Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
14 de septiembre de 2017Vigente

Acuerdo Ejecutivo No. 051-2017 — Autorización al SENACIT para contratación directa de científicos y técnicos extranjeros para Honducamp.Tech

Presidencia de la República

  • Decreto: 051-2017
  • Publicación: 14 de septiembre de 2017
  • Órgano emisor: Presidencia de la República
  • Gaceta: 34,443

Considerandos

Que de conformidad con el Artículo 245, numerales 11) y 30) de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado, para ejercer sus atribuciones tiene la facultad de emitir Acuerdos y Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley, dirigir la política económica y financiera del Estado.

Que el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública establece que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada.

Que la Ley de Contratación del Estado en su Artículo 63 establece que la contratación directa podrá realizarse en otros en los casos siguientes:1...;2.Cuando se trate de adquisición de repuestos y otros bienes especializados cuya fabricación o venta sea exclusiva de quienes tengan patente o marca de fábrica registrada, siempre que no hubieren sustitutos convenientes; 3...; 4...; 5... ; 6. Cuando se trate de trabajos científicos, técnicos o artísticos especializados; 7... Para llevar a cabo la contratación que antecede, se requerirá autorización del Presidente de la República cuando se trate de contratos de la Administración Pública Centralizada, o del órgano de dirección superior, cuando se trate de contratos de la Administración Descentralizada o de los demás organismos públicos a que se refiere el Artículo 1 de la presente Ley, debiendo emitirse Acuerdo expresando detalladamente sus motivos.

Que mediante Decreto Legislativo No. 276-2013, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 15 de febrero del 2014, el Congreso Nacional, aprobó la LEY PARA LA PROMOCIÓN Y FOMENTO DEL DESARROLLO CIENTIFICO, TECNÓLOGICO Y LA INNOVACIÓN, con el objeto de crear el “Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación”, desarrollar los principios orientadores en materia de Ciencia, Tecnología y la Innovación y sus aplicaciones, definir los lineamiento que orientan las políticas y estrategias para la actividad científica, tecnológica, de innovación y sus aplicaciones, la implantación de mecanismos institucionales y fomento de la investigación científica, la apropiación social del conocimiento y la transferencia e innovación tecnológica, fomentar la investigación y desarrollo tecnológico para la innovación en los sectores productivos y de servicios, organizar el Sistema Nacional de Ciencia,Tecnología y la Innovación,afin de fomentar la capacidad para la generación, uso y circulación del conocimiento e impulsar el desarrollo económico sostenible y el bienestar social.

Que el Instituto Hondureño de Ciencia, Tecnología y la Innovación está haciendo esfuerzos para fortalecer las competencias, necesarias en los frentes tecnológicos para impulsar los profundos cambios que se requieren para que Honduras se inserte al mercado mundial con alta productividad y competitividad. CONSIDERANDO: El rezago tecnológico es uno de los principales obstáculos para el progreso y desarrollo de la sociedad hondureña, siendo uno de los principales factores la carencia de una estrategia integral de desarrollo económico social que determine un progreso científico y tecnológico de largo plazo a nivel global.

Que el Instituto Hondureño de Ciencia, Tecnología y la Innovación (IHCIETI), durante el 2016 tuvo como estrategia convocar a los emprendedores tecnológicos del país a participar en una iniciativa del Gobierno de la República, que les permitió tener acceso a nuevos conocimientos mediante procesos de aprendizaje con mentorías hondureñas y extranjeras con una gama de expertos en incubadoras, acelerador as dentro de un entorno tecnológico en cada una de las áreas en que se presentaron las propuestas, ayudando con ello a la generación de autoempleo.

Que el IHCIETI, buscará innovar los espacios científicos tecnológicos que existen en el país para que acerquen al joven a la tecnologías y conocimiento de clase mundial que logren motivar al joven hondureño como parte de la promoción e incentivos que debe facilitar a la población hondureña en temas de emprendimiento tecnológico y la investigación científica.

Que en el marco del Programa Honduras StartUp, se realizará el evento “Hondu camp.Tech” o Campamento Tecnológico Hondureño que será el primer encuentro al emprendimiento tecnológico más grande que haya U D I-D EG T-U N AH tenido el país, a realizarse del 25 al 27 de agosto. Y contará con científicos internacionales y mento res de todos los países del mundo, involucrando innovación, ciencia, creatividad, emprendimiento, dedicado a los jóvenes para el desarrollo y transferencia de conocimiento para reducir la brecha tecnológica del país.

Que mediante Acuerdo Ejecutivo No.031-2015, emitido por la Secretaría de Estado de la Presidencia, el Presidente Constitucional de la República Abogado Juan Orlando Hernández Alvarado, delegó en el Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno, Doctor Jorge Ramón Hernández Alcerro, la potestad de firmar Acuerdo Ejecutivos que según la Ley de la Administración Pública son potestad del Presidente Constitucional de la República.

Articulos

Articulo 1.-

Autorizar al Secretario Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (SENACIT) para que a través del Instituto Hondureño de Ciencia, Tecnología e Innovación (IHCIETI) y amparándose en el supuesto establecido en el numeral 6 y párrafo final del Artículo 63 de la Ley de Contratación del Estado y mediante el Procedimiento de la Contratación Directa, proceda de inmediato y sin más dilación, a contratar por un monto de DIEZ MILLONES DE LEMPIRAS (L.10,000,000.00), en las mejores condiciones para el Estado de Honduras, a los siguientes científicos y técnicos extranjeros que realizarán las conferencias magistrales en el evento “Hondu camp.Tech” o “Campamento Tecnológico Hondureño”, que será el primer encuentro al emprendimiento tecnológico más grande que haya tenido el país, a realizarse del 25 al 27 de agosto: U D I-D EG T-U N AH U D I-D EG T-U N AH

Articulo 2.-

La autorización de contratación directa cubre los servicios y suministros, que por exigencias contractuales, se derivan de las condiciones específicas requeridas por los científicos o técnicos que visitarán el país, las que se realizarán en función de atender la adquisición de equipos, hospedaje, alimentación, seguridad y transporte.

Articulo 3.-

El presente Acuerdo Ejecutivo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial de la República “La Gaceta”. Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cuatro (04) días del mes de agosto del año dos mil diecisiete (2017). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno Por delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No. 031-2015. RICARDO LEONEL CARDONA Secretario de Estado en el despacho de la Presidencia U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Desarrollo Económico