Resolución No. 035-18 — Aprobación de la Regulación de Aeronáutica Civil de Honduras RAC-03 Servicio Meteorología Aeronáutica
Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil
- Decreto: 035-18
- Publicación: 22 de diciembre de 2018
- Órgano emisor: Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil
- Gaceta: 34,827
Considerandos
Que, la AGENCIA HONDUREÑA DE AERONAUTICA CIVIL, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil en la República de Honduras, siendo competente para emitir, aprobar, revisar, reformar o derogar las Regulaciones Aeronáuticas Civiles (RAC), conforme lo señala el artículo 18, numeral 2) literal a) de la Ley de Aeronáutica Civil,
Que el artículo 4 del Reglamento de aplicación de la referida Ley, establece que la AHAC mediante resolución y con conocimiento de las personas naturales y jurídicas a quienes serán dirigidas, emitirá, revisará, derogará las Regulaciones Aeronáuticas Civiles (RAC); consta en autos, que se difundió a través de la página web de la AHAC durante un período de diez (10) días el texto del proyecto de la incorporación de la Enmienda 78 al Anexo 03 del Convenio de Aviación Civil Internacional de la “Regulación Servicio Meteorología Aeronáutica” -(RAC-03).
Que la modificación propuesta está referida a la necesidad de compatibilizar nuestras Regulaciones con los estándares internacionales prescritos por la Organización de Aviación Civil Internacional; particularmente con la incorporación de la Enmienda 78 al Anexo 03 del Convenio de Aviación Civil Internacional aplicable desde el 08 de noviembre del 2018.
Que, durante el período de difusión no han sido recibidos comentarios, ni sugerencias de los usuarios y administrados dentro del procedimiento de revisión de la RAC, entonces resulta necesario expedir el acto que apruebe el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica Civil de Honduras RAC 03.
Que, el texto de modificación de la RAC 03 cuenta con la opinión favorable del Departamento de Asesoría Técnico Legal.
Texto completo
RESOLUCION No. 035-18 “APROBACION DE LA REGULACION DE AERONAUTICA CIVIL DE HONDURAS RAC-03 “SERVICIO METEOROLOGÍA AERONÁUTICA” AGENCIA HONDUREÑA DE AERONAUTICA CIVIL (AHAC).- Comayagüela, municipio del Distrito Central, doce (12) de Noviembre de dos mil dieciocho (2018). VISTAS: Las actuaciones contentivas en el expediente ahora registrado bajo el número 035-18 contraído a que se apruebe modificaciones a la REGULACION DE AERONAUTICA CIVIL DE HONDURAS RAC 03 con el objeto de incorporar la Enmienda 78 al Anexo 03 del Convenio de Aviación Civil Internacional. CONSIDERANDO: Que, la AGENCIA HONDUREÑA DE AERONAUTICA CIVIL, es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil en la República de Honduras, siendo competente para emitir, aprobar, revisar, reformar o derogar las Regulaciones Aeronáuticas Civiles (RAC), conforme lo señala el artículo 18, numeral 2) literal a) de la Ley de Aeronáutica Civil, CONSIDERANDO: Que el artículo 4 del Reglamento de aplicación de la referida Ley, establece que la AHAC mediante resolución y con conocimiento de las personas naturales y jurídicas a quienes serán dirigidas, emitirá, revisará, derogará las Regulaciones Aeronáuticas Civiles (RAC); consta en autos, que se difundió a través de la página web de la AHAC durante un período de diez (10) días el texto del proyecto de la incorporación de la Enmienda 78 al Anexo 03 del Convenio de Aviación Civil Internacional de la “Regulación Servicio Meteorología Aeronáutica” -(RAC-03). CONSIDERANDO: Que la modificación propuesta está referida a la necesidad de compatibilizar nuestras Regulaciones con los estándares internacionales prescritos por la Organización de Aviación Civil Internacional; particularmente con la incorporación de la Enmienda 78 al Anexo 03 del Convenio de Aviación Civil Internacional aplicable desde el 08 de noviembre del 2018. CONSIDERANDO: Que, durante el período de difusión no han sido recibidos comentarios, ni sugerencias de los usuarios y administrados dentro del procedimiento de revisión de la RAC, entonces resulta necesario expedir el acto que apruebe el texto de modificación de la Regulación Aeronáutica Civil de Honduras RAC 03. CONSIDERANDO: Que, el texto de modificación de la RAC 03 cuenta con la opinión favorable del Departamento de Asesoría Técnico Legal. POR TANTO: Esta Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil en aplicación de los artículos 17, 18 numeral 2 literal a), artículo 4 del Reglamento de aplicación de la Ley de Aeronáutica Civil RESUELVE: PRIMERO: Aprobar el texto de incorporación de la Enmienda 78 al Anexo 03 del Convenio de Aviación Civil Internacional, la cual forma parte integrante de la presente resolución.- SEGUNDO: Dejar sin efecto los anteriores textos de la RAC 03 que se opongan a la presente resolución. TERCERO: Para disposición de los usuarios, la Sección de Biblioteca Técnica queda facultada para realizar las modificaciones de forma del presente documento sin alterar las disposiciones de fondo contenidas en el mismo. CUARTO: Las Circulares Conjuntas de Asesoramiento, serán aprobadas mediante autorización del suscrito y deben ser adjunta das a la Regulación por este acto aprobada COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. LIC. WILFREDO LOBO REYES DIRECTOR EJECUTIVO ABOG. CARMEN MARIA MARADIAGA L. SECRETARIA ADMINISTRATIVA TABLA DE CONTENIDO Portada Control de Firmas Sistema de Edición y Enmienda Registro de Ediciones y Enmienda Preámbulo Lista de Páginas Efectivas
Tabla de Contenido Definiciones y Abreviaturas SECCIÓN 1 SUBPARTE A RAC 03.005 Finalidad, determinación y suministro del servicio meteorológico. RAC 03.010 Formación e instrucción del personal meteorológico. RAC 03.011 Manual de funciones y responsabilidades del personal Técnico Meteorológico. RAC 03.012 Programa de entrenamiento Meteorológico.