Acuerdo Ejecutivo No. 0013-DGAJT-C-2016 — Aprobación del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Honduras y Green Climate Fund sobre los privilegios e inmunidades
Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional
- Decreto: 0013-DGAJT-C-2016
- Publicación: 28 de abril de 2018
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional
- Gaceta: 34,627
Considerandos
Que el Estado de Honduras, signatario de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Privilegios e Inmunidades de los Organismos Especializados y la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, reconoce la personalidad jurídica internacional de Green Climate Fund, instituido por la Conferencia de las Partes, como la entidad operadora del mecanismo financiero para cumplir con objetivos de la Convención Marco.
Que el Gobierno de la República de Honduras en cumplimiento del mandato constitucional de conservar el medio ambiente, ha tenido a bien reconocer los privilegios e inmunidades a Green Climate Fund y a las personas asociadas con el mismo, a fin de que pueda operar de manera eficaz en el cumplimiento de la misión de brindar asistencia al país en prácticas de adaptación y mitigación que contrarresten el cambio climático.
Que los privilegios e inmunidades referidos suponen obligaciones financieras para la Hacienda Pública.
Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 031-2015 de fecha Uno de Junio del 2015 publicado el Veinticinco de Noviembre de 2015, el Presidente de la República acordó delegar en el Secretario de Estado Coordinador de Gobierno, Jorge Ramón Hernández Alcerro, la potestad de firmar los U D I-D EG T-U N AH Acuerdos Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción.
Texto completo
Acuerdo Ejecutivo No.0013-DGAJT-C-2016 de fecha 16 de agosto de 2016, que aprueba en todas sus partes el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Honduras y Green Climate Fund sobre los privilegios e Inmunidades del Green Climate Fund. CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 205, Atribución 30) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional aprobar o improbar los tratados internacionales que el Poder Ejecutivo haya celebrado. POR TANTO, D E C R E T A: ARTÍCULO1.-Aprobar en todas y cada una de sus partes el ACUERDO No.0013-DGAJT-C 2016, enviado porel Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, mismo que contiene el ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS Y GREEN CLIMATE FUND SOBRE LOS PRIVILEGIOS E INMUNIDADES DEL GREEN CLIMATE FUND, que literatamente dice: “SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL. ACUERDO EJECUTIVO No. 0013-DGAJT-C-2016. Tegucigalpa, M.D.C., 16 de Agosto del 2016. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA. CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras, signatario de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Privilegios e Inmunidades de los Organismos Especializados y la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, reconoce la personalidad jurídica internacional de Green Climate Fund, instituido por la Conferencia de las Partes, como la entidad operadora del mecanismo financiero para cumplir con objetivos de la Convención Marco. CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República de Honduras en cumplimiento del mandato constitucional de conservar el medio ambiente, ha tenido a bien reconocer los privilegios e inmunidades a Green Climate Fund y a las personas asociadas con el mismo, a fin de que pueda operar de manera eficaz en el cumplimiento de la misión de brindar asistencia al país en prácticas de adaptación y mitigación que contrarresten el cambio climático. CONSIDERANDO: Que los privilegios e inmunidades referidos suponen obligaciones financieras para la Hacienda Pública. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 031-2015 de fecha Uno de Junio del 2015 publicado el Veinticinco de Noviembre de 2015, el Presidente de la República acordó delegar en el Secretario de Estado Coordinador de Gobierno, Jorge Ramón Hernández Alcerro, la potestad de firmar los
Acuerdos Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción. POR TANTO: En aplicación de los Artículos 21, 145, 205 numerales 19 y 30, 213 y 245 numeral 40 de la Constitución de la República; la Convención de las Naciones Unidas sobre los Privilegios e Inmunidades de los Organismos Especializados; la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático; los Acuerdos de la Conferencia de las Partes de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático COP 16 y COP 17; 1 y 7 de la Ley General del Ambiente; 16, 29, numeral 6, 33, 34, 36 numeral 8, 116, 117, 118 y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 50 numerales 7 y 8 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo; y, 1 del Acuerdo Ejecutivo No. 031-2015 de fecha 1 de Junio del 2015; ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar en todas y cada una de sus partes el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Honduras y Green Climate Fund sobre los Privilegios e Inmunidades del Green Climate Fund que literalmente dice:“