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18 de noviembre de 2023Vigente

Certificación — Certificación de Resolución de Aprobación de Regulación RAC-14 y RAC-139 de Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil

Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil

  • Publicación: 18 de noviembre de 2023
  • Órgano emisor: Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil
  • Gaceta: 36,387

Texto completo

CERTIFICA CIÓ N La suscrita, Secretaria Administrativa de la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil CERTIFICA:

  • 1)

    Copia de la RESOLUCION DE APROBACION DE REGULACION RAC-14“DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE AERÓDROMOS” 4TA EDICIÓN Y RAC-139 “CERTIFICACIÓN, OPERACIONES Y VIGILANCIA DE AERÓDROMOS” 5TA EDICIÓN AGENCIA HONDUREÑA DE AERONÁUTICA CIVIL. - COMAYAGÜELA, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL,de fecha Cuatro(04)de julio de dos mil veintitrés (2023),

  • 2)

    Copia de la publicación de la RESOLUCION DE APROBACION DE REGULACION RAC-14 “DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE AERÓDROMOS” 4TA EDICIÓN Y RAC-139 “CERTIFICACIÓN, OPERACIONES Y VIGILANCIA DE AERÓDROMOS” 5TA EDICIÓN AGENCIA HONDUREÑA DE AERONÁUTICA CIVIL en el Diario Oficial La Gaceta en fecha cinco (05) de agosto del 2023, en la Sección B1 a la B4 Avisos Legales, las cual son conforme a sus originales y se encuentran en custodia del Departamento de Asesoría Técnico Legal de la Agencia Hondureña de Aeronáutica Civil, consta de cuatro (04) folios útiles cada una.

  • 3)

    Los anexos de las resoluciones anterior consistentes en las RAC-14, con 313 páginas y RAC-139 con 92 páginas, respectivamente. - DOY FE. Extendida en la Ciudad de Comayagüela, M.D.C., a los diecinueve (19) días del mes de septiembre de dos mil veintitrés (2023). ……………ULTIMA LINEA…………... ABOG. ISAURA AVILA CANALES SECRETARIA ADMINISTRATIVA REGULACIÓN DE AERONÁUTICA CIVIL RAC – 14 DISEÑO Y CONSTRUCCIÓN DE AERÓDROMOS Sección “B”

    SISTEMA DE EDICION Y ENMIENDA LAS ENMIENDAS A LA PRESENTE REGULACIÓN SON INDICADAS MEDIANTE UNA BARRA VERTICAL EN EL MARGEN IZQUIERDO, JUNTO AL RENGLÓN, SECCIÓN O FIGURA QUE ESTÉ SIENDO AFECTADA POR EL MISMO. LA EDICIÓN SERÁ EL REEMPLAZO DEL DOCUMENTO COMPLETO POR OTRO. ESTAS ENMIENDAS SE DEBEN ANOTAR EN EL REGISTRO DE EDICIONES Y ENMIENDAS, INDICANDO EL NÚMERO CORRESPONDIENTE, LA FECHA DE EFECTIVIDAD Y LA FECHA DE INSERCIÓN.