Certificación No. SE-001-2020 — Certificación de Resolución sobre renovación de información declarada como reservada de Defensa Nacional
Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP)
- Decreto: SE-001-2020
- Publicación: 13 de septiembre de 2024
- Órgano emisor: Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP)
- Gaceta: 36,639
Texto completo
CERTIFICACION La suscrita, Secretaria General del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), CERTIFICA: La resolución que literalmente dice: “RESOLUCION No. SE-001-2020.INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los diecisiete (17) días del mes de enero del año dos mil veinte (2020). VISTO: Para resolver la solicitud de RENOVACIÓN DE LA INFORMACIÓN DECLARADA COMO RESERVADA MEDIANTE ACUERDO S.D.N. N°. 068-2019 de fecha dieciséis (16) de octubre de dos mil DIECINUEVE (2019), presentada por el General (R) FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA en su condición de SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL, según expediente administrativo No. 001-2019-CI. CONSIDERANDO UNO (1): En fecha cuatro (04) de septiembre de dos mil diecinueve (2019), el General (R) FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA en su condición de SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL, presentó a través de la Secretaría General de este Instituto una solicitud donde pone en conocimiento al INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA(IAIP), que la “La Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa mediante oficio N°. 476-2019 de fecha treinta (30) de agosto de dos mil diecinueve (2019), acordó solicitar al Instituto de Acceso a la Información Pública, (IAIP), la renovación y ampliación de la información declarada como reservada mediante Acuerdo S.D.N. N°. 0108-2009 de fecha tres (03) de marzo de dos mil nueve (2009), previa autorización del IAIP según Resolución No.73-2009 de fecha ocho (8) de diciembre de dos mil nueve (2009).” CONSIDERANDO DOS (2): La Resolución N. 73-2009 de fecha ocho (8) de diciembre de dos mil nueve (2009), en donde el INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, resolvió declarar CON LUGAR, la Solicitud por la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL, relacionada a la clasificación de la información pública como reservada referente a: 1. “Información referente al personal de la Secretaría de Defensa Nacional. a) Hoja de Servicios (datos generales). b) Expedientes clínicos. c) Certificación de estudios. d) Escalafón de personal. e) Situación de personal (cantidades, destinos, nombres y dirección, planillas de pago, acuerdos de nombramientos y contratos de personal), con excepción de la remuneración mensual por puesto de los empleados de la Secretaría, con omisión de los nombres del personal aludido. 2) Documentación que pone o podría poner en riesgo la defensa y seguridad del Estado en determinada situación: a) Planes de defensa y seguridad nacional. Se refiere a los planes de seguridad que enmarca el accionar de las Fuerzas Armadas para salvaguardar y mantener la soberanía nacional e integridad territorial. b) Estudios estratégicos. Estudios y análisis de las diferentes amenazas a la población y el Estado de Honduras a fin de determinar las causas para reducir las consecuencias. c) Estudios de seguridad de instalaciones, personal y documentos. Determinan las medidas de seguridad, pasivas y activas, así como, las acciones destinadas a proteger las personas, equipo e instalaciones militares. d) Análisis militares. Análisis militares de los factores del poder nacional para determinar los recursos humanos y materiales del Estado en pro de garantizar los objetivos e intereses nacionales. e)Actividades de inteligencia y contra inteligencia. Acciones destinadas a proteger la Defensa y Seguridad Nacional del Estado de Honduras. f) Ordenes de batalla. Organización, estructura y proceder de las amenazas potenciales del Estado de Honduras. g) Equipo de combate, técnico y de comunicaciones. Listado del equipo para llevar a cabo las operaciones en el comando, control y transmisión a fin de proteger la secretividad de las operaciones. h) Actividades de combate al crimen organizado y narcotráfico. Procedimientos de operaciones en contra de las actividades del crimen organizado y narcotráfico. i) Información relacionada a los teatros de operaciones. Información relacionada con la defensa de la patria en los espacios aéreos, marítimos y terrestres. j) Planes estratégicos. Contienen los diferentes estudios y análisis de la situación actual para preparar planes para contrarrestar el accionar delictivo de las diferentes amenazas. k) Programas de adiestramiento, planeamiento y conducción de ejercicios de campaña. Programas maestros de instrucción de formación y capacitación y de la conducción de ejercicios de puestos de mando y de campaña de las maniobras militares. l) Tabla de organización y equipo. Documento que contiene la organización y asignación de personal, armas y equipo de las fuerzas, grandes unidades, unidades militares, bases aéreas y navales. m) Inventario de municiones de carga básica y
de adiestramiento. Descripción de la cantidad en existencia y el estado de las municiones de alto y pequeño calibre para combate y de adiestramiento. n) Inventario general de armas, materiales y equipo de combate en general. Descripción de la operatividad y cantidad de las armas, material y equipo militar con que cuenta las Fuerzas Armadas. o) Apreciaciones de los teatros de operaciones. Análisis y valoraciones del empleo de los recursos humanos y materiales en cada uno de los teatros de operaciones, en que se divide el territorio nacional para propósitos de defensa o situaciones de emergencia nacional. p) Planes de guerra de los teatros de operaciones. Descripción a futuro del empleo de los recursos humanos y materiales para la defensa de los teatros de operaciones. q) Ordenes de operaciones de los teatros de operaciones. Descripción inmediata del empleo de los recursos humanos y materiales para la defensa de los teatros de operaciones. r) Apreciaciones de Estado Mayor. Análisis y valoraciones del empleo de los recursos humanos y materiales en la defensa de la soberanía nacional e integridad territorial en cada uno de los teatros de operaciones. s) Procedimientos operativos de combate y administrativos. Descripción de las actividades rutinarias o permanentes de las unidades para la seguridad,la operatividad y el funcionamiento normal en cada una de las misiones tanto en tiempo de paz como en tiempo de guerra. t) La organización táctica. Es la asignación de personal de oficiales, sub oficiales, tropas y auxiliares en forma específica dentro de las Fuerzas Armadas. u) Instrucciones vigentes de transmisiones (IVT / IOT). Contiene las instrucciones de operación vigente de las comunicaciones para el control de las operaciones militares y la clasificación de los documentos que por su seguridad requieren los mismos. v) Planes de adiestramiento y concentración de la reserva. Describe y detalla el adiestramiento y los procedimientos establecidos para concentrar el personal de reserva y su organización para hacer frente a cualquier amenaza que se presente. w) Diarios de operaciones. Registro de todas las acciones y actividades de las unidades militares que se ejecutan diariamente, especificando por áreas las operaciones efectuadas. x) Planes de seguridad de operaciones. Describe las medidas de seguridad, pasivas y activas que se ejecutarán durante el desarrollo de las operaciones para la protección de las personas, armas, equipo y material de las Fuerzas Armadas. y) Frecuencias de radio comunicación UHF. Y VHF. Describe las frecuencias a utilizar por diferentes medios de comunicación en las diferentes áreas de operación. z) Claves de equipo de computación y comunicaciones. Son las diferentes medidas de seguridad para el uso del equipo de informática que registra toda la documentación de las Fuerzas Armadas. aa. Informes de inspecciones realizadas por las Inspectorías. Presenta el estado y la operatividad de las unidades en cuanto a personal, adiestramiento, armas y equipo para responder ante cualquier amenaza. bb. Informes periódicos. Resumen mensual en los diferentes campos de operación que detalla el proceder rutinario de las actividades de las unidades. cc. Planes operacionales para la defensa nacional. Planes que contemplan la ejecución de las operaciones de cada una de las fuerzas en las diferentes eventualidades para la defensa de la nación. dd. Planes para la defensa de áreas vitales en particular. Planes específicos de situación particular, y no convencionales para la protección de áreas vitales como ser: Poder Ejecutivo, Poder Legislativo, Poder Judicial y demás Instituciones del Estado y operaciones de apoyo a la Policía Nacional o aquellas que el Estado estime conveniente. ee. Documentos que contengan métodos, técnicos, tácticos especiales y unidades que estén previstos para operaciones futuras. Documentos que contengan la especificación técnica y táctica mente con el empleo de recursos para responder a futuras amenazas. ff. Información sobre cantidad específica de reserva de material estratégico. Contiene el material estratégico y su estado para lograr determinar el alcance de las operaciones militares (aviones y su estado). gg. Documentos que tratan sobre Acuerdos Bilaterales o Multilaterales de Defensa. Documentos específicos de los acuerdos en materia de defensa para contrarrestar el accionar delictivo y/o amenaza contra el Estado y sus habitantes. hh. Información sobre métodos, organización y resultados del servicio de inteligencia y contra inteligencia. Estudios, resúmenes e informes que resulten del servicio de inteligencia y contra inteligencia en función de mantener y cumplir la misión constitucional de las Fuerzas Armadas de Honduras. ii. Planes de contingencia. Planes que contienen las actividades a ejecutar por las unidades militares como producto de imprevistos que no estén contemplados en el plan inicial que cumple una operación militar ante una amenaza. jj. Contratos y adquisiciones de armas, material y equipo militar. Deberá mantenerse en reserva información específica sobre este tema tal como la descripción técnica del armamento, material
y equipo militar que se adquiera, áreas de asignación del mismo, reserva que no debe entenderse en cuanto al monto del contrato y a la descripción general del armamento, material y equipo militar que se adquiera sin entrar a detallar los mismos”. CONSIDERANDO TRES (3): En fecha cuatro (04) de septiembre de dos mil diecinueve (2019), mediante providencia que corre agregada a folio nueve (9) del presente curso de autos, se tuvo por recibida por la Secretaria General de este Instituto la solicitud con número de oficio N°. 476-2019, de fecha treinta (30) de agosto del dos mil diecinueve (2019), presentada por el General (R) FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA, en su condición de SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL, en relación a la solicitud de RENOVACIÓN Y AMPLIACION DE LA INFORMACION DECLARADA COMO RESERVADA por diez años más, en consecuencia, a lo anteriormente expresado, se ordenó por parte de la Secretaria General de este Instituto dar traslado de las diligencias a la Unidad de Servicios Legales para la emisión del Dictamen pertinente. CONSIDERANDO CUATRO (4): En fecha siete (07) de octubre de dos mil diecinueve (2019), mediante providencia misma que corre agregada a folio diez (10), del presente curso de autos, se tuvieron por recibidas las presentes diligencias en la Unidad de Servicios Legales y se determinó que PREVIO a emitir dictamen y para tener una decisión más apegada sobre el asunto en cuestión, se devuelvan las presentes diligencias al lugar de su procedencia, a fin de solicitar a la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA, el fundamento legal de cada uno de los puntos específicos que se pretenden modificar y ampliar en la reserva de información pública, de igual manera, se detalle de forma específica cuales son los puntos que no se van a modificar y se mantendrán en su contenido original, tal y como se determinaron en la Resolución N°. 73- 2009, ya que el Acuerdo S.D.N. N°. 055-2019 solo hace alusión a la nueva lectura que se pretende dar modificación y ampliación de la clasificación de información pública como reservada, y en ninguna parte del antes referido escrito se presentan las razones legales que justifiquen dicha modificación y ampliación del alcance de la reserva de información. CONSIDERANDO CINCO (5): En fecha catorce (14) de octubre de dos mil diecinueve (2019), mediante providencia que corre agregada al folio once (11) del presente curso de autos, se tuvieron por recibidas las presentes diligencias en la Secretaria General de este Instituto y se procedió a requerir a la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL, a fin de establecieran el fundamento legal de cada uno de los puntos específicos que se pretenden modificar y ampliar en la reserva de información pública, asimismo, que se detalle de forma específica cuales son los puntos que no se van a modificar y se mantendrán en su contenido original. CONSIDERANDO SEIS (6): En fecha dieciocho (18) de octubre de dos mil diecinueve (2019), mediante providencia que corre agregada a folio dieciocho (18) del presente curso de autos, se tuvo por recibida en la Secretaria General de este Instituto, la solicitud de renovación de la clasificación de la información como reservado a favor de la SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL, con número de oficio N°. 713-2019, de fecha dieciséis (16) de octubre del dos mil diecinueve (2019), presentada por el General (R) FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA, actuando en su condición de SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL, en cumplimiento a la providencia de fecha catorce (14) de octubre del dos mil diecinueve (2019), en la que se adjuntó el Acuerdo S.D.N. N°. 068-2019 solicitando la RENOVACIÓN DE LA INFORMACION DECLARADA COMO RESERVADA por diez años más, según lo contenido en la Resolución N°. 73-2009, emitida por el INSTITUTO DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (IAIP), en fecha ocho (8) de diciembre del dos mil nueve (2009) y dejando sin valor y efecto el acuerdo S.D.N. N°. 055-2019 presentado en fecha cuatro (4) de septiembre de dos mil diecinueve (2019) en consecuencia, a lo anteriormente expresado se ordenó por parte de la Secretaria General de este Instituto dar traslado de las diligencias a la Unidad de Servicios Legales para la emisión del Dictamen pertinente. CONSIDERANDO SIETE (7): La Unidad de Servicios Legales emitió el Dictamen Legal No. USL-205-2019 de fecha veinticinco (25) de octubre del dos mil diecinueve (2019) en el que dictamina: Declarar CON LUGAR la solicitud de RENOVACIÓN DE LA INFORMACION DECLARADA COMO RESERVADA según acuerdo S.D.N. N°. 068-2019 presentada por el General (R) FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA en su condición de SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL, tal y como lo establece el artículo 31, párrafo segundo del
REGLAMENTO DE LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA. CONSIDERANDO OCHO (8): Que el artículo 2 de la LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA dispone, entre otros: “Que son objetivos de esta Ley establecer los mecanismos para: 1)…, 2)…, 3)…, 4)…, 5)…, 6) Garantizar la protección, clasificación y seguridad de la información pública y el respeto a las restricciones de acceso en los casos de:
- a)
Información clasificada como reservada por las entidades públicas conforme a esta Ley;
- b)
Información entregada al Estado por particulares en carácter de confidencialidad;
- c)
Los datos personales confidenciales; y,
- d)
La secretividad establecida por la Ley.”