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19 de septiembre de 2026Vigente

Contrato — Contrato de Suministro de Tarjetas de Identidad entre Registro Nacional de las Personas y THALES COLOMBIA, S.A.

Registro Nacional de las Personas / THALES COLOMBIA, S.A.

  • Publicación: 19 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Registro Nacional de las Personas / THALES COLOMBIA, S.A.
  • Gaceta: 37,250
  • Categoria: Notarial y Registral

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este contrato autoriza a THALES COLOMBIA suministrar tarjetas de identidad al Registro Nacional de Honduras. THALES debe garantizar calidad, reemplazar tarjetas defectuosas hasta 9 años, presentar garantías de cumplimiento (15%) y calidad (5%), y responder por daños hasta el 20% del valor del contrato. Ambas partes se comprometen a cumplir normas éticas, anticorrupción y confidencialidad.

Considerandos

Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 45) de la Constitución de la República de Honduras, es potestad del Congreso Nacional: Autorizar, aprobar o improbar los contratos que involucren el crédito público o comprometan las finanzas de las instituciones del Estado.

Articulos

Articulo 2.-

VIGENCIA. El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los treinta y un días del mes de agosto de dos mil veintiséis. JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA PRESIDENTE CARLOS ROBERTO LEDEZMA CASCO SECRETARIO ARIANA MELISSA BANEGAS CÁRCAMO SECRETARIA Al Poder Ejecutivo Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 2 de septiembre de 2026 NASRY JUAN ASFURA ZABLAH PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA

fondos se destinen a obras que impulsen la productividad y el bienestar general. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 205, Atribución 45) de la Constitución de la República de Honduras, es potestad del Congreso Nacional: Autorizar, aprobar o improbar los contratos que involucren el crédito público o comprometan las finanzas de las instituciones del Estado. POR TANTO, DECRETA:

Articulo 1.-

Autorizar a la MUNICIPALIDAD DE MARCOVIA, DEPARTAMENTO DE CHOLUTECA, para que a través de su Alcalde Municipal, proceda a gestionar, negociar y suscribir una operación de crédito público financiero bajo las condiciones siguientes:

  • 1)

    MONTO MÁXIMO: Hasta por la suma de DOSCIENTOS MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L. 200,000,000.00), la cual podrá ser contratada en un solo empréstito o mediante líneas de crédito parciales;

  • 2)

    PLAZO DE AMORTIZACIÓN: Un plazo de pago de hasta treinta (30) años, contados a partir de

Notas

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