Resolución No. 471-2017 — Concesión de Personalidad Jurídica a Organización No Gubernamental de Desarrollo ASOCIACIÓN GALEAS
Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
- Decreto: 471-2017
- Publicación: 31 de marzo de 2017
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
- Gaceta: 34,304
Considerandos
Que la ONGD, se crea como Organización civil,independiente de los gobiernos locales,de carácter privado y de interés público, apolítica, sin fines de lucro, cuyos objetivos contribuyen al desarrollo humanitario e integral de la población,entre otros;asimismo sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país,el orden público,la moral y las buenas costumbres.
Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo, No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidád con los Artículos11,16,119dela Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Articulos
Conceder Personalidad Jurídica a la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD) denominada ASOCIACIÓN GALEAS (ASGA), con domicilio en la ciudad de Choluteca, departamento de Choluteca, teniendo los objetivos siguientes:
- a)
Fomentar el bienestar humano en el área de género brindando capacitaciones en derechos humanos a toda la población de la aldea El Trapiche, municipio de Choluteca.
- b)
Contribuir con la erradicación de la pobreza, apoyando a los habitantes de la aldea del Trapiche, municipio de Choluteca, formando grupos para la integración de microempresas como ser: Cajas Rurales,Porquerizas,Abarroterías,etc.Gestionando fondos antes organismos nacionales e internacionales como ser Vida Mejor, Visión Mundial Honduras y otros. c)Contribuir con las instituciones gubernamentales a la reforestación y conservación del Bosque, programando actividades de reforestación con los docentes de los diferentes centros educativos públicos de la aldea del Trapiche. d) Gestionar ante instituciones nacionales e internacionales fondos para la construcción y mejoras de vivienda para aquellos hogares donde haya adultos mayores y niños entre edades de un día de nacido hasta la culminación de la educación primaria. e) Celebrar convenios con personas naturales y jurídicas nacionales e internacionales para el logro de los objetivos de la Asociación Gáleas. f) capacitar a través de charlas, seminarios, talleres y cualquier actividad sobre temas de salud, trabajo, nutrición, economía, etc.A los padres y madres de familia de la aldea del Trapiche, municipio de Choluteca. g) Promover actividades culturales y recreativas con los maestros de los centros educativos, patronatos, junta de aguas de laAldea del Trapiche, municipio de Choluteca.
La ASOCIACIÓN GALEAS (ASGA), se regirá por sus estatutos, contenidos en el Acta de constitución aprobados por los fundadores. Sección “B” U D I -D EG T-U N AH A. 2
La ASOCIACIÓN GALEAS (ASGA),está
La ASOCIACIÓN GALEAS(ASGA),queda
Las reformas o modificaciones delos Estatutos de organización se someterán al mismo procedimiento de su aprobación, y serán registradas en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.
La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad, con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.
Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que proceda a la inscripción de la organización en el registro correspondiente.
La legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario.
La presente Resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los estatutos que sea contraria a la Constitución de la República de Honduras y a las leyes. NOTIFÍQUESE. (F) CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa,M.D.C.,9de marzo de dos mil diecisiete. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 31 M. 2017