Acuerdo — Estatuto de la Unidad Municipal de Agua Potable y Saneamiento (UMAPS)
Corporación Municipal / Alcaldía Municipal del Distrito Central
- Publicación: 3 de junio de 2017
- Órgano emisor: Corporación Municipal / Alcaldía Municipal del Distrito Central
- Gaceta: 34,355
Articulos
Son atribuciones del Gerente en Tecnología y Sistemas de Información: Asegurar que todas las Gerencias de Areas y a) Unidades de Apoyo, conozcan y apliquen el sistema de información gerencial, diseñado para elaborar los indicadores de gestión, requeridos por el ERSAPS. Validación y consolidación de los informes de gestión b) presentados por las Gerencias de Areas, Unidades de Apoyo y su integración para el informe a la Gerencia General y Junta Directiva. Diseño, actualización y manejo del sitio web, dándole c) énfasis a la atención de solicitudes y reclamos. Velar porque la UMAPS cuente con el hardware y d) software necesarios para el correcto funcionamiento del sistema y procedimiento que demanda estas facilidades para las Gerencias de Area, con énfasis en facturación, cobranza, catastro técnico y comercial, contabilidad, archivo y manejo de inventarios. Supervisar los servicios relacionados con informática, e) contratados con terceros por la UMAPS, custodiar las licencias de los programas adquiridos para el funcionamiento, revisión y aprobación de las especificaciones técnicas en los procesos de adquisición de equipo que gestione la Gerencia Administrativa. Velar porque se genere la información para derivar los f) indicadores de gestión requeridos para conocimiento de la Gerencia General y para cumplimiento de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. Supervisar y reportar el cumplimiento de indicadores g) de gestión y de riesgos bajo su ámbito de acción. Otras funciones a solicitud de la Gerencia General, i) relacionadas con su cargo. Para ser nombrado Gerente de Tecnología y Sistema de Información se requiere ser hondureño por nacimiento, preferentemente vecino del Municipio, sin cuentas pendientes con el Estado y con la AMDC, acreditando este extremo con las constancias del Tribunal Superior de Cuentas, Solvencia Municipal y Solvencia de la Dirección UDI-DEG T-UNAH Ejecutiva de Ingresos, ser de notoria honradez y buena conducta, profesional universitario en Ingeniería en Sistemas o Licenciado en Informática Administrativa, con cinco (5) años de experiencia en actividades afines al cargo. Sección Undécima Auditoría Interna
El Auditor Interno será nombrado por la Junta Directiva a propuesta del Alcalde para un período de cinco (5) años, pudiendo ser renovado su nombramiento para períodos sucesivos. Tendrá dedicación exclusiva, percibirá el sueldo que acuerde la Junta Directiva de conformidad con el presupuesto correspondiente, será responsable de procurar la efectividad, eficiencia y economía en las operaciones y la calidad de los servicios relacionados con el estado patrimonial, financiero e investigación y prevención de errores y fraudes, de acuerdo con las normas de control interno, teniendo carácter previo, simultáneo o posterior, según fuere oportuno y conveniente, así como las demás disposiciones establecidas en la Ley de Municipalidades, su Reglamento, la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas y su Reglamento.
Son atribuciones del Auditor Interno: Evaluar la gestión de la UMAPS, emitir sugerencias a) orientadas a mejorar la gestión administrativa, y asegurar la vigencia de una estructura de control interno sólida y efectiva. Verificar el debido cum b) plimiento de las funciones y responsabilidades asignadas a cada funcionario de la UMAPS. Evaluar el logro de los objetivos y metas, fijadas en c) los planes y programas, trazados por la UMAPS. Identificar y comunicar a las autoridades competentes, d) los hallazgos en la aplicación de procedimientos, recomendar las medidas correctivas para subsanar dichos hallazgos. Garantizar la calidad de la información financiera, e) contable, administrativa o de cualquier otro tipo, de modo que permita a todos los niveles jerárquicos, tomar decisiones acertadas sobre una base firme y segura. Establecer el grado en que la prestación de servicios f) ofrecidos a los usuarios se han logrado en forma eficiente, efectiva y económica. Verificar el cumplimiento de las disposiciones g) legales, reglamentarias, contractuales y normativas aplicables. Colaborar con el Tribunal Superior de Cuentas para la h) Auditoría General de Fondos de Servicios Públicos y la Auditoría de Gestión Ambiental; y aplicar las normas del Sistema de Control Interno, Normas Especiales y Reglamentos para la Gestión Administrativa del Tribunal Superior de Cuentas, con el objeto de facilitar la fiscalización a posteriori del Tribunal Superior de Cuentas. Ejercer revisión en forma preventiva a los egresos i) ejecutados por la UMAPS. Verificar los procesos informáticos de la UMAPS. j) Otras funciones a solicitud de la Junta Directiva, k) relacionadas con su cargo. Para ser nombrado Auditor Interno se requiere ser hondureño por nacimiento, preferentemente vecino del Municipio, sin cuentas pendientes con el Estado y con la AMDC, acreditando este extremo con las constancias del Tribunal Superior de Cuentas, Solvencia Municipal y Solvencia de la Dirección Ejecutiva de Ingresos, ser de notoria honradez y buena conducta, profesional universitario de las Ciencias Contables y Administrativas, con experiencia probada de al menos cinco (05) años en cargos de auditoría. Sección Duodécima Asesoría Legal
El Asesor Legal será nombrado por la Junta Directiva a propuesta del Gerente General para un período de cinco años, pudiendo ser renovado su nombramiento para períodos sucesivos. Tendrá dedicación exclusiva, percibirá el sueldo que acuerde la Junta Directiva UDI-DEG T-UNAH de conformidad con el presupuesto correspondiente, será responsable de su gestión ante la Gerencia General. Tiene varias áreas de trabajo a su cargo, entre ellas los Departamentos de: Asuntos Laborales, Comerciales y Contrataciones.
Son atribuciones del Asesor Legal: Asegurar que todos los bienes inmuebles estén a) inscritos a nombre de la AMDC en el Registro de la Propiedad. Coordinar con la Gerencia Comercial lo relacionado b) a la recuperación extrajudicial y judicial de la cartera en morosidad generada por servicio prestado. Asistir a las Gerencias de Área en la elaboración de c) documentación contractual para adquisición de bienes y servicios y contratación de personal. Representar legalmente por delegación del Gerente d) General ante cualquier órgano administrativo y judicial en los conflictos generados por contratación de bienes y servicios. Asesorar a la Gerencia General y Gerencia de Recursos e) Humanos en los procesos de cancelación de contratos de personal y despidos, para garantizar que sean justificados siguiendo los procedimientos que la Ley establece. Otras funciones a solicitud de la Gerencia General, f) relacionadas con su cargo. Para ser nombrado Asesor Legal se requiere ser hondureño por nacimiento, preferentemente vecino del Municipio, sin cuentas pendientes con el Estado y con la AMDC, acreditando este extremo con las constancias del Tribunal Superior de Cuentas, Solvencia Municipal y Solvencia de la Dirección Ejecutiva de Ingresos, ser de notoria honradez y buena conducta, profesional universitario en Ciencias Jurídicas o Abogado, con cinco (5) años de experiencia en derecho de la seguridad social, administrativo, laboral, civil, gestión pública y contrataciones. Sección Trigésima Secretaría General
El Secretario General será nombrado por la Junta Directiva a propuesta del Gerente General para un período de cinco años, pudiendo ser renovado su nombramiento para períodos sucesivos. Tendrá dedicación exclusiva, percibirá el sueldo que acuerde la Junta Directiva de conformidad con el presupuesto correspondiente, será responsable de su gestión ante la Gerencia General.
Son atribuciones del Secretario General: Recibir y turnar las solicitudes y peticiones que a) presenten los particulares a la UMAPS, llevar el registro correspondiente para el control y custodia de los expedientes. Velar porque los asuntos en trámite se despachen b) dentro de los plazos establecidos en las leyes. Asistir a la Gerencia General en su función de c) Secretario de la Junta Directiva de la UMAPS y preparar las certificaciones de los puntos de actas. Llevar el registro de las Leyes, Reglamentos y d) Acuerdos de la AMDC y Junta Directiva en asuntos relativos a la UMAPS. Llevar el registro de la correspondencia oficial dirigida e) a la Gerencia General o la remitida por ésta, incluyendo la recibida o enviada por medios electrónicos. Certific f) ar la firma del Gerente General en las providencias, acuerdos o resoluciones que dicten en asuntos de competencia de la UMAPS. Notificar a los interesados las providencias o g) resoluciones dictadas en los expedientes que se tramiten, ex pidiendo en su caso, certificaciones o razonando documentos a solicitud de parte. Darle cur h) so a los expedientes iniciados de oficio o a petición de parte, prestando asistencia al Gerente General, observando lo previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo y en las leyes sustantivas. Levantar las Actas de Sesión de Junta Directiva en los i) casos especiales que ésta determine. UDI-DEG T-UNAH Otras funciones a solicitud de la Gerencia General, j) relacionadas con su cargo. Para ser nombrado Secretario General se requiere ser hondureño por nacimiento, preferentemente vecino del Municipio, sin cuentas pendientes con el Estado y con la AMDC, acreditando este extremo con las constancias del Tribunal Superior de Cuentas, Solvencia Municipal y Solvencia de la Dirección Ejecutiva de Ingresos, ser de notoria honradez y buena conducta, profesional universitario en Ciencias Jurídicas o Abogado, preferiblemente con formación en Derecho Administrativo y Gestión Pública con cinco (5) años de experiencia en actividades afines al cargo.
Es responsabilidad de las Gerencias de Area y de las Unidades deApoyo custodiar la documentación técnica en físico y versión electrónica relacionada con su área de responsabilidad, así como otra información que genere la propia gerencia o unidad, con el debido respaldo técnico, también les corresponde la obligación de elaborar los informes de gestión para conocimiento de su desempeño por parte de la Gerencia General, así como la formulación y gestión de los programas de capacitación del personal bajo su cargo. CAPÍTULO III DISPOSICIONES GENERALES
La Gerencia General, tomando en cuenta las opiniones de las Gerencias de Área y Unidades de Apoyo, está autorizada para la selección y nombramiento del personal técnico, administrativo y de servicio, según lo previsto en el Manual de Puestos y Salarios de la UMAPS. Podrá, asimismo, decidir sobre su estructura administrativa y operativa, de acuerdo con criterios de eficiencia y de eficacia que aseguren el cumplimiento de sus objetivos.
Los funcionarios y empleados de la UMAPS estarán sujetos al Reglamento Interno de Trabajo y al Manual de Puestos y Salarios de la UMAPS. Será también aplicable al Auditor Interno, Secretario General, a los Gerentes de Área y Unidades de Apoyo lo dispuesto en los artículos 13 y 14 del presente Acuerdo.
La Gerencia General con la autorización de la Junta Directiva podrá disponer de la contratación de servicios de asesoría con carácter permanente o temporal en aspectos generales o específicos relacionados con el desarrollo de sus funciones o de las Gerencias de Área.
A propuesta de la Junta Directiva, la Corporación Municipal aprobará el Reglamento de Servicios de Agua Potable y Saneamiento y el Pliego Tarifario, para regular la relación entre la UMAPS, como órgano municipal de prestación de servicios y los usuarios.
En la medida que sea necesario, los bienes municipales destinados a la prestación de los servicios serán asegurados con compañías nacionales debidamente autorizadas para operar en Honduras, cubriendo los riesgos de daños u otros que se estimen pertinentes.
La auditoría se practicará de acuerdo con las normas de control interno, teniendo carácter previo, simultáneo o posterior, según fuere oportuno y conveniente. El control externo será ejercido por el Tribunal Superior de Cuentas, de acuerdo con su Ley Orgánica; sin perjuicio de lo anterior, la AMDC podrá contratar servicios de auditoría externa para verificar los estados financieros y verificar la veracidad y legalidad de las operaciones de la UMAPS.
Los ingresos percibidos por la prestación de los servicios o por otras actividades conexas, así como los que provengan de otras fuentes, no podrán ser transferidos a otra dependencia o unidad ejecutora de la AMDC, con fines diferentes, debiendo ser invertidos exclusivamente para atender la finalidad de la UMAPS. Asimismo no podrá dársele un uso distinto a los bienes que para efecto de la prestación del servicio, se hayan destinado a la UMAPS. UDI-DEG T-UNAH Son ingresos de otras fuentes los que provengan de donaciones, transferencias, préstamos u otros recursos obtenidos de conformidad con las leyes.
El suministro de agua potable y los servicios de alcantarillado sanitario y drenaje pluvial no podrán ser gratuitos, pero la estructura tarifaria podrá contemplar subsidios cruzados entre diferentes categorías de usuarios, de acuerdo con el principio de solidaridad y según criterios de suficiencia financiera, debiendo observarse el Reglamento de Tarifas del ERSAPS, previa aprobación de la Corporación Municipal.
Las inversiones en mejoras y expansión de los servicios serán responsabilidad de la AMDC, de acuerdo con los correspondientes estudios, programas, proyectos y en coordinación con la UMAPS.
La UMAPS no podrá celebrar contratos de ningún tipo con cualquiera de los miembros de la Corporación Municipal, de la Junta Directiva, Gerente General, Gerentes de Área, Unidades de Apoyo o con el cónyuge o parientes de los anteriores dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.
Las actuaciones u omisiones negligentes o dolosas de los funcionarios o empleados de la UMAPS que produjeren daños o perjuicios a los intereses de la AMDC, incluyendo a los activos destinados a la prestación de los servicios, harán incurrir en responsabilidad administrativa, civil o penal, según corresponda de conformidad con la legislación vigente.
Como ente prestador, la UMAPS estará sujeta a los requerimientos de información y a las funciones regulatorias del ERSAPS. CAPÍTULO IV DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Los sueldos y salarios del personal a traspasar del SANAA a la UMAPS se respetarán, debiendo observar para futuras contrataciones el Manual de Puestos y Salarios de la UMAPS.
La elección y nombramiento del primer Gerente General y Auditor Interno de la UMAPS estará a cargo de la Corporación Municipal, a propuesta de la Junta Directiva quien a través de concurso seleccionará una terna de candidatos.
En tanto no se desarrolle el procedimiento correspondiente para el nombramiento del Gerente General, las funciones de éste serán ejercidas por el Presidente de la Junta Directiva.
El presente acuerdo es de ejecución inmediata y deberá transcribirse a COMAS, UGASAM, Comisión de Salud, Agua y Saneamiento, así como a las demás dependencias de la Alcaldía Municipal, para su conocimiento y ejecución.- COMUNIQUESE.- Sello f) Juan Carlos García Medina, Alcalde Municipal, por Ley y los Regidores: Martín Stuar Fonseca Zuniga, José Javier Velásquez Cruz, Erick Ricardo Amador Aguilera, Rafael Edgardo Barahona Osorio, Marcia Facusse Andonie, José Carlentón Dávila Mondragón, Faiz Salvador Sikaffy Canahuati y Silvia Consuelo Montalván Matute.- Sello f) Cossette A. López- Osorio A., Secretaria Municipal”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los treinta días del mes de mayo del año dos mil diecisiete. COSSETTE A. LÓPEZ-OSORIO A. SECRETARIA MUNICIPAL DEL D.C. UDI-DEG T-UNAH