Reglamento — Estatutos del Comité Central Pro-Agua y Desarrollo Integral de Intibucá (COCEPRADII)
Comité Central Pro-Agua y Desarrollo Integral de Intibucá (COCEPRADII)
- Publicación: 5 de marzo de 2019
- Órgano emisor: Comité Central Pro-Agua y Desarrollo Integral de Intibucá (COCEPRADII)
- Gaceta: 34,887
Articulos
Las asambleas generales de delegados serán ordinarias y extraordinarias.
La Asamblea General de delegados es la máxima autoridad de la organización y será la responsable en elegir a la Junta Directiva Central cuyo periodo de funcionamiento será de cuatro años pudiéndose reelegir total o parcialmente.
Los delegados de la asamblea general serán seleccionados por las Juntas Administradoras y por cada Comité Sectorial, debiendo corresponder dos delegados por cada comunidad.
Las Sectoriales que formarán parte de esta asamblea serán: Colomoncagua, Concepción, Camasca, Yamaranguila, Jesús de Otoro 1 y 2, San Antonio; la Junta Directiva Central de COCEPRADII podrá crear otras sectoriales según el desarrollo que vaya alcanzando la organización, pero el número de delegados, siempre será de dos por comunidad.
La Asamblea General Ordinaria de delegados, se realizará cada año y servirán para reuniones informativas. Estas se desarrollarán en la segunda quincena del mes de diciembre debiendo ser convocada por la Junta Directiva Central. ARTÍCULO15:Para participar en las asambleas generales de delegados las Juntas Directivas Administradoras locales, acreditarán a su representante con una credencial con su sello respectivo firmada por el Presidente y Secretario de Actas, ante la Junta Directiva del Comité Sectorial y ésta ante la Junta Directiva Central.-
Son Atribuciones de la Asamblea General Ordinaria de delegados:a)Elegir la Junta Directiva del Comité Central Pro- Agua y Desarrollo Integral de Intibucá.- b) Discutir, aprobar y modificar estatutos y reglamentos internos de la Organización.- c) Elaborar y aprobar los planes de trabajo anuales de la Organización.- d) Definir las normas para la gestión Administrativa.- e) Presentar, discutir y aprobar los informes presentados por cada miembro de la Junta Directiva.- f) Fijar el Monto de las cuotas de los afiliados.- g) Aplicar sanciones disciplinarias.- h)Aprobar los proyectos que se desarrollan en los sectores.- ARTÍCULO17:Las Asambleas Generales Extraordinarias de Delegados, se realizarán cuando así lo decida la Junta Directiva Central o a petición de por lo menos 2/3 de las juntas administrativas locales y sectoriales.
Son atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria de Delegados: a) Resolver problemas internos de la Organización.- b) Reestructurar la Junta Directiva Central.- c) Aplicar sanciones disciplinarias.- d) Aprobar los proyectos que se desarrollan en los sectores y buscar los mecanismos más apropiados para su realización.- CAPÍTULO VI.- DE LAS JUNTAS DIRECTIVAS.-
Las Junta Directiva del Comité Central Pro-Agua, estará integrada de la siguiente manera: a) Un Presidente. - b) Un Secretario.- c) Un Tesorero.- d) Vocal I.- e) Vocal II. Serán electas por un periodo de 4 años. La Junta Directiva del Comité Sectorial estará integrado de la siguiente manera: a) Un Presidente.- b) Un Secretario.- c) Un Tesorero.- d) Un Fiscal.- e)Vocal 1. Serán electos por en periodo de 2 años. Las Juntas Directivas Administradoras locales estarán integradas de la siguiente manera: a) Un Presidente.- b) Un Vicepresidente.- c) Un Secretario.- d) Un Tesorero.- e) Un Fiscal.- f) Vocal 1.- g) Vocal 2.- Serán U D I-D EG T-U N AH electas por un periodo de dos años, debiéndose realizar esta elección en la primera quincena del mes de noviembre de cada año.-
Las convocatorias a asambleas para elegir las Juntas Directivas Locales deberán hacerse en forma escrita, con 15 días de anticipación.-
Son funciones de las Juntas Directivas: a) Dirigir, promover y administrar la Organización.- b) Cumplir y hacer cumplir con los acuerdos tomados por la asamblea.- c) Crear los mecanismos apropiados para que se ejecuten los acuerdos tomados por la asamblea.- d) Elaborar los planes de trabajo anual y el presupuesto de las Operaciones.- e) Autorizar egresos e ingresos al tesorero de conformidad con el presupuesto general.- f) Recibir, administrar e informar a la asamblea acerca de la administración de los recursos humanos, financieros y materiales.- g) Elaborar las agendas para las asambleas o congresos.- h) Presentar informes de trabajo sobre la gestión realizada.- i) Convocar a asamblea y a congresos ordinarios y extraordinarios.- j) Crear los mecanismos apropiados a fin de mejorar los servicios requeridos por los miembros o socios.-
Son atribuciones del Presidente: a) convocar por medio del Secretario, a reuniones de Asamblea General, Junta Directiva y presidirlas en forma reglamentaria.- b) Elaborar la agenda correspondiente con el Secretario y adjuntar la a la convocatoria, sea para reuniones de Asamblea o de Junta Directiva.- c) Autorizar con su firma, junto con el Tesorero todos los documentos que impliquen erogación de fondos y de cualquier tipo de recursos materiales o equipos.- d) Autorizar con su firma junto con el Secretario de actas, todas las actas de sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General.- e) Suscribir informes que la Junta Directiva someterá a la Asamblea General.- f) Cumplir y hacer que se cumplan todos los acuerdos tomados en Junta Directiva y Asamblea General.- g) Coordinar las distintas actividades de la Organización para que esta funcione como una unidad y mantener la armonía al interior de Junta Directiva.- h) Establecer mecanismos que sirvan para mejorar los servicios requeridos por los miembros o socios.- i) Representar legalmente a la Organización.- j) Realizar otras actividades que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General que sean compatibles con su cargo.- k) Cumplir y hacer cumplir el reglamento interno y estatutos de la Organización.-
Son funciones del Secretario: a) Llevar los libros de actas de la Organización, anotando con fidelidad las deliberaciones y resoluciones de la Junta Directiva y de Asamblea General.- b) Autorizar conjuntamente con el Presidente las convocatorias para las diferentes sesiones.- c) Firmar conjuntamente con el Presidente las actas y demás documentos.- d) Recibir y despachar correspondencia, organizar y custodiar el archivo de la organización.- e) Asumir todas las facultades y responsabilidades que se deriven de su cargo.-f) Dirigir y contestar toda correspondencia de la organización.- g) Organizar el archivo de la organización y mantenerlo con limpieza y corrección.- h) Asistir con puntualidad a todas las sesiones de la Junta Directiva y de Asamblea General.- i) Establecer y llevar el libro de registros de asociados.- j) presentar la agenda de trabajo para que sea conocida por todos los participantes y para que añadan y propongan algún punto que se quiera informar o discutir.-k) Otras que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General, compatibles con su cargo.-
Son funciones del Tesorero: a) Elaborar el inventario de la organización y mantenerlo actualizado permanentemente.-b) Llevar un libro especial de tesorería y sus libros auxiliares.- c) Depositar los fondos de la organización en la Institución Bancaria que designe la Junta Directiva Central.- d) Guardar y cuidar los recursos, materiales, equipos y otros bienes propiedad de la organización.- e) Recibir los ingresos y hacer los pagos ordenados por la Junta Directiva, utilizando los controles administrativos correspondientes.- f) Firmar con el presidente todos los documentos y facturas, que de manera general impliquen manejo de fondos.-g) Tener un archivo de documentos y facturas recibidos .- h) Llevar al día y con claridad, el registro y control de las operaciones administrativas de la Organización.- i) Recibir, registrar y controlar, todos aquellos ingresos provenientes de fuentes locales nacionales y extranjeras.- j) Presentar ante la Junta Directiva un anteproyecto de presupuesto para gastos administrativos.- k) Rendir informes de sus actividades a la Junta Directiva y a las asambleas en el momento que se le solicite.- l) Brindar a los miembros de la Organización las explicaciones necesarias sobre el funcionamiento de la Organización cuando estos los soliciten.- m) Desempeñar cualquier otra actividad que le asigne la Junta Directiva y la Asamblea General y que sea inherente a su cargo.-
Son atribuciones de los vocales: a) Sustituir a cualquiera de los directivos excepto al Tesorero en caso de ausencia de éstos a las sesiones y a las funciones que le corresponden.- b) Realizar otras actividades que le sean asignadas por la Junta Directiva y Asamblea General.- c) Asistir con puntualidad a todas las sesiones de Junta Directiva y de Asamblea General.- U D I-D EG T-U N AH CAPÍTULO VII.- DE LAS ASAMBLEAS DE JUNTA ADMINISTRADORAS Y COMITÉS.-
Las Asambleas serán Ordinarias y Extraordinarias.-
Las Asambleas Ordinarias se celebrarán el último sábado de cada mes o/a criterio de cada una de las juntas administradoras.
Las Asambleas Extraordinarias, se celebrarán cuando así lo requieran las Juntas Directivas y servirán para tratar asuntos de carácter urgente.-
Las convocatorias para reuniones de Asambleas Ordinarias se realizarán en forma escrita con 10 días de anticipación.-
Las convocatorias para reuniones de asambleas extraordinarias se realizarán en forma escrita con 10 días de anticipación.- CAPÍTULO VIII.- DEL RÉGIMEN DE VIGILANCIA Y FISCALIZACIÓN.-
La vigilancia y fiscalización de COCEPRADII, estará a cargo de la Junta de Vigilancia.-
La Junta de Vigilancia, estará integrada por tres miembros propietarios y tres suplentes electos en asamblea General Ordinaria o extraordinaria, los que serán electos en la misma fecha y durara, en sus funciones el tiempo que dure la Junta Directiva Central.-
La Junta de Vigilancia sesionará por lo menos una vez al mes y deberán Organizarse internamente en la primera sesión debiendo nombrar un Presidente, un Secretario y un Vocal.-
Todo miembro de la Junta de Vigilancia que habiendo sido convocado a tres sesiones ordinarias consecutivas o a cuatro sesiones extraordinarias no consecutivas, no asistiera a ellas sin causa justificada alguna, quedará eximido de su cargo y los dos miembros restantes asumirán las responsabilidades como tales.-
Son atribuciones de la Junta de Vigilancia.- a) Verificar las Operaciones contables y financieras de COCEPRADII. b) Realizar arqueos de caja y estados de cuentas cada vez que lo estimen conveniente.- c ) Practicar u ordenar a la Junta Directiva que se realicen auditorías, por lo menos una vez al año.- d) Comprobar la exactitud de inventarios, recibos, facturas y cotizaciones.- e) Comprobar la legalidad de títulos valores y de otros documentos que reciba o emita “COCEPRADII”.- f) Dictaminar los estados financieros, preparados por la Juntas Directivas y devolverlos dentro de los 10 días siguientes, después de recibirlos.- g) Verificar transacciones financieras y de cualquier otra índole que realicen las Juntas Directivas.- h.- Seleccionar el auditor interno y a los organismos auxiliares cuando proceda.-i) Informar ante cualquier asamblea de delegados y de Juntas Directivas, respecto a las deficiencias o anormalidad que encuentre en su gestión fiscalizadora.- j) Elaborar su plan de trabajo y presupuesto, presentarlo oportunamente a la Junta Directiva Central de · “COCEPRADII ”, para que ésta asigne su partida correspondiente.-
Los resultados de las acciones realizadas por la Junta de Vigilancia, se hará del conocimiento de la Junta Directiva Central y las recomendaciones emitidas deberán analizarse con laJuntaDirectiva a fin de adoptar los acuerdos convenientes al interés de “ COCEPRADII”.-
La Junta de Vigilancia deberá llevar al día el libro de actas, debidamente autorizado y anotar en el mismo, todos los acuerdos y resoluciones destinados a salvaguardar los intereses de la organización, teniendo la responsabilidad de transcribir los oportunamente a la Junta Directiva Central, para su análisis y cumplimiento.-
La Junta de Vigilancia tendrá todas las facultades necesarias para fiscalizar,revisar procedimientos administrativos y contables o investigar por sí, o en forma delegada cualquier irregularidad de orden financiero, legal, económico, administrativos de “COCEPRADII”, estarán obligados a facilitarle al afecto el conocimiento de todos los libros y documentos que el órgano de vigilancia estime necesarios.- Las recomendaciones que hiciera la Junta de vigilancia a la Junta Directiva Central en lo que es de su competencia, serán de obligatorio cumplimiento.-
La Junta de Vigilancia, deberá de coordinar o no, con el fiscal de la Junta Directiva, si así lo estiman, pero ambos cargos deberán contar con la autonomía necesaria, para desempeñar con eficiencia sus funciones.- CAPÍTULO IX.- DEL RÉGIMEN ECONÓMICO O HABER SOCIAL.- U D I-D EG T-U N AH
EL Régimen Económico o haber Social del Comité Central Pro-Agua y desarrollo integral de Intibucá (COCEPRADII) de los Comités Sectoriales y de las Juntas Administradoras locales lo constituyen:
- a)
Las cuotas o aportaciones de los miembros y asociados;
- b)
Las cuotas que se recauden por concepto de multas;
- c)
Los recursos económicos y financieros con que cuenta la Organización, serán estos en calidad de donaciones préstamos o de cualquier otra índole;
- d)
Los bienes materiales automóviles, motocicletas, edificios, terrenos, mobiliarios, equipos y otros inmuebles propiedad de la Organización.-
La administración de los recursos financieros, económicos, materiales, equipos, vehículos y otros bienes, estarán en manos de la Junta Directiva Central de “ COCEPRADII ”.Las Juntas Directivas Sectoriales podrán conocer sobre el manejo de los materiales y equipos.-
Para una efectiva administración de los recursos de “COCEPRADII”.- La Junta Directiva Central, Creará departamentos de funcionalidad operativa creando departamentos de Administración, Contabilidad y Gerencia..-
Las funciones de los Departamentos serán: Funciones del Departamento de Administración: Control de flota de Vehículos, custodia de enseres de la organización, Manejo de Recurso Humano y otros asignados por la Junta Directiva Central. Funciones del Departamento de Contabilidad: Elaboración de Estados Financieros, Informes a Donantes y Junta Directiva, Presupuestos y otros asignados por la Junta Directiva Central. Funciones del Departamento de Gerencia: Identificación de Donantes, Elaboración de Propuestas de Proyectos, Acompañamiento a Coordinadores de Proyectos, Acompañamiento directo a la Junta Directiva Central y otros que ésta le delegue.- CAPÍTULO X.- DE LOS EMPLEADOS.-
Para cumplir a cabalidad con los objetivos, fines y planes de trabajo de la Organización, el Comité Central Pro-Agua y Desarrollo Integral de Intibucá “ COCEPRADII”, deberá contratar el recurso humano que se requiere de acuerdo a su capacidad económica.-
Podrán ser empleados de “COCEPRADII” los siguientes: a) Los beneficiarios, hijos de beneficiarios u otros profesionales que sean contratados por “COCEPRADII”, siempre y cuando sean miembros de la Organización y que cumplan con todos los requisitos para desempeñarse en el cargo.- b) Los especialistas en metodología de capacitación y desarrollo comunitario, los técnicos agropecuarios y en medio ambiente, que sean contratados temporalmente por la Organización.- c) Los voluntarios de organismos nacionales e internacionales que desean prestar su servicios a la Organización.- ARTÍCULO46:ParaserempleadodeCOCEPRADII,se requiere a) haber sido seleccionado, cumpliendo con todos los requisitos necesarios para desempeñar dicho cargo.-b) Ser beneficiario, hijo de beneficiario o no beneficiario, que cumpla con los requisitos para desempeñar dicho cargo.-c) Haber participado en eventos de capacitación y aprobado el examen de evaluación practicado por COCEPRADII.- d) poseer sólidos sentimientos democráticos con alta solvencia moral y con profundos sentimientos de unidad, de solidaridad, de respeto y compromiso con la gente más necesitada.- CAPÍTULO XI.- DE LAS FALTAS DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS JUNTAS LOCALES Y SECTORIALES
Las faltas se clasificarán en leves, graves y muy graves.
Son faltas leves las siguientes: a) presentase a las actividades y tareas propias de la organización, con cinco minutos después de la hora estipulada.-b) Mostrar poco interés en el desempeño de las tareas propias de la organización.-c) No desarrollar las tareas en su debido orden ni con los materiales y equipos requeridos.-d) No aprovechar en forma apropiada el tiempo tal y como se provee en las programaciones.-e) No practicar los hábitos de aseo y normas de cortesía.-f) Ausentarse de las reuniones sin concederle permiso por primera vez.-g) Hacer uso de la palabra si habérsele concedido en las sesiones. ARTÍCULO49:Se consideran faltas graves las siguientes: a) presentase a las actividades propias de la organización, después de cinco minutos de la hora estipulada.-b) No desarrollar las tareas en su respectivo orden, ni con las normas morales que rigen la conducta de los individuos.-c) Criticar a sus compañeros en el sitio y momento que no sea apropiado.-d) Resistirse a la no realización de tareas que le fuesen asignadas.-e) No presentar los planes de trabajos, informes y otras acciones propias de la organización en el U D I-D EG T-U N AH tiempo establecido.-f) Inducir a los miembros beneficiarios al consumo de drogas y prácticas de vicios sociales.-g) Incurrir en tres faltas leves simultaneas en un mismo mes, dará lugar a una falta grave.-h) Abrir o propiciar discusiones de carácter político, religioso o de otra índole en sesiones que no tengan que ver con los intereses de la organización.-i) No acatar los acuerdos emanados de la Asamblea General y de Juntas Directivas en el nivel correspondiente.
Se consideran faltas muy graves las siguientes: a) Inmiscuir y adoptar actitudes e in gerencia políticas partidistas dentro de “COCEPRADII”. b) Presentarse a los eventos de capacitación a las asambleas y otras actividades propias de la organización en estado de ebriedad.- c) Proferir escándalos e insultos entre miembros directivos y afiliados así como también poner en mal predicado el nombre de “COCEPRADII”.- d) No hacer efectivas las cuotas y tareas que le fuesen encomendadas.- e) Hacer uso inadecuado de los bienes de la organización.- f) Hacer uso de los recursos de “COCEPRADII”. Para actividades políticas partidistas o para beneficio individual con fines de lucro.-g) Irrespetar los criterios técnicos en el desempeño de las tareas y funciones.- h) Tomar los recursos y bienes de la organización sin el permiso correspondiente.- i) No presentarse a la realización de tareas y a los eventos de capacitación, cuando se le hubiese convocado.- j)Tomar decisiones unilaterales y centralizar las funciones, ir respetando de esa manera a los otros miembros directivos y al equipo de trabajo.- k) Incurrir en tres faltas graves consecutivamente durante el mismo mes, dará lugar a cualquiera de las formas de sancionar las faltas muy graves.- l) En causar el trabajo fuera de los fines y principios que rigen la vida de COCEPRADII .- CAPÍTULO XII.- DE LAS SANCIONES A LAS FALTAS DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS JUNTAS CENTRAL, VIGILANCIA, SECTORIALES Y JUNTAS LOCALES
Las faltas leves se sancionarán de la siguiente manera: a) Con llamados de atención en forma oral.- b) Por segunda vez un llamado de atención en forma escrita y multa de 20 lempiras.
Las faltas graves se sancionarán de la siguiente forma: a) Con llamados de atención en forma oral y escrita por primera vez con multa de 30 Lps.- b) Por segunda vez con multas de Lps. 30:00 y suspensión temporal del servicio en un tiempo no menor a 15 días.- c) Por tercera vez una multa de 50 Lps. y suspensión del servicio por un tiempo no menor a 30 días.
Las faltas muy graves se sancionarán de la siguiente manera: a) Con multas de 150 Lps. con suspensión temporal del servicio de agua por un tiempo no menor a 30 días. - b) Con una multa de 150 Lps. y suspensión temporal de un tiempo no menor de 40 días.- c) Con expulsión temporal según determinación de la Asamblea General .-
El dinero que sea recaudado por concepto de multas, pasará a la tesorerías de cada Junta Directiva ya sea la de Central, de Vigilancia, Sectorial y Local respectivamente y servirá para suplir necesidades de las mismas.- CAPÍTULO XIII.- DE LAS DISPOSICIONES GENERALES.-
Los empleados que serán contratados por COCEPRADIIyseregularánporunreglamentodetrabajo especial, manual de procedimientos administrativos, Código de Trabajo Nacional.-
El Presidente de COCEPRADII elaborará anualmente un programa de capacitación para los empleados y miembros beneficiarios de los proyectos.-
Lo no contemplado en los presentes Estatutos será regulado por la Junta Directiva Central, tomando las medidas que estime más apropiadas y de conformidad a los preceptos aplicables en las leyes de nuestro País.-
Los presentes estatutos del COMITÉ CENTRAL PRO-AGUA Y DESARROLLO INTEGRAL DE INTIBUCÁ (COCEPRADII), con domicilio en el municipio de Camasca, departamento de Intibucá. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés días del mes de octubre de dos mil dieciocho. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 5 M. 2019. U D I-D EG T-U N AH