Contrato No. 4599/SX-HO — Contrato de Préstamo entre República de Honduras y Banco Interamericano de Desarrollo - Apoyo al Programa Nacional de Transmisión de Energía Eléctrica
Banco Interamericano de Desarrollo
- Decreto: 4599/SX-HO
- Publicación: 20 de noviembre de 2019
- Órgano emisor: Banco Interamericano de Desarrollo
- Gaceta: 35,103
Articulos
03 de las Normas Generales.Todos los desembolsos se denominarán y efectuarán en Dólares. CLÁUSULA 2.03. Disponibilidad de moneda. Si el Banco no tuviese acceso a Dólares, el Banco, en acuerdo con el Prestatario podrá efectuar el desembolso del Préstamo en otra moneda de su elección. CLÁUSULA 2.04. Plazo para desembolsos. El Plazo Original de Desembolsos será de cinco (5) años contados a partir de la fecha de entrada en vigencia de este Contrato. CLÁUSULA 2.05. Amortización. El Préstamo será amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales y consecutivas. La primera cuota se pagará a los diez (10) años y seis (6) meses, contados a partir de la fecha de suscripción de este Contrato, teniendo en cuenta lo previsto en el Artículo 3.01 de las Normas Generales y la última, a más tardar, a los cuarenta (40) años contados a partir de esa misma fecha. El monto de cada cuota de amortización del Préstamo será de la siguiente manera: (i) las primeras veinte (20) cuotas de amortización del Préstamo serán cada una por un monto equivalente al uno por ciento (1%) del Saldo Deudor del Préstamo; y (ii) las siguientes cuarenta (40) cuotas de amortización del Préstamo serán cada una por un monto equivalente al dos por ciento (2%) del Saldo Deudor del Préstamo. Si la fecha de vencimiento del pago de la primera cuota de amorti