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15 de abril de 2023Vigente

Contrato No. CDS No. 02/UEP/DGC/INSEP/2021 — Contrato de Supervisión Proyecto Rehabilitación con Doble Tratamiento Tramo Carretero Limones-Pozo Zarco-Salamá

Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP)

  • Decreto: CDS No. 02/UEP/DGC/INSEP/2021
  • Publicación: 15 de abril de 2023
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP)
  • Gaceta: 36,204

Texto completo

CONTRATO DE SUPERVISIÓN CDS No. 02/UEP/DGC/INSEP/2021 PARA LA REHABILITACIÓN CON DOBLE TRATAMIENTO DEL TRAMO CARRETERO“LIMONES- POZO ZARCO SALAMÁ” FASE I; TRAMO: LIMONES-PUENTE QUEBRADA ULÚA, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE OLANCHO, SUSCRITO ENTRE EL SEÑOR ROBERTO ANTONIO P INEDARODRÍGUEZ, E N REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA DE ESTADO E N LOS DESPACHO SD E I NFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP), ACTUANDO EN SU CALIDAD DE CONTRATANTE; Y EL SEÑOR FERNANDO BIER MARTÍNEZ EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA “CONSULTORES Y PLANIFICADORES REGIONALES DE DESARROLLO S. DE R.L. (REGIOPLAN)” ACTUANDO EN SU CALIDAD DE CONTRATISTA, suscrito en fecha 25 de Agosto del año 2021, que literalmente dice: CONTRATO DE SUPERVISIÓN CDS No. 02/UEP/DGC/INSEP/2021 “REHABILITACIÓN CON DOBLE TRATAMIENTO DEL TRAMO CARRETERO “LIMONES-POZO ZARCO-SALAMÁ” FASE I TRAMO: LIMONES - PUENTE QUEBRADA ULÚA, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE OLANCHO” Nosotros, ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ, hondureño, mayor de edad, casado, Licenciado en Administración de Empresas, con Tarjeta de Identidad No. 0801-1952-02732y de este domicilio,actuando en mi condición de Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), nombrado mediante Acuerdo No. 0139-2018 del 17 de Abril de 2018 y que en adelante se llamará EL CONTRATANTE y FERNANDO BIER MARTÍNEZ de nacionalidad hondureña, mayor de edad, Licenciado en Economía, con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa M.D.C., con Tarjeta de Identidad No. 0801-1963-01002, Registro Tributario Nacional No.08011963010026 actuando en su condición de Representante Legal de la Empresa Supervisora CONSULTORES Y PLANIFICADORES REGIONALES DE DESARROLLO S. DE R.L. (REGIOPLAN), que en adelante en este Acto se llamará EL SUPERVISOR, convenimos en celebrar y al efecto celebramos el presente Contrato de Supervisión del proyecto: “REHABILITACIÓN CON DOBLE TRATAMIENTO DEL TRAMO CARRETERO “LIMONES-POZO ZARCO-SALAMÁ” FASE I TRAMO: LIMONES - PUENTE QUEBRADA ULÚA UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE OLANCHO”, contrato que se regirá por las cláusulas y disposiciones legales siguientes:

CLÁUSULA PRIMERA ANTECEDENTES: Considerando que la Constitución de la República establece que “El Estado debe promover el desarrollo económico y social, que debe estar sujeto a una planificación estratégica”; y debido a que en el año 2020, Honduras fue el país más golpeado de la región teniendo una caída del Producto Interno Bruto a causa de la Emergencia Sanitaria por el Virus COVID-19 y los embates de la naturaleza (Huracanes ETA e IOTA) sufriendo un impacto económico negativo de gran magnitud en la historia de nuestro país. Considerando que los proyectos de Infraestructura Vial sean de construcción, rehabilitación, mejoramiento o de mantenimiento periódico y rutinario del país, representan un factor imprescindible para el desarrollo acelerado y equitativo de la población y para la generación de empleo, de mano de obra no calificada, por lo que con fecha 18 de mayo de 2021, se publica el Decreto No. 011-2021, en el Diario Oficial “La Gaceta”, de la Republica de Honduras. ASPECTOS LEGALES: La Constitución de la República, en el artículo 360, establece que ¨Los contratos que el Estado celebre para la ejecución de obras públicas, adquisición de suministros y servicios, de compra – venta o arrendamiento de bienes, deberán ejecutarse previa licitación, concurso o subasta, de conformidad con la ley. Se exceptúan los contratos que tengan por objeto proveer a las necesidades ocasionadas por un estado de emergencia y los que por su naturaleza no puedan celebrarse, sino con persona determinada. Ley de Contratación del Estado, Artículo 9, párrafo cuarto, estable que: “Cuando ocurran situaciones de emergencia ocasionadas por desastres naturales, epidemias, calamidad pública, necesidades de la defensa o relacionadas con estados de excepción, o por circunstancias excepcionales que afectaren sustancialmente la continuidad o la prestación oportuna y eficiente de los servicios públicos, podrá contratarse la construcción de obras públicas, el suministro de bienes o de servicios o la prestación de servicios de consultoría que fueren estrictamente necesarios, sin sujetarse a los requisitos de licitación y demás disposiciones reglamentarias, sin perjuicio de las funciones de fiscalización”. El Decreto Nº 11-2021, publicado en “La Gaceta” Nº 35,602 del 18 de mayo de 2021, en su artículo 3, establece que en virtud de los daños causados por las tormentas tropicales Eta- Iota y a la necesidad imperante de la reactivación económica de Honduras, los proyectos de infraestructura de la red vial primaria, secundaria, terciara, urbana e infraestructura menor, incluyendo los servicios de diseño, construcción, supervisión, verificación y auditorías y aquellos de interés nacional, serán ejecutados por medio de contratación directa. CLÁUSULA SEGUNDA En virtud de que los fenómeno climatológicos de las Tormentas Tropicales ETA e IOTA, pusieron en peligro inminente la vida de seres humanos que habitan en las zonas im pactadas del territorio nacional, y así mismo agravar on los daños particularmente en esta carretera, afectando sustancialmente la continuidad o prestación del servicio causando graves accidentes provocando peligro para los usuarios de todas las Comunidades aledañas a la zona; razón por la cual la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos, (INSEP), atendiendo las necesidades de los pobladores de la Comunidades, y en atención a la Declaratoria de Emergencia Nacional antes citada, procede a la contratación directa por emergencia del Proyecto de supervisión denominado: “REHABILITACIÓN CON DOBLE TRATAMIENTO DEL TRAMO CARRETERO “LIMONES-POZO ZARCO-SALAMÁ”FASEITRAMO: LIMONES - PUENTE QUEBRADA ULÚA, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE OLANCHO”, ya que es necesario ejecutar obras de infraestructura que habiliten las vías de comunicación terrestre para la movilización de las personas y la producción nacional en forma segura a los diferentes destinos.

CLÁUSULA TERCERA DEFINICIONES Siempre que en el presente Contrato se empleen los siguientes términos, se entenderá que significa lo que se expresa a continuación: 1. EL GOBIERNO: El Gobierno de la República de Honduras (Poder EJECUTIVO), quien actuará por intermedio de la Secretaría. 2. LA SECRETARÍA: La Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP). 3. LA DIRECCIÓN: La Dirección General de Carreteras, dependiente de la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos. 4. LA UNIDAD EJECUTORA: La Unidad Ejecutora de Proyectos (UEP) de La Dirección General de Carreteras (DGC), encargada de coordinar y velar por la ejecución del proyecto. 5. FINANCIAMIENTO: Fondos provenientes del Fideicomiso de Infraestructura Vial. 6. EL CONTRATANTE: El Gobierno de la República de Honduras a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP). 7. EL CONTRATISTA: La persona natural o jurídica a quien El Contratante ha contratado para la Construcción del Proyecto. 8. EL SUPERVISOR: La Empresa REGIOPLAN S. DE R.L., Empresa contratada para la Supervisión del Proyecto. 9. INGENIERO COORDINADOR:Funcionario de enlace de parte de La Dirección General de Carreteras, encargado de coordinar las acciones que se susciten entre el Contratista, el Supervisor y el Contratante. 10. INGENIERO RESIDENTE: El Ingeniero Civil debidamente colegiado solvente con el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras, (CICH), quien que actuará como Ingeniero Residente del Proyecto por parte del Supervisor. 11. PROYECTO: “REHABILITACIÓN CON DOBLE TRATAMIENTO DEL TRAMO CARRETERO “LIMONES-POZO ZARCO-SALAMÁ” FASE I; TRAMO: CARRETERO LIMONES-PUENTE QUEBRADA ULUA, UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE OLANCHO”. 12.PROTOCOLO DE BÍOSEGURIDAD: Es el protocolo de acción ante la Emergencia Sanitaria por contagio del Coronavirus para los proyectos a desarrollar.

CLÁUSULA CUARTA DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO El Proyecto consiste en la prestación de los servicios de ingeniería requeridos para la supervisión del Proyecto: “REHABILITACIÓN CON DOBLE TRATAMIENTO DEL TRAMO CARRETERO “LIMONES-POZO ZARCO-SALAMÁ” FASE I TRAMO: LIMONES- PUENTE QUEBRADA ULÚA UBICADO EN EL DEPARTAMENTO DE OLANCHO”. Dentro del proyecto se incluye, pero no se limita a la prestación de los siguientes servicios: a. Elaboración de Informes preliminar, mensual, Especiales, Informe de Cumplimiento de Medidas Ambientales, Informe Final y un Larguillo final que contenga todas las actividades desarrolladas en el Proyecto y planos finales tal como fue construido el proyecto. b. Además, recopilar datos y realizar evaluación del proyecto para verificar las cantidades y planos de la obra con las que se licitó el proyecto, por posibles cambios en la misma que a juicio de EL SUPERVISOR y con la aprobación de LA DIRECCIÓN sean convenientes. c. Revisión y control de trabajos de Administración Delegada, para aprobación de la Dirección General de Carreteras. d. Revisión de la Cláusula Escalatoria, si existiese. La Firma Supervisora tendrá todas las obligaciones de carácter técnico, económico y administrativo que de acuerdo con las mejores prácticas de ingeniería o como lo requiere la naturaleza de esta Supervisión, sean responsabilidad de EL SUPERVISOR a pesar de que no haga mención específica de ellas en este Contrato. Es entendido que La Firma Supervisora suministrará todo el personal necesario y asumirá toda la responsabilidad técnica para realizar todos los componentes de Supervisión; así mismo asumirá toda la responsabilidad laboral y seguro contra todo riesgo de dicho personal y de su equipamiento, de acuerdo al Protocolo de Bioseguridad. CLÁUSULA QUINTA DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS El alcance del trabajo que EL SUPERVISOR ejecutará deberá ser compatible con las mejores prácticas técnicas y administrativas utilizadas en proyectos de esta naturaleza e incluirá, pero no se limitará a lo siguiente: 5.1 Actividades Preliminares. Las actividades preliminares a ser realizadas por EL SUPERVISOR, se refieren a todos los procesos previos que son necesarios para dar inicio a una obra, principalmente en lo que se refiere a recopilar datos del proyecto, estado actual del mismo, programación de la obra, localización y análisis de bancos de material, etc., estas actividades deberán ser descritas en detalle por EL SUPERVISOR, para lo cual, previo al inicio de los trabajos, EL SUPERVISOR se obliga a hacer una

evaluación completa del proyecto, con el propósito de verificar las cantidades de obra preliminares y los planos que sirvieron de base para licitar el mismo y determinar a la vez si son adecuadas y suficientes. Al efectuar la evaluación requerida, EL SUPERVISOR estará obligado a presentar un INFORME PRELIMINAR del estado del proyecto, revisión de cantidades de obra y planos con el cual se licitó el proyecto, a más tardar veinte (20) días calendario después de haber recibido la orden de inicio. Deberá llevar una bitácora en el proyecto para anotar diariamente los registros más importantes del mismo. 5.2 Actividades de Supervisión y Dirección Técnica EL SUPERVISOR deberá indicar en detalle, la forma como realizará su labor de Supervisión y Dirección de la obra. EL SUPERVISOR será responsable junto con EL CONTRATISTA de la calidad de la obra, deberá efectuar una inspección continua y completa de todo el trabajo realizado por el CONTRATISTA, debiendo ejecutar, pero no limitarse a las actividades siguientes:

  • 1)

    Revisión completa del Proyecto, esto incluirá revisión de los planos del estudio realizado, de todas las actividades a realizar, de las especificaciones generales y técnicas y cualquier otra Documentación del proyecto hasta lograr un total dominio de el, trabajo que será realizado al inicio del período de Construcción. En caso de encontrarse aspectos importantes, EL SUPERVISOR presentará un informe especial a LA DIRECCIÓN con recomendaciones, notas y sugerencias para que, si LA DIRECCIÓN lo considera conveniente, sean tomadas en cuenta durante el proceso de Construcción.

  • 2)

    Revisión del Programa General de Construcción y calendario de actividades para completar el Proyecto, actualizándolo de conformidad al desarrollo del trabajo. El programa de trabajo deberá considerar aspectos tales como plazo contractual, frentes de trabajo, Sub-Contratistas, régimen de lluvias en la zona del proyecto, etc.

  • 3)

    Revisar y actualizar en detalle mensualmente en conjunto con EL CONTRATISTA, el Programa de Construcción y de Desembolsos del Proyecto. Este programa será analizado durante las reuniones mensuales para comprobar el avance del proyecto.

  • 4)

    Inspeccionar continua y completamente todo el trabajo ejecutado por EL CONTRATISTA, ya sea pagado por concepto de obra, Administración Delegada o por otro tipo de pago si lo hubiera. Este trabajo será realizado por medio de personal

    de campo (profesional y técnico) con la debida y aprobada experiencia y aceptado previamente por LA DIRECCIÓN.

  • 5)

    Suministrar y verificar la información proporcionada a EL CONTRATISTA de todos los datos de Construcción que sean necesarios para asegurarse que el proyecto sea construido de acuerdo con las especificaciones y condiciones especiales del proyecto.

  • 6)

    Velar porque EL CONTRATISTA cumpla con las especificaciones generales y técnicas que forman parte del Contrato del proyecto a fin de obtener una máxima calidad en el trabajo.

  • 7)

    Verificar a EL CONTRATISTA, antes del inicio de los trabajos, la marcación de las obras a ser construidas y revisar las ya efectuadas en las obras que ya hayan sido iniciadas.

  • 8)

    Proyectar cualquier cambio que fuere necesario para un mejor cumplimiento económico en el proyecto, por su propia iniciativa o a requerimiento de LA DIRECCIÓN.

  • 9)

    Deberá sugerir a EL CONTRATISTA, métodos alternos de Construcción cuando el propósito vaya orientado a la mejor ejecución de los trabajos.

  • 10)

    Prever anticipadamente a su ejecución e informar por escrito cualquier modificación o alteración que pudiese ocurrir en el desarrollo físico del Proyecto, junto con la razón técnica justificativa y con la incidencia en el monto y plazo del Contrato, para que sea analizada y aprobada por LA DIRECCIÓN previamente a su Construcción.

  • 11)

    Calcular, certificar y revisar todas las cantidades de obra y pagos que son incluidos en las estimaciones mensuales presentadas por EL CONTRATISTA, siendo avaladas antes de ser firmadas por el Ingeniero Coordinador y el Jefe de LA UNIDAD EJECUTORA, asimismo, llevar un control permanente de cantidades de obra ejecutadas y por ejecutarse, manteniendo informada a LA DIRECCIÓN de los cambios que se vayan presentando en cantidades de obra y costos, esto incluye Clausula Escalatoria y Administración Delegada.

  • 12)

    Llevar un control de la amortización de los anticipos otorgados a EL CONTRATISTA y de las vigencias de las fianzas extendidas por él.

  • 13)

    Revisar y certificar las Solicitudes de pago preparadas por EL CONTRATISTA, relativas al progreso logrado durante cada mes, efectuando todas las mediciones y cálculos para el pago de cantidades de obra para las Estimaciones.

  • 14)

    Inspeccionar y hacer ensayos de campo y

    laboratorio de los materiales incorporados o que se incorporarán al Proyecto, preparando informes relativos de estas inspecciones y ensayos y dar su aprobación a los materiales que llenen las especificaciones y rechazar los que no las cumplan. Cuando los materiales se deban inspeccionar en una fábrica hondureña, EL SUPERVISOR hará los viajes e informará a LA DIRECCIÓN y hará las respectivas recomendaciones. PRUEBAS REQUERIDAS: EL SUPERVISOR realizará todas las pruebas requeridas en base a las Actividades de Obra a ejecutar, y que garanticen la calidad del proyecto, llevando un registro y archivo de todos los ensayos de los materiales utilizados durante la construcción del proyecto, los cuales pasarán a poder de la Dirección cuando este haya sido terminado.

  • 15)

    Mantener un control de calidad permanente sobre los materiales que se van a emplear en la obra, aprobando o rechazando su incorporación.

  • 16)

    Mantener un sistema de control de calidad y resumen estadístico del Proyecto, por medio de programas modernos de computación.

  • 17)

    Solicitar al EL CONTRATISTA el cambio de personal cuando el mismo no esté cumpliendo a cabalidad con su trabajo.

  • 18)

    Revisar todos los sub-contratos propuestos por EL CONTRATISTA si los hubiese y recomendar cambios, aprobaciones o reprobacion es a LA DIRECCIÓN.

  • 19)

    Llevar un estricto control sobre el cálculo para el pago de Mayores Costos, para lo cual se tendrá que verificar mensualmente, los precios de combustible, lubricantes, asfaltos, la divisa, la tabla oficial del Salario Mínimo Vigente al momento de presentar la estimación y la correcta aplicación de las incidencias porcentuales de los ítems de trabajo respectivo. Asimismo, se deberá controlar el rendimiento de los materiales utilizados en la obra. En cuanto a las facturas de materiales, estas deben ser confronta das en las mismas condiciones, es decir con o sin impuesto y flete, dependiendo de la cotización original presentada en el Documento de Licitación.

  • 20)

    Presentar a LA DIRECCIÓN a más tardar dentro de los primeros cinco (5) días después del mes siguiente al período reportado, un Informe Mensual del Proyecto que suministre datos técnicos y financieros a la fecha del respectivo informe, en un número un (1) original y dos (2) copias, así como en formato digital. Estos informes deberán contener un resumen del avance del Proyecto y del trabajo ejecutado por EL CONTRATISTA y EL SUPERVISOR, así como todos los datos que a juicio de LA DIRECCIÓN se requieran

    para llevar un buen control del Proyecto y dar una imagen real del mismo.

  • 21)

    Celebrar sesiones periódicas con el Coordinador del Proyecto por parte de LA DIRECCIÓN y los representantes que LA UNIDAD EJECUTORA designe, para evaluar el avance de la obra y su relación con el programa de trabajo aprobado, informar sobre los diferentes problemas que se hayan presentado en el período y revisar el tipo de información que deberá incorporarse en el informe mensual. Mantener informada a LA DIRECCIÓN sobre los desfases del proyecto y la imposición de multas.

  • 22)

    Cubrir con la prontitud del caso, todas las solicitudes de información requeridas por EL CONTRATANTE.

  • 23)

    Revisar y hacer recomendaciones al CONTRATANTE relacionadas con posibles reclamos de parte de EL CONTRATISTA, para prórrogas del plazo del Contrato.

  • 24)

    Llevar un registro de las condiciones ambientales y estado del tiempo en la zona de trabajo, para posibles reclamos por EL CONTRATISTA sobre el plazo de Ejecución de la obra.

  • 25)

    Velar y asegurar el cumplimiento total de las medidas emitidas por la resolución de la DECA MIAMBIENTE, de acuerdo a la Licencia Ambiental del proyecto. EL SUPERVISOR será co-responsable con EL CONTRATISTA de los incumplimientos y multas que en materia ambiental pudieran ser requeridas por MIAMBIENTE.

  • 26)

    Revisar y aprobar o no todas las medidas adoptadas por EL CONTRATISTA, para mantener en los tramos de la calle existente, en los que la ejecución del proyecto interfiriere, fluidez en el tráfico sin obstrucciones mayores y sin peligro para los usuarios y con toda la señalización necesaria.

  • 27)

    Supervisar los trabajos de señalamiento (vertical y horizontal) y seguridad vial necesarios en el Proyecto.

  • 28)

    Vigilar que EL CONTRATISTA mantenga un Sistema de Seguridad eficiente para el personal involucrado en la Construcción del Proyecto.

  • 29)

    Informar a LA DIRECCIÓN a través de LA UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEP) con la debida anticipación, sobre los problemas que pudieran presentarse por invasiones del Derecho de Vía y vigilar porque no se construya ninguna estructura dentro del mismo, durante la etapa de Construcción. Asimismo, deberá asistir al personal delegado para llevar a cabo los trabajos de saneamiento vial.

    30. Llevar un registro del equipo de EL CONTRATISTA, con sus paros por desperfectos mecánicos, mantenimiento y otros y verificar que se tenga el equipo ofrecido en los documentos de Licitación y el necesario para terminar el Proyecto en el tiempo contractual, manteniendo informada a LA DIRECCIÓN al respecto y deberá pedir a EL CONTRATISTA el retiro de todo el equipo en mal estado que no trabaje efectivamente y que lo reemplace inmediatamente por equipo en buen estado. 31. EL SUPERVISOR deberá verificar y exigir a EL CONTRATISTA el cumplimiento de las medidas ambientales enumeradas en la Sección G “Aspectos Ambientales” de los Documentos de Licitación emitidos a EL CONTRATISTA. En el caso que se requiera reforestación EL SUPERVISOR exigirá el cumplimiento de acuerdo a los lineamientos municipales o del Instituto de Conservación Forestal que son las autoridades de aprobar o regular dicho tema en base a la Ley Ambiental o Forestal vigente. 32. Llevar un álbum fotográfico del historial Constructivo del Proyecto. Asimismo, la Empresa Supervisora elaborará presentaciones mensuales en Power Point mostrando los principales avances en el proyecto, las cuales estarán contenidas en una presentación Final, actividad que será coordinada con LA UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEP). 33. Llevar una bitácora o registro diario de las principales actividades realizadas y de cualquier problema suscitado. La Bitácora llevará un registro de lo siguiente: Estado del tiempo Inventario del equipo Estado del equipo Número de personas que laboran Tiempo trabajado Órdenes a EL CONTRATISTA Ensayos realizados Visitas al proyecto Cualquier suceso importante que esté relacionado con el proyecto. 34. Deberá dar su aprobación a los diseños de mezcla a utilizar los cuales deben ser presentados por EL CONTRATISTA previo inicio a las actividades de colocación. 35. Deberá dirigir todos aquellos trabajos que sean ejecutados por Administración Delegada (si son solicitados por EL CONTRATANTE), debiendo preparar diariamente los registros de los trabajos ejecutados. Tal información deberá ser presentada mensualmente en el informe.

    36. En general, vigilar porque se cumpla a entera satisfacción de LA DIRECCIÓN, con los Documentos de Licitación, Contrato, Cantidades de Obra,Especificaciones Generales y Especificaciones Especiales. 37. Elaborar un programa para el mantenimiento de las obras a medida que la Construcción de cada elemento del Proyecto vaya completándose, con recomendaciones sobre los aspectos referentes a considerar por los responsables de dicho mantenimiento; estas recomendaciones se incluirán en el informe final. 38. Establecer monumentos de concreto para referencia de la línea central y bancos de niveles permanentes que servirán para futuras referencias. Verificar la información de todas las medidas, trazos y estacas que sean necesarias para asegurarse que el proyecto será construido de acuerdo a los lineamientos, niveles y secciones transversales proyectadas. 39. Hacer la inspección final del Proyecto o de cada sección del mismo, certificar en cuanto a su terminación y hacer las recomendaciones para la aceptación preliminar del trabajo terminado, en el caso que fuera necesaria la recepción parcial del Proyecto. 40. Preparará un Informe de Cierre Parcial tal como se describe en el presente contrato. 41. Calcular y certificar las cantidades finales de la obra ejecutada por EL CONTRATISTA. 42. Preparar en original, Dos (2) copias y Un CD el Informe Final que muestre entre otras cosas los avances logrados durante la ejecución de los trabajos, un resumen de los costos incurridos, comentarios y fotografías del Proyecto. Este informe incluirá como anexo los planos de planta y perfil que muestren todas las partes del proyecto “Tal como Construido”, así como también en formato digital, que muestren todas las partes del Proyecto tales como hayan sido construidas, todo lo anterior deberá entregarse Un (1) Mes después de finalizada la obra por el contratista. 43. Preparar un informe con las correspondientes recomendaciones, que muestre el estado de la estructura diez (10) Meses después de haber sido entregado el Proyecto por parte de EL CONTRATISTA a LA DIRECCIÓN y ésta a la vez tomará las medidas que estime conveniente antes de que se venza la Fianza de Calidad de Obra. 44. Preparar en original y en el número de copias que se indique, cualquier otro informe que a criterio de EL CONTRATANTE pueda necesitarse en relación con el Proyecto. 45. Verificar que EL CONTRATISTA tome todas las prevenciones del caso, con el propósito de

    preservar el Medio Ambiente al ejecutar los trabajos de construcción, verificando e inspeccionando los trabajos que se requieran para evitar altos riesgos de inundaciones, aguas debajo de las estructuras de drenaje, debido al sedimento o vegetación que obstruya el flujo del agua. Controlar la posibilidad de que se formen focos de reproducción de insectos transmisores de enfermedades contagiosas, debido a aguas estancadas, asegurándose que el agua de lluvia drene normalmente hacia cauces naturales. Prohibir a EL CONTRATISTA el vertimiento de residuos de productos químicos (aceite, combustibles y otros) y que los desechos sólidos sean desalojados en los ríos y drenajes. Ordenar e inspeccionar la re naturalización de los bancos de materiales. Indicar a EL CONTRATISTA que árboles o arbustos que estén dentro del área de trabajo, pero fuera del límite de construcción, deberán protegerse. Al final del Proyecto, deberá entregar un Informe Final con un detalle de los trabajos realizados, es decir, de las actividades realizadas en todo el Proyecto. PRUEBAS REQUERIDAS: El supervisor realizará todas las pruebas requeridas en base a los diseños y que garanticen la calidad del proyecto. Obligaciones y Responsabilidades Adicionales de EL SUPERVISOR. a) Se conviene que EL SUPERVISOR no asignará, pignorará, transferirá, subcontratará, cederá sus derechos a recibir pagos, ni efectuará transacciones sobre el Contrato o cualquier parte del mismo, así como derechos, reclamos y obligaciones de EL SUPERVISOR derivados del Contrato, a menos que tenga el consentimiento por escrito de LA DIRECCIÓN, no pudiendo ser en todo caso la suma de todos los subcontratos mayor de Cuarenta por ciento (40%) del Contrato principal. b) EL SUPERVISOR no podrá retener por más de cinco (05) días calendario la Documentación referente al pago de valuaciones mensuales de obras y reconocimiento de mayores costos reclamados o solicitados por EL CONTRATISTA de las obras. sino lo hiciera así dentro del mismo plazo deberá informar por escrito a LA DIRECCIÓN dando las razones de su actitud y dejando constancia de la fecha en que procederá a firmar dicho documento de pago o exponiendo los requisitos que EL CONTRATISTA debe cumplir previamente para proceder con el trámite señalado. EL SUPERVISOR deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en el Contrato y será responsable ante el mismo CONTRATISTA por el monto de los valores reclamados en ese concepto si por su culpa, negligencia u otras causas a ellos imputables,

    LA DIRECCIÓN no toma en consideración la Solicitud de EL CONTRATISTA. c) EL SUPERVISOR tendrá la responsabilidad de la Supervisión de todo el trabajo en conexión con este proyecto, de acuerdo con las especificaciones y documentos del mismo. En cualquier otro caso no cubierto por los documentos, EL SUPERVISOR se adherirá a las normas de Ingeniería indicadas por LA DIRECCIÓN. d) Presentar Informe del Estado del proyecto dentro del plazo de Garantía de Calidad después de recepcionado el proyecto. CLÁUSULA SEXTA CONDICIONES ESPECIALES a. Responsabilidad de EL SUPERVISOR: 1. EL SUPERVISOR además ejecutará sus operaciones con la debida diligencia en el desarrollo del Proyecto y mantendrá relaciones satisfactorias con otros grupos, Contratistas y Sub- Contratistas que ejecuten trabajo en las diversas áreas del Proyecto. 2. Es además convenido que EL SUPERVISOR, en la prestación de los servicios motivo de este Contrato, actuará de acuerdo al mejor interés de EL CONTRATANTE, durante el trabajo de Construcción y su comportamiento será guiado por normas aceptadas de conducta profesional. Si a juicio de LA DIRECCIÓN el personal del EL SUPERVISOR asignado a la obra es considerado incompetente o inaceptable por cualquier razón, podrá ser sustituido por uno de mayor capacidad y aceptado por LA DIRECCIÓN. 3. EL SUPERVISOR no podrá emplear servicios de profesionales y técnicos que estén trabajando en oficinas públicas o entidades autónomas. 4. EL SUPERVISOR acuerda que todos los bienes no fungibles con valor superior a DOSCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS EXACTOS (Lps. 250.00) adquiridos con fondos de este Proyecto, pasarán a ser propiedad de LA SECRETARÍA a la terminación de este Contrato. Sin perjuicio a efectuar transferencias parciales al finalizar físicamente cualquier sección del Proyecto. En caso de que estos bienes no se devuelvan a LA DIRECCIÓN, estos serán pagados por los Consultores al valor de costo, tomando en cuenta la depreciación que para tal efecto tienen establecidos los reglamentos del Ministerio de Finanzas. Los bienes con valor menor de DOSCIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS EXACTOS (Lps. 250.00), no estarán sujetos a devolución.

    5. Cada vez que un Especialista definido dentro del Personal Profesional de este Contrato, visite el Proyecto, deberá preparar un informe especial detallado sobre lo observado y hacer en el las recomendaciones del caso. Este será personal con amplia experiencia y especialidad en Geotecnia, Pavimentos, estructuras u otras áreas de acuerdo con las necesidades del proyecto. 6. A fin de coordinar, discutir criterios y establecer si los trabajos se están ejecutando de acuerdo a lo establecido en la Cláusula Tercera, EL SUPERVISOR se compromete a convocar a reuniones de trabajo tan frecuentemente como fuere necesario, o bien, cuando LA DIRECCIÓN lo ordene. A dichas reuniones asistirán el Coordinador del Proyecto; los representantes que LA DIRECCIÓN designe; EL SUPERVISOR mismo y por parte de EL CONTRATISTA sus representantes respectivos. Durante estas reuniones, EL SUPERVISOR presentará a LA DIRECCIÓN una evaluación descriptiva y gráfica del avance de los trabajos y su relación con el Programa de Trabajo aprobado. Se discutirá, además, problemas que se hayan presentado en la realización de los trabajos y si ellos hubiesen causado alguna demora, se solicitará a EL CONTRATISTA el respectivo ajuste del programa de trabajo para su posterior revisión y aprobación. EL SUPERVISOR, a la vez hará exposición de la forma como se realizarán los trabajos inmediatos y someterán a consideración de LA DIRECCIÓN a través de la Unidad Ejecutora de Proyectos (UEP) las decisiones técnicas y administrativas consideradas de gran importancia para el buen éxito y finalización del Proyecto en el tiempo programado. 7. EL SUPERVISOR se compromete a: • Emplear todo el personal propuesto en su Oferta Económica y aceptado por LA DIRECCIÓN en forma eficiente para la Supervisión del proyecto, y que cualquier cambio en el mismo será por razones justificadas y calificadas por LA DIRECCIÓN. • No se permitirá la sustitución de ninguno de los miembros del personal propuesto en su Oferta Técnica y Económica de EL SUPERVISOR y sin previa aprobación por LA DIRECCIÓN, pudiéndose llegar a este extremo solamente por razones justificables y calificadas por LA DIRECCIÓN. De presentarse lo anterior, EL SUPERVISOR someterá a consideración de LA DIRECCIÓN el Currículum Vitae de los profesionales calificados que pudiesen reemplazar al profesional por sustituir. LA DIRECCIÓN se reserva el derecho de aprobar dicho personal.

    b. Información y Servicios: 1. EL CONTRATANTE a través de LA DIRECCIÓN proveerán a los Consultores toda la asistencia que sea necesaria para obtener la información existente relacionada con el proyecto, incluyendo informes, fotografías aéreas y cualquier otra documentación que pueda estar disponible y asistirán a los Consultores en obtener tal información de otras Dependencias del GOBIERNO. a) Además, EL CONTRATANTE se compromete a entregar a EL SUPERVISOR, toda la información técnica de que dispusiese sobre Hidrología, Meteorología, Cartografía y de índole semejante que sea apropiada y útil para la Ejecución del Proyecto, toda la información obtenida deberá devolverse a LA DIRECCIÓN una vez finalizado el proyecto. 2. EL CONTRATANTE a través de LA UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEP) nombrará un Ingeniero Coordinador, que será el enlace entre esa dependencia y EL SUPERVISOR por intermedio del cual se canalizarán las relaciones entre ambas partes, en lo relacionado con el Proyecto en general. 3. EL CONTRATANTE a través de LA DIRECCIÓN/LA UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEP) supervisará el cumplimiento de las obligaciones de EL SUPERVISOR y de sus asesores especiales con el objeto de proteger los intereses del GOBIERNO. Con tal propósito, los representantes de EL CONTRATANTE llevarán a cabo, entre otras, las siguientes tareas: a) Verificar el cumplimiento de las actividades que corresponden a EL SUPERVISOR bajo este Contrato, para comprobar que sean ejecutadas con eficiencia razonable. b) Verificar que el trabajo sea llevado a cabo por el personal apropiado y que se sigan buenas prácticas de Ingeniería. c) EL CONTRATANTE a través de LA DIRECCIÓN, podrá exigir el retiro de cualesquiera de los empleados de EL SUPERVISOR y sus asesores especiales asignados a este Proyecto, que de acuerdo al juicio de LA DIRECCIÓN sea incompetente o inaceptable por cualquier razón y ser sustituido por uno de mayor capacidad y aceptado por LA

    DIRECCIÓN. EL SUPERVISOR deberá obedecer la orden de retiro, dentro de un plazo no mayor de quince (15) días calendario. 4. EL CONTRATANTE, se compromete a ejecutar con la debida diligencia, la aprobación de todas las facturas, requisiciones de pago y demás comprobantes sometidos por EL SUPERVISOR para efectos de reembolso. CLÁUSULA SÉPTIMA INFORMES, OTRA DOCUMENTACIÓN Y MULTA EL SUPERVISOR deberá presentar a LA DIRECCIÓN a través de LA UNIDAD EJECUTORA DE PROYECTOS (UEP) un (01) original, dos (02) copias en físico y una (01) en formato digital (CD) los siguientes informes: 1.- INFORME PRELIMINAR EL SUPERVISOR preparará un informe preliminar que deberá ser presentado a más tardar veinte (20) días calendario después de haber recibido la Orden de Inicio respectiva y deberá contener como mínimo: a) Resumen de la Inspección realizada; b) Resumen de la revisión de cantidades de obra y planos con los que se licitó el proyecto.; c) Revisión de las áreas hidráulicas y de las cuencas en el caso de proyectos hidráulicos; d) Niveles de ejecución actualizados; e)Listado de personal contratado por EL SUPERVISOR; f) Banco de materiales; etc. 2.- INFORME MENSUAL EL SUPERVISOR deberá presentar mensualmente a más tardar dentro de los primeros cinco (5) días hábiles después del mes siguiente al período reportado, un informe técnico de avance físico y financiero (en original, dos (2) copias y un CD) conteniendo fotografías de las obras y fotocopia de bitácora. La Información Mínima que deberá incluir en cada informe es la siguiente:

    • 1)

      Información General del Proyecto (Generalidades).

    • 2)

      Dibujo de la Sección Típica.

    • 3)

      Resumen Ejecutivo (Construcción y Supervisión).

    • 4)

      Estado Financiero del Proyecto.

    • 5)

      Descripción de las Actividades Realizadas en el Periodo.

    • 6)

      Cuadro de Actividades realizadas (Conciliación de Obra).

    • 7)

      Programa de Trabajo.

    • 8)

      Cuadro de Avance Físico del Proyecto (Mensual y Acumulado).

    • 9)

      Cuadro del Avance Financiero del Periodo (Mensual y Acumulado).

    • 10)

      Gráfico del Avance Físico y Financiero.

      11. Gráfico Comparativo de Obra Ejecutada vrs. Obra Programada. 12. Diagrama Rectilineal. 13. Personal Profesional y Auxiliar de Campo del Contratista. 14. Equipo Usado por el Contratista (cantidad, estado físico, P/R). 15. Informe de Supervisión 16. Estado del Tiempo. 17. Personal Profesional y Auxiliar de Campo de la Supervisión. 18. Equipo de Campo y de Oficina de EL CONSULTOR. 19. Fotografías. 20. Pruebas de Laboratorio. 21. Fotocopia de Correspondencia. 22. Fotocopia de Bitácora. 23. Comentarios y Recomendaciones. En el cuadro de avance físico y financiero del proyecto si existiera desfase indicar si es imputable al Contratista o indicar el valor de la multa correspondiente. 3.- INFORME ESPECIAL EL SUPERVISOR preparará los informes que le sean requeridos por LA DIRECCIÓN y los deberá presentar en el tiempo establecido para los mismos. La actualización deberá contener como mínimo:

      • a)

        Planos actualizados: “sección típica, alineamiento horizontal y vertical, drenaje longitudinal, señalización, detalles, etc.”

      • b)

        Resumen de cantidades de obra.

      • c)

        Estudios de campo realizados.

      • d)

        Memoria de cálculo.

      • e)

        Y otra documentación que la Dirección General de Carreteras considere necesarios. 4.- INFORME DE CIERRE PARCIAL EL SUPERVISOR calculará las cantidades finales correspondientes al avance acumulado que presente la obra y hará las recomendaciones pertinentes para la correcta ejecución física y financiera con las correspondientes cantidades proyectadas restantes hasta la completación del proyecto, todo lo cual será presentado en un Informe Especial de Cierre Parcial de Cantidades. 5.- INFORME DE CUMPLIMIENTO DE MEDIDAS AMBIENTALES (ICMA) EL SUPERVISOR deberá presentar en los tiempos establecidos por la Unidad de Gestión Ambiental UGA/ INSEP, los informes de cumplimiento de las medidas ambientales (ICMAs) y este deberá de ser entregado inicialmente vía electrónica a la UGA para su revisión, verificación y aprobación de la Unidad de Gestión

        Ambiental y posteriormente entregar tres copias a la UGA/ INSEP y una copia a la Unidad Municipal Ambiental (UMA) de los Municipios que estén comprendidos en el proyecto. 6.-INFORME FINAL EL SUPERVISOR prepara un informe final que cubra todas las fases del proyecto bajo los términos de este contrato para someterlo a la consideración y aprobación de LA DIRECCIÓN. Este informe reflejará todas las operaciones de ingeniería, diseño, rediseño y construcción; irá acompañado de dos (2) juegos de copias de larguillo del proyecto que contenga todas las actividades de obras a ejecutar; también incluirá una recapitulación de la forma y cantidad de los fondos que hayan sido invertidos de acuerdo con los términos de este Contrato. Se requiere de un número de dos (2) copias de este informe final. EL SUPERVISOR preparará información de cada rubro que concluya, en el cual indicará los aspectos más relevantes y los datos que servirán para el mantenimiento posterior, este informe será incluido en el informe final que deberá presentar EL SUPERVISOR una vez que termine sus actividades en un plazo no mayor de un mes (01) después de concluida la obra. EL SUPERVISOR deberá preparar un Informe resumido d