Acuerdo Ministerial No. 060-2017 — Publicación del Acuerdo Instancia Ministerial-UA No. 03-2017 sobre adquisición de bienes y servicios para la Unión Aduanera
Secretaría de Desarrollo Económico
- Decreto: 060-2017
- Publicación: 10 de junio de 2017
- Órgano emisor: Secretaría de Desarrollo Económico
- Gaceta: 34,361
Considerandos
Que Honduras es Estado Miembro del Sistema de Integración Centroamericana creado por el Protocolo de Tegucigalpa del 13 de diciembre de 1991, así como el Tratado General de Integración Económica Centroamericana del 13 de diciembre de 1960 y reformado por el Protocolo de Guatemala del 29 de octubre de 1993.
Que el Protocolo Habilitante para el Proceso de Integración Profunda hacia el Libre Tránsito de Mercancías y de Personas Naturales entre las Repúblicas de Guatemala y Honduras, establece en su ordinal Primero, que tiene como uno de sus objetivos principales establecer el marco jurídico que permita, de manera gradual y progresiva,a las Repúblicas de Guatemala y de Honduras, establecer una Unión Aduanera entre sus territorios, de manera congruentes con los instrumentos jurídicos de la Integración Económica Centroamericana.
Que en los términos del Ordinal Tercero del Protocolo Habilitante, se establece la Instancia Ministerial de la Unión Aduanera, conformada por el Ministro de Economía de la República de Guatemala y el Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico de la República de Honduras, de acuerdo a lo previsto, mutatis mutandis, en el Artículo 38 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala).
Que en los términos del Ordinal Tercero y Cuarto de la Sección Segunda del Protocolo Habilitante, a la Instancia Ministerial le corresponde definir y adoptar las políticas, directrices e instrumentos jurídicos fundamentales de la Unión Aduanera en los términos mutatis mutandis, de los Artículo 38 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala).
Que en Resolución de fecha 20 de octubre 1995, la Corte Centroamericana de Justicia manifiesta que: “la publicación no es requisito esencial UDI-DEG T-UNAH para la validez de los actos normativos obligatorios del Sistema de Integración Económica Centroamericana”; que la publicidad se debe realizar para garantizar la efectiva observancia y ejecución de los propósitos y principios.
Que en el marco del Proceso de constitución de la Unión Aduanera entre la República de Guatemala y República de Honduras; la Instancia Ministerial en reunión de fecha 18 de mayo de 2017, adoptó el Acuerdo Instancia Ministerial-UA No.03-2017; que resuelve instruir a la SIECA para que realice todas las acciones administrativas y financieras para la adquisición de los bienes y servicios detallados en el Anexo I y el Anexo II del Acuerdo.
Articulos
Hacer del conocimiento público para su observancia, que en el marco del Proceso de constitución de la Unión Aduanera entre la República de Guatemala y República de Honduras; la Instancia Ministerial en reunión de fecha 18 de mayo de 2017, adoptó el Acuerdo Instancia Ministerial-UA No.03-2017; que resuelve instruir a la SIECA para que realice todas las acciones administrativas y financieras para la adquisición de los bienes y servicios detallados en el Anexo I y el Anexo II del Acuerdo.
Ordenar que para hacer del conocimiento público y observancia en general, el Acuerdo aquí nominadas, deben ser publicadas en la página Web Oficial de la Secretaría de Desarrollo Económico, www.prohonduras.hn
El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigor a partir de su fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” y en el sitio web www.prohonduras.hn Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, 06 de junio de 2017. ARNALDO CASTILLO Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaria General