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16 de septiembre de 2026Vigente

Contrato — Contrato de Servicios de Consultoría para Estudios, Diseños, Asistencia Técnica y Supervisión de Inversiones en Medidas Estructurales y Verdes

Alcaldía Municipal del Distrito Central

  • Publicación: 16 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Alcaldía Municipal del Distrito Central
  • Gaceta: 37,247
  • Categoria: Municipal

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este contrato establece que una consultoría hondureña realizará estudios, diseños finales y supervisará obras de infraestructura vial en el Distrito Central por L. 15,415,897.11. El consultor debe supervisar pavimentación y sistemas de agua/drenaje en Nueva Capital durante 270 días, presentar informes mensuales y finales, cumplir normas técnicas y ambientales, y mantener garantías de cumplimiento del 10-15% mientras la Alcaldía le paga en 10 cuotas.

Texto completo

ontrato, el Contratante aprueba el Personal clave y los Subconsultores que figuran por cargo y por nombre en dicho Apéndice A. Cualquier modificación en la nómina deberá ser antes de ser contratada por el Consultor obtener previamente la conformidad por escrito del Contratante, de igual forma para celebrar los subcontratos, si no los hubiera previsto en su oferta. Los subcontratos, así hayan sido incluidos en la oferta o efectuados posteriormente, no eximirán al Consultor de ninguna de sus responsabilidades ni obligaciones contraídas en virtud del Contrato. Las calificaciones, así como el tiempo estimado que prestarán los Servicios individuales serán los negociados con el Contratante y que aparezcan en el formulario de la oferta económica.

31. Remoción y/o sustitución del Personal 31.1 (a) Salvo que el Contratante acuerde lo contrario, no se efectuará cambios en la composición del Personal clave. Si fuere necesario sustituir a algún integrante del Personal clave, por cualquier motivo que escape al razonable control del Consultor, éste lo reemplazará de inmediato por otra persona con calificaciones iguales o superiores a las de la persona reemplazada. (b) Si el Contratante: (i) tiene conocimiento de que un integrante del Personal se ha comportado de manera inaceptable o ha sido acusado de cometer una acción penal; o, (ii) tiene motivos razonables para estar insatisfecho con el desempeño de cualquier integrante del Personal, en tales casos el Consultor, a petición por escrito del Contratante expresando los motivos para ello, lo reemplazará por otra persona cuya idoneidad y experiencia sean aceptables para el Contratante. (c) El Consultor no podrá reclamar el reembolso de ningún gasto adicional resultante de la remoción y/o sustitución de algún integrante del Personal, o inherente a ésta. 32. Obligaciones del Contratante 32.1 El Contratante hará todo lo posible a fin de asegurar que el gobierno otorgue al Consultor la asistencia y exenciones indicadas en las CEC. 33. Modificación de la ley aplicable 33.1 Si con posterioridad a la fecha de este Contrato se produjera cualquier cambio en la ley aplicable en relación con los impuestos y los derechos que resultara en el aumento o la disminución del costo de los Servicios prestados por el Consultor, la remuneración y los gastos reembolsables pagaderos al Consultor en virtud de este Contrato serán aumentados o disminuidos según corresponda por acuerdo entre las Partes, y se efectuarán los correspondientes ajustes de los montos máximos estipulados en el Precio del Contrato. 34. Servicios e instalaciones 34.1 El Contratante facilitará al Consultor los servicios e instalaciones indicados en las CEC. 35. Pagos al Consultor 35.1 La forma y condición en que se efectuarán los pagos al Consultor en virtud del Contrato se especificarán en las CEC. La remuneración total del Consultor no deberá exceder del Precio del Contrato y será una suma que incluirá la totalidad de los costos de Personal y del Subconsultor, así como los costos de impresión de documentos, comunicaciones, viaje, alojamiento y similares, y todos los demás gastos en que incurra el Consultor en la prestación de los Servicios. Salvo lo dispuesto en la Cláusula 33, el Precio del Contrato sólo podrá aumentarse por encima de las sumas establecidas en la Cláusula 36 si las Partes han convenido en pagos adicionales en virtud de lo estipulado en la Cláusula 11.

36. Precio del Contrato 36.1 El precio pagadero en moneda nacional, al menos que se indique lo contrario en las CEC, será el indicado en las CEC. 37. Pago de servicios adicionales 37.1 Para determinar la remuneración por concepto de los servicios adicionales que pudieran acordarse en virtud de la Cláusula 11, debe presentarse de acuerdo a la tabla establecida en la cláusula sexta de este contrato, para desglosar el precio global. 38. Condiciones relativas a los pagos 38.1 Los pagos se harán al Consultor conforme a lo indicado en las CEC. El Contratante efectuará los pagos con prontitud, sin exceder un plazo de cuarenta y cinco (45) días contados a partir de la fecha en que el Consultor haya presentado la correspondiente solicitud de pago y esta haya sido aceptada por el Contratante. 39. Solución de controversias Si con motivo de alguna desavenencia en la interpretación, ejecución, efectos y/o resolución del presente contrato, las partes contratantes harán todos los esfuerzos posibles para conciliar los conflictos o cualquier desacuerdo, cualquier divergencia que se presente sobre un asunto y que no se resuelva con la Unidad Ejecutora, deberá ser resuelta por la Gerencia de la AMDC previo estudio del caso y Dictamen de la Gerencia Legal; esta resolución tendrá carácter definitivo dentro de la vía Administrativa, poniendo en conocimiento de la misma a la Honorable Corporación Municipal, ambas partes se someten a la jurisdicción y competencia del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo del Departamento de Francisco Morazán 40. Prácticas corruptivas 40.1 Se exige que los proveedores/contratistas que participen en proyectos con financiamiento de la AMDC, observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de Concurso, o de ejecución de un contrato. Las definiciones de acciones que constituyen prácticas corruptivas y que se transcriben en el artículo 33.1 de las Instrucciones Generales a los Oferentes, representan las más comunes, pero no son exhaustivas. Por esta razón, la AMDC actuará frente a cualquier hecho similar o reclamo que se considere como corrupto, conforme al procedimiento establecido. 40.2 Si se comprueba que el Proveedor/Contratista ha incurrido en prácticas corruptivas, el contratante podrá cancelar el contrato de acuerdo con la Cláusula 16 y ejecutar la garantía de cumplimiento de oferta. 40.3 Si se comprueba que el Proveedor/Contratista ha incurrido en prácticas corruptivas, la AMDC podrá declarar a una firma no elegible para ser adjudicataria de contratos futuros que se lleven a cabo con motivo de un financiamiento o con fondos propios. La inhibición que se establezca podrá ser temporal o permanente.

41. Inspecciones y auditorias 41.1 El Consultor deberá permitir que la AMDC, o quien éste designe, inspeccione o realice auditorías de los registros contables y estados financieros del mismo Consultor, relacionados con la ejecución del Contrato. Condiciones Especiales del Contrato (CEC) Las siguientes Condiciones Especiales del Contrato (CEC) complementan las Condiciones Generales del Contrato (CGC). En caso de conflicto, las disposiciones que aquí se indican prevalecerán sobre las de las CGC. El número de la cláusula correspondiente de las CGC está indicado entre paréntesis.

  • 1)

    Definiciones (Cláusula 1 de las CGC) El Contratante es: La Alcaldía Municipal del Distrito Central.

  • 2)

    Notificaciones (Cláusula 4 de las CGC) En el caso del Contratante: Alcaldía Municipal del Distrito Central, Municipalidad del Distrito Central, Dirección de Control y Seguimiento, Edificio Ejecutivo 3er. piso, frente a Hospital y Clínicas Viera, Barrio El Centro, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A., teléfono (504) 2220-5781. Atención: Director de Control y Seguimiento.

  • 3)

    Lugar donde se prestarán los Servicios (Cláusula 5 de las CGC) Los Servicios se prestarán en las ubicaciones que se establezcan en los términos de referencia.

  • 4)

    Representantes autorizados (Cláusula 6 de las CGC) En el caso del Contratante el señor Jorge Alejandro Aldana Bardales, Alcalde Municipal, o quien éste designe durante la ejecución del Contrato.

  • 5)

    Entrada en vigor (Cláusula 8 de las CGC) Este Contrato entrará en vigor a partir de la firma del contrato.

  • 6)

    Comienzo de la prestación de los Servicios (Cláusula 9 de las CGC) Los Servicios de Consultoría iniciarán en la fecha que se indique en la orden de inicio.

  • 7)

    Expiración del Contrato (Cláusula 10 de las CGC) Etapa II: Supervisión de Obras El consultor contratado analizará y determinará en base a los trabajos de Estudio y Diseño los tiempos estimados para la construcción y supervisión de las obras propuestas, por lo que una vez que la AMDC cuente con los diseños finales se realizarán los ajustes necesarios. La AMDC contará con dos (2) meses a partir de la recepción de los productos de Estudios y Diseños

    Finales para realizar el proceso de licitación de las Obras en cuestión y emitir la Orden de inicio de la Etapa II (Supervisión de las Obras). Para efecto de esta consultoría y poder determinar una forma de pago se manejará de la siguiente manera: • Pavimentación de calles y Construcción de Sistemas Hidrosanitarios en colonia Nueva Capital.  El tiempo estipulado para la supervisión de este proyecto será de doscientos setenta (270) días calendario.

  • 8)

    Seguros que deberá contratar el Consultor (Cláusula 24 de las CGC) Los riesgos y las coberturas serán las siguientes:

    • i)

      Seguro de responsabilidad civil hacia terceros respecto de los vehículos motorizados; el cual deberá estar vigente durante el tiempo del contrato.

    • ii)

      Seguro de responsabilidad de empleador y seguro laboral contra accidentes; el cual deberá estar vigente durante el tiempo del contrato.

  • 9)

    Multas (Cláusula 27 de las CGC) La A.M.D.C. de acuerdo a lo establecido en el Artículo 113 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República para el año fiscal 2024, relacionado con el Artículo 72 de la Ley del Contratación del Estado cobrará una multa equivalente al CERO PUNTO TREINTA Y SEIS POR CIENTO (0.36%), así como la multa pecuniaria aplicable por cada día de retraso, en relación con el monto total del saldo del contrato por el incumplimiento del plazo y las obligaciones establecidas en el presente contrato hasta la finalización del período de ejecución del contrato, lo anterior sin perjuicio de hacer efectiva la Garantía de Cumplimiento, procediéndose, si así conviene a la A.M.D.C., a la resolución del Contrato, reservándose además el ejercicio de las acciones legales por daños y perjuicios por el incumplimiento por parte de EL CONSULTOR que procedieren. .

  • 10)

    Propiedad del Contratante de los documentos preparados por el Consultor (Cláusula 28 de las CGC) Restricciones: El Consultor no podrá utilizar estos documentos para fines ajenos a este Contrato sin el consentimiento previo por escrito del Contratante. Los documentos elaborados serán confidenciales, para uso exclusivo del Contratante. El Consultor cederá al Contratante los derechos de autor, patentes y cualquier otro derecho de propiedad industrial, en los casos en que procedan estos derechos, sobre los trabajos y documentos producidos por él bajo los términos de este Contrato.

  • 11)

    Asistencia o exenciones (Cláusula 32 de las CGC) La Municipalidad asistirá al Consultor para coordinar con otras instituciones del Estado, sin embargo: El Consultor deberá en primera instancia coordinar sus actividades con las instituciones del Estado que se requieran.

    Las diligencias en relación a movilización e instalación de postes de tendido eléctricos, teléfonos, tuberías de agua potable y aguas negras, ya sea para traslado de estructuras o/y para instalación de otras nuevas según sea el caso, deben ser coordinados con la ENEE, Hondutel, SANAA. El consultor junto al contratista, serán responsables de realizar todas las diligencias del caso.

  • 12)

    Servicios e Instalaciones (Cláusula 34 de las CGC) No Aplica

  • 13)

    Pagos al Consultor (Cláusula 35 de las CGC) Al consultor se realizarán los siguientes pagos: Forma de Pago Los pagos se harán en moneda nacional: Lempiras. Etapa II: Supervisión de Obras Al consultor se realizarán los siguientes pagos: Forma de Pago: Pavimentación de calles y Construcción de Sistemas Hidrosanitarios en colonia Nueva Capital Los pagos se harán en moneda nacional: Lempiras.

    • Primer pago: Diez por ciento (10%) del valor del contrato contra entrega y aprobación del Informe Preliminar por parte de las autoridades de la AMDC.

    • Pagos Periódicos: Ocho pagos correspondientes al diez por ciento (10%) del valor del contrato contra entrega y aprobación de Informes de Avance.

    • Pago Final: Diez por ciento (10%) del valor del contrato contra entrega y aprobación del Informe Final por parte de las autoridades de la AMDC. De cada pago se retendrá el 12.5% específicamente sobre el valor de la porción correspondiente a los Honorarios comprendidos en cada pago, retenciones que serán devueltas al librarse el Finiquito a la consultoría. Es entendido que, si la Firma Consultora acredita realizar “Pagos a Cuenta”, no se efectuarán retenciones para efectos del ISR. No se otorgará anticipo.

  • 14)

    Precio del Contrato (Cláusula 36 de las CGC) El monto total del Contrato en Lempiras es de QUINCE MILLONES CUATROCIENTOS QUINCE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE LEMPIRAS CON 11/100 (L. 15,415,897.11).

  • 15)

    Condiciones relativas a los pagos (Cláusula 38 de las CGC) Todos los pagos antes de su realización deberán de estar aprobados los informes correspondientes en forma previa por la Dirección de Control y Seguimiento.

  • 16)

    Garantía de Cumplimiento de Contrato: EL CONSULTOR queda obligado a constituir, antes de dar inicio a la ejecución del estudio la siguiente garantía: a) Garantía de Cumplimiento de Contrato:

    Se constituirá mediante retenciones equivalentes al Diez Por Ciento (10%) de cada pago parcial por concepto de los honorarios. b) Adicionalmente será exigible una Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al Quince Por Ciento (15%) de los honorarios con exclusión de costos, con una vigencia hasta tres (3) meses después del plazo previsto al tiempo de ejecución de los trabajos de consultoría; estas Garantías deberán ser emitidas por un Banco o Compañía de Seguros legalmente establecida y autorizada para operar por la República de Honduras- La retención antes señalada serán devueltas al Consultor después de finalizados y aceptados los trabajos de Consultoría mediante la emisión de la recepción definitiva a satisfacción de la A.M.D.C. siempre y cuando no hayan reclamos de terceros y previa presentación del Informe Final. Las garantías, deberán contener la cláusula siguiente: “Esta Garantía será ejecutada a simple requerimiento de la A.M.D.C., con la simple presentación de Nota de incumplimiento. La Garantía será presentada por el Consultor adjudicado diez (10) días calendarios después de la suscripción del contrato, a entera satisfacción de la A.M.D.C., de acuerdo al formulario No.6 del Documento Base del Concurso y deberá ser extendida por un Banco o Compañía Aseguradora legalmente constituido en el país. La garantía presentada deberá ser acompañada de una Declaración expresa de Responsabilidad (formulario No. 7), extendida por el Representante Legal de la institución garante que las emita, cuya firma deberá ser autenticada por Notario, dicho representante deberá expresar en la misma que quienes suscribieron la garantía poseen firma autorizada Página | 45 para emitir tales documentos de acuerdo al Artículo 242 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado, asimismo, en dicha declaración se hará constar que su representada no se encuentra comprendida en alguna de las situaciones señaladas en los literales a), b), c) y d) del Artículo 241 del mismo Reglamento, en el caso de que la garantía sea un cheque certificado, el literal d) de este Artículo no se exigirá.

  • 17)

    Garantía de Anticipo: No aplica.

  • 18)

    Solución de controversias (Cláusula 39 de las CGC) Si con motivo de alguna desavenencia en la interpretación, ejecución, efectos y/o resolución del presente contrato, las partes contratantes harán todos los esfuerzos posibles para conciliar los conflictos o cualquier desacuerdo, cualquier divergencia que se presente sobre un asunto y que no se resuelva con la Unidad Ejecutora, deberá ser resuelta por la Gerencia de la A.M.D.C. previo estudio del caso y Dictamen de la Gerencia Legal; esta resolución

    tendrá carácter definitivo dentro de la vía Administrativa, poniendo en conocimiento de la misma a la Honorable Corporación Municipal, ambas partes se someten a la jurisdicción y competencia del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo del Departamento de Francisco Morazán.

  • 19)

    Documentos Integrantes del Contrato: Forman parte integral del presente contrato los documentos siguientes:

    • a)

      Las Bases o Documentos del Concurso Público;

    • b)

      Las aclaraciones y adendas a las Bases o Documentos del Concurso Público;

    • c)

      La oferta negociada en todo su contenido (acta de negociación) de EL CONSULTOR;

    • d)

      Garantía de Cumplimiento de Contrato presentada por EL CONSULTOR;

    • e)

      La nota de adjudicación;

    • f)

      Términos de referencia y Personal Clave; y,

    • g)

      Otros documentos suscritos por las partes contratantes en relación directa con las obligaciones de este contrato.

  • 20)

    Orden de Inicio Esta se emitirá una vez que EL CONSULTOR cumpla con todos los requisitos exigidos y presente la Garantía de Cumplimiento de Contrato, para lo cual tiene un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir de la Notificación por parte de la Unidad Ejecutora.

  • 21)

    Retenciones El Consultor estará sujeto a impuestos nacionales sobre los gastos y montos pagaderos bajo el Contrato (Honorarios profesionales), por lo cual deberá detallar los mismos en la oferta económica. Se hará la retención del 12.5% del monto de los honorarios profesionales de cada pago, por concepto de pago de Impuesto Sobre la Renta, si presenta la constancia que realiza pagos a cuenta no se realizará esta retención. La A.M.D.C. no contraerá responsabilidad laboral por pago de prestaciones o seguridad social bajo el contrato, por lo cual debe ser asumido por el Consultor.

  • 22)

    Ampliación de Plazo y de las Garantías Siempre que mediare causa justificada EL CONSULTOR podrá solicitar la ampliación del plazo de ejecución de la consultoría objeto del presente Contrato, o de cualquier otra estipulación que no afecte la naturaleza o cuantía de las prestaciones o cuando sucedan razones de caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobadas, en cuyo caso presentará solicitud escrita a la autoridad responsable de la ejecución del contrato, antes del vencimiento de la ejecución de la consultoría.- Cuando así sucediere las Garantías deberán ser ampliadas de la forma que establece la Ley de Contratación del Estado.- En el caso de ampliación en el Plazo de ejecución y que no corresponda a trabajos adicionales solicitados por el Contratante, no se reconocerá los costos incurridos por EL CONSULTOR.

  • 23)

    Otros Trabajos Solicitados EL CONTRATANTE podrá solicitar en cualquier momento a EL CONSULTOR informes especiales.

  • 24)

    Vigilancia de Cumplimiento La Unidad Ejecutora velará porque EL CONSULTOR cumpla con todo lo establecido en este contrato y los términos de referencia.

  • 25)

    Responsabilidad Laboral EL CONSULTOR será el único responsable del pago de las obligaciones laborales y sociales que se originen con sus propios trabajadores en la ejecución de este contrato, en aplicación de lo establecido en el Código del Trabajo.- Será también responsable de los daños y perjuicios que eventualmente causen a terceros.

  • 26)

    Causas de Rescisión del Contrato Si el Consultor no subsanará el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato dentro de los treinta (30) días siguientes a la recepción de una notificación al respecto, u otro plazo mayor que el Contratante pudiera haber aceptado posteriormente por escrito; b) Si el Consultor estuviera insolvente o fuera declarado en quiebra; c) Si el Consultor, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un período de no menos de sesenta (60) días; (d) En caso de recorte presupuestario de fondos nacionales que se efectúe por razón de la situación económica y financiera del país, la estimación de la percepción de ingresos menores a los gastos proyectados y en caso de necesidades imprevistas o de emergencia; o, y, e) Si el Contratante, a su sola discreción, decidiera rescindir este Contrato.- EL CONTRATANTE podrá dar por terminado este Contrato mediante una notificación de rescisión por escrito a EL CONSULTOR, emitida por lo menos con treinta (30) días de anticipación, cuando se produzca cualquiera de los eventos especificados en los incisos (a), (b), (c) y (d) de esta Cláusula; en el caso del evento indicado en el inciso (e), dicha notificación deberá emitirse con sesenta (60) días de antelación. 2.- La rescisión del contrato se efectuará sin más trámites judicial o administrativo, que la emisión de un Acuerdo Municipal por la Corporación Municipal del Distrito Central.

  • 27)

    Solución de Controversias Si con motivo de alguna desavenencia en la interpretación, ejecución, efectos y/o resolución del presente contrato, las partes contratantes harán todos los esfuerzos posibles para conciliar los conflictos o cualquier desacuerdo, cualquier divergencia que se presente sobre un asunto y que no se resuelva con la Unidad Ejecutora, deberá ser resuelta por la Gerencia de la AMDC previo estudio del caso y Dictamen de la Gerencia Legal; esta resolución tendrá carácter definitivo dentro de la vía Administrativa,

    poniendo en conocimiento de la misma a la Honorable Corporación Municipal, ambas partes se someten a la jurisdicción y competencia del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo del Departamento de Francisco Morazán.

  • 28)

    Medio Ambiente EL CONSULTOR velará que se cumplan todas las disposiciones y prevenciones del caso, con el propósito de preservar el medio ambiente y la salubridad de las zonas influenciadas, al llevar a cabo los trabajos contratados.

  • 29)

    Otras Obligaciones EL CONSULTOR, no transferirá, pignorará, asignará, transferirá o hará otras disposiciones de este contrato o cualquier parte del mismo, así como los derechos, reclamos u obligaciones de EL CONSULTOR, derivados de este contrato, a menos que tenga el consentimiento por escrito de EL CONTRATANTE, caso contrario dará lugar a la rescisión del contrato.

  • 30)

    Caso Fortuito o Fuerza Mayor Las partes no podrán alegar atrasos en las obligaciones del presente contrato, salvo por situaciones de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados. Se entenderá como Fuerza Mayor o Caso Fortuito entre otros: Todo acontecimiento que no ha podido preverse o que previsto no ha podido evitarse, que imposibilite el exacto cumplimiento de las obligaciones contractuales y siempre que se hayan tomado las medidas razonables para evitarlas y reducir sus efectos, se reconoce como causas de Caso Fortuito o Fuerza Mayor entre otras las siguientes:

    • a)

      Restricciones de cuarentena;

    • b)

      Embargos por Fletes;

    • c)

      Guerra, Beligerancia, Invasión, Guerra Civil, Revolución, Rebelión, Piratería, Motines, Insurrección o Usurpación de Poderes;

    • d)

      Confiscación, Expropiación, Destrucción, Obstrucción ordenada por cualquier autoridad Gubernamental que no sea la Alcaldía Municipal del Distrito Central;

    • e)

      Desastres Naturales tales como: Terremotos, Maremotos, Tifones, Huracanes, Inundaciones;

    • f)

      Y otras causas reconocidas como fuerza mayor o caso fortuito.

  • 31)

    Terminación del Contrato por Conveniencia EL CONTRATANTE a su conveniencia puede en cualquier momento, dar por resuelto este contrato, total o parcialmente, mediante comunicación escrita a EL CONSULTOR, indicando los motivos de su resolución. Dicha resolución se efectuará en la manera y de acuerdo con la información que se dé en dicha comunicación y no perjudicará ningún reclamo anterior que EL CONTRATANTE pudiera tener contra EL CONSULTOR. Al recibir la mencionada comunicación, EL CONSULTOR inmediatamente suspenderá el trabajo, en este caso EL CONSULTOR y EL CONTRATANTE, procederán a la liquidación final del contrato, de acuerdo a la información que proporcione la Unidad Ejecutora y EL CONSULTOR.

    Apéndice “A” Términos de Referencia “ESTUDIOS, DISEÑOS FINALES Y SUPERVISIÓN DE OBRAS DE INFRAESTRUCTURA PARA EL DISTRITO CENTRAL: 1. INTERSECCIÓN AVENIDA BERLÍN Y AVENIDA REPÚBLICA DOMINICANA (ESCUELA AMERICANA) 2. COLONIA NUEVA CAPITAL 3. COLONIA VILLA CEPUDO” I. Términos de Referencia para Consultoría I.1 Generalidades La Alcaldía Municipal del Distrito Central (AMDC) en su afán de mejorar la calidad de vida de los capitalinos, ha venido ejecutando diversos proyectos comunitarios, sociales, viales y otros tipos en ambas ciudades gemelas que forman parte del Municipio del Distrito Central, contratando en primera instancia los diseños de los futuros proyectos para ejecutarlos posteriormente. Dentro del paquete de proyectos está contemplado el mejoramiento de vías existentes. Con estos proyectos se procura brindar al usuario comodidad en su recorrido a la vez que se reducen los costos de operación de los vehículos, siendo necesario conservar las rutas de complejas características en las mejores condiciones posibles, haciendo esfuerzos para ampliar su capacidad de flujo vehicular y brindar seguridad a los transeúntes. En vista de que los volúmenes de tráfico aumentan con el tiempo, las arterias viales se vuelven cada vez menos eficientes y los tiempos de espera son prolongados, por lo que, se deben proyectar obras que solucionen en corto y mediano plazo este tipo de problemas. Por lo antes mencionado, la Comuna Capitalina ha decidido realizar los estudios y diseños necesarios para mejorar las vías antes mencionadas que son consideradas de gran importancia y desarrollo de la Ciudad Capital, en ese sentido, la conexión de éstas importantes arterias, que mueven un gran volumen del tráfico de la ciudad hacia la zona Sur y Norte del municipio, se justifica este estudio y diseño y posterior ejecución de obras de gran magnitud tales como vías aéreas, nuevas rutas, mejoramiento y/o ampliación de las vías existentes que permita elevar el nivel de servicio de las mismas, así como también mejorar los tiempos de recorrido y reducir los tiempos de demora a lo largo de estas importantes arterias, tomando en cuenta primordialmente la protección del peatón. I.2. Objetivo General Mejorar a través de los Estudios y Diseños Finales contratados el nivel de servicio de ciertos corredores viales, que acogen y sirven a altos volúmenes de tráfico y a segmentos importantes de población, buscando alargar la vida útil de las respectivas estructuras, calles y bulevares. Tanto en su operación vehicular como en las instalaciones y edificaciones donde se generarán los procesos de control y seguimiento del sistema.

    I.3. Objetivos Específicos En el Municipio del Distrito Central existen varios de los corredores viales de mucha importancia, tales como: El Bulevar Fuerzas Armadas, Paseo San Francisco, Bulevar del Norte, Salida al Norte del País, Salida al Sur, Salida a Oriente y Occidente, entre otros importantes. Es por ello que la comuna capitalina ha decidido realizar los Estudios y Diseños Finales de soluciones viales en estas zonas con la finalidad de descongestionar el tráfico vehicular y brindar confort a la ciudadanía que circula por esta zona. Para volver productivos los tiempos de la licitación se contempla incluir en estos términos de referencia los criterios de evaluación para la Supervisión de la Obra propuesta Final. Comprende los trabajos de Estudios, Diseños Finales y Supervisión de: • Pavimentación de calles y Construcción de Sistemas Hidrosanitarios en colonia Nueva Capital Se realizarán los estudios y diseños necesarios para el Pavimento y la construcción de los sistemas hidrosanitarios en la colonia Nueva Capital en una longitud aproximada de pavimento de 5.5 kilómetros en dos de sus tramos importantes: 1. Consideraciones para los tramos a pavimentar:  Desde el Cementerio Divino Paraíso hasta la Colonia Unidad y Fuerza con una longitud aproximada de 2.9 km.  Ruta de buses en la Colonia Nueva Capital con una longitud aproximada de 2.6 km. 2. Consideraciones para los tramos donde se estudiarán, diseñarán y supervisarán los sistemas hidrosanitarios (Agua Potable, Alcantarillado Sanitario y Drenaje Pluvial):  Toda el área de la colonia Nueva Capital incluyendo población futura y Tributaria (Ver Croquis). Se diseñará en base a los estudios realizados un pavimento que cumpla los requisitos de tráfico de la zona, el cual varía desde tráfico liviano, buses y tráfico pesado. También, se realizarán los análisis necesarios para los Sistemas Hidrosanitarios de Alcantarillado Sanitario, Drenaje Pluvial y Agua Potable. Este deberá considerar lo necesario para control de escorrentía superficial, cunetas y otros necesarios en toda la zona de influencia directa del proyecto. También incluirá el análisis para la supervisión de todos los trabajos de la obra propuesta incluyendo metodología y plan de trabajo en ms Project y otros indicados en los criterios de evaluación. I.4. Obras de Infraestructura La red vial de la capital presenta varios tipos de problemas, por drenajes dañados sumado a las capas de la estructura de pavimento fatigadas por sus años de servicio. Por ello, resulta importante mejorar la capacidad vial de las calles y avenidas más importantes con altos volúmenes de tránsito; de allí la necesidad de buscar ejecutar proyectos de conectividad que de una u otra forma estén vinculados y apunten a mejorar la condición de la ciudad.

    Las obras de infraestructura a Estudiar, Diseñar y Supervisar: • Pavimentación de calles y Construcción de Sistemas Hidrosanitarios en colonia Nueva Capital. I.8. Actividades a Realizar en Etapa II: Supervisión de las Obras El alcance del trabajo que el supervisor ejecutará deberá ser compatible con las mejores prácticas técnicas y administrativas utilizadas en proyectos de esta naturaleza e incluirá, pero no se limitará a lo siguiente: ACTIVIDADES DE EVALUACIÓN Las actividades preliminares a ser realizadas por el supervisor, se refieren a todos los procesos previos que son necesarios para dar inicio a una obra, principalmente en lo que se refiere a recopilar datos del proyecto, estado actual del mismo, programación de la obra, revisión de todos los documentos adjuntos en la licitación del proyecto, etc.; estas actividades deberán ser descritas en detalle por el supervisor, para lo cual, previo al inicio de los trabajos, el supervisor se obliga a hacer una evaluación completa del proyecto, con el propósito de verificar las cantidades de obra preliminares que sirvieron de base para licitar el mismo y determinar a la vez si son adecuadas y suficientes. En los casos que se encuentren errores, el supervisor deberá proponer o realizar las correcciones, tanto de las cantidades de obras, como de los diseños arriba mencionados que encuentren fallas o deficiencias. Cualquier otra actividad relacionada y que contribuya a que la evaluación sea realizada bajo los mejores estándares y con los resultados deseados por la AMDC. Al efectuar la evaluación requerida, estará obligado a presentar un informe preliminar del estado del proyecto a más tardar quince (15) días calendario después de haber recibido la orden de inicio. ACTIVIDADES DE SUPERVISIÓN Y DIRECCIÓN TÉCNICA El supervisor será responsable junto con el contratista de la calidad de la obra, para lo cual deberá efectuar una supervisión continua y completa de todo el trabajo realizado por el contratista. Es de especial importancia, que debe considerarse que este proyecto tiene múltiples actividades, control de los gastos y de la supervisión de las obras. Por lo anterior, la firma supervisora deberá ejecutar, pero no limitarse, a las actividades siguientes:

    • 1)

      Suministrar una inspección permanente y completa de todo el trabajo ejecutado por el contratista. Alertará al cliente sobre cualquier trabajo mal realizado y dará las posibles correcciones de este y formulará las recomendaciones para no incurrir en futuros errores similares.

    • 2)

      Tendrá la responsabilidad de permanecer a tiempo completo en el sitio de los proyectos, además deberá contar con inspectores de campo con la suficiente experiencia en este tipo de obras.

    • 3)

      Inspeccionar los materiales incorporados o que se incorporan al proyecto y realizar las pruebas y ensayos

      necesarios para controlar su calidad, debiendo rechazar todo material que no cumpla con las especificaciones, preparando informes relativos a esas inspecciones y pruebas. Realizará pruebas de control a los materiales que se colocarán. De esta manera se tendrá conocimiento del origen de cualquier falla durante todo el proceso de construcción. A este respecto el supervisor deberá llevar un registro de todas las pruebas realizadas y conservar copias del resultado de las mismas. El supervisor deberá disponer de su propio equipo y medios de laboratorio, distintos del contratista.

    • 4)

      El supervisor deberá llevar un seguimiento del contrato de construcción y demás documentos contractuales, conociendo al detalle las obligaciones legales del contratista.

    • 5)

      Se debe realizar una evaluación periódica de las especificaciones técnicas que debe cumplir el contratista. Proporcionar al contratante cualquier recomendación en cuanto a la modificación de las mismas, para futuros proyectos de naturaleza semejante, asimismo, para realizar las correcciones que fuesen necesarias durante la ejecución del proyecto.

    • 6)

      El supervisor deberá evaluar permanentemente al personal asignado al proyecto tanto del contratista como el propio, para proceder a reemplazar o solicitar al contratista la sustitución de cualquier persona que no cumpla satisfactoriamente con la labor encomendada.

    • 7)

      El supervisor deberá exigir a los contratistas de cada proyecto un libro de bitácora aprobado por el Reglamento del Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras.

    • 8)

      Verificará diariamente el adecuado funcionamiento del equipo del contratista en el proyecto y de la calidad de los operadores, teniendo la facultad de reemplazar la máquina o el operador de la misma. Deberá comunicar al cliente, de darse el caso que el constructor no mantenga un buen ritmo de trabajo, que pudiera retrasar la oportuna culminación de las obras, y además deberá hacer las recomendaciones necesarias para corregir esta situación.

    • 9)

      Control de las cantidades de obra ejecutada por los contratistas: Revisará las cantidades de obra del contrato versus las cantidades reales ejecutadas chequeando de no exceder el monto de inversión previsto para el total del proyecto.

    • 10)

      El supervisor deberá dirigir todos aquellos trabajos que sean ejecutados por Administración Delegada, debiendo preparar diariamente los registros de los trabajos realizados mediante esta modalidad de pago, utilizando los formatos preparados para tal fin. Tal información deberá ser presentada mensualmente en el correspondiente informe.

    • 11)

      Revisión y aprobación de estimaciones incluyendo el cálculo del escalamiento de costos, para lo cual deberá calcular todas las cantidades de obra para efectuar los

      pagos, mismos que serán aprobados por el contratante. Efectuar minuciosos exámenes periódicos de las cantidades de obra restantes, a fin actualizar las estimaciones que afectan el trabajo faltante.

    • 12)

      El supervisor verificará que el contratista coloque a su costo un rótulo informativo, según los formatos proporcionados por el contratante y en el lugar que este indique.

    • 13)

      Vigilancia del cumplimiento de las medidas de seguridad: El supervisor velará que el contratista mantenga por su cuenta señales permanentes tanto de día como de noche para indicar cualquier peligro o dificultad al tránsito peatonal o vehicular. Estas señales serán aprobadas por el contratante y deberán tener las dimensiones preestablecidas.

    • 14)

      Cubrir con la prontitud del caso, todas las solicitudes de información requeridas por la Municipalidad.

    • 15)

      Revisar y hacer recomendaciones a la Municipalidad relacionadas con posibles reclamos de parte del contratista, para prórrogas del plazo del contrato, pagos por trabajo adicional y otros similares.

    • 16)

      Llevar un registro de las condiciones ambientales y estado del tiempo en la zona de trabajo, para posibles reclamos de los contratistas sobre el plazo de ejecución de la obra.

    • 17)

      Vigilar que el contratista mantenga un sistema de seguridad eficiente para el personal involucrado en la construcción del proyecto.

    • 18)

      Llevar un álbum fotográfico del historial constructivo del proyecto.

    • 19)

      Elaborar un programa para el mantenimiento de las obras a medida que la construcción de cada elemento del proyecto vaya completándose, con recomendaciones sobre los aspectos referentes a considerar por los responsables de dicho mantenimiento; estas recomendaciones se incluirán en el informe final.

    • 20)

      Hacer la inspección final del proyecto o de cada sección del mismo, certificar en cuanto a su terminación y hacer las recomendaciones para la aceptación preliminar del trabajo terminado, en el caso que fuera necesaria la recepción parcial del proyecto.

    • 21)

      Calcular y certificar las cantidades finales de la obra ejecutada por el contratista.

    • 22)

      Supervisión de la metodología de trabajo propuesta por el contratista para la realización de todas las tareas, proponiendo alternativas si las hubiera para la mejora de la ejecución de los procesos.

    • 23)

      Deberá revisar y hacer cumplir al contratista con todas las medidas socio ambientales establecidas en la licencia ambiental y de las especificaciones técnicas del documento base de la licitación referente a esta actividad.

    • 24)

      Elaboración de informes de avance mensual indicando problemas y soluciones propuestos.

    • 25)

      Elaboración de reporte final de los trabajos y planos finales de lo construido: El supervisor preparará el informe final que cubra todas las fases del proyecto bajo los términos de este contrato para someterlo a la consideración y aprobación del contratante. Este informe reflejará todas las operaciones de ingeniería, rediseño y construcción, también incluirá una recapitulación de la forma y cantidad de los fondos que hayan sido invertidos, de acuerdo con los términos del contrato, manual de operaciones y los planos finales de lo construido, el juego de plano deberá coincidir como mínimo al juego de planos originales, sin menoscabo de agregar otros planos que a juicio del supervisor y/o del contratante sean necesarios y para entregar la información relacionadas a la ENEE, Hondutel y SANAA/UMAPS. V. CONDICIONES ESPECIALES:

      • a)

        Responsabilidad del supervisor:

        • 1)

          El supervisor además ejecutará sus operaciones con la debida diligencia en el desarrollo del proyecto y mantendrá relaciones satisfactorias con otros grupos, contratistas y subcontratistas que ejecuten trabajos en las diversas áreas del proyecto.

        • 2)

          Es además convenido que el supervisor, en la prestación de los servicios motivo del contrato, actuará de acuerdo al mejor interés de la Alcaldía Municipal del Distrito Central durante el trabajo de construcción y su comportamiento será guiado por normas generalmente aceptadas de conducta profesional, cualquier acto del supervisor que afecte los intereses de la Municipalidad podrá ser sancionado con multas equivalentes al costo que se incurra por dicha afectación y de acuerdo al tipo de error la Municipalidad podrá rescindir el contrato como lo especifica los Criterios Generales del Contrato.

        • 3)

          El supervisor no podrá emplear servicios de profesionales y técnicos que estén trabajando en oficinas públicas o entidades autónomas.

        • 4)

          Se conviene que el supervisor no asignará, pignorará, transferirá, subcontratará, cederá sus derechos a recibir pagos, ni efectuará transacciones sobre el contrato o cualquier parte del mismo, así como derechos, reclamos y obligaciones del supervisor derivados del contrato, a menos que tenga el consentimiento por escrito de la Municipalidad, no pudiendo ser en todo caso la suma de todos los subcontratos mayor de treinta por ciento (30%) del contrato principal.

        • 5)

          El supervisor no podrá retener por más de diez (10) días calendario la documentación referente al pago de valuaciones mensuales de obras y reconocimiento de mayores costos reclamados o solicitados por el constructor de las obras (cuando corresponda) y deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el contrato y será responsable ante el mismo contratista por el monto de los valores reclamados

          en ese concepto si por su culpa, negligencia u otras causas a ellos imputables, la Municipalidad no toma en consideración la solicitud del contratista.

        • 6)

          El supervisor deberá revisar y firmar las Valuaciones Mensuales de Obras del contratista, dentro de un plazo máximo de diez (10) días calendario contados a partir de la fecha de su presentación, sino lo hiciera así dentro del mismo plazo, deberá informar por escrito a la AMDC, dando las razones de su actitud y dejando constancia de la fecha en que procederá a firmar dicho documento de pago o exponiendo los requisitos que el contratista debe cumplir previamente para proceder con el trámite señalado.

        • 7)

          El supervisor tendrá la responsabilidad de la supervisión de todo el trabajo en conexión con este proyecto, de acuerdo con los planos, especificaciones y documentos del mismo, previamente aprobados por la Municipalidad. En cualquier otro caso no cubierto por los documentos aprobados, el supervisor se adherirá a las normas de ingeniería generalmente aceptadas utilizadas en proyectos similares.

        • 8)

          El supervisor acuerda que todos los bienes no fungibles con valor superior a cien lempiras (L. 100.00) adquiridos con fondos del proyecto pasarán a ser propiedad de la Municipalidad a la terminación del contrato, sin perjuicios a efectuar transferencias parciales al finalizar físicamente cualquier sección del proyecto. En caso que estos bienes no se devuelvan a la Municipalidad, estos serán pagados por el supervisor al valor del costo, tomando en cuenta la depreciación que para tal efecto tienen establecidos los Reglamentos del Ministerio de Finanzas. Los bienes con valor menor o igual a L. 100.00, no estarán sujetos a devolución.

        • 9)

          Al fin de coordinar y discutir criterios y establecer si los trabajos se están ejecutando de acuerdo con lo establecido en estos términos de referencia, el supervisor se compromete a convocar a reuniones de trabajo al menos una vez al mes o como fuere necesario o bien, cuando la Municipalidad lo ordene. A dichas reuniones asistirán el coordinador del proyecto, los representantes que la Municipalidad designe; el supervisor mismo y por parte del contratista sus representantes respectivos. Durante estas reuniones el supervisor presentará a la AMDC una evaluación descriptiva y gráfica del avance de los trabajos y su relación con el programa de trabajo aprobado. Se discutirán, además, problemas que se hayan presentado en la realización de los trabajos y si ellos hubieron causado alguna demora, solicitará al contratista el respectivo ajuste del programa de trabajo para su posterior revisión y en su caso aprobación. El supervisor a su vez hará una exposición de la forma como se realizarán los trabajos inmediatos y someterá a consideración de la AMDC decisiones técnicas y administrativas de importancia relevante para el buen éxito y finalización del proyecto en el tiempo programado.

        • 10)

          El supervisor apoyará con logística, vehículos y otros a la AMDC para realizar inspecciones conjuntas en los sitios que se desarrollan los trabajos o para recorrer las áreas que requieran diseños.

      • b)

        Información y Servicios: 1. La Alcaldía Municipal del Distrito Central y el coordinador del proyecto por medio de la Dirección de Control y Seguimiento proveerán al supervisor de toda la asistencia que sea necesaria para obtener la información existente relacionada con el proyecto, incluyendo informes, fotografías aéreas, evaluaciones, inventarios viales y cualquier otra documentación que pueda estar disponible y asistirán a los supervisores en obtener tal información de otras dependencias de la Alcaldía. 2. Además, la Alcaldía Municipal del Distrito Central se compromete a entregar al supervisor, toda la información técnica de que dispusiese y sea apropiada y útil para la ejecución del proyecto, toda la información obtenida deberá devolverse a la Alcaldía Municipal del Distrito Central una vez finalizado el proyecto. 3. La Alcaldía Municipal del Distrito Central se compromete a ejecutar con la debida diligencia, la revisión, aprobación, aceptación y autorización de todas las solicitudes de pago sometidos por el supervisor de conformidad con el modo de pago que se establezca en el contrato. 4. La Alcaldía Municipal del Distrito Central a través de la Dirección de Control y Seguimiento, nombrará un ingeniero coordinador, que será el enlace entre esa dependencia y el supervisor por intermedio del cual se canalizarán las relaciones entre ambas partes, en lo relacionado con el proyecto en general. 5. La Alcaldía Municipal del Distrito Central a través de la Dirección de Control y Seguimiento, supervisará el cumplimiento de las obligaciones del supervisor con el objeto de proteger los intereses de la Alcaldía Municipal del Distrito Central. Con tal propósito, el representante de la Alcaldía Municipal del Distrito Central llevará a cabo, entre otras, las siguientes tareas: • Verificar el cumplimiento de las actividades que corresponden al supervisor bajo este contrato, para comprobar que sean ejecutadas con eficiencia razonable. • Verificar que el trabajo sea llevado a cabo por el personal apropiado y que se sigan buenas prácticas de ingeniería. I.9. Informes  Informes de Etapa II: Supervisión de Obras Deberá presentar a la Alcaldía Municipal del Distrito Central a través de la Dirección de Control y Seguimiento en original y dos copias, los siguientes informes: 1. INFORME PRELIMINAR El supervisor presentará un informe preliminar dentro de los

        quince (15) días calendario posteriores a partir de la fecha de emisión de la orden de inicio extendida por la Alcaldía Municipal del Distrito Central. Este informe deberá contener todo lo establecido en las actividades de evaluación arriba indicado. 2. INFORMES DE AVANCE Deberá presentar mensualmente, a más tardar dentro de los primeros cinco (5) días hábiles, posteriores al período reportado, informes mensuales de avance con detalle apropiado de las actividades realizadas tanto por el supervisor como por cada uno de los contratistas, durante el periodo reportado y acumulado, estudios realizados y resultados obtenidos de la evaluación técnica y ambiental cumplimiento del plan inicial de trabajo, observaciones, comentarios y recomendaciones. 3. INFORMES ESPECIALES Preparará los informes que le sean requeridos por la Alcaldía Municipal del Distrito Central y los deberá presentar en el tiempo que se establezca. 4. INFORME FINAL Preparará un informe final que cubra todas las fases del proyecto bajo los términos de este contrato para someterlo a la consideración y aprobación de la Alcaldía Municipal del Distrito Central. El informe deberá reflejar en detalle cada una de las actividades de obra ejecutada por los contratistas, y las recomendaciones pertinentes relacionadas con los aspectos técnicos y financieros. La Alcaldía Municipal del Distrito Central a través de la Dirección de Control y Seguimiento le indicará al supervisor cual es la información mínima que deberá incluir en cada informe. Deberá presentar el informe final a la Alcaldía Municipal del Distrito Central a través de la Dirección de Control y Seguimiento, un original y dos copias y en CD a los quince (15) días de haber finalizados los trabajos. Todos los informes deben presentarse en: Un original y dos copias y en CD. Por cada informe que será presentado se deberá incluir un Resumen Ejecutivo del mismo. Para cada diseño el Informe Final deberá contener, pero sin limitarse a ello lo siguiente:

        • 1)

          Memoria Descriptiva

          • Antecedentes, hallazgos de la situación existente.

          • Ubicación.

          • Descripción del proyecto (incluir: Plazo de ejecución, monto total del proyecto, etc.).

          • Objetivos.

        • 2)

          Memoria de cálculo de áreas de afectaciones, con su respectiva poligonal de cada una incluyendo imágenes, si aplica.

        • 3)

          Memoria de cálculo de diseños estructurales y de pavimentos.

        • 4)

          Estudios y diseños de sistemas sanitarios, pluviales, eléctricos, de iluminación y de reubicación de instalaciones.

        • 5)

          Estimaciones de Costos (Construcción y Supervisión), con las cantidades de obra, incluyendo cálculo y fórmula de escalamiento de costos, Administración delegada, fichas de precios unitarios y memoria de cálculo.

        • 6)

          Programa de obras en Gantt.

        • 7)

          Especificaciones Técnicas que contengan todas las actividades incluidas en el presupuesto y que los nombres establecidos en el presupuesto sean los mismos en las especificaciones. Se debe tomar en cuenta las Instalaciones Provisionales (Oficina y Bodega). También se debe incluir el aspecto Ambiental, Seguridad e Higiene. No incluir el reconocimiento de pago de materiales almacenados, solo en casos excepcionales discutidos con los representantes del Contratante. Se debe incluir la especificación por obras no previstas (administración delegada).

        • 8)

          Conclusiones y Recomendaciones

        • 9)

          Registro Fotográfico de las condiciones existentes de los sitios del proyecto.

        • 10)

          Anexos (Pruebas de suelo, planos, estudios de tráfico, etc.)

        • 11)

          Renders del proyecto

        • 12)

          Planos completos, un juego en tamaño 60x90 cm. y en tamaño tabloide (11” x 17”) un original y tres copias, más la copia digital de los mismos en AutoCAD y en PDF, que contenga al menos lo siguiente: • Índice • Plano de Ubicación • Levantamiento topográfico georreferenciados y con amarres que se ubiquen fácilmente en el sitio • Plano Planta General de lo existente • Plano que contenga cantidades de obra del proyecto • Planta General del proyecto • Plano con sus poligonales e imágenes de áreas de afectaciones si lo hubiere • Planos constructivos • Planta y Perfil o según aplique a cada diseño • Secciones transversales, que indique terreno natural y a construir • Cortes, secciones típicas y detalles • Plano del sistema eléctrico existente • Plano de reubicación del sistema eléctrico y de telecomunicaciones • Planos de iluminación y eléctrico del proyecto con sus detalles y debidamente aprobado por la ENEE • Planos en planta de sistemas sanitarios y pluviales existente • Planos de sistemas sanitarios y pluviales que contengan plantas y plantas perfiles del proyecto • Detalles sanitarios y otros detalles si aplica • Planos de señalización vial del proyecto • Plano de medidas seguridad vial para efectos constructivos • Planos de rutas alternas para el manejo de tráfico durante la construcción • Y todos aquellos necesarios para la correcta ejecución del proyecto.

          I.9. Instalaciones y Logística Para la realización de las tareas del proyecto la Firma Consultora deberá proveer de todas las instalaciones, vehículos, mobiliarios, equipos y software que a su juicio sean necesarios para el desarrollo exitoso de la consultoría. Asimismo, deberá mantener por su cuenta un sistema efectivo de comunicaciones con los representantes asignados por la AMDC para el seguimiento de la consultoría. Para la ejecución de este trabajo, la Firma Consultora contará con toda la información disponible en la AMDC; sin embargo, la Firma Consultora será totalmente responsable de la recopilación, análisis, procesamiento e interpretación de esta información, deberá nombrar la fuente de los datos cuando estos hayan sido tomados de otros estudios, así como cualquier otra información que pueda requerir y que no esté disponible en la AMDC u otras oficinas Gubernamentales. I.10. Plazo de la Consultoría de Estudios, Diseños Finales y Supervisión 1. Etapa II: Supervisión de Obras El consultor contratado analizará y determinará en base a los trabajos de Estudio y Diseño los tiempos estimados para la construcción y supervisión de las obras propuestas, por lo que una vez que la AMDC cuente con los diseños finales se realizarán los ajustes necesarios. La AMDC contará con dos (2) meses a partir de la recepción de los productos de Estudios y Diseños Finales para realizar el proceso de licitación de las Obras en cuestión y emitir la Orden de inicio de la Etapa II (Supervisión de las Obras). Para efecto de esta consultoría y poder determinar una forma de pago se manejará de la siguiente manera: • Pavimentación de calles y Construcción de Sistemas Hidrosanitarios en colonia Nueva Capital  El tiempo estimado para la ejecución de este proyecto será de doscientos cuarenta (240) días calendario.  El tiempo estipulado para la supervisión de este proyecto será de doscientos setenta (270) días calendario. Etapa II: Supervisión de Obras Los pagos serán mensuales siempre y cuando el consultor presente su respectivo informe aprobado por la Dirección de Control y Seguimiento de la A.M.D.C. Al consultor se realizarán los siguientes pagos: Forma de Pago: 1. Pavimentación de calles y Construcción de Sistemas Hidrosanitarios en colonia Nueva Capital Los pagos se harán en moneda nacional: Lempiras. • Primer pago: Diez por ciento (10%) del valor del contrato contra entrega y aprobación del Informe Preliminar por parte de las autoridades de la AMDC. • Pagos Periódicos: Ocho pagos correspondientes al Diez por ciento (10%) del valor del contrato contra entrega y aprobación de Informes de Avance.

          • Pago Final: Diez por ciento (10%) del valor del contrato contra entrega y aprobación del Informe Final por parte de las autoridades de la AMDC. Reteniéndose en cada pago el 12.5% sobre el valor de los honorarios o utilidad por deducción por ley del ISR, al menos que presenten los comprobantes de haber realizado los pagos a cuenta, y el 10% sobre el valor de los honorarios o utilidad por concepto de garantía adicional de cumplimiento de contrato, devolviéndose el valor de este último al obtener el finiquito. Nota: La AMDC por medio de la Dirección de Control y Seguimiento definirá las prioridades de las órdenes de Inicio de los proyectos a ejecutar de acuerdo a su planificación interna.

          Reteniéndose en cada pago el 12.5% sobre el valor de los honorarios o utilidad por deducción por ley del ISR, al menos que presenten los comprobantes de haber realizado los pagos a cuenta, y el 10% sobre el valor de los honorarios o utilidad por concepto de garantía adicional de cumplimiento de contrato, devolviéndose el valor de este último al obtener el finiquito. Nota: La AMDC por medio de la Dirección de Control y Seguimiento definirá las prioridades de las ordenes de Inicio de los proyectos a ejecutar de acuerdo a su planificación interna. III. Fotografías • Pavimentación De Calles Y Construcción De Sistemas Hidrosanitarios En La Colonia Nueva Capital Colonia Nueva Capital a la altura de iglesia Evangélica Pentecostés

          - 52 - En la imagen se muestra las condiciones de las calles en la colonia Nueva Capital En la imagen se muestra la colonia Nueva Capital a la altura del Centro de Votación

          - 53 - Colonia Nueva Capital a la altura de la Escuela IV. Croquis de Ubicación • Pavimento y Sistemas Hidrosanitarios en colonia Nueva Capital

          - 54 - Coordenadas UTM de calles a pavimentar Colonia Nueva Capital X: 472230.00 m E Y: 1558079.00 m N Coordenadas UTM de área tributaria para análisis de los sistemas hidrosanitarios Área Tributaria de la Colonia Nueva Capital X: 472230.20 m E Y: 1558079.50 m N 7. PERSONAL TÉCNICO CLAVE MÍNIMO: 1. Construcción De Pavimento Y Sistemas Hidrosanitarios En La Colonia Nueva Capital • Gerente de Proyecto, tiempo completo • Ingeniero Residente, tiempo completo • Ingeniero Asistente, Ingeniero Civil, tiempo completo • Especialista en Estructuras, tiempo parcial • Especialista en Hidrología/Hidráulica, tiempo parcial • Ingeniero en Seguridad Vial, tiempo parcial • Especialista Ambiental, tiempo parcial • Ingeniero Electricista, tiempo parcial. • Ingeniero En Costos y Presupuestos, tiempo parcial • Valuador 7. PERSONAL TÉCNICO CLAVE MÍNIMO:

          • 1)

            Construcción de Pavimento y Sistemas Hidrosanitarios en la Colonia Nueva Capital

            • Gerente de Proyecto, tiempo completo

            • Ingeniero Residente, tiempo completo

            • Ingeniero Asistente, Ingeniero Civil, tiempo completo

            • Especialista en Estructuras, tiempo parcial

            • Especialista en Hidrología/Hidráulica, tiempo parcial

            • Ingeniero en Seguridad Vial, tiempo parcial

            • Especialista Ambiental, tiempo parcial

            • Ingeniero Electricista, tiempo parcial

            • Ingeniero en Costos y Presupuestos, tiempo parcial

            • Valuador

            • Especialista Legal

              - 55 -

            • Especialista Legal Detalle del personal asignado al servicio (Apéndice “B”) Nombre Formación Profesional Experiencia en su Área (años) Cargo Asignado en el Servicio Lugar de Trabajo Hora o Días / Mes David Armando Murillo Torres Ingeniero Civil 27 Gerente de Proyecto 9.00 Franklin Ubaldo Castro González Ingeniero Civil 35 Ingeniero Residente 9.00 Luis Fernando Baquedano Euceda Ingeniero Civil 9 Ingeniero Asistente 9.00 Rene Andrés Girón Vargas Ingeniero Civil 16 Especialista en Estructuras 4.00 Ramón Antonio Castellanos Duarte Ing. Civil 26 Especialista en Hidrología Hidráulica 5.00 Carlos Gerardo Díaz Deras Ingeniero Civil 15 Ingeniero en Seguridad Vial 5.00 Daniel Edgardo Díaz Alvarado Ingeniero Ambiental 11 Especialista Ambiental 5.00 Darlan Luis Molina Fonseca Ing. Eléctrico 22 Ingeniero Electricista 4.00 Rigoberto Medina Gámez Ingeniero Civil 26 Especialista en Costos y Presupuestos 5.00 Nahúm Ernesto Funes Núñez Ingeniero Civil 10 Valuador 4.00 Gabriel Edgardo Barrientos Hernández Abogado 17 Especialista Legal 3.00

              No. DESCRIPCION UNIDAD CANTIDAD PRECIO UNITARIO (L.) TOTAL (L.) I PERSONAL 1 Remuneraciones Personales 1.1.1 Gerente de proyecto Hombres/mes 9.00 75,000.00 L 675,000.00 L 1.1.2 Ingeniero Residente Hombres/mes 9.00 65,000.00 L 585,000.00 L 1.1.3 Ingeniero Asistente Hombres/mes 9.00 55,000.00 L 495,000.00 L 1.1.4 Especialista en Estructuras Hombres/mes 4.00 70,000.00 L 280,000.00 L 1.1.5 Especialista en Hidrología/Hidráulica Hombres/mes 5.00 70,000.00 L 350,000.00 L 1.1.6 Ingeniero en Seguridad Vial Hombres/mes 5.00 60,000.00 L 300,000.00 L 1.1.7 Especialista Ambiental Hombres/mes 5.00 60,000.00 L 300,000.00 L 1.1.8 Ingeniero Electricista Hombres/mes 4.00 65,000.00 L 260,000.00 L 1.1.9 Especialista en costros y presupuestos Hombres/mes 5.00 60,000.00 L 300,000.00 L 1.1.10 Valuador Hombres/mes 3.00 50,000.00 L 150,000.00 L 1.1.11 Especialista Legal Hombres/mes 3.00 50,000.00 L 150,000.00 L Sub-total 1 3,845,000.00 L 2 Personal Administrativo Auxiliar y otros 1.2.1 Administradora Hombres/mes 9.00 25,000.00 L 225,000.00 L 1.2.2 Secretaria Hombres/mes 9.00 18,000.00 L 162,000.00 L 1.2.3 Inspectores (2) Hombres/mes 16.00 20,000.00 L 320,000.00 L 1.2.4 Dibujante AutoCAD (2) Hombres/mes 10.00 20,000.00 L 200,000.00 L 1.2.5 Motorista (2) Hombres/mes 18.00 16,000.00 L 288,000.00 L 1.2.6 Tiempo extra personal (25% ) 202,000.00 L Sub-total 2 1,397,000.00 L 5,242,000.00 L II BENEFICIOS SOCIALES 2.1 Beneficios Sociales (46.23% sobre la suma de 1.1+1.2) 2,423,376.60 L 2,423,376.60 L III COSTOS OPERATIVOS 3.1 Servicios públicos de oficina Mes 9.00 15,000.00 L 135,000.00 L 3.2 Papelería y gastos de reproducción Mes 9.00 20,000.00 L 180,000.00 L 3.3 Comunicaciones Mes 9.00 18,000.00 L 162,000.00 L 3.4 Alquiler de oficina Mes 9.00 18,000.00 L 162,000.00 L 3.5 Uso de vehículo Mes 73.00 25,000.00 L 1,825,000.00 L 3.6 Uso de equipo de oficina y cómputo Mes 9.00 18,000.00 L 162,000.00 L 3.7 Servicio de laboratorio Mes 5.00 150,000.00 L 750,000.00 L 3.8 Servicios de topografía Mes 8.00 180,000.00 L 1,440,000.00 L 4,816,000.00 L IV GASTOS GENERALES 4.1 20% de (I + II) 1,533,075.32 L 1,533,075.32 L V MANEJO DE GASTOS DIRECTOS 5.1 10% de III 481,600.00 L 481,600.00 L VI HONORARIOS/UTILIDAD 6.1 10% de (I + II + IV) 919,845.19 L 919,845.19 L 15,415,897.11 L Sub-Total V Sub-Total VI GRAN TOTAL OFERTA NEGOCIADA Supervision de la pavimentacion de calles y construccion de sistemas hidrosanitarios en la colonia Nueva Capital TIEMPO: 9 MESES Sub-Total I Sub-Total II Sub-Total III Sub-Total IV APENDICE C

          • 2)

            C O N T R ATO N o . 3 3 8 8 / G L A / A M D C / 2 0 2 5 “ESTUDIOS, DISEÑOS, ASISTENCIA TÉCNICA Y SUPERVISIÓN DE LAS INVERSIONES EN MEDIDAS ESTRUCTURALES Y MEDIDAS VERDES DEL PROGRAMA DE ADAPTACIÓN URBANA AL CAMBIO CLIMÁTICO EN CENTRO AMÉRICA – COMPONENTE HONDURAS” CPuNO-005-AMDC-051-2025, por un monto total de CINCUENTA Y SIETE MILLÓNES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA LEMPIRAS CON 32/100 (L. 57,757,290.32) suscrito el 24 de noviembre del año 2025, entre la Municipalidad del Distrito Central (AMDC) denominado el contratante y la Sociedad Mercantil, ASOCIACIÓN DE CONSULTORES EN INGENIERÍA, S. DE R.L. (A.C.I., S. DE R.L.), denominado El Consultor. Que literalmente dice…

Notas

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