Resolución No. 1057-2018 — Concesión de Personalidad Jurídica a Asociación de Desarrollo Comunidad del Futuro (COMFUTURO)
Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
- Decreto: 1057-2018
- Publicación: 30 de agosto de 2018
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización
- Gaceta: 34,732
Considerandos
Que la Organización No Guber- namental de Desarrollo denominada Asociación de Desarrollo Comunidad del Futuro (COM FUTURO), se crea como Organización No Gubernamental de desarrollo, independiente de los gobiernos locales, de carácter privado y de interés público, apolítica, sin fines de lucro, sin objetivos preponderadamente gremiales, laborales o religiosos, cuyos objetivos contribuyen al desarrollo humanitario e integral de la población, entre otros; asimismo sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres. U D I-D EG T-U N AH
Articulos
Conceder Personalidad Jurídica a la Organización No Gubernamental de Desarrollo denominada Asociación de Desarrollo Comunidad del Futuro (COM FUTURO), la cual contará con domicilio en la ciudad de Juticalpa, departamento de Olancho, fijando como objetivos específicos a desarrollar, los siguientes: a)- Crear conciencia que sólo a través de la capacitación, en las áreas de la educación y salud integral se combate la desigualdades rocíales que actúan como limitantes en el desarrollo social y económica de una comunidad, por lo que se tendrá que mejoren los niveles de vida de las personas para lograr, una estabilidad personal, familiar y por consiguiente una comunidad más desarrollada; b)- Crear y desarrollar programas de educación, desarrollar en las comunidades proyectos preventivos en materia de salud; c)- Planificar y difundir programas culturales de interés nacional que incentiven el arte la recreación de la infancia y juventud; d)- Promover, gestionar y participar en programas de desarrollo social en beneficio de las áreas, locales, regionales y nacionales del país a través de las diferentes instituciones que faciliten la ayuda y la cooperación, fortaleciendo la familia y grupos comunitarios; e)- Promover la educación sanitaria, higiénica y alimentaria por medio de equipo humano para ser llevadas en las áreas locales, regionales, nacionales rurales de Honduras; f)- Desarrollo de programas para la inclusión de género, ayuda directa al adulto mayor.- Desarrollo de Programas forestales.
La Organización No Gubernamental de Desarrollo denominada Asociación de Desarrollo Comunidad del Futuro (COM FUTURO), la cual contará con domicilio en la ciudad de Juticalpa, departamento de Olancho, se regirá por sus estatutos, contenidos en el Acta de constitución aprobados por los fundadores.
La Organización No Gubernamental de Desarrollo denominada Asociación de Desarrollo Comunidad del Futuro (COM FUTURO), está obligada a solicitar ante los entes estatales competentes, los permisos o licencias necesarios para el cumplimiento de sus objetivos.
La Organización No Gubernamental de Desarrollo denominada Asociación de Desarrollo Comunidad del Futuro (COMFURURO), queda sujeta al cumplimiento de las obligaciones emanadas de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y su Reglamento.
Las reformas o modificaciones de los Estatutos de organización se someterán al mismo procedimiento de su aprobación y serán registradas en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización.
La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.
Instruir a la Secretaría General para quede Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles, (U.R.S.A.C.), para que proceda a la inscripción de la organización en el registro correspondiente.
La legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario.- NOTIFÍQUESE. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA. SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. (F) WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES. SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los treinta y un días del mes de julio de dos mil dieciocho. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 30 A. 2018. U D I-D EG T-U N AH