Acuerdo No. 182-2017 — Delegación de competencias de Secretaría General Regional a Cinthia Gabriela Medrano Valdivier
Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA)
- Decreto: 182-2017
- Publicación: 5 de octubre de 2017
- Órgano emisor: Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA)
- Gaceta: 34,459
Considerandos
Que mediante la Ley General de la Administración Pública el Artículo 3 enuncia: “La creación modificación o suspensión de los órganos de la administración Pública incluyendo las desconcentradas y las instituciones descentralizadas, solamente se pueden hacer previa definición del fin público a satisfacer cuando se acredite su factibilidad económica-administrativa, considerando el costo de su funcionamiento, el rendimiento especializado o el ahorro previsto”.
Que de conformidad con el Artículo 11 numeral 9 del Decreto Ejecutivo número PCM-038-2016. Son funciones del Director General, emitir Acuerdos y Resoluciones Generales o particulares que fueren necesarias para el ejercicio de las atribuciones y el cumplimiento de los objetivos del servicio.
Que en fecha 04 de septiembre de 2017, inició la relación laboral de la ciudadana CINTHIA GABRIELA MEDRANO VALDIVIER, en el cargo de Secretaria General Regional, el cual estará ubicado en la Regional de San Pedro Sula, departamento de Cortés, actividad que estará subordinada a la Dirección General del Servicio Nacional Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria SENASA.
Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM-038-2016, publicado en La Gaceta de fecha 25 de julio del 2016, el Presidente de la República en Consejo de Ministros decretó la creación del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), como un Órgano Desconcentrado de la Secretaría de Agricultura y Ganadería (SAG), suprimiendo la Dirección conocida como Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria, por lo que se hizo necesaria la creación de la Secretaría General como órgano fedatario dentro esta entidad, igualmente en el artículo 8 numeral 3 del mencionada decreto expresa como facultad del Consejo Directivo: “modificar la sede del SENASA, cuando las condiciones de la concentración de los servicios U D I-D EG T-U N AH así lo ameriten; y aprobar la creación o modificación de las dependencias que de conformidad con la Ley, le someta el Director General.
Que dentro de las atribuciones que corresponden a la “Secretaría General Regional” se encuentra la de notificar a los interesados las providencias o resoluciones y todas aquellas actuaciones que se requieran en los asuntos de su competencia, tiene funciones de fedatario, asimismo bajo su responsabilidad la admisión de las solicitudes y peticiones que presenten los particulares, además la custodia de los documentos del Despacho.
Que la creación de la Secretaria General Regional, es necesaria para atender las diferentes solicitudes de los usuarios de la oficina regional de San Pedro Sula en vista que se ha incrementado significativamente, por tal razón es decisión de la Dirección del SENASA, implementar el fortalecimiento de los procesos de simplificación y facilitación administrativa, a través de la oficina que para ese fin se asigne con el objeto de agilizar eficientemente los trámites administrativos que por su ubicación representa ban un conflicto para los usuarios.
Articulos
, numeral 3, y 11 numeral 9 del Decreto Ejecutivo número PCM-038-2016. ACUERDA: PRIMERO: Delegar en la ciudadana CINTHIA GABRIELA MEDRANO VALDIVIER, el ejercicio de las competencias de “Secretaría General Regional”, asimismo se le delega firma para la emisión de autos y providencias, así como cualquier otra función inherente a su cargo relacionada con las distintas fases del procedimiento administrativo a fin de no entorpecer los trámites realizados en el Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria (SENASA), bajo el principio de eficiencia de la Administración Pública, como parte de las acciones a implementar para la simplificación administrativa, en la facilitación de los procesos específicamente para la zona noroccidental. SEGUNDO: El presente Artículo tiene efectividad a partir del día veintiocho de septiembre del año dos mil diecisiete. TERCERO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: CARLOS ARTURO FERRERA PAGUADA Director General del SENASA Firma delegada Nota-DGS-817-2017 VILMA ELIZABETH LAINEZ LAZO Secretaria General Interina del SENASA ABOG. CÉSAR AUGUSTO CÁCERES CANO JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización certificación El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, CERTIFICA. La Resolución que literalmente dice: “