Resolución No. 304-2017 — Concesión de Personalidad Jurídica a Organización No Gubernamental de Desarrollo Proyecto BC Honduras
Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
- Decreto: 304-2017
- Publicación: 4 de septiembre de 2017
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
- Gaceta: 34,434
Considerandos
Que la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD), denominada “PROYECTO BC HONDURAS”, se crea como Organización Civil, independiente de los gobiernos locales, de carácter privado y de interés público, sin fines de lucro, cuyos objetivos contribuyen desarrollo humanitario e integral de la población, entre otros; asimismo sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres.
Articulos
Conceder Personalidad Jurídica a la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD), denominada “PROYECTO BCH ONDURAS”,con domicilio en Tegucigalpa,municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán y con los objetivos siguientes: El fin de LA ASOCIACIÓN procurará el desarrollo total de hombres, mujeres y niños por medio de mejoramiento de su condición, mente, cuerpo y alma, enseñándole con ejemplo de ser un buen ciudadano de su nación hoy o en el futuro. Los objetivos principales de la Asociación son: Restaurar, fortalecer, instruir con valores morales y espirituales de las familia y elevar el estado espiritual, moral, social y cultural de cada una de ellas. A. Animar la continuidad del desarrollo económico y social del país, a través de mejorar las condiciones alimentarias, médicas, condiciones de vida y condiciones económicas de las personas en suma pobreza. B. Recolectar fuera del país fondos para el financiamiento de los proyectos de la Asociación. C. Trabajar con jóvenes de 18 a 23 años quienes viven en el centro educándolos y dando su guía espiritual para después conseguir les trabajo. D. Trabajar con familias en extrema pobreza educándolos para ser mejores padres y becando sus hijos en colegios privados y en algunas veces dándoles provisión de alimentos. E. Repartir comida a las personas pobres que se acercan al centro para comer y luego se van. Todos los objetivos de la Asociación están limitados exclusiva mento a aquellos para los cuales se constituyó.
La ORGANIZACIÓN NO GUBER- NAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD), denominada “PROYECTO BC HONDURAS”, se regirá por sus estatutos, contenidos en el Acta de constitución aprobados por los fundadores. U D I-D EG T-U N AH
La ORGANIZACIÓN NO GUBER- NAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD), denominada “PROYECTO BC HONDURAS”, está obligada a solicitar ante los entes estatales competentes, los permisos o licencias necesarios para el cumplimiento de sus objetivos.
La ORGANIZACIÓN NO GUBER- NAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD), denominada “PROYECTO BC HONDURAS”, queda sujeta al cumpli- miento de las obligaciones emanadas de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y su Reglamento.
Las reformas o modificaciones de los Estatutos de organización se someterán al mismo procedimiento de su aprobación y serán registradas en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.
La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.
Instruir a la Secretaría General para que de Oficio, proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que proceda a la inscripción de la organización en el registro correspondiente.
La legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. NOTIFÍQUESE. (F) CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL". Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diecisiete días del mes de marzo de dos mil diecisiete. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 4 S. 2017