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10 de julio de 2017Vigente

Certificación No. 990-2016 — Certificación de Resolución otorgando Personalidad Jurídica a Asociación Salva tu Alma y No Mires Atrás

Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización

  • Decreto: 990-2016
  • Publicación: 10 de julio de 2017
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización
  • Gaceta: 34,386

Considerandos

Que la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD), denominada ASOCIACIÓN SALVA TU ALMA Y NO MIRES ATRÁS, se crea como asociación civil, apolítica, sin fines de lucro, en virtud que entre sus objetivos busca, luchar por el mejoramiento del nivel de vida de los niños, jóvenes huérfanos que por efectos de la desintegración familiar, escapan de sus hogares y deambulan sin rumbo, proporcionándoles un hogar en el cual se podrán desarrollar tanto emocional mente, intelctual e incorporándose a la vida productiva de este país, asimismo las personas que son presas de las adiciones creando programas para ayudarles a salir de ese mundo, gestionando por medio del Estado y empresa privada para que puedan incorporarse a la vida productiva, brindándoles oportunidad de un nuevo inicio en sus vidas y participar en el proceso de elaboración de leyes que tutelen aún más los derechos de los niños y adolescentes de este país y personas que sufren de adicciones.

Que la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD), denominada ASOCIACIÓN SALVA TU ALMA Y NO MIRES ATRÁS, se crea como Organización Civil, independiente de los gobiernos locales, de carácter privado y de interés público, apolítica, sin fines de lucro cuyos objetivos contribuyen desarrollo humanitario e integral de la población, entre otros, asimismo sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitiado.

Que el Presidente de la República emitió el ACUERDO EJECUTIVO No. 46-2014, de fecha diez de febrero del año dos mil catorce, se nombró a la ciudadana, CLARISA EVELIN MORALES REYES, Subsecretaria de Estado en los Despachos de Gobernación y Descentralización.

Que el señor Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, mediante Acuerdo Ministerial No. 410-2016, de fecha 15 de junio de 2016, delegó en la ciudadana, CLARISA EVELIN MORALES REYES, Subsecretaria de Estado en los Despachos de Gobernación y Descentralización, la facultad de firmar las resoluciones, acuerdos y demás trámites administrativos cuyo conocimiento corresponda a esta Secretaría de Estado.

Articulos

Articulo 1.-

Conceder Personaldiad Jurídica a la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESA- RROLLO (ONGD), denominada ASOCIACIÓN SALVA TU ALMA Y NO MIRES ATRÁS, con domicilio en el barrio La Loma, del municipio de Omoa, departamento de Cortés, con duración indefinida, la cual tiene como objetivos específico los siguientes:

  • 1)

    Luchar por el mejoramiento del nivel de vida de los niños, jóvenes huérfanos o que por la desintegración familiar escapan de sus hogares y deambulan sin rumbo, proporcionándoles un hogar en el cual se podrán desarrollar tanto emocional mente, intelectual e incorporándose a la vida productiva de este país.

  • 2)

    Las personas que son presas de las adiciones creando programas para ayudarles a salir de ese mundo, gestionando por medio del Estado y empresa privada, para que pudan incorporarse a la vida productiva, brindándoles oportunidad de un nuevo inicio en sus vidas.

  • 3)

    Participar en el proceso de elaboración de leyes que tutelen aún más los derechos de los niños y adolescentes de este país y personas que sufren de adicciones.

  • 4)

    Gestionar y dar apoyo mediante consultorías y asesorías legales a las pequeñas microempresas que deseen formar las personas rehabilitadas. La ejecución de los objetivos antes señalados deberán ser previamente autorizados por los entes estatales del ramo y en ningún momento podrán entrar en conflicto con la actividad estatal. De igual forma todas las actividades que generen ingresos servirán para su autosostenibilidad. Siendo éstos enunciativos y no limitativos los cuales se en u entran enmarcados en Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y su Reglamento:

Articulo 2.-

LA ORGANIZACIÓN NO GUBER- NAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD) DE PRIMER GRADO, denominada ASOCIACIÓN SALVA TU ALMA Y NO MIRES ATRÁS, se regirá por sus Estatutos, contenidos en el instrumento de constitución aprobados por los miembros fundadores.

Articulo 3.-

LA ORGANIZACIÓN NO GUBER- NAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD) DE PRIMER GRADO, denominada ASOCIACIÓN SALVA TU ALMA Y NO MIRES ATRÁS, está obligada a solicitar ante los entes Estatales competentes, los permisos o licencias necesarios para el cumplimiento de sus objetivos.

Articulo 4.-

LA ORGANIZACIÓN NO GUBER- NAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD) DE PRIMER GRADO, denominada ASOCIACIÓN SALVA TU ALMA Y NO MIRES ATRÁS, queda sujeta al cumplimiento de las obligaciones emanadas de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y su Reglamento.

Articulo 5.-

Las reformas o modificaciones de los Estatutos de Organización se someterán al mismo procedimiento de su aprobación y serán registradas en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.

Articulo 6.-

La presente Resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con artículo 28 de la Ley de Propiedad.

Articulo 7.-

Instruir a la Secretaría General para que de oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para que proceda a la inscripción de la Organización en el registro correspondiente.

Articulo 8.-

La legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario.

Articulo 9.-

Previo a extender la Certificación de la presente resolución el interesado deberá acreditar la cancelación de doscientos lempiras (L.200.00) de conformidad con lo esta- blecido en el Artículo 49 de la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público,creado mediante Decreto Legislativo No.17-2010de fecha 21 de abril de 2010.- NOTIFÍQUESE. (f) CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. (f) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los doce días del mes de octubre del dos mil dieciséis. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 10 J. 2017 UDI-DEG T-UNAH