Acuerdo Ejecutivo No. 189-SEP-2025 — Autorización de transferencia de recursos financieros para mejoramiento de imagen urbana y turística de Valle de Ángeles
Presidencia de la República
- Decreto: 189-SEP-2025
- Publicación: 26 de agosto de 2025
- Órgano emisor: Presidencia de la República
- Gaceta: 36,926
Considerandos
Que la Constitución de la República establece que la Presidenta de la República tiene a su cargo la Administración Central del Estado y su representación, encontrándose entre sus atribuciones de dirigir la política general del Estado y representarlo; emitir Acuerdos, Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley; así como las demás atribuciones que le confieren la Constitución y las leyes (artículo 245 numerales 2,11,12 y 45).
Que la Constitución de la República establece que, toda riqueza antropológica, arqueológica, histórica y artística de Honduras forma parte del patrimonio cultural de la nación.La Ley establecerá las normas que servirán de base para su conservación, restauración, mantenimiento y restitución, en su caso. Es deber de todos los hondureños velar por su conservación e impedir su sustracción. Los sitios de belleza cultural, monumentos y zonas reservadas, estarán bajo la protección del Estado. (artículo 172).
Que de conformidad con la Ley General de la Administración Pública la Presidenta de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada y en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11).
Que de conformidad con la Ley General de la Administración Pública, los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias, y que se emitirán por Acuerdo aquellos actos de carácter general dictados en el ejercicio de la potestad reglamentaria (artículos 116 y 118, numeral 2).
Que la Ley Orgánica del Presupuesto establece que corresponde a la Presidencia de la República autorizar las transferencias de fondos presupuestarios entre EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Secretarías de Estado, instituciones Descentralizadas y entre ambas (artículo 37 numeral 2.)
Que mediante Decreto Legislativo No. 220-97 correspondiente a la Ley para la protección del patrimonio cultural de la nación, establece que la Protección del Patrimonio Cultural de la Nación es de orden público, de interés social y nacional (artículo 10).
Que mediante Decreto Legislativo No. 12-90 de fecha 22 de febrero de 1990, se crea el Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), cuya finalidad es la de promover el mejoramiento de las condiciones de vida de los grupos sociales marginados en el área rural y urbana, mediante el otorgamiento de financiamientos para programas y proyectos de desarrollo social o económico, con el propósito de aumentar su productividad, sus niveles de empleo de ingresos y de contribuir a la satisfacción de sus necesidades.
Que mediante Decreto Legislativo No.PCM-056-2019, se crea la Secretaría de Desarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS), con el propósito de promover el Desarrollo Comunitario por medio de la coordinación, diseño y ejecución de programas y proyectos participativos, incluyentes y equitativos, en alianza con gobiernos locales y socios estratégicos, para mejorar la calidad de vida.
Que mediante Decreto Legislativo No. 103-1993, se crea el Instituto Hondureño de Turismo, en adelante denominado “IHT”, como una entidad de derecho público, de carácter permanente, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía administrativa y financiera, el cual colaborará con las dependencias y entidades que tengan a su cargo la administración y conservación de parques y bosques nacionales, playas, lagos, lagunas y ríos, zonas arqueológicas, edificios, monumentos u objetos de valor histórico o cultural, museos y otros atractivos, a efecto de impulsar su aprovechamiento, proteger y conservar los recursos turísticos, procurando la conservación del medio ambiente y su preservación ecológica (artículos 1 y 23).
Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM 014-2018 se crea la Secretaría de Estado en el Despacho de Turismo, la cual tiene a su cargo la formulación, dirección, ejecución, promoción, estimulación y evaluación de las políticas y actividades relativas al Turismo, como actividad económica que impulse el desarrollo del país, por medio de la conservación, protección y aprovechamiento racional de los recursos turísticos nacionales (artículo 1).
Que mediante Decreto Ejecutivo PCM- 011-2014, se determina declarar al Sector Turismo como un Sector Prioritario para el desarrollo social y económico del país, constituyendo esta Declaratoria como una Política de Estado e integrando la misma, como parte de la más relevante Agenda del Gobierno.
Que en fecha nueve (09) de mayo del año dos mil veinticuatro (2024) se suscribió Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Secretaría de Desarrollo Comunitario,Agua y Saneamiento (SEDECOAS), Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS) y el Instituto Hondureño de Turismo (IHT) con el objeto de garantizar un crecimiento sostenible, soberano y equitativo del turismo, que contribuya al buen vivir de las comunidades locales.
Que el municipio de Valle de Ángeles, se reconoce como un destino turístico de alta relevancia, en virtud de su valor histórico-cultural, manifestando en su arquitectura de estilo colonial, su destacada oferta artesanal, su variada gastronomía típica y el atractivo de su entorno natural. Estas características lo posicionan como un sitio de interés turístico integral, tanto para visitantes nacionales como extranjeros.
Que es de suma importancia revitalizar la imagen urbana turística de los Pabellones de Artesanías del municipio de Valle de Ángeles, cercano a la capital, lo que vendrá a dinamizar la economía y el turismo de uno de los destinos turísticos más famosos de Honduras.
Articulos
Se autoriza la transferencia de recursos financieros desde la Administración Descentralizada a la Administración Central, a través de la Tesorería General de la República; mediante el mecanismo de transferencia interinstitucional de fondos del Presupuesto del Instituto Hondureño de Turismo (IHT) al Presupuesto del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), mediante la incorporación de ingresos y egresos hasta por la cantidad de TREINTA Y CINCO MILLONES DE LEMPIRAS EXACTOS (L35,000,000.00). Dichos recursos serán destinados a financiar el proyecto de mejoramiento de la imagen urbana y turística de los Pabellones de Artesanías del municipio de Valle de Ángeles. En consecuencia, se instruye y autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a efectuar todas las operaciones presupuestarias y financieras que fueren necesarias dentro del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República Ejercicio Fiscal 2025, en el marco de sus competencias legales, incluyendo la posibilidad de realizar traslados entre asignaciones presupuestarias de capital a gasto corriente, de ser requerido. La ejecución y administración de los fondos será responsabilidad exclusiva de las instituciones ejecutoras correspondientes y deberá realizarse en estricto cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y normativas vigentes.
Transferir fondos interinstitucionalmente del Presupuesto Aprobado del Instituto Hondureño de Turismo (IHT) a través de la Tesorería General de la República al Presupuesto del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), de la asignación presupuestaria siguiente:
Incorporar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Administración Central a través del Presupuesto del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS) con fuente 11 Tesoro Nacional mediante transferencia de fondos interinstitucional del Presupuesto Aprobado del Instituto Hondureño de Turismo (IHT), en las asignaciones presupuestarias siguientes: Aumentar Ingreso Aumentar Gasto estricto cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y normativas vigentes.
Transferir fondos interinstitucionalmente del Presupuesto Aprobado del Instituto Hondureño de Turismo (IHT) a través de la Tesorería General de la República al Presupuesto del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), de la asignación presupuestaria siguiente: Inst GA UE Fte. Org. Prog. Spg. Proy. Act /Obra Obj. MONTO 501 107 025 11 001 13 00 000 004 52110 L 35,000,000.00 TOTAL L 35,000,000.00
Incorporar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Administración Central a través del Presupuesto del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS) con fuente 11 Tesoro Nacional mediante transferencia de fondos interinstitucional del Presupuesto Aprobado del Instituto Hondureño de Turismo (IHT), en las asignaciones presupuestarias siguientes: Aumentar Ingreso Inst GA Fte. Org. Rubro de Ingreso MONTO 22 1 11 1 22102 L 35,000,000.00 TOTAL L 35,000,000.00 Aumentar Gasto Inst GA UE Fte. Org. Prog. Spg. Proy. Act /Obra Obj. MONTO 022 001 030 11 001 21 00 00 001 47210 L 35,000,000.00 TOTAL L 35,000,000.00
Transferir fondos interinstitucionalmente del Presupuesto Aprobado del Instituto Hondureño de Turismo (IHT) a través de la Tesorería General de la República al Presupuesto del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), de la asignación presupuestaria siguiente: Inst GA UE Fte. Org. Prog. Spg. Proy. Act /Obra Obj. MONTO 501 107 025 11 001 13 00 000 004 52110 L 35,000,000.00 TOTAL L 35,000,000.00
Incorporar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Administración Central a través del Presupuesto del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS) con fuente 11 Tesoro Nacional mediante transferencia de fondos interinstitucional del Presupuesto Aprobado del Instituto Hondureño de Turismo (IHT), en las asignaciones presupuestarias siguientes: Aumentar Ingreso Inst GA Fte. Org. Rubro de Ingreso MONTO 22 1 11 1 22102 L 35,000,000.00 TOTAL L 35,000,000.00 Aumentar Gasto Inst GA UE Fte. Org. Prog. Spg. Proy. Act /Obra Obj. MONTO 022 001 030 11 001 21 00 00 001 47210 L 35,000,000.00 TOTAL L 35,000,000.00 Instituto Hondureño de Turismo (IHT) a través de la Tesorería General de la República al Presupuesto del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS), de la asignación presupuestaria siguiente: Inst GA UE Fte. Org. Prog. Spg. Proy. Act /Obra Obj. MONTO 501 107 025 11 001 13 00 000 004 52110 L 35,000,000.00 TOTAL L 35,000,000.00
Incorporar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la Administración Central a través del Presupuesto del Fondo Hondureño de Inversión Social (FHIS) con fuente 11 Tesoro Nacional mediante transferencia de fondos interinstitucional del Presupuesto Aprobado del Instituto Hondureño de Turismo (IHT), en las asignaciones presupuestarias siguientes: Aumentar Ingreso Inst GA Fte. Org. Rubro de Ingreso MONTO 22 1 11 1 22102 L 35,000,000.00 TOTAL L 35,000,000.00 Aumentar Gasto Inst GA UE Fte. Org. Prog. Spg. Proy. Act /Obra Obj. MONTO 022 001 030 11 001 21 00 00 001 47210 L 35,000,000.00 TOTAL L 35,000,000.00
El Fondo Hondureño de Inversión Social deberá presentar un Informe de Ejecución Física y Financiera con copia a la Secretaría de Estado en el Despacho de Turismo, Presidencia de la República a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia e Instituto Hondureño de Turismo.
El presente Acuerdo Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio de Distrito Central, a los once (11) días del mes de agosto del año dos mil veinticinco (2025). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA CONSTITUCIONAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRIA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO WARREN OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO Sección “B” República de Honduras PATRONATO NACIONAL DE LA INFANCIA (PANI) Licitación Pública Nacional 02-2025