Acuerdo No. FGR-014-2017 — Reformar Reglamento Especial de Organización y Funcionamiento de Dirección de Medicina Forense
Fiscalía General de la República
- Decreto: FGR-014-2017
- Publicación: 9 de noviembre de 2017
- Órgano emisor: Fiscalía General de la República
- Gaceta: 34,487
Considerandos
Que el Ministerio Público es único para todo el territorio nacional y su titularidad le corresponde exclusivamente al Fiscal General de la República. Los funcionarios y servidores ejercerán sus funciones conforme a los principios de unidad de actuaciones y dependencia jerárquica. Consecuentemente, todos sus servidores y funcionarios actuarán siempre por delegación y bajo la dependencia del Fiscal General de la República, quien ejercerá sus atribuciones directamente o por medio de los funcionarios o empleados que determine, sea cual fuere la jurisdicción a la cual pertenezcan.
Que en fecha 25 de julio del 2017, se emitió el Acuerdo FGR-011-2017, que fue publicado en el Diario Oficial la Gaceta en fecha 29 de julio del 2017, el cual contiene el Reglamento Especial de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Medicina Forense que tiene como objeto de organizar, estructurar y regular el funcionamiento y régimen jurídico al que habrá de ajustar su actuación la Dirección de Medicina Forense, determinando su función como ente coadyuvante de las acciones y procesos investigativos desarrollados por el Ministerio Público, sujeto a la jerarquía determinada por el Fiscal General de la República para el efectivo cumplimiento de las funciones determinadas por los artículos 4, 16 No. 4, 24 No. 7, 44 No. 3 y 52 de la Ley del Ministerio Público.
Que en fecha 17 de agosto del 2017, la Directora de Medicina Forense, mediante oficio DMF-811-2017, remitió sus observaciones, solicitando la revisión del Reglamento Especial de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Medicina Forense, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 29 de julio del 2017.
Que esta Fiscalía General de la República, después de valoradas las observaciones de fondo y de forma, estima pertinente efectuar además de las correcciones de forma solicitadas, la creación dentro de la Estructura de Medicina Forense las figuras de Delegados de Capacitación,Investigación y Docencia, Gestión de Calidad y de Informática, necesarias para garantizar el desarrollo profesional de las labores clínicas, fisiológicas, psiquiátricas, psicológicas y periciales encomendadas a Dirección de Medicina Forense.
Que conforme a las facultades expresadas en nuestra Constitución y desarrolladas por la Ley del Ministerio Público, corresponde también al Fiscal General de la República, la emisión de reglamentos, órdenes, instrucciones, circulares, entre otros, para dar fiel y eficiente cumplimiento a los objetivos y fines por los cuales fue constituido como representante de la sociedad, por lo que, en estricta aplicación de principio de especialidad, atinente a las fuentes y jerarquía del derecho administrativo, la Fiscalía General de la República en ejercicio de su potestad reglamentaria , cumple mediante la emisión de las presentes reformas, con su deber constitucional y legal de velar por el buen funcionamiento de la institución, definiendo con claridad la legalidad de su normativa interna.
Articulos
Reformar el Reglamento Especial de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Medicina Forense en sus Artículos 35 reformando su primer, segundo, tercer cuarto y quinto párrafo; 46 reformar el numeral XXVIII; 56 reformando su numeral XIV; 59 reformando su segundo y cuarto párrafo; 86 en su numeral VII; 95 en su numeral U D I-D EG T-U N AH I.; 97 reformando el primer párrafo; 103 en sus numerales VI, VIII y IX; 113 reformando su primer párrafo; 131 en su primer párrafo, mismos que en lo sucesivo deberán leerse de la siguiente manera: “Artículo35.EMISIÓN DE INFORMES Y DICTÁMENES. Los informes o dictámenes... I…; II…; III...; … Los informes o dictámenes deberán contener, un número correlativo genérico asignado por el departamento al que pertenezca el perito, a fin de llevar un registro y control de estos documentos; los mismos, se regirán por las reglas mínimas que correspondan a una adecuada redacción orto gráfica y gramatical, que permitan darle un sentido coherente y racional en tiempo y espacio. Los informes o dictámenes deberán estar debidamente foliado, mismo que contendrá una carátula distintiva del Departamento y/o sección de la DMF al que esté asignado el perito, con número correlativo y fecha del inicio de la pericia, al anverso de la carátula el nombre del perito y los Fiscales que han estado asignados al caso. En caso que el fiscal del caso correspondiente, no esté de acuerdo con el dictamen y/o encuentre nueva evidencia, podrá solicitar la Ampliación de Dictamen o un Contra Peritaje. Los Informes o dictámenes que emita la Dirección de Medicina Forense……” “Artículo 46.-… XXVIII. Velar porque se ejecute el presupuesto correspondiente a la DMF. ...”. “Artículo 56. -….XIV. Todas aquellas actividades que, de acuerdo a la naturaleza de la función administrativa, fueren necesarias y le sean encomendadas por sus superiores, para la eficaz organización y funcionamiento de la Dirección de Medicina Forense.”. “Artículo 59.-… I…; II…; III…; IV…; V…; VI…; Los nombramientos en los cargos de jefatura serán funcionales y se harán a propuesta de la Dirección, por la Fiscalía General de la República, tomando en consideración elementos objetivos, pero no determinantes, tales como la antigüedad, experiencia en diferentes departamentos de la DMF, calificaciones académicas, record de servicio, habilidades o destrezas para el manejo de personal y demás evaluaciones técnicas jurídicas y/o de selección de personal en cargos de liderazgo, que sean oportunas para determinar su competencia frente a un departamento, sección o laboratorio. No obstante, se requerirá como mínimo ostentar con título académico de médico y con una especialidad acorde al departamento o laboratorio que será nombrado y un desempeño sobresaliente o excepcional, para ocupar un cargo de Jefatura; siendo indispensable el concurso y la evaluación previa para aspirar a llenar una vacante en un puesto de Jefatura. … Los peritos que aprueben las evaluaciones y reúnan los requisitos establecidos, podrán ser designados funcionalmente en los cargos de Jefatura, por libre consideración que haga la Fiscalía General de la República.” “Artículo 86.- ... XII. Solvente en el colegio respectivo. …”. “Artículo 95. … I. Velar porque los miembros de su sección se conduzcan adecuadamente en las escenas del crimen y/o sala de autopsias, dando un adecuado manejo al uso de los materiales y equipos facilitados por la dirección. Respetando al efecto los protocolos determinados para garantizar la validez probatoria de la prueba. …”. “Artículo 97. EL DEPARTAMENTO NACIONAL DE CLÍNICA FORENSE. El Departamento Nacional de Clínica Forense, identificado con el código “DMF-02. …”. U D I-D EG T-U N AH “Artículo 103. … I…; II…; III…; IV…; V…; VI.Reconocimiento de personas vivas en centros penitenciarios, centros hospitalarios públicos y privados en casos complejos y/o cuando fuere necesario. VII…; VIII. Realizar extracción de muestras de fluidos biológicos y otros para análisis en los laboratorios solicitados por la autoridad competente y/o cuando fuere necesario. IX. Participar en inspecciones y reconstrucciones en casos complejos y/o de ser necesario…” “Artículo 113. LA SECCIÓN DE PSIQUIATRÍA FORENSE. La sección de Psiquiatría Forense…” “Artículo 131. FUNCIONES DEL PERITO JEFE DE LOS LABORATORIOS DE CRIMINALÍSTUCAS Y CIENCIAS FORENSES. Son funciones del Perito Jefe de los Laboratorios de Criminalística y Ciencias Forenses…”. Artículo2.-Reformar el Reglamento Especial de Organización y Funcionamiento de la Dirección de Medicina Forense adicionando en el Título Segundo, Capítulo primero, las secciones sexta, séptima y octava, mismos que en lo sucesivo deberán leerse de la siguiente manera: “SECCION SEXTA DELEGADOS DE CAPACITACIÓN, INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA FORENCE
A. EL DELEGADO DE CAPACITACIÓN, INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA FORENSE.La Dirección de Medicina Forense tendrá un Delegado de Capacitación, Investigación y Docencia Forense, quien será el encargado del proceso de capacitación de los funcionarios, empleados y servidores adscritos a la DMF e impulsará las investigaciones forenses de forma continua, sistemática y actualizada, para elevar sus niveles de eficiencia y garantizar la calidad de las pericias o servicios que realizan y/o brindan. Sirviendo para tal efecto como canal de comunicación entre la DMF y la Escuela de Formación de los Servidores del Ministerio Público (MP), “Orlan Arturo Chávez”.
B.- REQUISITOS PARA SER DELEGADO DE CAPACITACIÓN, INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA FORENSE. Para ser Delegado de la Escuela de Capacitación “Abogado Orlan Arturo Chávez”, se requiere: Ser hondureño. I. Mayor de 25 años. II. Ciudadano en el pleno goce de sus derechos civiles. III. Poseer grado de licenciatura en una profesión afín a IV. las ciencias forenses con experiencia en el área de la Pedagogía certificada. Haber realizado al menos 2 publicaciones científicas V. en el campo forense o 5 ponencias en Congresos Nacionales e internacionales de medicina forense y/o criminalística. Experiencia en trabajos interinstitucionales, grupos VI. interdisciplinarios, investigaciones científicas u otros de carácter local, nacional o internacional. De reconocida solvencia moral y honestidad VII. comprobada. Aprobar el concurso respectivo. VIII. Aprobar las pruebas de evaluación de confianza. IX.
C.- FUNCIONES DEL DELEGADO DE CAPACITACIÓN, INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA FORENSE. El Delegado de capacitación, investigación y Docencia Forense, tendrá las siguientes funciones: Implementar las políticas y los I. procedimientos para identificar las necesidades de formación del personal y para proporcionarla. Diseñar y gestionar los programas de formación II. pertinentes a las tareas presentes y futuras de la U D I-D EG T-U N AH Dirección; asimismo, evaluar la eficacia de las acciones de formación implementadas. Revisar y aprobar la planificación de las capacitaciones III. internas de las dependencias de la Dirección de Medicina Forense. Establecer y asegurar que se cumplan las directrices IV. y los procedimientos relativos a los procesos de formación y de investigación. Preparar los planes operativos en Coordinación con la V. Escuela de Formación del Ministerio Público “Orlan Arturo Chávez”. Implementar el Manual y las actividades de gestión VI. de proyectos de investigación. Representar a la Dirección en aspectos de cooperación VII. relacionada a la formación del personal, proyectos de investigación científica y de relación estratégica interinstitucional a nivel nacional según le designe la Dirección General y por delegación del Fiscal General de la República aquellas de carácter internacional. Coadyuvar con la autoridad responsable de Recursos VIII. Humanos en los procesos de certificación y evaluación. Identificar, consolidar y canalizar las necesidades IX. de recursos para la realización de proyectos de investigación científica. Presentar informes sobre los resultados y sobre la X. eficacia de las actividades bajo su cargo. Promover la innovación en los servicios periciales. XI. Editar publicaciones científicas, de formación y XII. coordinar las actividades científicas relacionadas con la revista de ciencias forenses previa autorización del Fiscal General de la República. Coordinar la logística p XIII. ara las actividades de formación y de investigación. Elaborar los resultados de las evaluaciones de los XIV. programas de formación del personal y entregarlos a la autoridad que el Fiscal General de la República designe. Designar coordinadores de cursos de profesio- XV. na lización bajo su cargo, equipos de trabajo y personas para actividades de formación específicas. Tendrá a su cargo la organización y funcionamiento XVI. de la Biblioteca de la DMF. Administrar, coordinar y dar mantenimiento del XVII. anfiteatro de la DMF. Proponer a la Dirección, las reformas cuyo XVIII. planteamiento sea pertinente ante la Fiscalía General, para optimizar la política general de investigación en la Dirección de Medicina Forense. Gestionar con la aprobación de la Dirección, el apoyo XIX. institucional para los investigadores y los proyectos de investigación científica. Facilitar la divulgación de resultados en la revista de XX. Ciencias Forenses de Honduras y otros medios de interés pata la comunidad en general y científica y académica en particular. El Delegado de Capacitación, Investigación y Docencia Forense, para el cumplimiento de su misión y conforme a la disponibilidad presupuestaria, contará con el personal técnico y administrativo que se requiera.
D. ADSCRIPCIÓN DEL DELEGADO DE CAPACITACIÓN, INVESTIGACIÓN Y DOCENCIA FORENSE. El Delegado de Capacitación, Investigación y Docencia de la DMF, dependerá disciplinaria y funcionalmente de la Dirección de la DMF. Sin embargo, administrativamente, deberá reportar mensualmente sus actividades ante la Escuela de Formación del Ministerio Público “Orlan Arturo Chávez”; en tal sentido, los informes de gestión de la supervisión que elabore la Escuela de Formación, a través de sus unidades especializadas, serán determinantes para la deducción de las responsabilidades a que hubiere derecho por la Dirección o Sub-dirección de Medicina Forense. El delegado deberá colaborar en todo momento con los diversos Departamentos integrantes de la DMF; para tal efecto deberá brindar toda la colaboración e información que sea requerida por éstas, para el eficiente desempeño de sus actividades. SECCIÓN SÉPTIMA DELEGADO DE GESTIÓN DE LA CALIDAD
E.- DEL DELEGADO DE GESTIÓN DE CALIDAD. La DMF tendrá un Delegado de Gestión de Calidad, cuya misión esencial será la de impulsar y U D I-D EG T-U N AH gestionar efectivamente los procesos de modernización y mejoramiento, necesarios para el desarrollo del servicio pericial de la DMF. Sirviendo para tal efecto como canal de comunicación entre la OPEGEC y la DMF.
F.- REQUISITOS DEL DELEGADO DE GESTIÓN DE CALIDAD. Para ser Delegado de Gestión de Calidad, se requiere: Ser hondureño. I. Mayor de 25 años. II. Ser prof es III. ional en una ciencia natural afín a las actividades periciales de la DMF. Poseer Maestría en temas concernientes a la IV. gestión de la calidad aplicada a organismos de evaluación de la conformidad o una formación demostrada en acreditación, sistemas de calidad, evaluación de la conformidad o las normas ISO 9001, ISO/IEC 17020, ISO/IEC 17025 y/o ISO 15189, que acumu le al menos 400 horas de formación en los temas relacionados. De reconocida solvencia moral y honestidad V. comprobada. Aprobar las pruebas de evaluación y confianza. VI.
G.- FUNCIONES DEL DELEGADO DE GESTIÓN DE CALIDAD. Para el desempeño de sus labores el Delegado de Gestión de Calidad de la Dirección de Medicina Forense, tendrá las siguientes funciones: La preparación, coordinación y actualización I. del Plan Estratégico de la Calidad, definiendo a través del mismo los objetivos de la calidad, así como las metas, las estrategias y los indicadores de desempeño, alineados con la política del Sistema de Gestión Integrada y con la visión y la misión del Ministerio Público; La adopción y la implementación de las II. normas internacionales relativas a la calidad y la evaluación de la conformidad, tales como la norma ISO 9001, ISO/IEC 17025 e ISO/ IEC 17020, entre otras que la DMF considere pertinentes; Coordinar los procesos de normalización y III. documentación técnica; supervisar el cumplimiento de los programas IV. de auditorías del sistema de gestión y de aseguramiento de la calidad de los procesos de la Dirección General de Medicina Forense, así como los programas de calibración y de mantenimiento de equipos y de patrones de referencia; Promover la calidad a través de toda la Dirección V. General de Medicina Forense; La integración y la armonización de otras VI. normas relativas a otros sistemas de gestión, tales la salud y la seguridad en el lugar de trabajo, la innovación, la gestión de riesgos, la seguridad de los sistemas de información, la gestión ambiental, entre otras que la DMF estime pertinentes; L VII. a adopción e implantación, y cuando corresponda la integración y la armonización, de otras normas y reglamentos técnicos de carácter nacional e internacional; La gestión de la certificación y la acreditación VIII. de sistemas, procesos, personas y métodos de evaluación pericial, según corresponda, conforme a las normas internacionales adoptadas; El diseño de políticas y procesos relativos a la IX. calidad y la evaluación de la conformidad o que contribuyen directamente con el desempeño de éstos; La gestión de proyectos de mejora orientados a X. la calidad y a la competencia técnica, con el fin de cumplir con los objetivos del Plan Estratégico de la Calidad; La normalización de políticas, procesos, criterios XI. técnicos y procedimientos, así como la gestión de la documentación respectiva; El control y la supervisión del cumplimiento XII. de los objetivos de la calidad y sus indicadores establecidos en la gestión por procesos; Las auditorías internas de sistemas, procesos, XIII. especificaciones y dictámenes periciales; U D I-D EG T-U N AH La gestión de los programas relativos al XIV. aseguramiento de la calidad de las evaluaciones periciales, incluyendo los programas de ensayos de aptitud y de ejercicios colaborativos, del control estadístico de la calidad; La gestión de los programas de calibración XV. de instrumentos de medición y de ensayo que realizan mediciones, así como de la trazabilidad metro lógica de los patrones y los materiales de referencia; La supervisión de la selección, la verificación y XVI. la validación de los métodos y procedimientos de evaluación pericial, conforme a las correspondientes normas nacionales y/o internacionales adoptadas por la DMF; La gestión de la calidad en los servicios de XVII. atención al usuario de los servicios de medicina forense, incluyendo la gestión de las quejas y de las reconsideraciones; La promoción de la calidad y del enfoque en el XVIII. cumplimiento de las necesidades de los clientes a través de toda la DMF; Confirmar mediante datos de respaldo, el XIX. cumplimiento de las expectativas establecidas en los planes y proyectos de la calidad en ejecución; Realizar evaluaciones por medio de encuestas, XX. auditorías, inspecciones, pruebas de aptitud, entre otras, aplicando herramientas cuali métricas, según determine pertinente para establecer el nivel de madurez del desempeño o el grado de conformidad con los objetivos del sistema de gestión de la DMF en lo relativo a la calidad de sus servicios y a la competencia técnica. El Delegado de Gestión de Calidad, para el cumplimiento de su misión y conforme a la disponibilidad presupuestaria, contará con el personal que se requiera.
H. ADSCRIPCIÓN DEL DELEGADO DE GESTIÓN DE CALIDAD. El Delegado de Gestión de Calidad de la DMF, dependerá disciplinaria y funcionalmente de la Dirección de la DMF. Sin embargo, administrativamente, deberá reportar mensualmente sus actividades ante la Oficina de Planificación Estratégica y Gestión de Calidad del Ministerio Público (OPEGEC); en tal sentido, los informes de gestión de la supervisión que elabore la OPEGEC, a través de sus unidades especializadas, serán determinantes para la deducción de las responsabilidades a que hubiere derecho por la Dirección o Subdirección de Medicina Forense. El delegado deberá colaborar en todo momento con los diversos Departamentos integrantes de la DMF; para tal efecto deberá brindar toda la colaboración e información que sea requerida por éstas, para el eficiente desempeño de sus actividades. SECCIÓN OCTAVA EL DELEGADO INFORMÁTICO
I. EL DELEGADO INFORMÁTICO. La DMF tendrá un Delegado Informático, quien será el encargado de proporcionar servicios de soporte informático, establecer lineamientos técnicos y administrar los proyectos informáticos conforme a las necesidades de la DMF. Sirviendo para tal efecto como canal de comunicación entre la dirección y el Departamento de Informática del Ministerio Público.
J. REQUISITOS PARA SER DELEGADO INFORMÁTICO. Para ser Delegado Informático de la DMF, se requiere: Ser hondureño. I. Mayor de 25 años. II. Ser profesional con estudios superiores aprobados en III. Ingeniería de Sistemas o carreras equivalentes. De reconocida solvencia m IV. oral y honestidad comprobada. Aprobar el concurso respectivo. V. Aprobar las pruebas de evaluación y con fian VI. za. Dos años de experiencia en análisis de procesos y VII. diseños de sistemas y bases de datos. U D I-D EG T-U N AH Conocimientos en normas sobre seguridad info VIII. rmática. Manejo y conocimiento de inglés técnico. IX.
K. FUNCIONES DEL DELEGADO INFORMÁTICO. El Delegado Informático tendrá las siguientes funciones: Brindar asesoría técnica en materia de informática. I. Coadyuvar en la gestión e implementación del sistema II. de seguridad informática de la DMF. Realizar las actividades de Gestión de Software, Bases III. de Datos y de Soporte Técnico. Proporcionar datos estadísticos cuando éstos sean IV. requeridos y autorizados por el Director. Brindar capacitación en materia de tecnologías V. informáticas dentro de la Sección, así como en la DMF. Proponer soluciones a problemas informáticos. VI. Desarrollar actividades de gerencia y formulación de VII. proyectos informáticos. Desarrollar actividades conforme a los planes anuales VIII. para la implementación de nuevas tecnologías o software. Supervisar el trabajo de soporte técnico, de mante- IX. nimiento de redes y hardware. Organizar la logística de trabajo en caso de desastres X. o situaciones especiales relacionados con la informática. Previa autorización del Fiscal General de la República XI. y en lo que fuere pertinente, en tanto no comprometa los Principios de delegación, unidad de actuaciones y dependencia jerárquica, podrá implementar las normas internacionales relacionadas a IT Management (gobierno tecnológico, seguridad informática, audi- torías, entre otros). Colaborar con las autoridades institucionales en la XII. coordinación de auditorías informáticas. La promoción de las prácticas correctas en el uso del XIII. equipo informático. Administración, coordinación y mantenimiento del XIV. centro de cómputo y/o aula virtual de la DMF. El Delegado de Informática, para su cumplimiento de su misión y conforme a la disponibilidad presupuestaria, contará con el personal técnico y administrativo, que se requiera.
L. ADSCRIPCIÓN DEL DELEGADO INFORMÁTICO. El Delegado Informático de la DMF, dependerá disciplinaria y funcionalmente de la Dirección de la DMF. Sin embargo, administrativamente, deberá reportar mensualmente sus actividades ante el Departamento de Informática del Ministerio Público; en tal sentido, los informes de gestión de la supervisión que elabore dicho departamento, a través de sus unidades especializadas, serán determinantes para la deducción de las responsabilidades a que hubiere derecho por la Dirección o Sub Dirección de Medicina Forense. El delegado deberá colaborar en todo momento con los diversos Departamentos integrantes de la DMF; para tal efecto deberá brindar toda la colaboración e información que sea requerida por éstas, para el eficiente desempeño de sus actividades”.
El presente Acuerdo entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta, y deberá hacerse del conocimiento de todos los servidores y funcionarios del Ministerio Público, y de la población nacional; quedando derogada cualquier disposición que se le oponga. Tegucigalpa, M.D.C., 02 de noviembre de dos mil diecisiete. OSCAR FERNANDO CHINCHILLA BANEGAS FISCAL GENERAL DE LA REPÚBLICA U D I-D EG T-U N AH Ministerio Público Fiscalía General de la República