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15 de abril de 2023Vigente

Contrato — Contrato de Construcción y Pavimentación de Bulevares en Choluteca

Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP)

  • Publicación: 15 de abril de 2023
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP)
  • Gaceta: 36,204

Texto completo

e indicando los avances por la obra ejecutada durante el período en la forma que sea establecido por LA UNIDAD EJECUTORA. CLÁUSULA XXVIII: SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE: EL CONTRATISTA deberá tomar absolutamente todas las prevenciones del caso de acuerdo a la Sección VI.“Condiciones Especiales del Contrato” inciso F. “Aspectos Ambientales” del Documento de Licitación. EL CONTRATISTA será el responsable del cumplimiento de la resolución de la Licencia emitida por MIAMBIENTE o lo requerido por la unidad de Gestión Ambiental (UGA/INSEP). Asimismo, informará del inicio de las actividades de construcción en por lo menos un medio radial en la zona de influencia del proyecto y deberá establecer una persona responsable que se vincule con el sistema de recepción de quejas y denuncias (SMQ) que ejecuta INSEP. EL CONTRATISTA deberán realizar un taller de socialización inicial, así como un plan de comunicación y participación comunitaria, plan de atención a quejas y reclamos, con indicadores medibles para que su cumplimiento pueda ser evaluado por las entidades de veeduría durante el periodo de ejecución del proyecto. CLÁUSULA XXIX: MANTENIMIENTO: EL CONTRATISTA proporcionará permanentemente el mantenimiento que a juicio de EL SUPERVISOR y de LA DIRECCIÓN se requiera. Los trabajos que a este respecto se le ordena sen al Contratista, se harán por la partida de Administración Delegada. CLAUSULA XXX: INSPECCIÓN FINAL Y RECEPCIÓN: 1. INSPECCIÓN FINAL: EL CONTRATISTA deberá dar aviso por escrito cuando la obra esté terminada a LA DIRECCIÓN y a EL SUPERVISOR, ésta hará una inspección de la misma dentro del término de quince (15) días hábiles siguientes a la fecha en que se reciba el aviso y si los trabajos estuvieran ejecutados a su satisfacción, rendirá un informe pormenorizado a LA DIRECCIÓN dentro de los cinco (5) días después de la inspección final. 2. RECEPCIÓN: LA DIRECCIÓN después de haber recibido el informe de EL SUPERVISOR procederá a nombrar la Comisión de la Recepción del Proyecto, la cual emitirá el Acta de Recepción correspondiente. CLÁUSULA XXXI: CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: Una vez que se haya concluido la obra objeto de este Contrato, que EL GOBIERNO haya verificado la Inspección Final y aceptado la obra, que todos los documentos requeridos por este Contrato hayan sido presentados por EL CONTRATISTA y aceptados por EL GOBIERNO, que el Certificado Final haya sido pagado, que la Caución Contra Trabajos Defectuosos haya sido presentada y que EL CONTRATISTA haya dado cumplimiento a entera satisfacción del Gobierno a las demás condiciones establecidas en este Contrato, las Especificaciones Generales y demás anexos de este Convenio, el Proyecto se considerará terminado

y EL CONTRATISTA será relevado de toda responsabilidad, excepto como se prevé en la Cláusula XI, literal (c). CLÁUSULA XXXII: INTEGRIDAD Las Partes, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LTAIP), y con la convicción de que evitando las prácticas de corrupción podremos apoyar la consolidación de una cultura de transparencia, equidad y rendición de cuentas en los procesos de contratación y adquisiciones del Estado, para así fortalecer las bases del Estado de Derecho, nos comprometemos libre y voluntariamente: 1. Mantener el más alto nivel de conducta ética, moral y de respeto a las leyes de la República, así como los valores de: INTEGRIDAD, LEALTAD CONTRACTUAL, EQUIDAD, TOLERANCIA, IMPARCIALIDAD Y DISCRECIÓN CON LA INFORMACIÓN CONFIDENCIAL QUE MANEJAMOS, ABSTENIÉNDONOS DE DAR DECLARACIONES PÚBLICAS SOBRE LA MISMA. 2. Asumir una est