Acuerdo Ministerial No. 0984-SE-2018 — Rectificación y ampliación de acuerdos sobre Bachillerato Técnico Profesional en diversas orientaciones
Secretaría de Educación
- Decreto: 0984-SE-2018
- Publicación: 29 de abril de 2019
- Órgano emisor: Secretaría de Educación
- Gaceta: 34,931
Considerandos
Que, de conformidad a las facultades conferidas en la Constitución de la República y la Ley de la Administración Pública, es función de la Secretaría de Educación en las oficinas competentes del nivel central, regular el funcionamiento y desarrollo del Bachillerato Técnico Profesional con sus diferentes orientaciones acompañando pedagógica mente el proceso que su implementación conlleva.
Que para implementar la Reforma Educativa en Honduras, que responda a la visión de país y plan de nación, se requiere aplicar con criterios técnicos y administrativos la Ley Fundamental de Educación.
Que según Decreto No. 262-2011.- Artículo 64 de la Ley Fundamental. El Estado garantiza el funcionamiento de un sistema nacional de evaluación,acreditación y certificación de la calidad educativa, que responda con flexibilidad a las características y especificidades de cada región del país, de las diversas modalidades de educación, tales como el sistema presencial y el sistema a distancia. Una Ley especial establecerá el marco institucional para la operación del sistema.
Que según ACUERDO EJECUTIVO No. 1366-SE-2014, CAPÍTULO V DE LA EVALUACIÓN EN EL NIVEL DE EDUCACIÓN MEDIA. Artículo 31. Para elevar las competencias del egresado, de acuerdo a los avances científico-tecnológico, la evaluación curricular y de impacto, se efectuará cada cinco promociones de las modali- dades y sus respectivas especialidades.
Que según artículo 23 de la Ley Fundamental de Educación, la Educación Media, tiene como propósito ofrecer la experiencia formativa para incorporarse al mundo del trabajo y/o proseguir estudios en el nivel superior, mediante la adquisición y construcción de conocimientos, habilidades y actitudes relevantes para su vida personal y social: así como para el desarrollo económico, sociocultural, científico y tecnológico del país. U D I-D EG T-U N AH ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956
Que mediante Acuerdo No. 1284- SE-2017, de fecha 07 de septiembre, se aprobó en forma experimental y con carácter transitorio, el Plan de Estudios de: BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL EN ENFERMERIA, el que se impartirá en jornada extendida, con una duración de cincuenta y cuatro (54) horas, de la siguiente manera: Décimo Grado año 2017, Undécimo Grado año 2018, Duodécimo Grado año 2019, egresan do una sola promoción debido al proceso de autoevaluación de las carreras, en los Centros Educativos que cumplan con los requerimientos óptimos que exige la Secretaría de Educación.
Que mediante Acuerdo No.1285- SE-2017, de fecha 07 de septiembre de 2017, se aprobó en forma experimental y con carácter transitorio, el PLAN DE ESTUDIOS DE: BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL EN INFORMATICA CON ORIENTACIÓN EN ROBÓTICA, el que se impartirá en jornada extendida, con una duración de cincuenta y cuatro (54) horas, de la siguiente manera: Décimo Grado año 2017, Undécimo Grado año 2018, Duodécimo Grado año 2019, egresan do una sola promoción debido al proceso de autoevaluación de las carreras, en los Centros Educativos que cumplan con los requerimientos óptimos que exige la Secretaría de Educación
Que mediante Acuerdo No. 1286- SE-2017, de fecha 07 de septiembre, se aprobó en forma experimental y con carácter transitorio, el PLAN DE ESTUDIOS DE: BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL ASISTENTE EJECUTIVO BILINGÜE, el que se impartirá en jornada extendida, con una duración de cincuenta y cuatro (54) horas, de la siguiente manera: Décimo Grado año 2017, Undécimo Grado año 2018, Duodécimo Grado año 2019, egresan do una sola promoción, mismo que para el otorgamiento definitivo, será revisado y ajustado, siguiendo el proceso de consulta respectivo.
Que mediante Acuerdo No. 1288- SE-2017, de fecha 07 de septiembre, se aprobó en forma experimental y con carácter transitorio por un periodo de tres años a partir del 01 de febrero del año 2017, el Plan de Estudios y Programas Curriculares del Bachillerato Técnico Profesional (BTP) en AGRICULTURA CON ORIENTACIÓN EN CAFÉ, así como su forma de administración de los espacios curriculares, con una jornada extendida ya que la durabilidad del Plan de Estudios es de 54 horas por grado académico, verificando en los tres años el egreso de una promoción.
Que mediante Acuerdo No. 1289- SE-2017, de fecha 07 de septiembre, se aprobó en forma experimental y con carácter transitorio,el PLAN DE ESTUDIOS DE: BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL MARITIMO PORTUARIO, el que se impartirá en jornada extendida, de la siguiente manera: Décimo Grado año 2017, Undécimo Grado año 2018, Duodécimo Grado año 2019, será revisado y ajustado, conforme evolucione la demanda de fuerza laboral en el área marítima y portuaria, a fin de ser evaluada la carrera, desempeño de los egresados e impacto de la misma, verificando en los tres años el egreso de una promoción. U D I-D EG T-U N AH
Que la Secretaría de Educación responde académicamente a las exigencias de un mundo globalizado bajo un ambiente de igualdad y equidad que nos lleve a construir una sociedad más justa y democrática; así como al establecimiento de un vínculo permanente entre la oferta educativa pertinente a las demandas de la vida ciudadana, del mercado laboral y la Educación Superior.
Que debido al proceso de autoevaluación de las carreras que se han venido impartiendo en los Centros Educativos y esperando resultados de las mismas, se hace mención en los Acuerdos de las modalidades emitidas recientemente que sólo habría una promoción, pero habiendo tanta demanda del Décimo grado, se retoma lo que la Ley Fundamental y el Reglamento de Educación Media emana sobre la flexibilidad a las características y especificidades de cada región del país, se amplían los mismos en cuanto al número de promociones.
Que por error involuntario se menciona de forma incorrecta el nombre del Centro Educativo, según listado el número 8, de igual forma no se hace mención en el listado de centros educativos el número 23, del listado de centros educativos que servirán como Centros Pilotos para impartir el Plan de estudios de BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL EN INFORMATICA CON ORIENTACION EN ROBOTICA.
Que siguiendo lineamientos emanados por la Dirección Académica de Formación Tecnología (DAFT), de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), se realizan mesas técnicas con docentes especialistas de los centros educativos pilotos, permitiendo el análisis y modificación del Plan de estudios de BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL EN INFORMATICA CON ORIENTACION EN ROBOTICA, en cuanto al nombre de los Espacios Curriculares y al número de horas contemplado en el mismo.
Texto completo
Comayagüela, M.D.C., 25 de octubre de 2018 EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN. CONSIDERANDO: Que, de conformidad a las facultades conferidas en la Constitución de la República y la Ley de la Administración Pública, es función de la Secretaría de Educación en las oficinas competentes del nivel central, regular el funcionamiento y desarrollo del Bachillerato Técnico Profesional con sus diferentes orientaciones acompañando pedagógica mente el proceso que su implementación conlleva. CONSIDERANDO: Que para implementar la Reforma Educativa en Honduras, que responda a la visión de país y plan de nación, se requiere aplicar con criterios técnicos y administrativos la Ley Fundamental de Educación. CONSIDERANDO: Que según Decreto No. 262-2011.- Artículo 64 de la Ley Fundamental. El Estado garantiza el funcionamiento de un sistema nacional de evaluación,acreditación y certificación de la calidad educativa, que responda con flexibilidad a las características y especificidades de cada región del país, de las diversas modalidades de educación, tales como el sistema presencial y el sistema a distancia. Una Ley especial establecerá el marco institucional para la operación del sistema. CONSIDERANDO: Que según ACUERDO EJECUTIVO No. 1366-SE-2014, CAPÍTULO V DE LA EVALUACIÓN EN EL NIVEL DE EDUCACIÓN MEDIA. Artículo 31. Para elevar las competencias del egresado, de acuerdo a los avances científico-tecnológico, la evaluación curricular y de impacto, se efectuará cada cinco promociones de las modali- dades y sus respectivas especialidades. CONSIDERANDO: Que según artículo 23 de la Ley Fundamental de Educación, la Educación Media, tiene como propósito ofrecer la experiencia formativa para incorporarse al mundo del trabajo y/o proseguir estudios en el nivel superior, mediante la adquisición y construcción de conocimientos, habilidades y actitudes relevantes para su vida personal y social: así como para el desarrollo económico, sociocultural, científico y tecnológico del país.
ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956
CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No. 1284- SE-2017, de fecha 07 de septiembre, se aprobó en forma experimental y con carácter transitorio, el Plan de Estudios de: BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL EN ENFERMERIA, el que se impartirá en jornada extendida, con una duración de cincuenta y cuatro (54) horas, de la siguiente manera: Décimo Grado año 2017, Undécimo Grado año 2018, Duodécimo Grado año 2019, egresan do una sola promoción debido al proceso de autoevaluación de las carreras, en los Centros Educativos que cumplan con los requerimientos óptimos que exige la Secretaría de Educación. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No.1285- SE-2017, de fecha 07 de septiembre de 2017, se aprobó en forma experimental y con carácter transitorio, el PLAN DE ESTUDIOS DE: BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL EN INFORMATICA CON ORIENTACIÓN EN ROBÓTICA, el que se impartirá en jornada extendida, con una duración de cincuenta y cuatro (54) horas, de la siguiente manera: Décimo Grado año 2017, Undécimo Grado año 2018, Duodécimo Grado año 2019, egresan do una sola promoción debido al proceso de autoevaluación de las carreras, en los Centros Educativos que cumplan con los requerimientos óptimos que exige la Secretaría de Educación CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No. 1286- SE-2017, de fecha 07 de septiembre, se aprobó en forma experimental y con carácter transitorio, el PLAN DE ESTUDIOS DE: BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL ASISTENTE EJECUTIVO BILINGÜE, el que se impartirá en jornada extendida, con una duración de cincuenta y cuatro (54) horas, de la siguiente manera: Décimo Grado año 2017, Undécimo Grado año 2018, Duodécimo Grado año 2019, egresan do una sola promoción, mismo que para el otorgamiento definitivo, será revisado y ajustado, siguiendo el proceso de consulta respectivo. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No. 1288- SE-2017, de fecha 07 de septiembre, se aprobó en forma experimental y con carácter transitorio por un periodo de tres años a partir del 01 de febrero del año 2017, el Plan de Estudios y Programas Curriculares del Bachillerato Técnico Profesional (BTP) en AGRICULTURA CON ORIENTACIÓN EN CAFÉ, así como su forma de administración de los espacios curriculares, con una jornada extendida ya que la durabilidad del Plan de Estudios es de 54 horas por grado académico, verificando en los tres años el egreso de una promoción. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo No. 1289- SE-2017, de fecha 07 de septiembre, se aprobó en forma experimental y con carácter transitorio,el PLAN DE ESTUDIOS DE: BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL MARITIMO PORTUARIO, el que se impartirá en jornada extendida, de la siguiente manera: Décimo Grado año 2017, Undécimo Grado año 2018, Duodécimo Grado año 2019, será revisado y ajustado, conforme evolucione la demanda de fuerza laboral en el área marítima y portuaria, a fin de ser evaluada la carrera, desempeño de los egresados e impacto de la misma, verificando en los tres años el egreso de una promoción.
CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Educación responde académicamente a las exigencias de un mundo globalizado bajo un ambiente de igualdad y equidad que nos lleve a construir una sociedad más justa y democrática; así como al establecimiento de un vínculo permanente entre la oferta educativa pertinente a las demandas de la vida ciudadana, del mercado laboral y la Educación Superior. CONSIDERANDO: Que debido al proceso de autoevaluación de las carreras que se han venido impartiendo en los Centros Educativos y esperando resultados de las mismas, se hace mención en los Acuerdos de las modalidades emitidas recientemente que sólo habría una promoción, pero habiendo tanta demanda del Décimo grado, se retoma lo que la Ley Fundamental y el Reglamento de Educación Media emana sobre la flexibilidad a las características y especificidades de cada región del país, se amplían los mismos en cuanto al número de promociones. CONSIDERANDO: Que por error involuntario se menciona de forma incorrecta el nombre del Centro Educativo, según listado el número 8, de igual forma no se hace mención en el listado de centros educativos el número 23, del listado de centros educativos que servirán como Centros Pilotos para impartir el Plan de estudios de BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL EN INFORMATICA CON ORIENTACION EN ROBOTICA. CONSIDERANDO: Que siguiendo lineamientos emanados por la Dirección Académica de Formación Tecnología (DAFT), de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), se realizan mesas técnicas con docentes especialistas de los centros educativos pilotos, permitiendo el análisis y modificación del Plan de estudios de BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL EN INFORMATICA CON ORIENTACION EN ROBOTICA, en cuanto al nombre de los Espacios Curriculares y al número de horas contemplado en el mismo. POR TANTO: En uso de las facultades que le confiere la Ley y en aplicación de los Artículos 80, 151, 153, 157, 159, 166 de la Constitución de la República;Art. 36 numeral 1 y 8, Art.116, 118, numeral 2, Art. 119, numeral 3, Art.122 de la Ley General de la Administración Pública,Art. 23, 64 de la Ley Fundamental de Educación,Artículo 31 del Reglamento General de Educación Media y demás leyes aplicables vigentes en el país,Acuerdos No.1284-SE-2017, No.1285-SE-2017, No.1286-SE-2017, No.1288-SE-2017 y No.1289-SE-2017, todos de fecha 07 de septiembre de 2017. ACUERDA: 1.-Rectificar en cuanto al número de Promociones que egresarán de la Modalidad de Bachillerato Técnico Profesional en las Orientaciones de: ENFERMERIA, INFORMATICA CON ORIENTACION EN ROBOTICA, ASISTENTE EJECUTIVO BILINGÜE, AGRICULTURA CON ORIENTACIÓN EN CAFÉ Y MARITIMO PORTUARIO, mencionada en los Acuerdos No.1284-SE-2017, No.1285- SE-2017, No.1286-SE-2017, No.1288-SE-2017 y No.1289- SE-2017, todos de fecha 07 de septiembre de 2017. EL CUAL SE LE E:Verificando el egreso de UNA promoción. EN ELQUE DEBERA DE LEERSE: Verificando el egreso de CINCO PROMOCIONES. 2.- Rectificar en el Acuerdo No.1289-SE-2017, de fecha 07 de septiembre de 2017, referente a la Modalidad de Bachillerato Técnico Profesional en MARITIMO Y PORTUARIO, en cuanto al nombre del Espacio Curricular, ubicación del semestre, número de horas, de la manera siguiente:
3.-Ampliar el Acuerdo No.1289-SE-2017, de fecha 07 de septiembre de 2017, referente a la Modalidad de Bachillerato Técni- co Profesional en MARITIMO Y PORTUARIO, en cuanto a incluir en el segundo Semestre del Undécimo Grado, el Espacio Curricular de Ética y Orientación Profesional con una carga Horaria de 4 horas.
EL CUAL SE LEE: 4.- Rectificar en el Acuerdo No.1285-SE-2017, de fecha 07 de septiembre de 2017, referente a la Modalidad de Bachillerato Técnico Profesional en INFORMÁTICA CON ORIENTACIÓN EN ROBÓTICA, en cuanto al nombre del centro educa- tivo que aparece en la casilla 8 del referido acuerdo. El cual se lee: ALONSO HERNÁNDEZ CÓRDOVA Siendo lo correcto: ALFONSO HERNÁNDEZ CÓRDOVA ´ ´ ´ ´
5.- Rectificar en el Acuerdo No.1284-SE-2017, de fecha 07 de septiembre de 2017, referente a la Modalidad de BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL EN ENFERMERÍA, en cuanto al nombre del centro educativo que aparece en la casilla 1 del referido acuerdo. El cual se lee: INSTITUTO “EVANGÉLICO”. Siendo lo correcto: INSTITUTO EDUCATIVO DE TRANSFORMACIÓN INTEGRAL (IETI). 6.-Ampliar el Acuerdo No.1285-SE-2017, de fecha 07 de septiembre de 2017, referente a la Modalidad de Bachillerato Técnico Profesional en INFORMÁTICA CON ORIENTACIÓN EN ROBÓTICA, en cuanto a incluir el nombre del centro educativo que ocupa la posición No. 23. ´ ´ ´ ´
6) Rectificar en el Acuerdo No. 1289-SE-2017 de fecha 07 de septiembre de 2017, en cuanto al nombre. 7.- Ampliar el Acuerdo No.1289-SE-2017, de fecha 07 de septiembre de 2017, en cuanto a incluir el nombre y hora correcta de los Espacios Curriculares del Plan de estudios de BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL EN INFORMÁTICA CON ORIENTACIÓN EN ROBÓTICA. EL CUAL SE LEE: PLAN DE ESTUDIOS DE BACHILLERATO TÉCNICO PROFESIONAL EN INFORMÁTICA CON ORIENTACIÓN EN ROBÓTICA. EN EL QUE DEBERÁ INCLUIRSE:
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8. Ampliar el Acuerdo No.1286-SE-2017, de fecha 07 de septiembre de 2017, referente a la Modalidad de Bachillerato Técnico Profesional ASISTENTE EJECUTIVO BILINGÜE, en cuanto a incluir cuatro centros educativos que corresponden a los departamentos de Atlántida, Yoro, la Paz y Comayagua, ya que por error involuntario se omitieron y cuyas posiciones serán los No. 06, 07, 08 y 09. ´ ´ ´ ´ ´ ´ ´
9.-Transcribir el presente Acuerdo a la Direcciones Departamentales de Educación, Direcciones Municipales, Distritales y Directores(as) de los Centros Educativos, para los fines legales consiguientes. COMUNÍQUESE: f) MARCIAL SOLIS PAZ. SECRETARIO DE ESTADO.f)ABOG.LILIA CAROLINA PINEDA MILLA. SECRETARIA GENERAL. ABOG. LILIA CAROLINA PINEDA MILLA SECRETARIA GENERAL ________ Secretaría de Educación