de cobro normal en hoja membretada del contratista, (en caso de haber solicitado anticipo, desglosar las cantidades) el recibo debe presentarse por el monto neto a recibir. (Firmado y sellado). c. Cuadro de estimación. d. Estado financiero y físico del proyecto. e. Memoria de cálculo. f. Resumen fotográfico. (Físico mínimo 6 fotografías). g. Informe técnico del proyecto de la supervisión. h. Hojas de Bitácora (color amarillas) i. Cronograma actualizado mensualmente. j. Cambios realizados en la estructura presupuestaria del proyecto. (órdenes de cambio con su respectiva justificación de orden de cambio). k. En la última estimación deberá presentar el acta de recepción definitiva ORIGINAL. 2. Información contractual y fianzas bancarias: A. Fotocopia del contrato. B. Fotocopia de orden de inicio (se deberá notificar por escrito a la Dirección la fecha en que iniciarán las obras y si será a cuenta y riesgo). C. Fotocopia de Fianza de Anticipo o nota de renuncia al anticipo cuando aplique, dirigido al Ing. Benjamín Bustamante (Director de Control y Seguimiento). D. Fotocopia de Fianza de Cumplimiento. E. Fotocopia de fianza de calidad de obra (Último pago). 3. Información general: A. Copia del Documento Nacional de Identificación del representante legal. B. Copia de Solvencia Municipal del representante legal. C. RTN Numérico del representante legal. D. RTN numérico de la empresa. E. Constancia de Pagos a cuenta de la SAR. F. Permiso de operación de la empresa. G. Constancia de Volumen de ventas o copia del recibo de pago del banco (deberá estar al día). H. Constancia de inscripción de proyecto en la Cámara Hondureña de la Industria y de la Construcción (CHICO). ORIGINAL primer pago o anticipo y en las subsiguientes estimaciones se adjuntará copia.

              - 244 - A Desvio Cauce de quebrada A .

              Limpieza de cauce de quebrada m2 360.00 L 50.60 L 18,216.00 A .

              Excavación de material Tipo III (con compresor) m3 36.00 L 2,263.20 L 81,475.20 A .

              Acarreo de Materia de Desperdicio (interno) m3 46.80 L 340.98 L 15,957.86 A .

              Protección del desvío del cauce (con sacos) m. 100.00 L 92.90 L 9,290.00 SUB TOTAL L 124,939.06 B Muro #1 B .

              Trazado y Marcado m. 20.00 L 231.22 L 4,624.40 B .

              Demolición de elementos de concreto/mampostería m3 20.00 L 2,201.54 L 44,030.80 B .

              Canalización Cauce de Quebrada m3 60.00 L 303.60 L 18,216.00 B .

              Estructura de andamios para soporte de viviendas m2 200.00 L 586.11 L 117,222.00 B .

              Excavación de Material Tipo III (con compresor) m3 129.60 L 2,263.20 L 293,310.72 B .

              Acarreo de Materia de Desperdicio (interno) m3 246.48 L 340.98 L 84,044.75 B . Nivelación y Compactación Mat. Selecto base de Muro m3 12.96 L 833.18 L 10,798.01 G. Constancia de Volumen de ventas o copia del recibo de pago del banco (deberá estar al día). H. Constancia de inscripción de proyecto en la cámara Hondureña de la Industria y de la construcción (CHICO). ORIGINAL primer pago o anticipo y en las subsiguientes estimaciones se adjuntará copia. Apendice B LPuNO-007-AMDC-044-2024 Financiado con Fondos Municipales PROYECTO : OBRAS DE PROTECCIÓN DE CAUCE Y MEJORAMIENTO HIDRÁULICO EN LA COL. BERNARDO DAZZY Código No. UMGIR-0005 UBICADO EN : Municipio del Distrito Central, Francisco Morazán Ite m DESCRIPCIÓN Construcciones y Equipos Baruch, S. de R.L. de C.V. Unida d Cantid ad Precio Unitario (LPS) Total Revisado (LPS.)

              - 245 -

              B .

              Construcción Muro de Mampostería m3 250.80 L 2,959.01 L 742,119.71 B .

              Suministro e Instalación de Malla Geotextil m2 100.94 L 445.44 L 44,962.71 B .

              Filtro de material granular(Grava Gruesa, Incluye Acarreo) m3 30.28 L 834.90 L 25,280.77 B .

              Relleno y compactado con material selecto m3 288.00 L 833.18 L 239,955.84 B .

              Emplantillado de concreto, e=20 cm m2 18.00 L 826.51 L 14,877.18 SUB TOTAL L 1,639,442.89 C Muro # 2 C .

              Trazado y Marcado m. 20.00 L 231.22 L 4,624.40 C .

              Canalización Cauce de Quebrada m3 60.00 L 303.60 L 18,216.00 C .

              Excavación de Material Tipo III (con compresor) m3 138.00 L 2,263.20 L 312,321.60 C .

              Acarreo de Materia de Desperdicio (interno) m3 257.40 L 340.98 L 87,768.25 C .

              Nivelación y Compactación Mat. Selecto base de Muro m3 11.04 L 833.18 L 9,198.31

              - 246 - C .

              Construcción Muro de Mampostería m3 175.68 L 2,959.01 L 519,838.88 C .

              Suministro e Instalación de Malla Geotextil m2 88.07 L 445.44 L 39,229.90 C .

              Filtro de material granular(Grava Gruesa, Incluye Acarreo) m3 26.42 L 834.90 L 22,058.06 C .

              Relleno y compactado con material selecto m3 210.00 L 833.18 L 174,967.80 C .

              Emplantillado de concreto, e=20 cm m2 18.00 L 826.51 L 14,877.18 SUB TOTAL L 1,203,100.38 D Disipador y Cauce de quebrada D .

              Trazado y Marcado m. 20.00 L 231.22 L 4,624.40 D .

              Demolición enchape de Piedra, cauce de quebrada. m2 36.00 L 251.42 L 9,051.12 D .

              Canalización Cauce de Quebrada m3 60.00 L 303.60 L 18,216.00 D .

              Acarreo de Materia de Desperdicio (interno) m3 109.20 L 340.98 L 37,235.02 D .

              Conformación y nivelación de cauce de quebrada con material selecto m3 72.00 L 975.78 L 70,256.16 SUB TOTAL L 139,382.70 E Construcción de disipador

              - 247 - E .

              Relleno de mampostería m3 46.80 L 3,117.22 L 145,885.90 E .

              Emplantillado de concreto para difusor e=20 cm m2 396.00 L 833.75 L 330,165.00 SUB TOTAL L 476,050.90 F GENERALES DEL PROYECTO F .

              Rotulo de Proyecto unida d 1.00 L 10,877.49 L 10,877.49 F .

              Acarreo de Material de Desperdicio m3 / km 13,197. 60 L 29.67 L 391,572.79 F .

              Limpieza final del proyecto global 1.00 L 12,972.00 L 12,972.00 SUB TOTAL L 415,422.28 Total de Costo de Obra L 3,998,338.21

Notas

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