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11 de diciembre de 2018Vigente

Acuerdo Ministerial No. 0777-SE-2018 — Aprobación del Manual de Procesos y Procedimientos Integrados, Dirección General de Construcciones Escolares y Bienes Inmuebles (DIGECEBI)

Secretaría de Educación

  • Decreto: 0777-SE-2018
  • Publicación: 11 de diciembre de 2018
  • Órgano emisor: Secretaría de Educación
  • Gaceta: 34,817

Considerandos

Que la Constitución de la República en su Artículo 153 establece: “El Estado tiene la obligación de desarrollar la educación básica del pueblo, creando al efecto los organismos administrativos y técnicos necesarios dependientes directamente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación Pública”.

Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la Administración Pública Nacional en área de su competencia.

Que es facultad de los Secretarios de Estado, Orientar, Dirigir, Supervisar y Controlar las Actividades de sus respectivos despachos, sin perjuicio de las atribuciones que la Constitución y las Leyes confieren a otros órganos.

Que es atribución y deber de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos en los asuntos de su competencia y en aquellos que le delegue el Presidente de la República.

Que la Dirección General de Construc- ciones Escolares y Bienes Inmuebles (DIGECEBI), tiene como objeto desarrollar proyectos fundamentales para el mejoramiento de la calidad de la enseñanza-aprendizaje, teniendo como punto de partida la protección y administración de los bienes del Estado.

Que para los próximos años DIGECEBI será reconocida como el ente gubernamental que mejor ha respondido y seguirá respondiendo a las necesidades de construcción y reparación que presentan los centros educativos en todo el territorio hondureño.

Texto completo

Comayagüela, M.D.C., 27 de agosto del 2018 EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su Artículo 153 establece: “El Estado tiene la obligación de desarrollar la educación básica del pueblo, creando al efecto los organismos administrativos y técnicos necesarios dependientes directamente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación Pública”. CONSIDERANDO: Que los Secretarios de Estado son colaboradores del Presidente de la República en la orientación, coordinación, dirección y supervisión de los órganos y entidades de la Administración Pública Nacional en área de su competencia. CONSIDERANDO: Que es facultad de los Secretarios de Estado, Orientar, Dirigir, Supervisar y Controlar las Actividades de sus respectivos despachos, sin perjuicio de las atribuciones que la Constitución y las Leyes confieren a otros órganos. CONSIDERANDO: Que es atribución y deber de los Secretarios de Estado, emitir Acuerdos en los asuntos de su competencia y en aquellos que le delegue el Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que la Dirección General de Construc- ciones Escolares y Bienes Inmuebles (DIGECEBI), tiene como objeto desarrollar proyectos fundamentales para el mejoramiento de la calidad de la enseñanza-aprendizaje, teniendo como punto de partida la protección y administración de los bienes del Estado. CONSIDERANDO: Que para los próximos años DIGECEBI será reconocida como el ente gubernamental que mejor ha respondido y seguirá respondiendo a las necesidades de construcción y reparación que presentan los centros educativos en todo el territorio hondureño. POR TANTO: La