Certificación No. 038 — Certificación del Acuerdo No. 038 del Acta No. 021 sobre autorización a la Gerencia de Atención al Ciudadano para realizar inspecciones ex post de permisos de operación de negocios
Alcaldía Municipal del Distrito Central
- Decreto: 038
- Publicación: 24 de diciembre de 2018
- Órgano emisor: Alcaldía Municipal del Distrito Central
- Gaceta: 34,828
Considerandos
Que la Munici- palidad es el órgano de gobierno y de administración del municipio, dotada de personalidad jurídica de derecho público y cuya finalidad es lograr el bienestar de los habitantes, promover su desarrollo integral como también facilitar a estos el acceso a los servicios y pago de los tributos municipales consignados en Ley y Planes de Arbitrios.
Que la Corporación Municipal es el órgano deliberativo y legislativo de la Municipalidad y tiene entre sus atribuciones crear, reformar y derogar los instrumentos normativos locales de conformidad con la Ley de Municipalidades; entre ellos los reglamentos y manuales para el buen funcionamiento de la misma.
Que el Artículo 124 del Regla- mento de la Ley de Municipalidades establece que para que un negocio o establecimiento pueda funcionar legalmente en un término municipal, es obligatorio que los propietarios o sus representantes legales obtengan previamente el Permiso de Operación de Negocio, el cual debe ser autorizado por la municipalidad por cada actividad económica que conforma el negocio y renovado en el mes de enero de cada año.
Que la Corporación Municipal del Municipio del Distrito Central en uso de sus facultades que la Ley de Municipalidades y su Reglamento le confieren, mediante Acuerdo No. 141 del año 2006 aprobó el Reglamento Municipal que Institucionaliza y Regula el Proceso Simplificado de Obtención del Permiso de Operación de Negocios en el Distrito Central.
Que el Artículo 9 del Reglamento Municipal que Institucionaliza y Regula el Proceso U D I-D EG T-U N AH Simplificado de Obtención del Permiso de Operación de Negocios en el Distrito Central, contiene la clasificación que para los efectos del cumplimiento de dicho Reglamento municipal se denomina Tabla de Agrupación y Clasificación de Giros Comerciales o Negocios dentro del municipio del Distrito Central, incorporando tres grupos de negocios o establecimientos.
Que en los últimos diez (10) años la base de contribuyentes registrados en el Impuesto de Industria, Comercio y Servicios de la Municipalidad del Distrito Central ha crecido considerablemente, registrando sólo en el grupo 3 del Artículo 9 del Reglamento Municipal que Institucionaliza y Regula el Proceso Simplificado de Obtención del Permiso de Operación de Negocios en el Distrito Central, a no menos de CINCO (5) MIL contribuyentes, superando la capacidad instalada de la Gerencia de Atención al Ciudadano para efectuar la totalidad de inspecciones en corto tiempo, a efecto de emitir los permisos de operación de esta categoría.
Que en aras de la simplificación de los procesos para la obtención del permiso de operación de negocios de los contribuyentes propietarios de negocios en el Distrito Central sujetos al pago del Impuesto de Industria, Comercio y Servicios, a venido a conocimiento de la Honorable Corporación Municipal, un proyecto normativo a efecto que las inspecciones de las actividades económicas contenidas en el grupo 3 del Artículo9del Reglamento Municipal que Institucionaliza y Regula el Proceso Simplificado de Obtención del Permiso de Operación de Negocios en el Distrito Central que se han venido realizando de manera ex ante, sean efectuadas de manera ex post a efecto de poder agilizar la entrega de los permisos de operación en los casos que sean de renovación que ya están registrados en la base de contribuyentes de la Alcaldía Municipal del Distrito Central.-
Texto completo
LA INFRASCRITA, SECRETARIA MUNICIPAL DEL DISTRITO CENTRAL, CERTIFICA: EL ACUERDO No.038 DEL ACTA No.021 DE FECHA VEINTISÉIS DE SEPTIEMBRE DELAÑO DOS MIL DIECIOCHO, EL CUAL LITERALMENTE DICE: “ACUERDO No.038.- CONSIDERANDO: Que la Munici- palidad es el órgano de gobierno y de administración del municipio, dotada de personalidad jurídica de derecho público y cuya finalidad es lograr el bienestar de los habitantes, promover su desarrollo integral como también facilitar a estos el acceso a los servicios y pago de los tributos municipales consignados en Ley y Planes de Arbitrios. CONSIDERANDO: Que la Corporación Municipal es el órgano deliberativo y legislativo de la Municipalidad y tiene entre sus atribuciones crear, reformar y derogar los instrumentos normativos locales de conformidad con la Ley de Municipalidades; entre ellos los reglamentos y manuales para el buen funcionamiento de la misma. CONSIDERANDO: Que el Artículo 124 del Regla- mento de la Ley de Municipalidades establece que para que un negocio o establecimiento pueda funcionar legalmente en un término municipal, es obligatorio que los propietarios o sus representantes legales obtengan previamente el Permiso de Operación de Negocio, el cual debe ser autorizado por la municipalidad por cada actividad económica que conforma el negocio y renovado en el mes de enero de cada año. CONSIDERANDO: Que la Corporación Municipal del Municipio del Distrito Central en uso de sus facultades que la Ley de Municipalidades y su Reglamento le confieren, mediante Acuerdo No. 141 del año 2006 aprobó el Reglamento Municipal que Institucionaliza y Regula el Proceso Simplificado de Obtención del Permiso de Operación de Negocios en el Distrito Central. CONSIDERANDO: Que el Artículo 9 del Reglamento Municipal que Institucionaliza y Regula el Proceso
Simplificado de Obtención del Permiso de Operación de Negocios en el Distrito Central, contiene la clasificación que para los efectos del cumplimiento de dicho Reglamento municipal se denomina Tabla de Agrupación y Clasificación de Giros Comerciales o Negocios dentro del municipio del Distrito Central, incorporando tres grupos de negocios o establecimientos. CONSIDERANDO: Que en los últimos diez (10) años la base de contribuyentes registrados en el Impuesto de Industria, Comercio y Servicios de la Municipalidad del Distrito Central ha crecido considerablemente, registrando sólo en el grupo 3 del Artículo 9 del Reglamento Municipal que Institucionaliza y Regula el Proceso Simplificado de Obtención del Permiso de Operación de Negocios en el Distrito Central, a no menos de CINCO (5) MIL contribuyentes, superando la capacidad instalada de la Gerencia de Atención al Ciudadano para efectuar la totalidad de inspecciones en corto tiempo, a efecto de emitir los permisos de operación de esta categoría. CONSIDERANDO: Que en aras de la simplificación de los procesos para la obtención del permiso de operación de negocios de los contribuyentes propietarios de negocios en el Distrito Central sujetos al pago del Impuesto de Industria, Comercio y Servicios, a venido a conocimiento de la Honorable Corporación Municipal, un proyecto normativo a efecto que las inspecciones de las actividades económicas contenidas en el grupo 3 del Artículo9del Reglamento Municipal que Institucionaliza y Regula el Proceso Simplificado de Obtención del Permiso de Operación de Negocios en el Distrito Central que se han venido realizando de manera ex ante, sean efectuadas de manera ex post a efecto de poder agilizar la entrega de los permisos de operación en los casos que sean de renovación que ya están registrados en la base de contribuyentes de la Alcaldía Municipal del Distrito Central.- POR TANTO: La Honorable Corporación Municipal del Distrito Central, en uso de las facultades que la Ley le confiere y en aplicación de los Artículos 12, 13, 24 y 25 numeral 11) de la Ley de Municipalidades; 1, 3, inciso c), 7 inciso b) del Reglamento Municipal que Institucionaliza y Regula el Proceso Simplificado de Obtención del Permiso de Operación de Negocio del Distrito Central; 1, 2, numeral 1), de la Ley de Simplificación Administrativa.- ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar a la Gerencia de Atención al Ciudadano para que realice de forma ex post las inspecciones para la emisión de los permisos de operación de negocios a que se refiere el grupo 3 descrito en el Artículo 9 del Reglamento Municipal que Institucionaliza y Regula el Proceso Simplificado de Obtención del Permiso de Operación de Negocios en el Distrito Central, durante el año 2019.- ARTÍCULO SEGUNDO: La Gerencia de Atención al Ciudadano realizará las inspecciones del Grupo 3 del Artículo 9 del Reglamento Municipal que Institucionaliza y Regula el Proceso Simplificado de Obtención del
ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956
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