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2 de diciembre de 2017Vigente

Contrato — Contrato para el Manejo de Desechos Sólidos para la Conversión a Energía Limpia Renovable y Reciclaje de Materiales entre la Alcaldía Municipal de La Ceiba y RED, S.A.

Alcaldía Municipal de La Ceiba y Renewable Energy Developers, S.A. de C.V.

  • Publicación: 2 de diciembre de 2017
  • Órgano emisor: Alcaldía Municipal de La Ceiba y Renewable Energy Developers, S.A. de C.V.
  • Gaceta: 34,507

Texto completo

SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS. CONTRATO PARA EL MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS PARA LA CONVERSIÓN A ENERGÍA LIMPIA RENOVABLE Y RECICLAJE DE MATERIALES ENTRE LA ALCALDIA MUNICIPAL DE LA CEIBA Y RED EMPRESA DEL GRUPO LOGIX-ENERGYS. Nosotros CARLOS ALEJANDRO AGUILAR PONCE, con Tarjeta de Identidad No.0501- 1974-09370 y RTN: 05011974093706, Licenciado en Ciencias Jurídicas, actuando en mi condición de Alcalde Municipal de La Ceiba, departamento de Atlántida, electo Alcalde Municipal a través del Sufragio realizado en las elecciones generales del Veinticuatro (24) de Noviembre de Dos Mil Trece (2013), CERTIFICADA POR EL TRIBUNAL SUPREMO ELECTORAL, mediante: Punto único de la Sesión Extraordinaria celebrada el día Trece (13) de Diciembre del Dos Mil Trece (2013), quien para efectos de este contrato se identificará como LA ALCALDIA y MARIO JOSÉ OSORIO MEDINA, mayor de edad, Abogado, casado, portador de la Cédula de Identidad número 0801-1984-07972, sociedad constituida ante los oficios del Notario JUAN BENJAMIN CRUZ, en Instrumento número Treinta y Nueve (39) fecha Quince (15) de diciembre del Dos Mil Diez (2010) inscrita en el Registro Mercantil Francisco Morazán Centro Asociado I.P. Matrícula: 2518666 con No. 8165 en fecha Veinticinco de Enero del Dos Mil Once (25-01-2011) en su condición de Gerente General de RENEWABLE ENERGY DEVELOP ERS, S.A. de C.V., con facultades suficientes para este acto tal y como lo acredito con el Testimonio del Instrumento Público Número Cuatro, autorizado por el Notario Mario De La Cruz Melgar Portillo en fecha veinticuatro de Febrero de dos mil doce, copia de la cual se encuentra inscrita con el Número 12646, Matrícula 2518666 del Libro de Comerciantes Sociales del Registro Mercantil del departamento de Francisco Morazán quien para efectos de este contrato se identificará como RED, S.A.; y en conjunto “LAS PARTES”, hemos convenido celebrar como al efecto celebramos el presente “CONTRATO PARAEL

MANEJO DE DESECHOS SÓLIDOS PARA LA CONVERSIÓN A ENERGÍA LIMPIA RENOVABLE Y RECICLAJE DE MATERIALES, ENTRE LA ALCALDÍA MUNICIPAL DE LA CEIBA Y LA RED,S.A., EMPRESA DEL GRUPO LOGIX- ENERGYS”, el cual se regirá bajo las cláusulas siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE CONTRATO.- Forman parte integrante del presente contrato y adscritos al mismo los siguientes documentos:

  • a)

    Propuesta Técnica para LA ALCALDÍA;

  • b)

    Dictamen de Evaluación del Proyecto de Valorización y Manejo de Desechos Sólidos para la Conversión a Energía Limpia Renovable y Reciclaje de Materiales, elaborado por la Gerencia Ambiental Municipal(GAM) deLA ALCALDÍA;

  • c)

    Documento de Usufructo por un período mínimo de Treinta (30) años prorrogables a favor de la empresa RED, S.A., de las tierras localizadas en el Botadero o Relleno Municipal y propiedad de la Alcaldía de La Ceiba, requeridas para implementar la planta de valorización de desechos sólidos;

  • d)

    Dictamen Técnico Financiero emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas mediante el cual certifica la viabilidad técnica y financiera del proyecto en aplicación del Artículo 69 de la “Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público”;

  • e)

    Punto de Acta de la Sesión Número Diez (10) celebrada por la Corporación Municipal de La Ceiba en fecha Catorce (14) de Abril del Dos Mil Quince (2015), mediante la cual se aprueba la suscripción del presente contrato para el Manejo de Desechos Sólidos para la Conversión a Energía Limpia Renovable y Reciclaje de Materiales, autorizando al señor Alcalde Municipal la suscripción del mismo;

  • f)

    Certificación de punto de acta de aprobación del proyecto VALORACIÓN ENERGETICA DEL ATLANTICO en cabildo abierto por la Corporación Municipal de La Ceiba y las comunidades aledañas y zonas de influencia del Municipio de fecha Veintiocho (28) de Agosto del Dos Mil Catorce (2014).

  • g)

    Ordenanza Municipal aprobada en fecha Doce (12) de Diciembre del Dos Mil Catorce (2014) en donde se decreta que los desechos sólidos son y serán propiedad exclusiva de la municipalidad y la Alcaldía ordena que toda empresa encargado su recolección en cualquier momento está obligada a entregarla sin manipulación previa desde cualquier punto puesto a disposición de recolección en el Botadero Relleno Municipal, como lo indica la legislación nacional especialmente el Reglamento para el manejo integral de los residuos sólidos, contenido en el Acuerdo Ejecutivo No.1567-2010.- CLÁUSULA SEGUNDA: JUSTIFICACIÓN.- El Proyecto de Manejo de Desechos Sólidos para la Conversión a Energía Limpia Renovable y el Reciclaje de Materiales, se convierte en una solución integral de manejo de desperdicios sólidos, constituyendo además, el mismo, una solución a la problemática ambiental del relleno sanitario del Municipio de La Ceiba a través de la planta de valorización de desechos sólidos mediante el aprovechamiento integral y sin manipulación previa alguna de dichos desechos puestos a disposición de recolección desde cualquier punto de la ciudad de La Ceiba, Atlántida hasta el botadero municipal más cercano donde RED, S.A., tenga un planta, por tratarse de la materia prima para el desarrollo del proyecto, valorización y reciclaje de los mismos. Asimismo, sirve de base para el desarrollo del presente Proyecto, el interés mostrado por el Gobierno de la República, ya que a través del Congreso Nacional ha aprobado leyes en materia ambiental y de energía para la diversificación y ampliación de la matriz energética, aprovechando para ello los recursos naturales renovables

    para la generación de energía eléctrica, sobre todo aquellas modalidades o técnicas, que produzcan el menor impacto al medio ambiente y a las personas, tal como ocurre en el presente caso, en el cual la generación de energía se producirá a través del uso de desechos sólidos, a la vez que se reciclará todo el material no biodegradable no utilizado por la planta generadora de energía.- Por otra parte, la Ley de Promoción a la Generación de Energía Eléctrica con Recursos Renovables (Decreto No.70-2007), promueve la inversión privada en proyectos de generación de energía eléctrica con recursos renovables nacionales, otorgando los permisos que permitan agilizar los estudios y la construcción de nuevas centrales de generación de energía con recursos renovables, al tiempo que las empresas generadoras de energía que utilicen recursos renovables nacionales, podrán vender la energía que produzcan a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) teniendo la obligación de firmar un contrato de suministro de energía eléctrica comprando la energía producida por la empresa generadora; contrato que podrá tener una duración máxima de veinte (20) años y que podrá prorrogarse por mutuo acuerdo de LAS PARTES hasta por el resto de la vida útil del Proyecto, por lo que la empresa RED, S.A., ha suscrito con la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) para el proyecto objeto de este Contrato el Contrato de Suministro y Venta de Energía Eléctrica (PPA)