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12 de agosto de 2025Vigente

Acuerdo No. SG-SEDESPA-002-2025 — Delegación de funciones de Gerente Administrativo y revocación de acuerdo anterior

Secretaría de Estado para el Desarrollo y Seguimiento de Proyectos y Acuerdos

  • Decreto: SG-SEDESPA-002-2025
  • Publicación: 12 de agosto de 2025
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado para el Desarrollo y Seguimiento de Proyectos y Acuerdos
  • Gaceta: 36,914

Considerandos

Que de conformidad con el Artículo 247 de la Constitución de la República, los Secretarios de Estado son colaboradores de la Presidenta de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia.

Que el Artículo 24 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, describe que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley, que les corresponde, asimismo, el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretario General y Directores Generales el ejercicio de atribuciones específicas.

Que el Artículo 36 de la Ley General de la Administración Pública, específicamente el numeral 1 indica que Orientar, dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades de sus respectivos despachos, sin perjuicio de las atribuciones que la Constitución y las Leyes confieran a otros Órganos, son atribuciones y deberes comunes a los Secretarios de Estado.

Que, de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior pueda delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. Asimismo, dicha ley establece que el acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este, en materia procedimental.

Que la ciudadana HEIDY MAGALI MONTOYA FLORES, ostenta el cargo de SECRETARIA DE ESTADO, POR LEY DE LA SECRETARÍA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS (SEDESPA), en vista de la renuncia irrevocable de la ciudadana FABIOLA CLAUDETT ABUDOJ MENA y siendo que el artículo 123 de la Ley General de la Administración Pública que literalmente expresa: En defecto de disposición expresa, el titular de un órgano, en caso de ausencia o impedimento legal será sustituido por el subalterno más elevado en grado, y en caso de paridad en grado, por el funcionario con más antigüedad en el servicio, en su defecto, por el funcionario que ostente el título profesional superior.

Que en fecha dos (02) de enero del dos mil veinticinco (2025), LA SECRETARÍA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS, POR LEY (SEDESPA) Suscribió CONTRATO PERSONAL NO PERMANENTE No.001-2025, de fecha dos (02) de enero del año dos mil veinticinco (2025), con la Abogada INGRID VIVIANA CHIRINOS RAMIREZ, en el cargo de Asesor Especial Técnico del Despacho Ministerial, por lo que es necesario realizar las modificaciones pertinentes en la delegación anteriormente autorizada a la Abogada Chirinos como Gerente Administrativo de la SEDESPA. CONSIDERANDO (07): La competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos que la tengan atribuida en la Ley; sin embargo, el Órgano Superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior; debiendo el acto de delegación indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado.

Texto completo

ACUERDO No. SG-SEDESPA-002-2025 CONSIDERANDO (01): Que de conformidad con el Artículo 247 de la Constitución de la República, los Secretarios de Estado son colaboradores de la Presidenta de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la administración pública nacional, en el área de su competencia. CONSIDERANDO (02): Que el Artículo 24 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, describe que corresponde a los Secretarios de Estado las atribuciones comunes previstas en la Constitución de la República y en la Ley, que les corresponde, asimismo, el conocimiento y resolución de los asuntos del Ramo, de conformidad con la Ley, pudiendo delegar en los Subsecretarios, Secretario General y Directores Generales el ejercicio de atribuciones específicas. CONSIDERANDO (03): Que el Artículo 36 de la Ley General de la Administración Pública, específicamente el numeral 1 indica que Orientar, dirigir, coordinar, supervisar y controlar las actividades de sus respectivos despachos,

sin perjuicio de las atribuciones que la Constitución y las Leyes confieran a otros Órganos, son atribuciones y deberes comunes a los Secretarios de Estado. CONSIDERANDO (04): Que, de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo, el órgano superior pueda delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior. Asimismo, dicha ley establece que el acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para este, en materia procedimental. CONSIDERANDO (05): Que la ciudadana HEIDY MAGALI MONTOYA FLORES, ostenta el cargo de SECRETARIA DE ESTADO, POR LEY DE LA SECRETARÍA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS (SEDESPA), en vista de la renuncia irrevocable de la ciudadana FABIOLA CLAUDETT ABUDOJ MENA y siendo que el artículo 123 de la Ley General de la Administración Pública que literalmente expresa: En defecto de disposición expresa, el titular de un órgano, en caso de ausencia o impedimento legal será sustituido por el subalterno más elevado en grado, y en caso de paridad en grado, por el funcionario con más antigüedad en el servicio, en su defecto, por el funcionario que ostente el título profesional superior. CONSIDERANDO (06): Que en fecha dos (02) de enero del dos mil veinticinco (2025), LA SECRETARÍA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS, POR LEY (SEDESPA) Suscribió CONTRATO PERSONAL NO PERMANENTE No.001-2025, de fecha dos (02) de enero del año dos mil veinticinco (2025), con la Abogada INGRID VIVIANA CHIRINOS RAMIREZ, en el cargo de Asesor Especial Técnico del Despacho Ministerial, por lo que es necesario realizar las modificaciones pertinentes en la delegación anteriormente autorizada a la Abogada Chirinos como Gerente Administrativo de la SEDESPA. CONSIDERANDO (07): La competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos que la tengan atribuida en la Ley; sin embargo, el Órgano Superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones en determinada materia al órgano inmediatamente inferior; debiendo el acto de delegación indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado.

POR TANTO En aplicación del Artículo 29 del Decreto Legislativo 266- 2013, Artículo 36 de la Ley General de la Administración Pública, Artículos 24 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, Artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. ACUERDA: PRIMERO: Revocar el Acuerdo No.03-SG- SEDESPA-2024, de fecha veintitrés de julio del año dos mil veinticuatro (2024), en el cual se delega las funciones inherentes al cargo de GERENTE ADMINISTRATIVO, a la ciudadana INGRID VIVIANA CHIRINOS RAMIREZ, quien fungía en ese momento como Asesor Especial Técnico del Despacho Ministerial. SEGUNDO: Delegar las funciones inherentes al cargo de Gerente Administrativo en la ciudadana INGRID VIVIANA CHIRINOS RAMIREZ, a partir del dos (02) de enero del año dos mil veinticinco (2025). TERCERO: La responsabilidad que se derive de las decisiones que se tomen en el desarrollo de las atribuciones asignadas, serán imputables a la ciudadana delegada. CUARTO: El presente Acuerdo no causa efecto presupuestario y está sujeto a revocación por la autoridad nominadora en cualquier momento. QUINTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y tendrá vigencia legal. SEXTO: Notificar el presente Acuerdo a la Interesada. NOTIFIQUESE. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del distrito Central, dos (02) de enero del año dos mil veinticinco (2025). HEIDY MAGALI MONTOYA FLORES SECRETARIA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS POR LEY JANIE ROSIBEL RODAS ROVELO SECRETARIA GENERAL ACUERDO DE DELEGACIÓN NO. DM-SEDESPA-001-2025

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