Resolución No. 894-2015 — Aprobación de Reforma de Estatutos de la Fundación Mejorando el Futuro de Honduras Acción Social (MEFHAS)
Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
- Decreto: 894-2015
- Publicación: 15 de julio de 2017
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
- Gaceta: 34,391
Considerandos
Que mediante Resolución No. 1986- 2011, de fecha 11 de julio de 2011, la Secretaría de Estado en los Despachos de Interior y Población,concedió Personería Jurídica y Aprobación de Estatutos a la FUNDACIÓN MEJORANDO EL FUTURO DE LA ALDEA DE SUYAPA (MEFAS), con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, departamento de Francisco Morazán, Honduras, Centro América.
Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado del Ramo, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública; 4 y 5 de la Ley de Procedimientos Administrativos.
Que mediante Acuerdo Ejecutivo N°. 03-2014 de fecha 24 de enero del 2014, se nombró al ciudadano RIGOBERTO CHANG CASTILLO, como Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia,Gobernación y Descentralización,modificado mediante Acuerdo Ejecutivo N°. 03-A-2014 de fecha 24 de enero del 2014.
Articulos
La Fundación Mejorando el Futuro de la Aldea de Suyapa (MEFAS), obtuvo su personalidad jurídica y aprobación de estatutos, en virtud de resolución N°. 1986-2011 de fecha 11 de julio del 2011, por este acto reforman su denominación a Fundación Mejorando el Futuro de Honduras Acción Social (MEFHAS) y se constituye como una ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD), como asociación civil, independiente de los gobiernos locales, de carácter privado y de interés público, apolítica, sin fines de lucro, que en lo sucesivo en estos estatutos se identificará como LA FUNDACIÓN. Mejorando el Futuro de Honduras Acción Social. UDI-DEG T-UNAH
La duración de la FUNDACIÓN.- MEJORANDO EL FUTURO DE HONDURAS ACCIÓN SOCIAL, (MEFHAS), es por tiempo indefinido y se regirá por lo establecido en los Estatutos y su reglamento, así como por el Código Civil, en lo que se refiere a las personas jurídicas sin fines de lucro, por la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD), su Reglamento, los Convenios Internacionales ratificados por el Estado de Honduras y por las demás leyes vigentes en la República de Honduras.
El domicilio de la FUNDACIÓN MEJORANDO EL FUTURO DE HONDURAS ACCIÓN SOCIAL, conocida por sus siglas M.E.F.H.A.S, su domicilio será en el edificio Torres, Suite 701, colonia Lomas del Mayab Calle principal de la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán, pudiendo establecer filiales en otras ciudades del territorio nacional, cuando así lo ameriten los proyectos, pudiendo establecer oficinas, fuera del territorio nacional o internacional,asímismo podrá vincularse,con organizaciones de la misma naturaleza, propósitos y objetivos similares y convenir con la empresa privada tanto dentro como fuera del país. CAPÍTULO II DE LA FINALIDAD Y OBJETIVOS
La FUNDACIÓN MEJORANDO EL FUTURO DE HONDURAS ACCIÓN SOCIAL(MEFHAS), tiene como Finalidad el Desarrollo del país a través de las capacidades humanas del individuo, así como del entorno para mejorar la calidad de vida de todos los hondureños que se encuentran en los sectores más vulnerables, el Desarrollo integral del ser humano a través del incremento de sus capacidades internas y externas.
Objetivo.La FUNDACIÓN MEJORANDO EL FUTURO DE HONDURAS ACCION SOCIAL (MEFHAS),tiene como objetivos los siguientes:1.-Gestionar ayudas económicas, y ejecutar programas y proyectos laborales, asesorías permanentes y no permanentes. 2.- Promover el desarrollo intelectual, espiritual, cultural, ambiental y otros. 3.- Educar en las áreas de: a) Educación b) Salud, c) Ambiente, d) Seguridad, e) Cooperativismo, f) Infraestructura, g) Turismo, h) Cultura, artes y deportes. 4.- Capacitar en las distintas áreas, no sólo a sus miembros, si no al conglomerado nacional de escasos recursos económicos y todas las actividades que realice la fundación.- Tiene como objetivo específico:
- 1)
Área laboral: realizar programas de capacitación a favor de personas de escasos recursos económicos según su capacidad.
- 2)
En el área de asesorías: incorporar un miembro asesor, en las áreas de más necesidad.
- 3)
En el área espiritual: coadyuvar a la cristalización del amor a Dios y la humanidad, sin interrumpir las diferentes creencias.
- 4)
En el área cultural: profundizar en las propias culturas de nuestro país y a los grupos indígenas.
- 5)
En el área de Educación: implementar proyectos educativos en los programas con los que cuente la fundación y mantener actualización educativa según sea el área de trabajo del personal técnico, educación superior, educación secundaria como educación primar a serán actualizados periódicamente, crear y construir nuevos centro educativos, reparar los ya existentes y equipo virtual o útiles e implementos escolares e inmobiliaria todo lo que se torne en mejorar la calidad educativa.
- 6)
En el área de salud: contribuir a la salud preventiva; un plan de manejo de atención inmediata; creaciones nuevas clínicas; reconstrucción de clínicas existentes; contratación de personal que labore en estos proyectos de desarrollo de salud, esto será primeramente en los sectores más necesitados de nuestro país más como implementación al desarrollo.
- 7)
En el área ambiental: proponer proyectos, a fin de ayudar al planeta, promover la creación de microempresas de producción de alimento y reciclaje, manejo del bosque y microempresas de leña, forestación y reforestación, cuidado de las fuentes hidrográficas, limpiezas de ríos, limpiezas comunales a través de la unidades técnicas comunales U.T.C.
- 8)
En el área de seguridad: proponer estrategias a fin de hacer de nuestro entorno, un modelo de cordialidad, seguridad alimenticia, seguridad educativa, seguridad económica, seguridad habitacional, seguridad social.
- 9)
En el área del cooperativismo: capacitar a la población a fin de crear el hábito del ahorro y creación de microempresas con un plan de manejo de autosostenible por comunidad o sector.
- 10)
En el área de infraestructura: reparar o construir mejoras comunales o habitacionales, proyectos de urbanización y construcción de viviendas, venta de las mismas a precios accesible para personas de escasos recursos, construcción de pisos y reparación para personas de escasos recursos, construcción apertura de carreteras y caminos, gradas cunetas, construcción e instalaciones de tendidos eléctricos y extensiones, construcciones de proyectos de agua potable y de alcantarillado e instalaciones.
- 11)
En el área del turismo: Promover el turismo local y nacional, a fin de conocer los diferentes lugares turísticos de nuestro país, motivando a los jóvenes a participar, como guías turísticas involucrándolos a ser parte de seguridad de turismo, logrando nuevos empresarios en el sentido de desarrollo cultural, volviendo a nuestras costumbres armónicas teniendo en cuenta que los jóvenes han perdido las buenas costumbres y retomando la elaboración de prendas de vestir y elaboración de alimentos y convenios hoteleros o construcción de los mismos, creando una red turística nacional como internacional.
- 12)
En el área de cultura, artes y deportes: crear centros de recreación deportiva y organizar una rede de educación deportiva UDI-DEG T-UNAH en los centros de educación aprovechando al máximo el potencial humano de los niños y las niñas, logrando con esto prevenir problemas sociales; reiniciar un plan de manejo en explotación artística como teatro, canto, música, danza, valet, pintura, dibujo, formación y construcción de centros de entrenamiento comunal, impulsar campeonatos de competencia artística, buscando una motivación, logrando en el objetivo de sacar a los jóvenes de proyecciones ilícitas, y como medida preventiva con la valiosa colaboración de sus padres y familiares cercanos a los niños y niñas de nuestro país, ofreciendo apoyo de conocimiento y económico para dicho proyecto como un impulso al desarrollo artístico; crear, formar, construir y reconstruir bibliotecas, o café internet comunal, en los centros educativos con la colaboración de los padres bióticas con un equipo, de pizarras y actualización de libros y Cd para mejor manejo de las redes de comunicación.
- 13)
Iniciar un proceso: de participación ciudadana a través de la incorporación del voluntariado en la toma de decisión para la búsqueda del bienestar comunitario y desarrollo integral del mismo.
- 14)
Brindar capacitaciones: para la generación de empleo, en la búsqueda de mejorar la calidad de vida de los habitantes.
- 15)
Capacitar a las mujeres: en atención del menor mediante la colaboración en la creación de centros de cuidados comunitarios.
- 16)
Proponer a las autoridades: municipales y estatales proyectos de participación ciudadana los cuales pueden ser financiados con cooperantes nacionales e internacionales.
- 17)
Establecer enlaces:con las autoridades correspondientes para programas de seguridad en las comunidades. Este no puede estar fuera, ya que en éste es inalienable al ser humano.
- 18)
Cooperar con todas: las entidades que tengan igual o similar finalidad, con el objeto de optimizar recurso financiero y personal técnico calificado, para la ejecución de proyectos cuyo beneficio supremo es la sociedad en general.
- 19)
Llevar a cabo la prestación: de servicios de ejecución de proyectos de vivienda para mejorar la calidad de vida de cada uno de las familias que integran las comunidades.- Colaborar con el Estado de Honduras, en materia de desarrollo; apoyando en programas específicos en determinadas áreas de impacto y de acuerdo a convenios u otras modalidades de compromisos bilaterales o multilaterales que suscriban.
- 20)
Cooperar con las Universidades: Públicas y Privadas para que se realicen las prácticas profesionales en los proyectos que ejecutar la organización.
- 21)
Contribuir al manejo: de los recursos naturales y a la educación para un desarrollo enmarcado en la preservación del ecosistema, la reforestación de las áreas protegidas que han sido severamente dañadas por causas naturales o dañadas por el ser humano, a través de la promoción y rescate de los valores éticos,morales y culturales de Honduras; por medio de la capacitación constante a las comunidades en forma gratuita.- Creación y desarrollo de campañas publicitarias a través de medios de comunicación para concientizar a las comunidades en general sobre el cuidado del medio ambiente.
- 22)
La prestación: de los servicios será gratuita, beneficiando al sector más vulnerable y coordinados con los Entes Estatales correspondientes.
- 23)
La ejecución: de los objetivos antes señalados deberá ser previamente autorizada por los entes estatales del ramo y en ningún momento podrán entrar en conflicto con la actividad el ente estatal. De igual forma todas las actividades que generen ingresos servirán para su autosostenibilidad. CAPÍTULO III DE LOS BIENES QUE CONFORMAN SU ACTUAL PATRIMONIO
El patrimonio actual de la Fundación está conformado por un monto de SETECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS LEMPIRAS (LPS. 742,800.00). CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO
Conforman los órganos de gobierno de la FUNDACIÓN: a)ASAMBLEA GENERAL. b) JUNTA DIRECTIVA. c)JUNTA DE VIGILANCIA. d) DIRECCIÓN EJECUTIVA. DE LA ASAMBLEA GENERAL
La Asamblea General es la máxima autoridad de la FUNDACIÓN y estará integrada por todos los miembros Activos y Fundadores debidamente inscritos como tales en el libro respectivo.
La Asamblea General podrá ser Ordinaria o Extraordinaria según sean los asuntos que se traten en la misma. DE CONVOCATORIA
La convocatoria para las Asambleas Generales Ordinarias serán realizadas por el Presidente a través Secretario de la Junta Directiva de forma escrita, misma que deberá contener la agenda a tratar y el tipo Asamblea; con 15 días de anticipación, convocatoria que deberá contener el día, lugar, fecha y la agenda a tratar, la cual será entregada a cada uno de los miembros personalmente o vía correo electrónico. La convocatoria para la Asamblea General Extraordinaria se hará con 5 días de anticipación como mínimo con las mismas formalidades establecidas para la Asamblea Ordinaria.
La Asamblea General Ordinaria, se celebrará una vez al año, dentro de los tres primeros meses UDI-DEG T-UNAH del año y la Asamblea General Extraordinaria, cada vez que la Junta Directiva lo estime conveniente.
DEL QUÓRUM: Para que la Asamblea General Ordinaria tenga validez se requerirá la asistencia de por lo menos la mitad más uno de los miembros inscritos, y si dicho número no se lograre en primera convocatoria, la Asamblea se celebrará válidamente una hora después con los miembros que asistan y para la Asamblea General Extraordinaria será necesaria la presencia de las tres cuartas partes de los miembros inscritos, de no lograrse reunir dicho quórum se hará un día después con los miembros que asistan.
Son atribuciones de la Asamblea General Ordinaria: a)Elegir a los miembros que conformarán la Junta Directiva de la FUNDACIÓN. b) Autorizar los planes y la inversión de los fondos de la FUNDACIÓN y los proyectos que se sometan a discusión por los miembros de la Junta Directiva, de acuerdo con los fines y objetivos de la misma. c) Admitir nuevos miembros. d) Aprobar el Plan Operativo Anual de la FUNDACIÓN. e) Aprobar los Informes Financieros sometidos por la Junta Directiva. f) Nombrar el los miembros que integren la Junta de Vigilancia. g) Discutir y aprobar los presentes estatutos y el reglamento interno. h) Las demás que le correspondan como autoridad máxima de la FUNDACIÓN.
Atribuciones de la Asamblea General Extraordinaria en los siguientes casos:
- a)
Reformar o enmendar los presentes estatutos.
- b)
Aprobar y discutir las reformas del reglamento interno.
- c)
Acordar la disolución, liquidación y fusión de la FUNDACIÓN.
- d)
Resolver la impugnación de los acuerdos.
- e)
Cualquier otra causa calificada por la Junta Directiva.
DE LOS ACUERDOS: Las decisiones de la Asamblea General Ordinaria se tomarán por mayoría simple, es decir, por la mitad más uno de los votos de los asistentes y en la Asamblea General Extraordinaria se tomarán por mayoría calificada, es decir, por tres cuartas partes de voto de los asistentes a la Asamblea.
Todos los acuerdos emanados tanto en la Asamblea Ordinaria como en la Asamblea Extraordinaria, siempre que se ajusten a los presentes estatutos, tienen carácter obligatorio para todos los miembros quienes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.
El miembro que por causa justificada comprobable, no pueda asistir a una Asamblea General Ordinaria o Extraordinaria, tiene derecho a ser representado por otro miembro. En ningún caso se puede dar la doble representación. DE LA JUNTA DIRECTIVA
La Junta Directiva es el Órgano de dirección de la FUNDACIÓN y estará integrada de la siguiente manera: a) Presidente/a. b)Vicepresidente/a. c) Secretario/a. d)Tesorero/a. e)Tres Vocales.
La Junta Directiva será electa en la Asamblea General Ordinaria y los miembros electos para la misma se desempeñarán en su cargo Ad honorem durante cinco años, éstos podrán ser reelectos, si así lo dispusiere la máxima autoridad de la Fundación. PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN
La elección de la Junta Directiva se hará en Asamblea General Ordinaria y los nominados a los cargos directivos se harán a propuesta de los miembros Fundadores y Activos, y sometidos a votación de la Asamblea, siendo electos por mayoría simple, es decir, la mitad más uno de los votos de los miembros inscritos que asistan a dicha Asamblea. La votación se hará en forma directa. La Junta Directiva electa tomará posesión el mismo acto de su elección. DE LAS SESIONES DE JUNTA DIRECTIVA
La Junta Directiva se reunirá en Sesión Ordinaria una vez al mes y extraordinariamente las veces que estime necesario y conveniente. Para que dichas reuniones sean validas es necesaria la presencia de por lo menos cuatro de sus miembros. En las sesiones de la Junta Directiva, no se aceptarán representaciones.
Los acuerdos y resoluciones deberán constar en Acta, la que se asentará en un libro especial que autorizará el Presidente y Secretario en notas, las cuales indicarán el número de folio en su última página, dichas actas, deberán ser firmadas por el Presidente y Secretario de la Junta Directiva. Todas las resoluciones tomadas por la Junta Directiva deberán tomarse por mayoría de votos, en caso de empate, el Presidente tendrá doble voto. ATRIBUCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA
La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a)Adoptar la política que debe seguir para alcanzar los fines de la FUNDACIÓN y preparar los planes de acción que correspondan. b)Revisar los informes mensuales sobre las actividades de la FUNDACIÓN. UDI-DEG T-UNAH c)Elaborar el presupuesto semestral que se someterá a la Asamblea General de miembros. d)Llenar las vacantes que se produzcan en los cargos de la Junta Directiva. e)Preparar y presentar un informe anual sobre actividades a la Asamblea General de miembros. f)Elaborar el proyecto de reglamento interno para ser sometido a discusión y aprobación de la Asamblea General según sea el caso.
Son atribuciones del Presidente/a:
- a)
Ostentar la representación legal de la FUNDACIÓN.
- b)
Elaborar con el Secretario la agenda de las sesiones y convocar por medio de éste a sesión de Junta Directiva y Asambleas Generales. c)Presidir las sesiones de la Junta Directiva y la instalación de las Asambleas Generales y dirigir sus deliberaciones. d)Autorizar y suscribir documentos públicos o privados con autorización de la Asamblea General. e) Resolver con el Secretario y Tesorero cualquier asunto de urgencia y dar cuenta de lo actuado por la Junta Directiva. f)Solicitar cuentas bancarias y la obtención de chequeras la cual se utilizará para elaborar pagos, cheques que llevarán las firmas del Presidente y el Tesorero para retiro de fondos. g)Firmar la correspondencia que sea de su competencia. h)Cumplir fielmente con los mandatos de la Asamblea General. i)Nombrar comités de trabajo transitorios cuando lo considere necesario previa autorización de la Junta Directiva. j)Coordinar todas las actividades de la Junta Directiva así como de los miembros de la FUNDACIÓN y en general todas aquellas que ameritan una dirección acertada. k)Rendir cada año un informe escrito a la Asamblea General sobre las actuaciones de la Junta Directiva, mantener bajo custodia las libretas bancarias, el libro de contabilidad, talonario de cheques, el libro de secretaría.
Atribuciones del Vicepresidente:
- a)
Asistir al Presidente y colaborar con él en el desempeño de sus funciones, haciéndole las sugerencias que estime convenientes para la buena marcha de la FUNDACIÓN.
- b)
Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o de impedimento. c)Aquellas otras que le asigne la Asamblea General o la Junta Directiva y los Reglamentos Internos de la FUNDACIÓN.
Atribuciones del Secretario/a: a)Llevar y conservar los libros de las actas de la Asamblea General, de la Junta Directiva y otros que se consideren convenientes. b) Cumplir funciones de Secretaria en las Asambleas Generales Ordinarias y Extraordinarias, elaborando las actas respectivas, así como en la Junta Directiva. c) Convocar para las sesiones de la Junta Directiva y Asambleas Generales con instrucciones del Presidente. d) Redactar y autorizar con el Presidente las actas de Asamblea General y la Junta Directiva. e) Certificar los actos y resoluciones de la FUNDACIÓN, así como extender con el visto bueno del Presidente las constancias que le sean solicitadas. f) Dar información a los miembros como lo disponga la Junta Directiva y el Presidente.
Son atribuciones del Tesorero/a: a) Recaudar y custodiar los fondos de la FUNDACIÓN en la forma que lo disponga la Asamblea General, Junta Directiva y los reglamentos de la FUNDACIÓN. b)Autorizar y firmar con el Presidente los documentos y cheques de la FUNDACIÓN. c)Supervisar los libros y registros correspondientes de carácter contable financieros, debidamente autorizados y elaborando y rindiendo los informes pertinentes a la Junta Directiva y anual a la Asamblea. d)Elaborar el proyecto del presupuesto anual de ingresos y egresos de la FUNDACIÓN, junto con los demás miembros de la Junta Directiva. e) Elaborar y mantener actualizado un inventario de los bienes de la FUNDACIÓN. f)Tener firma registrada junto con la del Presidente en las cuentas bancarias de la FUNDACIÓN.
Son atribuciones de los Vocales: a) Colaborar con los demás Miembros de la Junta Directiva en la promoción de los asuntos sociales, económicos, culturales y recreativos de la FUNDACIÓN, formando y ejecutando las comisiones correspondientes para estas acciones, presentándolas a la Junta Directiva para su revisión y aprobación. b)Colaborar en la administración general de la FUNDACIÓN. c)Sustituir por su orden a los Miembros de la Junta Directiva en caso de ausencia temporal excepto al Presidente. d)Las demás que le asignen la Asamblea General, la Junta Directiva y los presentes estatutos. DE LA JUNTA DE VIGILANCIA
La Junta de Vigilancia es el órgano de fiscalización y vigilancia de la organización y estará integrada por tres (3) miembros, quienes son electos y nombrados por la Asamblea General Ordinaria y tendrán las atribuciones siguientes: a)Velar y auditar por el cumplimiento adecuado de los gastos establecidos en el presupuesto legalmente aprobado. b)Elaborar conjuntamente con el Presidente, Tesorero y la Dirección Ejecutiva los informes financieros correspondientes. c)Efectuar auditorías de contabilidad correspondiente. d)Velar por el manejo correcto de los fondos y efectuar para ello las revisiones contables y financieras que estime conveniente. e)Informar inmediatamente al Presidente, Junta Directiva o Asamblea General, según sea el caso, sobre cualquier irregularidad que encuentre en el manejo de los fondos. f)Vigilar que los miembros cumplan los presentes estatutos y su reglamento. g)Las demás atribuciones inherentes a su cargo y aquellas que le señale la Asamblea General o la Junta Directiva.
LA DIRECCIÓN EJECUTIVA: Es la encargada de la administración y ejecución de planes y UDI-DEG T-UNAH proyectos que desarrolle la FUNDACIÓN, estará a cargo de un Director(a), Ejecutivo, que no formará parte de los miembros de la Asamblea y por lo tanto es considerado como empleado de la Organización.
El Director(a) Ejecutivo será nombrado(a) por la Junta Directiva.
Son atribuciones y obligaciones del Director(a) Ejecutivo: a)Atender a tiempo completo todas la actividades de la Organización. b)Responder por la conducción, ejecución y evaluación de los planes, programas y proyectos que apruebe la Asamblea General y la Junta Directiva. c)Representar a la Organización en todos los actos previa autorización de la Junta Directiva. d)Ejecutar acuerdos y resoluciones de la Junta Directiva. e)Con tratar el personal que requiere la organización para su funcionamiento actos previa autorización de la Junta Directiva. f)Las demás actividades inherentes al cargo. CAPÍTULO VI MECANISMOS DE TRANSPARENCIA
A efectos de garantizar la transparencia, los libros de actas así como los informes de la fundación estarán en custodia del Presidente y a la disposición de todos los miembros de la FUNDACIÓN, en momento que lo requieran, y sujetos a auditorías, en caso de recibir fondos públicos. De igual forma se contará con un portal de transparencia ya sea digital o físico. CAPÍTULO VII DE LOS MIEMBROS
Serán miembros de la Fundación todas las personas naturales o jurídicas debidamente constituidas, admitidos por los miembros fundadores e inscritos como tales en el libro de miembros que a tal efecto lleve la FUNDACIÓN. Tres Clases de Miembros. Se establecen tres categorías de Miembros:
- a)
Miembros Fundadores,
- b)
Miembros Activos,
- c)
Miembros Honorarios.
Son Miembros Fundadores: Las personas que suscribieron el acta de constitución de La FUNDACIÓN.
Son Miembros Activos: Las personas naturales o jurídicas legalmente constituidas, que manifiesten su deseo de ingresar a la FUNDACIÓN, presentando ante la Junta Directiva solicitud de ingreso, la que deberá ser aprobada por los miembros Fundadores, y posteriormente inscritos como tales en el libro respectivo.
Serán miembros Honorarios: Todas aquellas personas naturales o Jurídicas legalmente constituidas, nacionales o extranjeras, que por su cooperación en la consecución de los fines y objetivos de la FUNDACIÓN, los miembros Fundadores concede tal mérito.
Las Personas Jurídicas que sean miembros de la FUNDACIÓN, serán representadas ante los miembro Fundadores, Asamblea General y Junta Directiva por la persona que ésta nombre, acreditando dicha representación mediante certificación de punto de acta en la cual la Asamblea General de la o las Personas Jurídicas miembros acordaron tal nombramiento, asimismo deberán acreditar su existencia jurídica debidamente inscrita. DERECHOS Y DEBERES DE LOS MIEMBROS
Son derechos de los miembros Fundadores y Activos: a)Elegir y ser electos siempre y cuando muestren interés con los fines de la Fundación, y cumplan con la tesorería de la Fundación. b)Presentar mociones y peticiones a las autoridades de las mismas. c)Ejercitar su derecho de voz y voto. d)Que se les brinde información relacionada con la situación financiera y operativa de la FUNDACIÓN, cuando lo soliciten. e)Recibir y portar credenciales que lo acrediten como miembro de la FUNDACIÓN, ante las autoridades, entidades nacionales y extranjeras. f)Conservar su calidad de Miembro en caso de ausencia del país.
Son derechos de los miembros Honorarios: a)Asistir y participar en las Asambleas Generales y en las reuniones de la Junta Directiva con voz pero sin voto. b) Formar parte de las comisiones que para fines específicos le encomiende la Asamblea General y la Junta Directiva, pudiendo ejercer su voz y voto dentro de la toma de decisiones de las mismas. c)Recibir y portar credenciales que lo acrediten como miembro de la FUNDACIÓN ante las autoridades, entidades nacionales y extranjeras.
Son deberes de los miembros Fundadores y Activos: a)Cumplir y hacer que se cumplan los presentes estatutos, reglamentos y demás disposiciones adoptadas de conformidad con los mismos. b)Contribuir con su mayor empeño para que se cumplan los objetivos y fines de la FUNDACIÓN. c)Concurrir a las Asambleas, sesiones y reuniones a las que fueren convocados. d)Desempeñar con el más alto grado de responsabilidad los cargos y comisiones que les confíen. e) Representar con dignidad y decoro a la FUNDACIÓN. PROHIBICIONES DE LOS MIEMBROS
Se prohíbe a todas las clases Miembros:
- a)
Comprometer o mezclar a la FUNDACIÓN, en asuntos UDI-DEG T-UNAH que sean contrarios a los fines y objetivos perseguidos por la misma.
- b)
Hacer propaganda política dentro de la misma a favor de determinadas ideologías políticas.
- c)
Disponer de los bienes de la FUNDACIÓN, para fines personales. RÉGIMEN DE RESPONSABILIDAD, MEDIDAS DISCIPLINARIAS Y SU APLICACIÓN
Todos los miembros de la FUNDACIÓN deberán dar cumplimiento con los estatutos de la FUNDACIÓN.
El incumplimiento de los presentes estatutos estará sujeto a las sanciones siguientes: a) Amonestación verbal y privada. b)Amonestación por escrito. c)Suspensión temporal por el término de seis meses. d)Expulsión definitiva. Previo aplicar las sanciones antes mencionadas, la Junta Directiva abrirá un expediente disciplinario a efecto de garantizar el derecho de defensa. Cualquier controversia se someterá a la conciliación. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO
El patrimonio de la FUNDACIÓN estará constituido por:
- a)
Las aportaciones de sus miembros.
- b)
Los bienes que adquiera a título legal. c)Donaciones nacionales o internacionales,que serán reportada sala SDHJGD,de acuerdo al artículo 21 de la Ley de Fomento de las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD). d) Herencias y legados. e) Recursos generados por inversiones realizadas y los ingresos por la prestación de bienes y servicios lícitos necesarios para su autosostenibilidad; enmarcados en sus objetivos. f)Ingresos derivados de las actividades económicas lícitas realizadas como medio para lograr sus fines. En el caso que realicen las siguientes actividades: conciertos, shows, presentaciones artísticas, redondeo de facturas en el comercio, deberán sujetarse a las auditorías que señale la ley para verificar que estos fondos obtenidos, sean aplicados al autosostenibilidad de sus operaciones.
Ningún Miembro de la FUNDACIÓN podrá alegar derechos de propiedad sobre los bienes de ésta, aunque deje de pertenecer a ella o la misma se disuelva. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y FUSIÓN DE LA FUNDACIÓN
La FUNDACIÓN, podrá disolverse de forma voluntaria o forzosa. Será voluntaria cuando mediante resolución tomada Asamblea General Extraordinaria, y ésta determinare su disolución y liquidación por mayoría calificada, es decir por la tres cuartas partes de los votos de los miembros asistentes, por los motivos siguientes:
- a)
Por acuerdo de la totalidad de los miembros fundadores.
- b)
Por imposibilidad de realizar sus fines. c)Por apartarse de los fines u objetivos por la cual se constituyó.- La disolución será forzosa, cuando se cancele la personalidad jurídica por autoridad competente mediante resolución firme, la que será comunicada a la Asamblea General de la FUNDACIÓN, quien deberá nombrar una junta liquidadora para proceder a la disolución y liquidación.
En caso de acordarse la disolución y liquidación voluntaria de la FUNDACIÓN, los miembros fundadores que haya aprobado tal determinación integrará una comisión liquidadora, la que pasará a tener los poderes necesarios de Administración y pago mientras dure la liquidación, y la misma preparará un informe final para la Asamblea General Extraordinaria, el que estará a disposición de cualquier miembro de la FUNDACIÓN y en caso de quedar bienes o patrimonios después de liquidada, se pasará a otra organización con fines similares, señalada por los miembros fundadores lo cual se hará en Asamblea General. La Fundación deberá notificar debidamente a la URSAC sobre el destino que tuvieren los bienes liquidados.
La Fundación podrá fusionarse y constituir una nueva, para lo cual la Asamblea General Extraordinaria de las ONGD, a fusionarse emitirá sus respectivas resoluciones, debiendo realizar el trámite de personalidad jurídica y sus nuevos estatutos, ante la SDHJGD. De igual forma, podrá fusionarse mediante absorción, siguiendo el mismo procedimiento. CAPÍTULO VII REFORMAS DE ESTATUTOS
Toda reforma o modificación de los presentes estatutos,deberá ser aprobada en Asamblea General Extraordinaria, por las dos terceras partes de los miembros asistentes, es decir por mayoría calificada, siguiendo el mismo procedimiento de su aprobación. CAPÍTULO VIII DE LAS DISPOSICIONES GENERALES
La Junta Directiva emitirá el reglamento interno el cual será sometido a discusión y aprobación de la Asamblea General Ordinaria.
Las actividades de la FUNDACIÓN, en ningún caso podrán menoscabar las funciones del Estado y de sus instituciones. UDI-DEG T-UNAH
Lo no dispuesto en los presentes estatutos, será resuelto por la Asamblea General, y por las leyes hondureñas vigentes en la materia de ONGD.