Contrato No. 001/SU/EE.PP./DGOP/INSEP/2021 — Supervisión del Proyecto: Construcción del Edificio Anexo del Tribunal Superior de Cuentas, Municipio del Distrito Central
Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP)
- Decreto: 001/SU/EE.PP./DGOP/INSEP/2021
- Publicación: 15 de abril de 2023
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP)
- Gaceta: 36,204
Texto completo
CONTRATO NO.001/SU/EE.PP./DGOP/ INSEP/2021 SUPERVISIÓN DELPROYECTO: “CONSTRUCCION DEL EDIFICIO ANEXO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN”. Nosotros,ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ, mayor de edad, casado, hondureño, Licenciado en Administración de Empresas, con Tarjeta de Identidad Número 0801-1952-02732, y de este Domicilio, nombrado mediante Acuerdo No139-2018 de fecha diecisiete (17) de Abril del año dos mil dieciocho (2018); actuando en mi condición de Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), y en consecuencia Representante del Estado de Honduras; y AMILCAR RENE GIRON VASQUEZ, mayor de edad, casado, Ingeniero Civil, de nacionalidad hondureña, con domicilio en Tegucigalpa, Tarjeta de Identidad Número 1804-1970-01332, quien actúa en su condición de Representante Legal de la Empresa Supervisora ASOCIACIONDEPROFESIONALESS.A.DEC.V.(ASP CONSULTORES); con Registro Tributario Nacional (RTN) Número 08019003246678, quienes en lo sucesivo y para efectos de este Contratos e denominarán EL CONTRATANTE Y EL SUPERVISOR, ambos con poder suficiente para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones derivadas de este Contrato, hemos convenido en celebrar como al efecto celebramos, el presente CONTRATO SUPERVISION DEL PROYECTO DE: “CONSTRUCCION DEL EDIFICIO ANEXO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN”.
Contrato que se regirá por las Cláusulas y estipulaciones legales siguientes: CLAUSULA PRIMERA: DEFINICIONES. Siempre que en el presente contrato se empleen los siguientes términos, se entenderá que significan lo que se expresa a continuación: A. EL GOBIERNO: El Gobierno de la República de Honduras.B.LA SECRETARÍA: La Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP). C. LA DIRECCIÓN: La Dirección General de Obras Públicas, Dependencia de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos, (INSEP). D. EL COORDINADOR: El Ingeniero contratado por el Gobierno para ser el enlace entre la Dirección General de Obras Públicas, el Supervisor y el Contratista. E. LA UNIDAD EJECUTORA: El Departamento de Edificios Públicos dependiente de la Dirección General de Obras Públicas de INSEP, encargado de velar por la coordinación y ejecución del proyecto. F. EL SUPERVISOR: La Empresa Contratada para realizar la supervisión del Proyecto. G. PROYECTO “CONSTRUCCION DEL EDIFICIO ANEXO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN”. H. ELCONTRATISTA: La persona natural o jurídica a quien EL CONTRATANTE ha contratado para la Ejecución del proyecto. I- EL CONTRATANTE: El Gobierno de la República de Honduras por medio de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP). CLAUSULA SEGUNDA: DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO. El Contrato consiste en la prestación de los servicios de ingeniería requeridos para la SUPERVISIÓN del Proyecto: “CONSTRUCCION DEL EDIFICIO ANEXO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CUENTAS, MUNICIPIO DEL DISTRITO CENTRAL, DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZAN”, el cual incluye, pero no se limita a la prestación de los siguientes servicios: a) Elaboración de Informes Preliminar, Mensuales, Especial, Informe Final y Plano Final “tal como fue construido” el proyecto. b) Además, a revisar los estudios y preparar planos para cambios en la obra que a juicio del Supervisor y con la Aprobación de la Dirección sean convenientes. CLÁUSULA TERCERA: DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS. El alcance del trabajo que EL SUPERVISOR ejecutará, deberá ser compatible con las mejores prácticas técnicas y administrativas utilizadas en proyectos de esta naturaleza e incluirá pero no se limitará a lo siguiente: a) ACTIVIDADES PRELIMINARES: Las actividades preliminares a ser realizadas por EL SUPERVISOR, se refieren a todos los procesos previos que son necesarios para dar inicio a una obra, principalmente en lo que se refiere a recopilar datos del proyecto, estado actual del mismo, programación de la obra, localización y análisis de bancos de material, etc., estas actividades deberán ser descritas en detalle por EL SUPERVISOR, para lo cual, previo al inicio de los trabajos, EL SUPERVISOR se obliga a hacer una evaluación completa del proyecto, con el propósito de verificar las cantidades de obra preliminares que sirvieron de base para licitar o contratar el mismo y determinar a la vez si son adecuadas y suficientes.- Al efectuar la evaluación requerida, EL SUPERVISOR estará obligado a presentar un Informe Preliminar del estado del proyecto a más tardar DIEZ (10) DÍAS CALENDARIO
después de haber recibido la Orden de Inicio.- EL SUPERVISOR deberá tener obligatoriamente en el sitio del proyecto, una bitácora del Colegio de Ingenieros Civiles o Arquitectos de Honduras para anotar diariamente las incidencias del mismo.- b) ACTIVIDADES DE SUPERVISIÓN Y DIRECCIÓN TÉCNICA: EL SUPERVISOR, deberá indicar en detalle, la forma como realizará su labor de supervisión y dirección de la obra.- EL SUPERVISOR, será responsable junto con EL CONTRATISTA, de la calidad de la obra, deberá efectuar una inspección continua y completa de todo el trabajo realizado por ELCONTRATISTA, debiendo ejecutar, pero no limitarse a las actividades siguientes: 1.- Revisión completa del proyecto, esto incluirá, revisión de planos del estudio realizado, de las especificaciones generales, especiales y técnicas y cualquier otra documentación del proyecto hasta lograr un total dominio del trabajo que será realizado al inicio del período de construcción.- En caso de encontrarse aspectos importantes, EL SUPERVISOR, presentará un informe especial a la Dirección General de Obras Públicas con recomendaciones, notas, y sugerencias para que, si la Dirección General de Obras Públicas lo considera conveniente, sean tomadas en cuenta durante el proceso de construcción.- 2.- Revisión del Programa General de Construcción y calendario de actividades para completar el Proyecto, actualizándolo de conformidad al desarrollo del trabajo.- El programa de trabajo deberá considerar aspectos tales como, plazo contractual, fuentes de trabajo, sub contratistas, régimen de lluvias en la zona del proyecto, etc.- 3.- Revisar y actualizar periódicamente, en conjunto con EL CONTRATISTA, el Programa de Construcción y de Desembolsos del Proyecto, entregando una copia a la Dirección General de Obras Públicas para su aprobación, cada vez que ésta lo requiera.- Este programa será analizado durante las reuniones con la Dirección General de Obras Públicas para comprobar el avance del Proyecto.- 4.- Inspeccionar continua y completamente todo el trabajo ejecutado por EL CONTRATISTA, ya sea pagado por concepto de obra o por otro tipo de pago, si lo hubiere.- Este trabajo será realizado por medio de personal de campo (profesional y técnico), con la debida y aprobada experiencia y aceptado previamente por la Dirección General de Obras Públicas 5.- Suministrar y verificar la información proporcionada a EL CONTRATISTA, de todos los datos de construcción que sean necesarios para asegurarse que el proyecto sea construido de acuerdo con los planos, especificaciones y condiciones de diseño.- 6.- Velar porque EL CONTRATISTA, cumpla con las especificaciones generales, especiales y técnicas que forman parte del contrato de construcción del proyecto, a fin de obtener una máxima calidad en el trabajo.- 7.- Verificar a EL CONTRATISTA, antes del inicio de los trabajos, la marcación de las obras a ser construidas y revisar las ya efectuadas en las obras que hayan sido iniciadas.- 8.- Proyectar cualquier cambio que fuere necesario para un mejor cumplimiento económico en el proyecto, por su propia iniciativa o a requerimiento de la Dirección General de Obras Públicas 9.- Deberá sugerir a EL CONTRATISTA, métodos alternos de construcción cuando el propósito vaya orientado a la mejor ejecución de los trabajos. 10.- Prever anticipadamente a su ejecución e
informar por escrito cualquier modificación o alteración que pudiese ocurrir en el desarrollo físico del proyecto, junto con la razón técnica justificativa y con la incidencia en el monto y plazo del contrato, para que sea analizada y aprobada por la Dirección General de Obras Públicas, previamente a su construcción.- 11.- Calcular y certificar todas las cantidades de obra y pagos que son incluidos en las estimaciones mensuales presentadas por ELCONTRATISTA, asimismo llevar un control permanente de cantidades de obra ejecutadas y por ejecutarse, manteniendo informada a la Dirección General de Obras Públicas de los cambios que se vayan presentando en cantidades y costos. 12.- Llevar un control de la amortización de los anticipos otorgados a EL CONTRATISTA y de las vigencias de las fianzas y/o garantías presentadas por él.- 13.- Revisar y certificar las solicitudes de pago preparadas por EL CONTRATISTA, relativas al progreso logrado durante cada mes, efectuando todas las mediciones y cálculos para el pago de cantidades de obra para las estimaciones.- 14.- Inspeccionar y hacer ensayos de campo y laboratorio de los materiales incorporados o que se incorporarán al Proyecto, preparando informes relativos de estas inspecciones y ensayos, y dar su aprobación a los materiales que llenen las especificaciones y rechazar los que no las cumplan.- Se llevará un registro y archivo de todos los ensayos de los materiales utilizados durante la construcción del proyecto, los cuales pasarán a poder de la Dirección General de Obras Públicas cuando éste haya sido terminado.- Se podrán hacer ensayos de comprobación en el Departamento de Geotecnia de la Dirección General de Carreteras de INSEP.- Cuando los materiales se deban inspeccionar en una fábrica hondureña, EL SUPERVISOR hará los viajes e informará a la Dirección General de Obras Públicas y hará las respectivas recomendaciones.- 15.- Mantener un control de calidad permanente sobre los materiales que se van a emplear en la obra, aprobando o rechazando la incorporación de los mismos.- 16.- Mantener un sistema de control de calidad y resumen estadístico del proyecto,por medio de programas modernos de computación.- 17.- Inspeccionar, dirigir y calcular los costos de todos los trabajos que se realizan por Administración Delegada, en el caso que se presenten trabajos que sean necesarios para el buen funcionamiento del proyecto y conservación del mismo y que no exista concepto de pago en el contrato.- 18.- Llevar un estricto control sobre el cálculo para el pago de los mayores costos, para lo cual se tendrá que verificar mensualmente, los precios de combustibles, lubricantes, asfaltos, la divisa, la tabla oficial de salario mínimo vigente al momento de presentar la estimación y la correcta aplicación de las incidencias porcentuales de los ítems de trabajo respectivo.-Asimismo se deberá controlar el rendimiento de los materiales utilizados en la obra.- En cuanto a las facturas de materiales, éstas deben ser confronta das en las mismas condiciones, es decir con o sin impuesto y flete, dependiendo de la cotización original presentada en el Documento de Licitación.- 19.- Revisar y aprobar el cálculo del reconocimiento a EL CONTRATISTA, por aumento de costos a presentar en los estimados mensuales de pago.- 20.- Solicitar a EL CONTRATISTA el cambio del personal cuando el mismo no esté cumpliendo a cabalidad con su trabajo.- 21.- Revisar todos los sub contratos propuestos por
EL CONTRATISTA si los hubiese, y recomendar cambios, aprobaciones o reprobacion es a la Dirección General de Obras Públicas.- 22.- Presentar a la Dirección General de Obras Públicas, un Informe Mensual del Proyecto que suministre datos técnicos, financieros, fotografías representativas del avance en el periodo del proyecto, resumen del progreso y ejecución a la fecha del respectivo informe, en un (1) original y dos (2) copias, más un (1) informe digitalizado.- Estos informes deberán contener un resumen del avance del proyecto y del trabajo ejecutado por EL SUPERVISOR, así como todos los datos que a juicio de la Dirección General de Obras Públicas se requieran para llevar a cabo un buen control del proyecto y dar un detalle real del mismo.- 23.- Celebrar sesiones periódicas con el Coordinador del Proyecto por parte de la Dirección General de Obras Públicas y los representantes que la Dirección General de Obras Públicas designe, para evaluar el avance de la obra y su relación con el programa de trabajo aprobado; informar sobre los diferentes problemas que se hayan presentado en el período y revisar el tipo de información que deberá incorporarse en el informe mensual.- 24.- Cubrir con la prontitud del caso, todas las solicitudes requeridas por EL CONTRATANTE.-25.-Revisar y hacer recomendaciones a EL CONTRATANTE relacionadas con posibles reclamos de parte de EL CONTRATISTA, para prórrogas del plazo del contrato, pagos por trabajo adicional y otros similares.- 26.- Llevar un registro de las condiciones ambientales y estado del tiempo en la zona de trabajo, para posibles reclamos de EL CONTRATISTA, sobre el plazo de ejecución de la obra.- 27.- Informar a la Dirección General de Obras Públicas, con la debida antelación, sobre los problemas que pudieran presentarse por invasiones de derecho de Vía y vigilar porque no se construya ninguna estructura dentro del mismo, durante la etapa de Construcción. (NO APLICA)- 28.- Llevar un registro del equipo de EL CONTRATISTA, con sus paros por desperfectos mecánicos, mantenimiento y otros, y verificar que se tenga el equipo ofrecido en los documentos de licitación o el presente contrato y el necesario para terminar el proyecto en el tiempo contractual, manteniendo informada a la Dirección General de Obras Públicas al respecto, y deberá pedir a EL CONTRATISTA, el retiro de todo el equipo en mal estado que no trabaje efectivamente y deberá solicitar que lo reemplace inmediatamente por equipo en buen estado.- 29.- Verificar que EL CONTRATISTA tome todas las prevenciones del caso, con el propósito de preservar el medio ambiente y el cumplimiento de las medidas de bioseguridad para prevenir el contagio de la covid-19 y las medidas de mitigación previamente establecidas en los términos de referencia, al ejecutar los trabajos de construcción, verificando e inspeccionando los trabajos que se requieran para evitar altos riesgos de inundaciones, aguas debajo de las estructuras de drenaje, debido al sedimento o vegetación que obstruya el flujo del agua.- Controlar la posibilidad de que se formen focos de reproducción de insectos transmisores de enfermedades contagiosas, debido a aguas estancadas, asegurándose que el agua de lluvia drene normalmente hacia cauces naturales.- Prohibir a EL CONTRATISTA el vertimiento de residuos de productos químicos (aceites, combustibles y otros) y que los desechos sólidos sean
desalojados en los ríos y drenajes.- Ordenar e inspeccionar la re naturalización de los bancos de materiales.- Indicar a EL CONTRATISTA que árboles o arbustos que estén dentro del área de trabajo pero fuera del límite de construcción, deberán protegerse.- 30.- Llevar un álbum fotográfico del Historial Constructivo del Proyecto incluirlo en el informe Final.- 31.- Llevar una bitácora del Colegio de Ingenieros Civiles o Arquitectos de Honduras, de las principales actividades diarias realizadas y de cualquier problema o incidencia que se produzca en la obra.- La Bitácora llevará un registro de lo siguiente: *Estado del Tiempo; *Inventario del Equipo; *Estado del equipo; *Número de personas que laboran;*Tiempo trabajado;*Órdenes a EL CONTRATISTA; *Ensayos realizados; *Visitas al Proyecto; *Cualquier suceso importante que esté relacionado con el proyecto.- 32.- Mantener en archivos en forma clara y ordenada y a la disposición de la Dirección General de Obras Públicas, todo lo referente a la parte administrativa de EL SUPERVISOR, llevando cuentas y registros precisos y sistemáticos respecto de los servicios y las transacciones que se contemplan para el proyecto y el fundamento de los mismos de acuerdo con principios contables aceptables y en la forma y con la minuciosidad necesaria para identificar todos los costos y cargos por Administración Delegada y permitirá que la Dirección General de Obras Públicas o el representante que ésta designe, periódicamente y hasta cinco (5) años después del vencimiento o resolución del contrato, los inspeccione y extraiga copias de ellos, así como también los haga verificar por los Auditores que se nombren.- 33.- Deberá dar su aprobación a los diseños de mezcla a utilizarse en algún elemento del proyecto, los cuales deben ser presentados por ELCONTRATISTA.- 34.- Deberá dirigir todos aquellos trabajos que sean ejecutados por Administración Delegada, debiendo preparar diariamente los registros de los trabajos ejecutados mediante esta modalidad de pago, utilizando los formatos preparados para tal fin por la Dirección General de Obras Públicas. (NO APLICA)- Tal información deberá ser presentada mensualmente en el informe.- 35.- En general, vigilar porque se cumpla a entera satisfacción de la Dirección General de Obras Públicas, con los documentos de Licitación (si lo hubiera), Contrato, Planos, Especificaciones Generales y Especificaciones Especiales y Técnicas.- 36.- Elaborar un programa para el mantenimiento de las obras a medida que la construcción de cada elemento del Proyecto vaya completándose, con recomendaciones sobre los aspectos referentes a considerar por los responsables de dicho mantenimiento; estas recomendaciones se incluirán en el Informe Final.- 37.- Verificar la información de todas las medidas, trazos y estacas que sean necesarias para asegurarse que el proyecto será construido de acuerdo a los lineamientos, niveles y secciones transversales proyectadas.- 38.- Hacer la inspección final del proyecto, o de cada sección del mismo, certificar en cuanto a su terminación y hacer las recomendaciones para la aceptación preliminar del trabajo terminado, en el caso que fuere necesaria la recepción parcial del proyecto.- 39.- Preparará un informe del Cierre Parcial tal como se describe en el presente contrato, si fuere necesario.- 40- Calcular y certificar las cantidades finales de obra ejecutada por EL CONTRATISTA.- 41.- Preparar y entregar a la Dirección General de Obras Públicas en original
y dos (2) copias y un (1) en digital de los planos finales de planta y perfil que muestren todas las partes del proyecto, tales como hayan sido construidas, dentro de su informe final, después de haber sido concluida la obra por EL CONTRATISTA.- 42- Preparar en original y dos (2) copias impresas y uno (1) en digital, un informe final que muestre entre otras cosas, los avances logrados durante la ejecución de los trabajos, un resumen de los costos incurridos, comentarios y fotografías del proyecto.- Este informe deberá entregarse en diez (10) días después de finalizada la obra.- 43- Preparar en original y en el número de copias que se le indique, cualquier otro informe que a criterio de EL CONTRATANTE pueda necesitarse en relación con el Proyecto.- c)OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES ADICIONALES DE EL SUPERVISOR: a) Se conviene que EL SUPERVISOR no asignará, pignorará, transferirá, subcontratará, cederá sus derechos a recibir pagos, ni efectuará transacciones sobre el contrato o cualquier parte del mismo, así como derechos, reclamos y obligaciones de EL SUPERVISOR derivados del contrato, a menos que tenga el consentimiento por escrito de la Dirección General de Obras Públicas, no pudiendo ser en todo caso la suma de todos los subcontratos mayor de cuarenta por ciento (40%), del contrato principal.- b) EL SUPERVISOR no podrá retener por más de diez (10) días calendario la documentación referente al pago de estimaciones mensuales de obras y reconocimiento de mayores costos reclamados o solicitados por EL CONTRATISTA de las obras, y deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el contrato, y será responsable ante el mismo CONTRATISTA por el monto de los valores reclamados en ese concepto si por su culpa, negligencia u otras causas a ellos imputables, la Dirección General de Obras Públicas no toma en consideración la solicitud de EL CONTRATISTA.- c) EL SUPERVISOR deberá revisar y firmar las Estimaciones Mensuales de las Obras ejecutadas por EL CONTRATISTA, dentro de un plazo máximo de diez (10) días calendario contados a partir de la fecha de su presentación, sino lo hiciera así dentro del mismo plazo deberá informar por escrito a la Dirección General de Obras Públicas dando las razones de su actitud y dejando constancia de la fecha en que procederá a firmar dicho documento de pago o exponiendo los requisitos que EL CONTRATISTA debe cumplir previamente para proceder al trámite señalado.- d) EL SUPERVISOR tendrá la responsabilidad de la supervisión de todo el trabajo en conexión con este proyecto, de acuerdo con los planos, especificaciones y documentos del mismo, previamente aprobados por EL CONTRATANTE.- En cualquier otro caso no cubierto por los documentos aprobados, EL SUPERVISOR se adherirá a las normas de ingeniería indicadas por la Dirección General de Obras Públicas.-e) EL SUPERVISOR no podrá retener la documentación referente al pago y reconocimiento de mayores costos reclamados o solicitados por EL CONTRATISTA y deberán dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Contrato de Construcción del Proyecto y será responsable ante EL CONTRATISTA por el monto de los valores reclamados en este concepto si por su culpa, negligencia u otras causas imputables, EL CONTRATANTE no toma en consideración la solicitud de ELCONTRATISTA.-
f) Presentar el Informe del Estado del Proyecto, dentro del plazo de vigencia de la garantía/fianza de calidad después de Recepcionado el proyecto. CLÁUSULA CUARTA: CONDICIONES ESPECIALES.a)RESPONSABILIDAD DEL SUPERVISOR: 1.- EL SUPERVISOR, además ejecutará sus operaciones con la debida diligencia en el desarrollo del proyecto y mantendrá relaciones satisfactorias con otros grupos, Contratista y Subcontratistas que ejecuten trabajo en las diversas áreas del proyecto.- 2.- Es además convenido que EL SUPERVISOR, en la prestación de los servicios motivo de este contrato, actuará de acuerdo al mejor interés de EL CONTRATANTE, durante el trabajo de construcción y su comportamiento será guiado por empleados de EL SUPERVISOR y sus asesores especiales, asignados a este proyecto, que a juicio de la Dirección General de Obras Públicas sea incompetente o inaceptable por cualquier razón, y ser sustituido por uno de mayor capacidad y aceptado por la Dirección General de Obras Públicas.- 3.- El Supervisor no podrá emplear servicios de profesionales y técnicos que estén trabajando en oficinas públicas o entidades autónomas.- 4.- EL SUPERVISOR acuerda que todos los bienes no fungibles con valor superior a DOSCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS EXACTOS (L.250.00) adquiridos con fondos de este Proyecto, pasarán a ser propiedad de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), a la terminación de este Contrato. Sin perjuicio a efectuar transferencias parciales al finalizar físicamente cualquier sección del Proyecto. En caso de que estos bienes no se devuelvan a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), estos serán pagados por los Consultores al valor de costo, tomando en cuenta la depreciación que para tal efecto tienen establecidos los reglamentos de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas. Los bienes con valor menor de DOSCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS EXACTOS (L.250.00), no estarán sujetos a devolución. - 5.- Cada vez que un Asesor o Especialista que no haya sido contemplado dentro de su oferta y que sea requerido en el Proyecto por el Supervisor deberá ser aprobado previamente por la Dirección General de Obras Públicas. Cuando visite el Proyecto deberá preparar un informe especial detallado sobre lo observado y hacer en el las recomendaciones del caso. Este será personal con amplia experiencia y especialidad en estructuras, suelos, geología, hidrología, ambiente u otras áreas de acuerdo con las necesidades del proyecto. - 6.- Afin de coordinar, discutir criterios y establecer si los trabajos se están ejecutando de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Tercera; EL SUPERVISOR se compromete a convocar a reuniones de trabajo tan frecuentemente como fuere necesario, o bien, cuando la Dirección General de Obras Públicas lo ordene.A dichas reuniones asistirán el Coordinador del Proyecto; los representantes que la Dirección General de Obras Públicas designe; EL SUPERVISOR mismo; y, por parte del CONTRATISTA sus representantes autorizados. Durante estas reuniones, EL SUPERVISOR presentará a la Dirección General de Obras Públicas una evaluación descriptiva y gráfica del avance de los trabajos y su relación con el Programa de Trabajo aprobado. Se discutirá, además, problemas que se hayan presentado en la realización de los trabajos y si ellos hubiesen causado alguna demora, se
solicitará al CONTRATISTA el respectivo ajuste del programa de trabajo para su posterior revisión y aprobación. EL SUPERVISOR, a la vez hará exposición de la forma como se realizarán los trabajos inmediatos y someterán a consideración de la Dirección decisiones técnicas y administrativas consideradas de gran importancia para el buen éxito y finalización del Proyecto en el tiempo programado. - 7.- EL SUPERVISOR actuará de acuerdo a los mejores intereses del CONTRATANTE en todas las secciones relacionadas con el Proyecto y usará sus mejores esfuerzos para obtener máximas ventajas para éste, en los siguientes conceptos: a) Descuentos en todas las facturas comerciales; y, b) Cualquier descuento, devolución, depósito o cualquier otra concesión que pueda ser propiamente acreditada al respecto del Proyecto. b) Información y Servicios: 1.- EL CONTRATANTE a través de la Dirección General de Obras Públicas proveerá al SUPERVISOR toda la asistencia que sea necesaria para obtener la información existente relacionada con el proyecto, incluyendo informes, fotografías aéreas y cualquier otra documentación que pueda estar disponible y asistirán a los Supervisores en obtener tal información de otras Dependencias del Gobierno. Además EL CONTRATANTE se compromete a entregar al SUPERVISOR, toda la información técnica de que dispusiese sobre hidrología, meteorología, cartografía, aeroportuaria, y de cualquier otra índole semejante que sea apropiada y útil para la ejecución del Proyecto, toda la información obtenida deberá devolverse a la Dirección General de Obras Públicas una vez finalizado el proyecto.- 2.- EL CONTRATANTE se compromete a ejecutar con la debida diligencia, la revisión, aprobación, aceptación y autorización de todas las facturas, requisiciones de pago y demás comprobantes sometidos por EL SUPERVISOR para efectos de reembolso.- 3.- EL CONTRATANTE a través de Dirección General de Obras Públicas nombrará un Ingeniero Coordinador, que será el enlace entre esa dependencia y EL SUPERVISOR por intermedio del cual se canalizarán las relaciones entre ambas partes, en lo relacionado con el Proyecto en general.- 4.- EL CONTRATANTE a través de la Dirección General de Obras Públicas, supervisará el cumplimiento de las obligaciones del SUPERVISOR y de sus asesores especiales con el objeto de proteger los intereses del Estado de Honduras. Con tal propósito, los representantes del CONTRATANTE llevarán a cabo, entre otras, las siguientes tareas: a. Verificar el cumplimiento de las actividades que corresponden al SUPERVISOR bajo este Contrato, para comprobar que sean ejecutadas con eficiencia razonable. b. Verificar que el trabajo sea llevado a cabo por el personal apropiado y que se sigan buenas prácticas de ingeniería.- c. EL CONTRATANTE a través de la Dirección General de Obras Públicas, podrá exigir el retiro de cualesquiera de los empleados del SUPERVISOR y sus asesores especiales asignados a este Proyecto, que de acuerdo al juicio de la Dirección General de Obras Públicas sea incompetente o inaceptable por cualquier razón y ser sustituido por uno de mayor capacidad y aceptado por la Dirección General de Obras Públicas. EL SUPERVISOR deberá obedecer la orden de retiro, dentro de un plazo no mayor de quince (15) días. CLÁUSULA QUINTA: INFORMES, OTRA DOCUMENTACIÓN:
EL SUPERVISOR deberá presentar a la Dirección General de Obras Públicas un (01) original y dos (2) copias y uno (1) en formato digital, de los siguientes informes: 1.- INFORME PRELIMINAR: EL SUPERVISOR preparará un informe preliminar que deberá ser presentado a más tardar diez (10) días hábiles después de haber recibido la Orden de Inicio respectiva y deberá contener como mínimo:
- a)
Resumen de la Inspección realizada;
- b)
Resumen de la revisión de planos y cantidades de obra;
- c)
Niveles de ejecución actualizados;
- d)
Listado de personal a ser contratado por EL SUPERVISOR;
- e)
Requerimientos inmediatos de personal por EL SUPERVISOR;
- f)
Banco de materiales; etc.- 2.- INFORME MENSUAL: EL SUPERVISOR deberá presentar informe mensual de acuerdo a la cantidad de Obra Ejecutada dentro de los primeros diez (10) días Hábiles después del mes siguiente al período reportado, un informe técnico de avance físico y financiero, conteniendo fotografías de la obra.- 3.- INFORME ESPECIAL: EL SUPERVISOR preparará los informes que le sean requeridos por la Dirección General de Obras Públicas y los deberá presentar en el tiempo establecido en el requerimiento.- 4.- INFORME DE CIERRE PARCIAL (En caso de ser necesario): EL SUPERVISOR calculará las cantidades finales correspondientes al avance acumulado que presente la obra y hará las recomendaciones pertinentes para la correcta ejecución física y financiera con las correspondientes cantidades proyectadas restantes hasta la terminación del proyecto, todo lo cual será presentado en un Informe Especial de Cierre Parcial de Cantidades. - 5.- INFORME FINAL: EL SUPERVISOR preparará un Informe Final que cubra todas las fases del proyecto bajo los términos de este contrato para someterlo a la consideración y aprobación de la Dirección General de Obras Públicas.- Este Informe reflejará todas las operaciones de ingeniería, diseño, rediseño y construcción, e irá acompañado de un (1) original y dos (2) juegos de copias de planos (con dos (2) copias digitales) que correspondan al proyecto ejecutado“tal como fue construido”; también incluirá una recapitulación de la forma y cantidad de los fondos que hayan sido invertidos de acuerdo con los términos de este contrato.- EL SUPERVISOR, preparará información de cada rubro que concluya, en el cual indicará los aspectos más relevantes y los datos que servirán para el mantenimiento posterior, este informe será incluido en el informe final que deberá presentar EL SUPERVISOR una vez que termine sus actividades tendrá un plazo no mayor de Diez (10) días Hábiles después de concluida la obra para presentar informe final .- EL SUPERVISOR deberá preparar un informe resumido de soporte para cada estimación de pago de ELCONTRATISTA, en la forma que se lo indique la Dirección General de Obras Públicas.- EL SUPERVISOR deberá presentar un informe con las correspondientes recomendaciones, que muestre el estado de la obra, junto con el informe final del proyecto.- La Dirección General de Obras Públicas le indicará a EL SUPERVISOR cual es la información mínima que deberá incluir en cada informe. 6.- EL SUPERVISOR presentará a la Dirección General de Obras Públicas un breve informe especial, diez (10) meses después de la fecha en que se haya Recepcionado el proyecto, con el propósito de establecer si existen trabajos defectuosos que deban ser reparados por cuenta de EL
CONTRATISTA que ejecutó la obra, para lo cual se establece una garantía al respecto, en el contrato de construcción correspondiente. CLÁUSULA SEXTA: PERSONAL. a) EL SUPERVISOR se compromete a emplear todo el personal en forma eficiente para la ejecución del trabajo comprendido en este contrato y presentará el Curriculum Vitae de cada uno de los profesionales propuestos y técnicos encargados del trabajo, para su aprobación por parte de la Dirección General de Obras Públicas, indicando la fecha estimada de su incorporación al proyecto, duración de su estadía y función específica para tal personal.- LA DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS SE RESERVA EL DERECHO DE APROBACIÓN DE TODO EL PERSONAL PROPUESTO.- b) EL SUPERVISOR se compromete a mantener durante toda la Ejecución del Proyecto al personal propuesto en su Oferta Técnica y este solo podrá ser sustituido por uno de igual o mayor capacidad previa aprobación de la Dirección General de Obras Públicas.- c) Calendario de Vacaciones: EL SUPERVISOR, presentará un calendario de vacaciones de todo el personal en conexión con el proyecto, y deberá asegurarse de que el personal disfrute de las mismas en la forma prevista en dicho calendario, la postergación de las vacaciones solo podrá efectuarse si previamente a la fecha en que corresponda tomar las, EL SUPERVISOR obtiene la correspondiente aprobación de la Dirección General de Obras Públicas.CLÁUSULA SÉPTIMA:VALIDEZ,VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO. a) Validez del Contrato: Este contrato no tendrá validez o efecto hasta tanto no haya sido debidamente suscrito por las partes contratantes. - b) Plazo de Ejecución Total del Contrato: Se estima que EL SUPERVISOR realizará todos los trabajos objeto de este contrato a más tardar dentro de los 21 meses calendarios según el cuadro No.1 del estimado de costos total establecido en la cláusula octava; el cual será ejecutado por etapas, El CONTRATANTE estima un plazo de doscientos veinticinco (225) días calendario o su equivalente a 7.5 meses calendario para la ejecución de la primera etapa, correspondiente al ejercicio fiscal del año 2021, contados a partir de la fecha establecida en la orden de inicio que libre la Dirección General de Obras Públicas, EL SUPERVISOR deberá comenzar la supervisión de las obras planificadas para el año 2021, a partir de la orden de inicio Librada por la Dirección General de Obras Públicas y se obliga a entregarla a satisfacción de la Secretaría a más tardar dentro del plazo establecido anteriormente. LA SECRETARIA y EL SUPERVISOR de común acuerdo aceptan que para completar o finalizar la supervisión de la obra que se ejecutará por etapas de acuerdo a la disponibilidad de fondos que para cada ejercicio fiscal apruebe el Congreso Nacional de la República. CLÁUSULA OCTAVA: COSTO TOTAL DEL CONTRATO: El costo de este contrato se ha estimado en la cantidad de NUEVE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE LEMPIRAS CON 75/100 (L. 9,731,347.75), de los cuales UN MILLÓN CIENTO CATORCE MIL DOSCIENTOS QUINCE LEMPIRAS CON 98/100 (L. 1,114,215.98); que corresponden al concepto de honorarios profesionales, según se detalla en el cuadro No. 1 del cuadro estimado de costos totales que se detalla a continuación.
CUADRO No.1 CUADRO DE ESTIMADO DE COSTOS TOTALES CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD/MES MESES CANTIDAD/ TOTAL P.U (Lps.) TOTAL (Lps.) 1 SUELDOS Y SALARIOS 1.1 PERSONAL PROFESIONAL 1.1.1 Gerente de Proyecto H-M 0.40 21.00 8.40 40,000.00 336,000.00 1.1.2 Ingeniero Residente H-M 1.00 21.00 21.00 33,400.00 701,400.00 1.1.3 Ingeniero Asistente H-M 1.00 21.00 21.00 28,000.00 588,000.00 1.1.4 Ingeniero Especialista H-M 0.40 21.00 8.40 40,000.00 336,000.00 Sub-Total 1.1 1,961,400.00 1.2 OFICINA CENTRAL 1.2.1 Administrador. H-M 0.25 21.00 5.25 14,000.00 73,500.00 1.2.2 Contador. H-M 0.25 21.00 5.25 10,000.00 52,500.00 1.2.3 Secretaria. H-M 0.25 21.00 5.25 9,000.00 47,250.00 1.2.4 Motorista. H-M 0.25 21.00 5.25 8,000.00 42,000.00 1.2.5 Dibujante Calculista (Técnico en Auto CAD) H-M 0.30 21.00 6.30 12,000.00 75,600.00 Sub-Total 1.2 290,850.00 1.3 PERSONAL DE CAMPO 1.3.1 Jefe de Laboratorio H-M 0.45 21.00 9.45 12,000.00 113,400.00 1.3.2 Topógrafo H-M 0.45 21.00 9.45 12,000.00 113,400.00 1.3.3 Laboratorista. H-M 0.45 21.00 9.45 10,000.00 94,500.00 1.3.4 Inspector. H-M 1.00 21.00 21.00 10,000.00 210,000.00 1.3.5 Nivel ador H-M 0.45 21.00 9.45 10,000.00 94,500.00 1.3.6 Ayudante de Laboratorio H-M 0.45 21.00 9.45 10,000.00 94,500.00 1.3.7 Cadenero H-M 0.45 21.00 9.45 10,000.00 94,500.00 1.3.8 Peon H-M 0.45 21.00 9.45 9,250.00 87,412.50 1.3.9 Motorista H-M 0.45 21.00 9.45 8,000.00 75,600.00 Sub-Total 1.3 977,812.50
TOTAL, SUELDOS Y SALARIOS (1.1+1.2+1.3) 3,230,062.50 HORAS EXTRAS (25% S/Salario del personal de campo) 244,453.13 Total 2 244,453.13 BENEFICIOS SOCIALES 3.1 46.23% de 1+2 1,606,268.58 Total 3 1,606,268.58 GASTOS DIRECTOS 4.1 MATERIALES Y SUMINISTROS 4.1.1 Gastos de Laboratorio. mes 0.30 21.00 6.30 1,000.00 6,300.00 4.1.2 Materiales de oficina mes 0.40 21.00 8.40 1,000.00 8,400.00 Sub-Total 4.1 14,700.00 4.2 GASTOS DE OPERACION Y OFICINA 4.2.1 Reporte y Reproducción. mes 0.45 21.00 9.45 3,500.00 33,075.00 4.2.2 Gasto de Comunicación Nacional mes 0.53 21.00 11.13 2,000.00 22,260.00 Sub-Total 4.2 55,335.00 4.3 ALQUILER DE EQUIPO 4.3.1 Equipo de Topografía (Transito) mes 0.35 21.00 7.35 10,000.00 73,500.00 4.3.2 Equipo de topografía. (Nivel) mes 0.35 21.00 7.35 10,000.00 73,500.00 4.3.3 Equipo de Laboratorio mes 0.35 21.00 7.35 14,000.00 102,900.00 4.3.4 Vehículo (2 Unidades) mes 1.00 42.00 42.00 17,000.00 714,000.00 Sub-Total 4.3 963,900.00 TOTAL 4 (4.1+4.2+4.3) 1,033,935.00 MANEJOS DE COSTOS DIRECTOS 15% S/Total 4 155,090.25 TOTAL 5 155,090.25 GASTOS GENERALES 6.1 46.20% S/Total 1+2+3 2,347,322.31 TOTAL 6 2,347,322.31
Total, Gastos Generales HONORARIOS PROFESIONALES 7.1 Honorarios (15% de 1+ 2 +3+6) 1,114,215.98 TOTAL 7 1,114,215.98 GRAN TOTAL (1+2+3+4+5+6+7) 9,731,347.75 CUADRO RESUMEN No Concepto Total (L.) 1 Sueldos y Salarios 3,230,062.50 2 Horas Extras 244,453.13 3 Beneficios Sociales 1,606,268.58 4 Gastos Directos 1,033,935.00 5 Manejos de Costos Directos 155,090.25 6 Gastos Generales 2,347,322.31 7 Honorarios Profesionales 1,114,215.98 TOTAL 9,731,347.75 La supervisión de proyecto se hará en dos o más etapas, teniendo en cuenta que existe continuidad, funcionalidad y unidad del proyecto. En vista que el plazo definido para la supervisión del proyecto excede más de un periodo presupuestario, queda entendido por ambas partes, que la obra a supervisar en el año 2021; corresponderá únicamente a aquella que es factible dentro de la asignación presupuestaria aprobada para este ejercicio fiscal, por cuya razón LA SECRETARIA hará las gestiones correspondientes para obtener el financiamiento necesario para finalizar el proyecto. CLÁUSULA OCTAVA: COSTO TOTAL DEL CONTRATO: El costo de este contrato se ha estimado en la cantidad de NUEVE MILLONES SETECIENTOS TREINTA
Y UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE LEMPIRAS CON 75/100 (L. 9,731,347.75), de los cuales UN MILLÓN CIENTO CATORCE MIL DOSCIENTOS QUINCE LEMPIRAS CON 98/100 (L. 1,114,215.98); que corresponden al concepto de honorarios profesionales, según se detalla en el cuadro No.1 del cuadro estimado de costos totales que se detalla a continuación. CUADRO No. 2 CUADRO DE ESTIMADO DE COSTOS AÑO 2021 No. CONCEPTO UNIDAD CANTIDAD/MES MESES CANTIDAD/ TOTAL P.U (Lps.) TOTAL (Lps.) 1 SUELDOS Y SALARIOS 1.1 PERSONAL PROFESIONAL 1.1.1 Gerente de Proyecto H-M 0.10 7.50 0.75 40,000.00 30,000.00 1.1.2 Ingeniero Residente H-M 1.00 7.50 7.50 33,400.00 250,500.00 1.1.3 Ingeniero Asistente H-M 1.00 7.50 7.50 28,000.00 210,000.00 1.1.4 Ingeniero Especialista H-M 0.10 7.50 0.75 40,000.00 30,000.00 Sub-Total 1.1 520,500.00 1.2 OFICINA CENTRAL 1.2.1 Administrador. H-M 0.10 7.50 0.75 14,000.00 10,500.00 1.2.2 Contador. H-M 0.10 7.50 0.75 10,000.00 7,500.00 1.2.3 Secretaria. H-M 0.10 7.50 0.75 9,000.00 6,750.00 1.2.4 Motorista. H-M 0.10 7.50 0.75 8,000.00 6,000.00 1.2.5 Dibujante Calculista (Técnico en Auto CAD) H-M 0.10 7.50 0.75 12,000.00 9,000.00 Sub-Total 1.2 39,750.00 1.3 PERSONAL DE CAMPO 1.3.1 Jefe de Laboratorio H-M 0.10 7.50 0.75 12,000.00 9,000.00 1.3.2 Topógrafo H-M 0.20 7.50 1.50 12,000.00 18,000.00 1.3.3 Laboratorista. H-M 0.10 7.50 0.75 10,000.00 7,500.00 1.3.4 Inspector. H-M 1.00 7.50 7.50 10,000.00 75,000.00
1.3.5 Nivel ador H-M 0.20 7.50 1.50 10,000.00 15,000.00 1.3.6 Ayudante de Laboratorio H-M 0.10 7.50 0.75 10,000.00 7,500.00 1.3.7 Cadenero H-M 0.20 7.50 1.50 10,000.00 15,000.00 1.3.8 Peon H-M 0.20 7.50 1.50 9,250.00 13,875.00 1.3.9 Motorista H-M 0.20 7.50 1.50 8,000.00 12,000.00 Sub-Total 1.3 172,875.00 TOTAL, SUELDOS Y SALARIOS (1.1+1.2+1.3) 733,125.00 HORAS EXTRAS (25% S/Salario del personal de campo) 43,218.75 Total 2 43,218.75 3 BENEFICIOS SOCIALES 3.1 46.23% de 1+2 358,903.72 Total 3 358,903.72 4 GASTOS DIRECTOS 4.1 MATERIALES Y SUMINISTROS 4.1.1 Gastos de Laboratorio. mes 0.10 7.50 0.75 1,000.00 750.00 4.1.2 Materiales de oficina mes 0.20 7.50 1.50 1,000.00 1,500.00 Sub-Total 4.1 2,250.00 4.2 GASTOS DE OPERACION Y OFICINA 4.2.1 Reporte y Reproducción. mes 0.20 7.50 1.50 3,500.00 5,250.00 4.2.2 Gasto de Comunicación Nacional mes 0.20 7.50 1.50 2,000.00 3,000.00 Sub-Total 4.2 8,250.00 4.3 ALQUILER DE EQUIPO 4.3.1 Equipo de Topografía (Transito) mes 0.20 7.50 1.50 10,000.00 15,000.00 4.3.2 Equipo de topografía. (Nivel) mes 0.20 7.50 1.50 10,000.00 15,000.00 4.3.3 Equipo de Laboratorio mes 0.20 7.50 1.50 14,000.00 21,000.00 4.3.4 Vehículo (2 Unidades) mes 1.00 15.00 15.00 17,000.00 255,000.00 Sub-Total 4.3 306,000.00
TOTAL 4 (4.1+4.2+4.3) 316,500.00 MANEJOS DE COSTOS DIRECTOS 15% S/Total 4 47,475.00 TOTAL 5 47,475.00 6 GASTOS GENERALES 6.1 46.20% S/Total 1+2+3 524,484.33 TOTAL 6 524,484.33 Total, Gastos Generales HONORARIOS PROFESIONALES 7.1 Honorarios (15% de 1+ 2 +3+6) 248,959.77 TOTAL 7 248,959.77 GRAN TOTAL (1+2+3+4+5+6+7) 2,272,666.57 CLAUSULA NOVENA: REEMBOLSOS: Todos los costos necesarios para la ejecución de este Contrato, serán pagados por EL CONSULTOR y reembolsable previa justificación, por EL CONTRATANTE, según el Estimado de Costos e incluirá lo siguiente: 1.- Todos los sueldos, salarios y pago de horas extras, correspondientes al personal asignado al proyecto, (excepto tiempo extra para Ingenieros), ya sea a tiempo parcial o completo, tales como Ingenieros, Dibujantes, Topógrafos, Inspectores, Laboratorista, Contador, Secretaria, y cualquier otro personal cuyos servicios sean aprobados por la UNIDAD EJECUTORA.- El tiempo extraordinario trabajado por el personal de EL CONSULTOR, a excepción de los Ingenieros, será pagado de conformidad a lo dispuesto en el Código de Trabajo.- 2.- Todos los beneficios sociales pagados en conexión con el proyecto dentro de los cuales se contemplan vacaciones, ausencias por enfermedad, cuotas del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), INFOP, Décimo Tercer Mes, Décimo Cuarto Mes, Prestaciones Laborales, incluyendo las del Gerente del Proyecto y el personal de la oficina central en la proporción que los mismos hayan brindado sus servicios al proyecto.- 3.- Todos los costos de viaje, incluyendo transporte y viáticos para el personal trabajando a tiempo completo o parcial
en el proyecto y para el personal cuando viaje fuera del lugar de la Residencia asignada en la ejecución del trabajo.- 4.- El costo de todos los materiales, el uso de vehículos, uso de equipo (laboratorio, topografía, oficina, etc.), mobiliario y suministros adquiridos por EL CONSULTOR y usados en el proyecto, ya sean de naturaleza temporal o permanente.-Así como el costo de toda la papelería, útiles de escritorio, subsidio mensual de campamento y el acondicionamiento de campamentos y/o oficinas del proyecto.- 5.- El uso de todas la herramientas y suministros menores en conexión con la ejecución del proyecto.- 6.- El alquiler y acondicionamiento de locales y equipo que fuere necesario en localidades cercanas al proyecto.- 7.- Todas las llamadas telefónicas, fax, Internet que sea necesario hacer en relación con los servicios de ingeniería y otros servicios requeridos por este Contrato.- 8.- Todos los costos de reproducción, incluyendo copias helio gráficas, fotostáticas, fotografías, negativos, etc., así como impresiones comerciales,empastes,trabajos relacionados con las artes gráficas, y preparación de informes, cubiertas y otras publicaciones según requerimientos del proyecto.- 9.- Todos los cargos por fletes y expresos, sean estos por vía aérea, terrestre o marítima, correo, pruebas de carga, perforaciones, exploraciones en el campo, incluyendo sondeos, levantamientos y costos de laboratorio de cualquier naturaleza.- 10.- Todas las obligaciones públicas, servicios médicos y primas de seguros contra accidentes de trabajo de su personal en general.- En cuanto a los servicios médicos, se aclara que estarán sujetos a reembolsos, únicamente aquellas primas de seguro que no son proporcionados por el Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).- 11.- Todos los subcontratos, autorizados de trabajo y directivas de empleo incurridas en este Contrato y que sean previamente aprobados por la Dirección General de Obras Públicas.- 12.- Cualquier otro trabajo, bien o servicio relacionado con este proyecto y que sea previamente autorizado y aprobado por la Unidad Ejecutora por no estar comprendido dentro de este Contrato.- Es entendido que la Unidad Ejecutora está autorizada para hacer transferencias por causa justificada, entre cualquiera de las partidas de estimados de costos, sin alterar el total correspondiente.- Costos que no Forman Parte del Proyecto.- Sin limitarse a ellos, los siguientes conceptos no forman parte del proyecto:
- 1)
Cualquier reserva para imprevistos;
- 2)
Contribuciones o donaciones para propósitos comerciales y sociales;
- 3)
Dividendos sobre cauciones o bonificaciones hechas a los empleados y asociados;
- 4)
Inscripciones y membresías en agrupaciones sociales o profesionales;
- 5)
Intereses sobre préstamos o fondos avanzados en conexión con la ejecución de este proyecto;
- 6)
Costos que no estén especificados en el Estimado de Costos de la Cláusula Octava y que no sean autorizados por la Unidad Ejecutora.- CLÁUSULA DECIMA: PAGOS. EL SUPERVISOR recibirá como pago total por los servicios
objeto de este Contrato, una cantidad estimada según el cuadro No.1 descrito en la Cláusula Octava de este contrato la suma de: NUEVE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y UN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE LEMPIRAS CON 75/100 (L.9,731,347.75), de los cuales UN MILLÓN CIENTO CATORCE MIL DOSCIENTOS QUINCE LEMPIRAS CON 98/100 (L.1,114,215.98); corresponden al concepto de honorarios profesionales; y queda entendido por ambas partes, que la obra a supervisar en el ejercicio fiscal del año 2021;corresponde únicamente a la descrita en el cuadro No. 2 de la Cláusula Octava de este contrato y que es aquella que es factible dentro de la asignación presupuestaria aprobada para el ejercicio fiscal 2021; por un monto de: DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS LEMPIRAS CON 57/100 (L. 2,272,666.57) , de los cuales DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE LEMPIRAS CON 77/100 (L. 248,959.77), corresponden al concepto de Honorarios. - EL SUPERVISOR recibirá como pago mensual previa presentación del reembolso de acuerdo a la cantidad de obra supervisada con su respectivo informe mensual. El último pago después de la finalización de la obra que corresponde únicamente a la descrita en el cuadro No. 2 de la Cláusula Octava de este contrato, se realizará contra entrega y aceptación del Informe Final de la Primera Etapa. -Los Gastos que ocasione este Contrato se efectuarán con cargo a la Estructura Presupuestaria siguiente: Institución 120, Act/Obra 002, Programa 18, Sub Programa 00, Proyecto 006, Objeto 47220, Fuente - y que corresponderá únicamente a aquella que es factible dentro de la asignación presupuestaria aprobada para el año 2021,todos los pagos se harán en Lempiras, moneda Oficial de la República de Honduras, con la presentación de la estimación y sus informes acompañado por una certificación de EL CONTRATANTE, donde se exprese que las cantidades facturadas representan costos, recargo por Gastos Directos, Gastos Generales y Honorarios a EL SUPERVISOR, y que pueden ser pagados.- No se hará ningún pago adicional por Honorarios, a menos que exista un trabajo extra no contemplado en el alcance del trabajo.- Dicho trabajo extra deberá ser ordenado y aprobado por la Dirección General de Obras Públicas. El Proyecto de construcción y su correspondiente supervisión será financiada con Fondos Nacionales, asignados a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicas INSEP, será en etapas de acuerdo a la disponibilidad de fondos que para cada ejercicio fiscal apruebe el Congreso Nacional de la República, considerando que existe continuidad, funcionalidad y unidad del proyecto, en vista de que el plazo definido para la ejecución del proyecto excede más de un periodo presupuestario. En todo Contrato financiado con Fondos Nacionales, en el caso de que exista un recorte
presupuestario de fondos que se efectué por razón de la situación económica y financiera del país, la estimación de la percepción de ingresos menores a los gastos proyectados y en casos de necesidades imprevistas o de emergencias puede dar lugar a la rescisión o resolución del contrato, sin más obligación por parte del Estado que al pago correspondiente de los Servicios ya ejecutados a la fecha de vigencia de la rescisión o resolución del contrato. (ARTÍCULO NÚMERO 78 DE LAS DISPOSICIONES GENERALES PARA LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS DE LA REPÚBLICA, VIGENTE). CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: REVISIÓN DE PRECIOS. EL CONTRATANTE, reconocerá a ELCONTRATISTA, cualquier aumento directo que se produzca a los materiales que se utilizan en la ejecución de las obras y por aplicación de nuevas leyes o por disposiciones del Gobierno Central, emitidas después de la fecha de presentación de ofertas de este proyecto de acuerdo a los lineamientos comprendidos en el Decreto Ejecutivo #A- 003-2010.- El pago a EL SUPERVISOR, se efectuará por medio de los certificados mensuales de pago previa verificación que hará EL CONTRATANTE, de acuerdo a lo establecido en la cláusula anterior.- 1.- Se reconocerán los aumentos en salarios únicamente cuando éstos provengan de incrementos en salario mínimo decretado por el Gobierno.- 2.- Cualquier disminución directa que se produzca por aplicación de Leyes o disposiciones del Gobierno Central, emitidas después de la fecha de presentación de las ofertas del proyecto, será a favor del Gobierno y se rebajará de las estimaciones mensuales.- CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA: GARANTÍA/ FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. EL SUPERVISOR, queda obligado a constituir, antes del Libramiento de la Orden de Inicio para la supervisión de las obras, la siguiente garantía/fianza: Garantía/Fianza de Cumplimiento de Contrato: Equivalente al QUINCE POR CIENTO (15%) del monto total de los honorarios con exclusión de costos, con una duración hasta tres (3) meses adicionales al plazo previsto para la terminación del mismo.- La Garantía/Fianza de Cumplimiento de Contrato, deberá cumplir con el siguiente procedimiento: Mediante solicitud formal, EL SUPERVISOR pedirá a la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS, la revisión y la aprobación de la garantía/fianza correspondiente, adjuntando a su escrito el original de la misma.- Esta garantía/fianza deberá ser emitida por una Institución Bancaria o Compañía de Seguros legalmente establecida y autorizada por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, para operar en la República de Honduras, y deberá contener la Cláusula siguiente: “Esta Garantía/Fianza será ejecutada porel valor total de la misma,a simple requerimiento de la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS, acompañada de una nota de incumplimiento, emitida por ésta dependencia”.
Serán nulas todas las cláusulas o condiciones que contravengan o limiten esta disposición. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA: AMPLIACIÓN DE LAS GARANTÍAS/ FIANZAS POR AUMENTO EN EL PLAZO O MONTO DEL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN. En caso de que se amplíe el plazo del contrato de construcción por un término mayor a dos (2) meses, EL SUPERVISOR deberá ampliar la vigencia de la Garantía/Fianza de Cumplimiento de Contrato, de manera que venza tres (3) meses después del nuevo plazo establecido; si así ocurriere, el valor de la ampliación de la garantía/fianza se calculará sobre el monto pendiente de ejecución, siempre que lo anterior hubiere sido supervisado satisfactoriamente.- Si a consecuencia de la modificación de un contrato de construcción, se aumentare el monto del contrato de supervisión únicamente por incremento de las prestaciones a cargo de EL SUPERVISOR, este deberá ampliar la Garantía de Cumplimiento teniendo como base el saldo del contrato modificado que estuviere por ejecutarse.- La Dirección General de Obras Públicas será responsable solidariamente con EL SUPERVISOR del cumplimiento de estas condiciones. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: VERIFICACIÓN DE LAS GARANTÍAS/ FIANZAS. La Dirección General de Obras Públicas encargada de velar por la correcta ejecución y supervisión del contrato, será responsable de que las garantías/fianzas se constituyan oportunamente por EL SUPERVISOR, y que cumplan los fines para los que fueron expedidas.- En consecuencia, si hubiesen reclamos pendientes estando próximo a expirar cualquier garantía/fianza que responda por obligaciones de EL SUPERVISOR, EL CONTRATANTE, por medio de la Dirección General de Obras Públicas notificará este hecho a la empresa afianzadora o garante, quedando desde ese momento la garantía/fianza afecta al resultado de los reclamos. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA: PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN DE LAS GARANTÍAS. Las garantías/ fianzas constituidas por EL SUPERVISOR, tendrán carácter de título ejecutivo y su cumplimiento se exigirá por la vía de apremio, con una simple nota de incumplimiento emitida por EL CONTRATANTE.- EL CONTRATANTE gozará de preferencia sobre cualquier otro acreedor para hacer efectivas estas cauciones.- Quienes otorgaren estas cauciones a favor de EL SUPERVISOR, no gozarán del beneficio de excusión.-Si este Contrato fuera rescindido por incumplimiento de EL SUPERVISOR, EL CONTRATANTE podrá realizar las diligencias que estime necesarias para ingresar a las finanzas públicas, el monto de las garantías/fianzas que EL SUPERVISOR haya rendido para garantizar el fiel cumplimiento del contrato. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA: DEVOLUCIONES DE LAS GARANTÍAS/FIANZAS. La Dirección General de Obras Públicas podrá autorizar la devolución de la Garantía/Fianza de Cumplimiento de Contrato, después de haberse emitido el correspondiente
Finiquito por la Dirección General de Obras Públicas. CLÁUSULA DÉCIMA SEPTIMA: RETENCIONES. 1.- EL CONTRATANTE retendrá mensualmente a EL SUPERVISOR el diez por ciento (10%) de los Honorarios Profesionales, como garantía adicional a la Garantía/Fianza de Cumplimiento de Contrato, especificada en la Cláusula Décima Segunda, Garantía de Cumplimiento del Contrato.- 2.- EL CONTRATANTE retendrá en cada pago de reembolsos a EL SUPERVISOR el 12.5% del Impuesto Sobre la Renta, a menos que éste presente su Constancia de realizar Pagos a Cuenta ante el SAR.-3.-EL CONTRATANTE retendrá los pagos a EL SUPERVISOR por incumplimiento en la entrega de los trabajos especificados en este contrato, pagán dos el e a EL SUPERVISOR una vez subsanado tal incumplimiento. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA: ARCHIVOS. a) EL SUPERVISOR, deberá conservar y mantener archivos y libros mayores de contabilidad, relacionados con las transacciones que se contemplan bajo este contrato, incluyendo planillas, subcontratos y otros servicios, en idioma español.- b) El sistema de Contabilidad empleado por EL SUPERVISOR, deberá ser aprobado por EL CONTRATANTE, y deberá registrarse por principios de contabilidad generalmente aceptados.- Todos los libros de cuentas y anotaciones relacionados con este contrato, deberán estar sujetos a inspecciones por parte de EL CONTRATANTE, y/o por cualquiera de sus representantes legales hasta la expiración de un periodo de tres años después del pago final contemplado en este contrato, y EL SUPERVISOR, se compromete a permitir que representantes autorizados de EL CONTRATANTE, inspeccionen en cualquier tiempo las instalaciones, actividades y trabajos pertinentes a este contrato, ya sea en Honduras o en el exterior, interrogando al personal empleado en asuntos relacionados con el contrato hasta donde se estime conveniente, EL SUPERVISOR se compromete a incluir cláusulas similares a las arriba mencionadas en todas las Asociaciones y Subcontrataciones si las hubiese.- c) EL CONTRATANTE al hacer el pago final a EL SUPERVISOR, será el propietario de los originales de los documentos, incluyendo mapas, planos, fotografías, información sobre suelos, así como toda la información económica, fiscal, contable y financiera.- d) Toda la información obtenida durante la ejecución de este contrato, todos los informes, y recomendaciones, serán consideradas como confidenciales por parte de EL SUPERVISOR. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA: DOCUMENTOS ANEXOS AL CONTRATO. Forman parte integral del presente contrato, tal como si estuvieran individualmente escritos en el: 1.- La Invitación a Concurso.- 2.- Términos de Referencia del Concurso 3.- Addendums que se le hagan al mismo.- 4.- Las Ofertas Técnicas y Económica.- 5.- Procesos de Evaluación - 6.- Resolución de Adjudicación.- 7.- El Contrato y Modificaciones.-
8.- Garantía/Fianza de Cumplimiento de Contrato.- 9.- La Orden de Inicio.- 10.- Planos.- 11.- Otros documentos presentados por EL SUPERVISOR y aquellos que emita EL CONTRATANTE para los efectos del presente Proyecto.- En caso de haber discrepancia entre lo dispuesto en el Contrato y los anexos, privará lo expuesto en el Contrato; y en caso de discrepancia entre dos o más anexos, privará lo previsto en el anexo específicamente relativo al caso en cuestión. CLÁUSULA VIGESIMA: MODIFICACIONES DEL CONTRATO: a) EL CONTRATANTE podrá en cualquier momento, mediante orden escrita hacer cambios dentro de los términos de este contrato.- Si tales cambios dan lugar a un aumento en el alcance del trabajo o en el plazo necesario para la ejecución del mismo, o que afecte cualquier disposición del mismo o si después de la firma de este contrato entran en vigor disposiciones gubernamentales que aumenten los salarios o beneficios sociales o el costo de bienes y materiales necesarios para la realización de los trabajos, se hará un ajuste equitativo en el pago a EL SUPERVISOR y en todos los términos de este contrato que puedan resultar afectados.- b) Si durante la vigencia de este contrato el promedio general del salario en el país, aumenta considerablemente, la Dirección General de Obras Públicas podrá autorizar a EL SUPERVISOR, salarios superiores a los indicados en el Estimado de Costos.- c) En el caso de que EL CONTRATANTE solicite a EL SUPERVISOR servicios de ingeniería de cualquier naturaleza en adición o fuera del alcance de los trabajos previstos en las cláusulas de este contrato o hace cambios en dicho alcance del trabajo, o que EL CONTRATISTA establezca fuente de trabajo adicionales o distintos a los de su programación original que requieren un cambio sustancial en las necesidades de operación de la Supervisión, o en caso que durante la ejecución de este proyecto, EL CONTRATANTE decida construir obras adicionales que sean requeridas, EL SUPERVISOR se obliga a proseguir con los trabajos de supervisión adicionales.- EL CONTRATANTE lo solicitará por escrito a EL SUPERVISOR y este presentará una propuesta con un estimado de Hombres-Meses, salarios, gastos directos, gastos generales y Honorarios Profesionales adicionales para efectuar dichos trabajos.- Antes de autorizar dichos trabajos, EL CONTRATANTE estudiará y negociará la propuesta y si ésta conviene a sus intereses, firmará la modificación al presente contrato, que pasará a formar parte del mismo.- La cual se sujetará a lo establecido en los Artículos números 121, 122 y 123 de la Ley de Contratación del Estado de Honduras.- d) EL CONTRATANTE y EL SUPERVISOR acuerdan que este contrato es una obligación entre ambas partes y que el documento es un contrato de supervisión de obras, basado en el respectivo plazo de ejecución, entendiéndose que el Estimado de Costos no es limitativo,
sino que podrá variarse dentro de los límites razonables, con la previa autorización de la Dirección General de Obras Públicas.- e) Además, es convenido, que EL SUPERVISOR no podrá asignar, transferir, comprometer, subcontratar o hacer cualquier otra transacción por este contrato o cualquier parte del mismo, excepto con el consentimiento por escrito de EL CONTRATANTE.- f) EL CONTRATANTE no reconocerá costos adicionales al Costo Estimado, si EL SUPERVISOR por causas no justificadas e imputables a él mismo, dejase de cumplir con este contrato. En tal caso, se obliga por sus propios medios a cumplir con este contrato a satisfacción de EL CONTRATANTE. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA: NOTIFICACIONES. Todas las notificaciones contempladas en este contrato, serán válidas siempre que sean efectuadas por escrito y por Correo Electrónico; cuando fuesen hechas por escrito y entregadas con acuse de recibido por la Dirección General de Obras Públicas o mandadas por correo electrónico, fax, a las direcciones que estipule EL CONTRATANTE y que notifiquen por escrito. - Estas notificaciones serán efectivas tan pronto como sean recibida. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA: TERMINACIÓN. EL CONTRATANTE se reserva el derecho de terminar este contrato por conveniencia del Estado de Honduras y por causas justificadas a su criterio, o por razones de fuerza mayor o caso fortuito, igualmente calificadas por EL CONTRATANTE.- En cualquier caso, dará a EL SUPERVISOR una notificación por escrito de la terminación de los servicios objeto de este contrato, con quince (15) días de anticipación.- EL SUPERVISOR tendrá el derecho de terminar este contrato, si por razones de fuerza mayor es imposible continuar los servicios indicados en él, o si EL CONTRATANTE se a tras a se en uno o más pagos, por un período de quince (15) días de anticipación a ésta terminación.- En caso de terminación del contrato por parte de EL CONTRATANTE o por parte de EL SUPERVISOR, este tiene el derecho de recibir solo los pagos por los servicios incurridos bajo este contrato hasta su terminación, incluyendo el período de quince (15) días de aviso.- Igualmente recibirá cualquier otro costo razonable y justificable sobre instalaciones y equipo y entregará a EL CONTRATANTE toda la información disponible, dibujos, planos y conclusiones preliminares hasta la fecha de la terminación y todos los instrumentos y equipo especificados en el Estimado de Costos, antes de que EL CONTRATANTE haga el pago final a EL SUPERVISOR.- Otras causas de terminación de la ejecución son:
- a)
Incumplimiento de prestaciones contractuales;
- b)
Suspensión del Contrato de Construcción que supervisa;
- c)
Abandono del proyecto por EL CONTRATISTA, por período de tiempo de dos (2) meses o en forma definitiva;
- d)
Por aplicación de lo establecido en el Artículo número 36 del Reglamento de Ley de la Contratación del Estado de Honduras, inciso d, por tener el
supervisor juicio o reclamos pendientes durante los últimos 5 años con motivo de contratos anteriores o de ejecución;
- e)
Las demás establecidas en el Artículo número 127 de la Ley de Contratación del Estado de Honduras;
- f)
En aplicación en lo establecido en el Artículo número78de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de la República de Ingresos y Egresos Vigente. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA: FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO. a) Definición: Por Fuerza Mayor se entenderá todo acontecimiento ocurrido por causas imprevistas no atribuibles a EL SUPERVISOR, incluyendo pero no limitándose a catástrofes de la naturaleza, del enemigo público, actos de otros SUPERVISORES o CONTRATISTAS de construcción en la ejecución de los trabajos encomendados por EL CONTRATANTE, incendios, inundaciones, epidemias, restricciones de cuarentena, huelgas, embargos sobre fletes y condiciones de tiempo severas y poco comunes.- b) Ajustes en el Estimado de Costos por Fuerza Mayor: En caso de Fuerza Mayor, debidamente comprobada, que impida totalmente a EL SUPERVISOR, continuar ejecutando el contrato por un período que exceda a treinta (30) días consecutivos y después de hecha la notificación de fuerza mayor por EL SUPERVISOR,EL CONTRATANTE negociará un ajuste equitativo del Estimado de Costos de los Servicios, siempre que EL SUPERVISOR haga el reclamo a EL CONTRATANTE dentro de un período de cuarenta y cinco (45) días después de cesada la fuerza mayor notificada, acompañando las pruebas correspondientes.- Si EL SUPERVISOR no hiciera tal reclamo dentro del período de tiempo especificado, caducarán sus derechos a un ajuste en el Estimado de Costos, causado por la mencionada fuerza mayor.- c) Extensión del Plazo por Fuerza Mayor: En caso de que una fuerza mayor impida a EL SUPERVISOR ejecutar los trabajos requeridos por este contrato, para la eficiente ejecución de los trabajos por un período continuo que exceda quince (15) días su período de servicios, tal como lo requiere este contrato, y previa aprobación de EL CONTRATANTE, será ampliado por un período de igual tiempo al período perdido por fuerza mayor.- d) EL SUPERVISOR será reembolsado por cualquier gasto extraordinario que sea razonable, justificado y necesario en que incurra durante períodos de fuerza mayor, siempre que estos gastos sean aprobados por EL CONTRATANTE.- e) Siempre que la ejecución del proyecto sea suspendida por fuerza mayor, EL SUPERVISOR notificará a EL CONTRATANTE las causas de la suspensión dentro de un plazo máximo de diez (10) días contados desde el inicio de la suspensión.- EL CONTRATANTE verificará las causas de la suspensión y la magnitud del atraso, y si este fuese justificado, dará la prórroga para completar los trabajos.- Si EL SUPERVISOR no hiciere tal notificación, caducarán sus derechos a reclamar pagos durante el período de
suspensión.- En caso de que el trabajo se suspendiese permanentemente, se procederá de acuerdo a la Cláusula Décima Quinta.
- a)
- 1)