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15 de abril de 2023Vigente

Contrato — Construcción del Edificio Anexo del Tribunal Superior de Cuentas

Dirección General de Obras Públicas

  • Publicación: 15 de abril de 2023
  • Órgano emisor: Dirección General de Obras Públicas
  • Gaceta: 36,204

Considerandos

Que en la administración de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), se aprobaron veintidós (22) contratos relacionados con la construcción, supervisión y prestación de servicios de consultoría de obra pública relacionada principalmente con infraestructura vial en distintos departamentos del país, con el fin de dar respuesta a los daños en la infraestructura vial que provocaron las tormentas ETA, IOTA y otras tormentas tropicales ha padecido la población de distintos departamentos del país.

Que la administración actual de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), ha avalado mediante dictámenes técnicos con enfoque financiero y legal los contratos suscritos EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 por la extinta Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), y en virtud del compromiso estatal asumido en cada uno de ellos y los beneficios que otorgan a los distintos departamentos del país han resuelto dar continuidad a los mismos.

Que la infraestructura vial proporciona una base esencial para el funcionamiento de la economía nacional y genera una amplia gama de beneficios económicos y sociales, por lo que se vuelve necesario que el Estado de Honduras la conserve adecuadamente para preservar y aumentar estos beneficios. De igual forma es indispensable la finalización de la obra pública que mejora las condiciones laborales y beneficia a los usuarios de la institución rectora del sistema de control de los recursos públicos.

Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1), de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes y a lo previsto en el artículo 373 cuando se trate de reformas constitucionales.

Texto completo

los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), y se crea la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), otorgándole a esta última las competencias fundamentales para desarrollar los proyectos y programas de infraestructura, asimismo, se le otorgaron las atribuciones y competencias de la extinta Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H), así como de los programas y proyectos que ésta desarrollaba, con excepción de los relacionados al sector salud y el sector agro. CONSIDERANDO: Que en la administración de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), se aprobaron veintidós (22) contratos relacionados con la construcción, supervisión y prestación de servicios de consultoría de obra pública relacionada principalmente con infraestructura vial en distintos departamentos del país, con el fin de dar respuesta a los daños en la infraestructura vial que provocaron las tormentas ETA, IOTA y otras tormentas tropicales ha padecido la población de distintos departamentos del país. CONSIDERANDO: Que la administración actual de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), ha avalado mediante dictámenes técnicos con enfoque financiero y legal los contratos suscritos

EDIS ANTONIO MONCADA ARIEL ISAAC RODRIGUEZ PAGOAGA Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821

por la extinta Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), y en virtud del compromiso estatal asumido en cada uno de ellos y los beneficios que otorgan a los distintos departamentos del país han resuelto dar continuidad a los mismos. CONSIDERANDO: Que la infraestructura vial proporciona una base esencial para el funcionamiento de la economía nacional y genera una amplia gama de beneficios económicos y sociales, por lo que se vuelve necesario que el Estado de Honduras la conserve adecuadamente para preservar y aumentar estos beneficios. De igual forma es indispensable la finalización de la obra pública que mejora las condiciones laborales y beneficia a los usuarios de la institución rectora del sistema de control de los recursos públicos. CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1), de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes y a lo previsto en el artículo 373 cuando se trate de reformas constitucionales. POR TANTO, D E C R E T A: