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11 de diciembre de 2018Vigente

Acuerdo Ministerial No. 0780-SE-2018 — Aprobación del Manual de Procesos y Procedimientos Integrados de la Dirección General de Adquisiciones

Secretaría de Estado en el Despacho de Educación

  • Decreto: 0780-SE-2018
  • Publicación: 11 de diciembre de 2018
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Educación
  • Gaceta: 34,817

Considerandos

Que la Constitución de la República y la Ley Fundamental de Educación establecen, que la Educación en todos los niveles del sistema educativo formal excepto el nivel superior será Autorizada, Organizada, Dirigida y Supervisada exclusivamente por el Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Educación.

Que las Secretarías de Estado, son órganos de la Administración general del país y dependen directamente del Presidente de la República.

Que la Ley General de la Administración Pública, establece como atribución común de los Secretarios de Estado autorizar con su firma previo al cumplimiento de las disposiciones legales aplicables, los contratos relacionados con los asuntos propios de la Secretaría de Estado y suscribir los actos correspondientes del despacho a su cargo.

Que la reforma educativa que se ha iniciado con la vigencia de la Ley Fundamental de Educación, implica un reordenamiento en la estructura organizativa de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, en el nivel central a fin de que cumpla fundamentalmente funciones normado ras, de supervisión, monitoreo, administrativas y de evaluación del Sistema Nacional de Educación bajo su responsabilidad.

Que el Reglamento de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, en su Artículo 4, manda que la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, como órgano del Poder Ejecutivo es el ente público encargado de ejecutar en el área de sus competencia las disposiciones establecidas en la Constitución de la República, la Ley Fundamental de Educación y las leyes conexas y tienen como de observancia obligatoria regular su organización, funcionamiento y atribuciones de las unidades técnicas, administrativas así como la articulación con otras instituciones del sistema nacional de educación.

Que la Dirección General de Adquisiciones, (DGA), es una Unidad Técnica Normativa que tiene por finalidad llevar el registro de todos los títulos de propiedad de los bienes muebles e inmuebles de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación y velar por la correcta aplicación de los procesos de adquisición de bienes y servicios en cumplimiento de las normas y reglamentos establecidos para este fin, debiendo normar, controlar, operar y evaluar los procesos de adquisición de bienes y servicios con recursos externos a requerimiento de diferentes unidades técnicas y dependencias

Que el presente manual de procesos y procedimientos, conforman uno de los elementos principales del Sistema de Control Interno, permitiendo un mayor desarrollo en la búsqueda del autocontrol ya que dirige de manera sistemática la ejecución del trabajo que se realiza en la DGA, adicionalmente el presente manual es una herramienta que permitirá a la DGA, integrar una serie de acciones encaminadas a agilizar el trabajo que se realiza fomentando la calidad y transparencia en la gestión de los recursos financieros, describiendo igualmente en detalle los procedimientos y guías de trabajo para la ejecución de procesos ejecutados por la DGA y sus respectivas subdirecciones.

Texto completo

Secretaría de Educación ACUERDO MINISTERIAL No. 0780-SE-2018 Tegucigalpa, M.D.C., 27 de agosto del 2018 SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República y la Ley Fundamental de Educación establecen, que la Educación en todos los niveles del sistema educativo formal excepto el nivel superior será Autorizada, Organizada, Dirigida y Supervisada exclusivamente por el Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Educación. CONSIDERANDO: Que las Secretarías de Estado, son órganos de la Administración general del país y dependen directamente del Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública, establece como atribución común de los Secretarios de Estado autorizar con su firma previo al cumplimiento de las disposiciones legales aplicables, los contratos relacionados con los asuntos propios de la Secretaría de Estado y suscribir los actos correspondientes del despacho a su cargo. CONSIDERANDO: Que la reforma educativa que se ha iniciado con la vigencia de la Ley Fundamental de Educación, implica un reordenamiento en la estructura organizativa de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, en el nivel central a fin de que cumpla fundamentalmente funciones normado ras, de supervisión, monitoreo, administrativas y de evaluación del Sistema Nacional de Educación bajo su responsabilidad. CONSIDERANDO: Que el Reglamento de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, en su Artículo 4, manda que la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, como órgano del Poder Ejecutivo es el ente público encargado de ejecutar en el área de sus competencia las disposiciones establecidas en la Constitución de la República, la Ley Fundamental de Educación y las leyes conexas y tienen como de observancia obligatoria regular su organización, funcionamiento y atribuciones de las unidades técnicas, administrativas así como la articulación con otras instituciones del sistema nacional de educación. CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Adquisiciones, (DGA), es una Unidad Técnica Normativa que tiene por finalidad llevar el registro de todos los títulos de propiedad de los bienes muebles e inmuebles de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación y velar por la correcta aplicación de los procesos de adquisición de bienes y servicios en cumplimiento de las normas y reglamentos establecidos para este fin, debiendo normar, controlar, operar y evaluar los procesos de adquisición de bienes y servicios con recursos externos a requerimiento de diferentes unidades técnicas y dependencias CONSIDERANDO: Que el presente manual de procesos y procedimientos, conforman uno de los elementos principales del Sistema de Control Interno, permitiendo un mayor desarrollo en la búsqueda del autocontrol ya que dirige de manera sistemática la ejecución del trabajo que se realiza en la DGA, adicionalmente el presente manual es una herramienta que permitirá a la DGA, integrar una serie de acciones encaminadas a agilizar el trabajo que se realiza fomentando la calidad y transparencia en la gestión de los recursos financieros, describiendo igualmente en detalle los procedimientos y guías de trabajo para la ejecución de procesos ejecutados por la DGA y sus respectivas subdirecciones. POR TANTO En uso de la facultades que las leyes del ramo le confieren y en aplicación de los Artículos: 321, 323 de la Constitución de la República; 1, 9, 28, 29, 30, 33, 36, 116, 118, 122 de la Ley General de la Administración Pública; 16, 17, 23, 24, 25, 27 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo.