Reglamento — Reglamento de Operación del Sistema y Administración del Mercado Mayorista
Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)
- Publicación: 3 de julio de 2020
- Órgano emisor: Comisión Reguladora de Energía Eléctrica (CREE)
- Gaceta: 35,302
Considerandos
Que mediante Decreto No. 404-2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 20 de mayo del 2014, fue aprobada la Ley General de la Industria Eléctrica. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica y su reforma mediante Decreto No. 61- 2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 5 de junio de 2020, se creó la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica con independencia funcional, presupuestaria y facultades administrativas suficientes para el cumplimiento de sus objetivos. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica, el Estado supervisará la operación del Subsector Eléctrico a través de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica. Que de conformidad con la Ley General de la Industria Eléctrica, la
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Reglamento de Operación del Sistema y Administración del Mercado Mayorista”, y que por medio de esta consulta, además de la modificación de varios artículos del Reglamento a la Ley General de la Industria Eléctrica, se propuso la modificación del Artículo 6, 7 y 8 del Reglamento de Operación del Sistema y Administración del Mercado Mayorista. Que como resultado de este proceso de consulta pública se identificó oportunidades de mejora en el Reglamento de la Ley General de la Industria Eléctrica con el fin de introducir los siguientes elementos regulatorios: la impugnación y recursos sobre las decisiones del ODS; el procedimiento para exigir información; el Procedimiento Sancionatorio; los usuarios autoproductores; las Empresas Comercializadoras; al mecanismo de licitación para la expansión de la red de transmisión y la regulación de las licitaciones públicas internacionales para la compra de energía y potencia firme. Que la incorporación en el Reglamento a la Ley General de la Industria Eléctrica de los elementos regulatorios indicados SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos COMISIÓN REGULADORA DE ENERGIA ELÉCTRICA CREE Acuerdos CREE-074, CREE-075, CREE-076, CREE-077 A. 1- 144
ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821
anteriormente requiere de la modificación del Reglamento de Operación del Sistema y Administración del Mercado Mayorista. Que con el fin de hacer la modificación del Reglamento de Operación del Sistema Eléctrico y Administración del Mercado Mayorista, la CREE llevó a cabo el proceso de Consulta Pública CREE-CP-04-2020 entre el veintidós (22) y veintinueve (29) de junio de los corrientes con el fin de modificar los siguientes artículos: 3, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 14, 15, 16, 18, 19, 20, 22, 23, 25, 27, 28, 29, 31, 32, 34, 39, 45, 53, 56, 57, 59, 60, 62, 66, 70, 71, 78, 80, 83, 86, 88, 89, 91, 96, 97, 98, 102, 103, 104, 108, 112, 116, 117. Que en vista del cúmulo de modificaciones propuestas a la fecha, se requiere para una mayor claridad del reglamento, modificar el acto administrativo mediante el cual se adoptó el Reglamento de Operación del Sistema Eléctrico y Administración del Mercado Mayorista vigente en el único sentido de revocar el mismo, incluyendo sus reformas, y a su vez, adoptar un nuevo reglamento que contenga todos los aspectos revisados y sometidos a consulta pública. CONSIDERANDO Que mediante Decreto No. 404-2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 20 de mayo del 2014, fue aprobada la Ley General de la Industria Eléctrica. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica y su reforma mediante Decreto No. 61- 2020, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 5 de junio de 2020, se creó la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica con independencia funcional, presupuestaria y facultades administrativas suficientes para el cumplimiento de sus objetivos. Que de acuerdo con lo establecido en la Ley General de la Industria Eléctrica, el Estado supervisará la operación del Subsector Eléctrico a través de la Comisión Reguladora de Energía Eléctrica. Que de conformidad con la Ley General de la Industria Eléctrica, la