Contrato No. 004/DGC/UEP/INSEP/2021 - Modificación No.1 — Modificación No.1 al Contrato de Supervisión para la Rehabilitación del Puente sobre el Río Jocomico
Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP)
- Decreto: 004/DGC/UEP/INSEP/2021 - Modificación No.1
- Publicación: 15 de abril de 2023
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP)
- Gaceta: 36,204
Considerandos
Que con fecha 30 de Agosto del año 2021, se suscribió el Contrato para la Supervisión del Proyecto: “REHABILITACIÓN DEL PUENTE SOBRE EL RÍO JOCOMICO, CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 25.4 METROS, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ENCARNACION DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE”, por valor de DOS MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL QUINIENTOS TRES LEMPIRAS CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS (L.2,403,503.57) y un plazo de CINCO (05)MESESapartir de la Orden de Inicio.
Que la Orden de Inicio fue emitida el 16 de Septiembre de 2021, el Supervisor procedió a visitar el proyecto con el objetivo de planificar las actividades preliminares, que son necesarias previo al inicio de las obras, específicamente conocer el estado actual del puente, recopilación de datos del proyecto, y hacer una evaluación completa del proyecto, previo para la presentación del INFORME PRELIMINAR, como resultado de esta visita se detectó que debido a las últimas precipitaciones acaecidas en los meses Julio, Agosto y parte de Septiembre 2021, colapsaron las estructuras de la margen derecha del puente que no serían reemplazadas ya que las mismas estaban en buen estado, causando además socava ción en las pilastras lo cual provocó el colapso de las estructuras existentes del puente.
Que a raíz de lo expuesto en el considerando (2), la Empresa Supervisora MIAGROUP, S. de R.L. contratada para realizar la Supervisión de la obra recomendó realizar un estudio más detallado de la situación de las pilastras como de las súper- estructura, con el objetivo de ver si era posible rescatar estas estructuras, para lo cual se desplazó el Especialista en Estructura de dicha Empresa Supervisora.
Que del estudio de parte del Especialista Estructural después de la visita del día 28 de Agosto del 2021 y del día 3 de Octubre 2021 y de los análisis realizados determinó que estas no podían ser reparadas y que era necesario la construcción total de la longitud del puente en los 75 metros requeridos.
Que se buscar on varias alternativas para reiniciar la obra y con el apoyo del Consultor que realizó el diseño, se llegó a la conclusión de iniciar la construcción de la sección contratada, mientras se procede a realizar el diseño del resto de los tramos.
Que una vez concertada con los diferentes responsables (Contratista, Supervisión y Contratante), se le ordenó a la Empresa Supervisora reiniciar las actividades de las obras a partir del 10 de Noviembre de 2021.
Que por lo anteriormente expuesto el atraso del inicio de la obra no es imputable a la Empresa Supervisora y de acuerdo al pronunciamiento de esta Unidad Ejecutora de Proyectos, se le amplía el plazo de ejecución al Contrato de Supervisión en SESENTA (60) DÍAS CALENDARIO contados a partir de la Orden de Inicio emitida por la Dirección General de Carreteras, sin incrementar el Monto del Contrato. POR TODO LO ANTERIOR AMBAS PARTES CONVIENEN: PRIMERO: Modificar la Cláusula Séptima Inciso b del Contrato Original, las cuales deberán leerse de la siguiente manera: CLÁUSULA SÉPTIMA: VALIDEZ, VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO: b. Plazo de Ejecución del Contrato: Se estima que EL SUPERVISOR realizará todos los trabajos objetos de este Contrato, en SIETE (7) MESES, contados a partir de la fecha de Orden de Inicio que emita LA DIRECCIÓN, la cual podrá tener carácter retroactivo en el caso que EL CONTRATISTA inicie a cuenta y riesgo los trabajos de construcción de que este contrato haya sido firmado. SEGUNDO: El Supervisor deberá ampliar la Fianza de Fiel Cumplimiento de Contrato originalmente rendida, de conformidad con lo establecido en el Artículo 102 de la Ley de Contratación del Estado. TERCERO: Continúan vigentes las Cláusulas del Contrato Original y sus Modificaciones que no se opongan a la presente Modificación No.1 al Contrato de Supervisión. En fe de lo cual, firmamos la presente Modificación No. 1 al Contrato de Supervisión del Proyecto: “REHABILITACION DEL PUENTE SOBRE EL RIO JOCOMICO, CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 25.4 METROS, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ENCARNACION, DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE”, a los 06 días del mes de Diciembre del año 2021. (f y s) ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRIGUEZ, Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), (f y s) MIRIAN ARACELY VARELA LOPEZ, Representante Legal MIAGROUP S. DE R. L.
Texto completo
MODIFICACIÓN No.1 AL CONTRATO DE SUPERVISIÓN No.004/DGC/UEP/INSEP/2021 PARA LA REHABILITACIÓN D EL PUENTE SOBRE E L RÍO JOCOMICO, CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 25.4 METROS, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ENCARNACIÓN, D EPARTAMENTO D E OCOTEPEQUE, SUSCRITO ENTRE EL SEÑOR ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ EN REPRESENTACIÓN DE LA SECRETARÍA DE ESTADO E N LOS DESPACHO SD E I NFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP), ACTUANDO EN SU CALIDAD DE CONTRATANTE; Y LA SEÑORA MIRIAN ARACELY VARELA LÓPEZ EN REPRESENTACIÓN DE LA EMPRESA “MIAGROUP S. DE R.L.”ACTUANDO EN SU CALIDAD DE CONTRATISTA, suscrito en fecha 6 de Diciembre del año 2021, que literalmente dice:
MODIFICACIÓN No.1 AL CONTRATO DE SUPERVISIÓN No.004/DGC/UEP/INSEP/2021 “REHABILITACION DEL PUENTE SOBRE EL RÍO JOCOMICO, CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 25.4 METROS, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ENCARNACION DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE”. Nosotros, ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ, mayor de edad, casado, hondureño, Licenciado en Administración de Empresas, con Tarjeta de Identidad No. 0801-1952-02732y de este domicilio,actuando en mi condición de Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), nombrado mediante Acuerdo No.139-2018 de fecha 17 de Abril del 2018 y que en adelante se llamará EL CONTRATANTE y MIRIAN ARACELY VARELA LOPEZ, de nacionalidad hondureña, mayor de edad, Ingeniero Civil, con Tarjeta de Identidad No. 0107-1973- 00162, Registro Tributario Nacional No.01071973001627, debidamente autorizado para firmar en nombre y en representación de la Empresa Supervisora MIAGROUP S. DE R. L., convenimos en celebrar y al efecto celebramos la presente Modificación No. 1 al Contrato de Supervisión del Proyecto: “REHABILITACIÓN DEL PUENTE SOBRE EL RÍO JOCOMICO, CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 25.4 METROS, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ENCARNACION DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE”. CONSIDERANDO (1): Que con fecha 30 de Agosto del año 2021, se suscribió el Contrato para la Supervisión del Proyecto: “REHABILITACIÓN DEL PUENTE SOBRE EL RÍO JOCOMICO, CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 25.4 METROS, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ENCARNACION DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE”, por valor de DOS MILLONES CUATROCIENTOS TRES MIL QUINIENTOS TRES LEMPIRAS CON CINCUENTA Y SIETE CENTAVOS (L.2,403,503.57) y un plazo de CINCO (05)MESESapartir de la Orden de Inicio.CONSIDERANDO (2): Que la Orden de Inicio fue emitida el 16 de Septiembre de 2021, el Supervisor procedió a visitar el proyecto con el objetivo de planificar las actividades preliminares, que son necesarias previo al inicio de las obras, específicamente conocer el estado actual del puente, recopilación de datos del proyecto, y hacer una evaluación completa del proyecto, previo para la presentación del INFORME PRELIMINAR, como resultado de esta visita se detectó que debido a las últimas precipitaciones acaecidas en los meses Julio, Agosto y parte de Septiembre 2021, colapsaron las estructuras de la margen derecha del puente que no serían reemplazadas ya que las mismas estaban en buen estado, causando además socava ción en las pilastras lo cual provocó el colapso de las estructuras existentes del puente. CONSIDERANDO (3): Que a raíz de lo expuesto en el considerando (2), la Empresa Supervisora MIAGROUP, S. de R.L. contratada para realizar la Supervisión de la obra recomendó realizar un estudio más detallado de la situación de las pilastras como de las súper-
estructura, con el objetivo de ver si era posible rescatar estas estructuras, para lo cual se desplazó el Especialista en Estructura de dicha Empresa Supervisora.CONSIDERANDO (4): Que del estudio de parte del Especialista Estructural después de la visita del día 28 de Agosto del 2021 y del día 3 de Octubre 2021 y de los análisis realizados determinó que estas no podían ser reparadas y que era necesario la construcción total de la longitud del puente en los 75 metros requeridos. CONSIDERANDO (5): Que se buscar on varias alternativas para reiniciar la obra y con el apoyo del Consultor que realizó el diseño, se llegó a la conclusión de iniciar la construcción de la sección contratada, mientras se procede a realizar el diseño del resto de los tramos. CONSIDERANDO (6): Que una vez concertada con los diferentes responsables (Contratista, Supervisión y Contratante), se le ordenó a la Empresa Supervisora reiniciar las actividades de las obras a partir del 10 de Noviembre de 2021. CONSIDERANDO (7): Que por lo anteriormente expuesto el atraso del inicio de la obra no es imputable a la Empresa Supervisora y de acuerdo al pronunciamiento de esta Unidad Ejecutora de Proyectos, se le amplía el plazo de ejecución al Contrato de Supervisión en SESENTA (60) DÍAS CALENDARIO contados a partir de la Orden de Inicio emitida por la Dirección General de Carreteras, sin incrementar el Monto del Contrato. POR TODO LO ANTERIOR AMBAS PARTES CONVIENEN: PRIMERO: Modificar la Cláusula Séptima Inciso b del Contrato Original, las cuales deberán leerse de la siguiente manera: CLÁUSULA SÉPTIMA: VALIDEZ, VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO: b. Plazo de Ejecución del Contrato: Se estima que EL SUPERVISOR realizará todos los trabajos objetos de este Contrato, en SIETE (7) MESES, contados a partir de la fecha de Orden de Inicio que emita LA DIRECCIÓN, la cual podrá tener carácter retroactivo en el caso que EL CONTRATISTA inicie a cuenta y riesgo los trabajos de construcción de que este contrato haya sido firmado. SEGUNDO: El Supervisor deberá ampliar la Fianza de Fiel Cumplimiento de Contrato originalmente rendida, de conformidad con lo establecido en el Artículo 102 de la Ley de Contratación del Estado. TERCERO: Continúan vigentes las Cláusulas del Contrato Original y sus Modificaciones que no se opongan a la presente Modificación No.1 al Contrato de Supervisión. En fe de lo cual, firmamos la presente Modificación No. 1 al Contrato de Supervisión del Proyecto: “REHABILITACION DEL PUENTE SOBRE EL RIO JOCOMICO, CON UNA LONGITUD APROXIMADA DE 25.4 METROS, UBICADO EN EL MUNICIPIO DE ENCARNACION, DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE”, a los 06 días del mes de Diciembre del año 2021. (f y s) ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRIGUEZ, Secretario de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), (f y s) MIRIAN ARACELY VARELA LOPEZ, Representante Legal MIAGROUP S. DE R. L.